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2 de julio de 2013

¿Qué pasa si no he presentado la declaración y tenía obligación de hacerlo? Infracciones y sanciones de Hacienda

Ayer fue el último día para presentar la declaración de la renta del año 2012, pero seguramente a mucha gente se le ha pasado y no lo han hecho y se pregunta si se puede presentar aún.

La respuesta es, sí, pero conlleva una sanción por presentarlo fuera de plazo.

¿Qué es lo primero que he de hacer?

Antes de hacer absolutamente nada, hay que verificar que realmente se tenía la obligación de hacer la declaración.

Para saber si estás obligado o no presentar la declaración de la renta del año 2012 consulta las condiciones de estar exento aquí.

Básicamente la gente que estaban exentos, son los que tenían rentas de trabajo y que son inferiores a 22.000 euros, y rentas de capital mobiliario inferiores a los 1.600 euros.

>> ver todas las condiciones para saber si está exento.

¿Qué hacer si estoy exento y no lo he presentado?

En tal caso, no te tienes que preocupar, ya que en ningún caso te tocará pagar dinero.

Debes de intentar hacer tu declaración con el programa padre, para por si acaso si sale a devolver, aunque al final no lo presentes.

  • Si sale a pagar: No lo presentes bajo ninguna circunstancia.
  • Si sale a devolver: hay que valorar si lo que te va a devolver compensa la sanción por presentarlo fuera de plazo; en tal caso presentarlo.

¿Qué hacer si No estoy exento y no lo he presentado?

Si tenías obligación de presentar la declaración, da igual el resultado de la misma, TIENES que presentarlo.

Incluso en algunos casos la sanción es mayor en las declaraciones a devolver (sanción de cuantía fija) que las que salen a pagar (sanción en función de la cuantía a pagar).

¿Cuál es la sanción por presentar la declaración tarde?

Depende de la declaración es positiva o negativa, es decir, si te sale a pagar o a devolver.

A devolver:

  • La sanción ronda entre 100 y 400 euros, generalmente si se presenta voluntariamente la multa es de 100 euros y en algunos caso incluso nada por descuido de la administración.
  • Si estás exento de hacer la declaración y la cuantía a devolver es inferior a 100 euros, es mejor no hacer nada.

A pagar:

Si el contribuyente lo presenta voluntariamente la sanción será en función del tiempo que haya pasado desde la fecha que tenía obligación de presentar.

  • Antes de 3 meses: 5% de la cantidad a ingresar.
  • Entre 3 y 6 meses: 10% de la cantidad a ingresar.
  • Entre 6 y 12 meses: 15% de la cantidad a ingresar
  • Más de 12 meses: 20% de la cantidad a ingresar más los intereses de demora.

¿Y si no lo presento?

Cuando un contribuyente tiene la obligación de hacer la declaración y no lo presenta, la Agencia Tributaria puede requerirle y sancionarle incluso cuando la declaración es a devolver.

A devolver:

  • La sanción ronda entre 100 y 400 euros.

A pagar:

  • Infracciones muy graves: Independientemente de la cuantía, cuando una persona se ha beneficiado gracias a uso de medios fraudulentos: doble contabilidad, facturas falsas… Las sanciones que se aplican ronda entre el 100% y 150% de la cuantía defraudada.
  • Infracciones graves: Cuando la cuantía de la infracción supera los 3.000€ y más del 10% de esa cantidad se debe a la ocultación de datos. Las sanciones aplicables son entre el 50% y el 100% de la cuantía defraudada.
  • Infracciones leves: Infracciones que no superan los 3.000€ o más siempre que no se haya producido una ocultación de datos. Las sanciones son del 50% del impuesto no ingresado.

¿Reducción en las sanciones?

Cuando no se recurre las sanciones impuestas por la Agencia Tributaria, el contribuyente puede beneficiarse de una reducción del 25% de la sanción impuesta según lo dispuesto en el punto cinco del artículo 27.

 ¿Otras sanciones?

  • Obtener devoluciones indebidamente: 50% o 26,25% si no se recurre.
  • No comunicar el cambio de domicilio fisca: 100€ o 75€ en caso de no recurrir.
  • Presentar fuera de plazo declaraciones a devolver o complementarias que reduzca la devolución aún no recibida: 100€ o 75€ en caso de no recurrir.
  • NO presentar correctamente y completa la declaración: 50% o 26,25% si no se recurre.

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24 comments to ¿Qué pasa si no he presentado la declaración y tenía obligación de hacerlo? Infracciones y sanciones de Hacienda

  • Jose

    Buenas tardes mi pregunta es me e ido ala inem a renovar el sudcilio y me dicen que necesito la renta 2012,resulta que voy hacienda y me dicen que estoy obligado hacerla se supone que me enbargaron un piso y tengo que devover y no puedo renovar el sudcilio porque es una ayuda del estado es normal y encima que me an quitado la casa.

  • pedro j.

    hola, mi pregunta es que como puedo anular un borrador ya confirmado, y todo porque me pedian la referencia catastral de la vivienda donde vivo que es con mis padres tenfgo 22 años,y la normativa dice que si el perjudicado he sido yo si me lo anulan, peropero si beneficia a mis padres para deducir por mi, no tiene anulacion ninguna, pero yo no ha movido datos economicos tan solo he dado mi ref. catastral y me he visto involucrado en este follon. por otra parte, he trabajado en tres empresas distintas en la 1º gane 2000 euros en la segunda 1500 euros y en la tercera 700 euros, sumando la 2º y 3º empresa supero los 1500 pero he ganado en total 4200e. no he llegado a los 8000, por lo tanto no estoy en la obligacion de hacerla ¿no?. muchas gracias y por favor ayudenme.

  • paco

    Hola tengo una duda, siempre que he trabajado en España he hecho la renta pero ahora llevo diez años trabajando en el extranjero y no la estoy haciendo y resido en España pero la hecho en el país que trabajo , mi pregunta es si estoy obligado a hacerla y si estoy y no la presento si me pueden sancionar y cuanto.
    Gracias

  • israel

    hola buenas tardes tengo una duda grandisima y me gustaria que me respondiera.
    El 26/06/2009 abri una cuenta vivienda y me estube deduciendo de ella lo normal de 3 años, el 15/03/2013 compre mi primera vivienda y resido en ella con toda normalida, hasta que hace unos dias al hacer la declaracion de la renta en madrid me dicen que tengo que devolver todas las cantidades deducidas que suman mas de 5000€. No confirme el borrador hasta que la vuelva hacer un gestor privado o alguien. Me dicen en hacienda que tenia que aver comprado la casa en el año 2012.. Y no el 15/03/2013 que fue cuando la compre. Creo que debe ser un error por parte de hacienda. Por favor respondanme estoy muy desesperado. Muchas gracias y un saludo.

    • Se dispone de 4 años para realizar la compra desde que realizas el primer ingreso en la cuenta vivienda.

      Es decir, tenías plazo hasta el 26 de junio de 2013 para realzar la compra.

      Vete al gestor y que te haga la declaración, no creo que haya problemas con tus deducciones de la cuenta vivienda.

      Eso sí, al adquirir la vivienda en 2013, no tienes derecho a deducirte la hipoteca de la vivienda, si la tuvieras.

      Saludos.

  • israel

    muchisimas gracias por su respuesta. Me ha realizado de nuevo el borrador y efectivamente no tenia que pagar nada, me tenian que devolver. Ya estoy mas tranquilo.

  • gustavo

    hola, muy buenas, la duda la tengo con mi madre, viuda, pensionista y sin obligación, en un principio, en hacer la declaración. Al parecer el año 2013 cobró una subvención agrícola de 12 euros anuales. Cual ha sido su sorpresa que cuando ha ido a que le consultaran la declaración, le han manifestado que está obligada a hacerla, y que tiene que pagar 800 euros. Esto puede ser así?? por cobrar una misera cantidad de 12 euros de subvención. Y si no la hace, que podría acarrearle??

  • Darwin

    buenos días mi situación es esta en mi declaración me pone q me devuelven 86 euros. por motivos personales a día de hoy no presente la declaración y he leído q hay una multa de 100 y hasta 400 euros también e leído q Si estás exento de hacer la declaración y la cuantía a devolver es inferior a 100 euros, es mejor no hacer nada. q debo hacer ??? la presento o no me justifica q puede pasar si no la presento ya q la cuantia a devolver es menor q la multa?

    • Si estás exento de hacerlo, mejor no hagas nada.

      Si la presentas, te devolverán los 86 euros, pero te aplicarán una multa de 100 euros, así que al final sales perdiendo.

      Si no estás exento, preséntalo para evitar sanciones superiores.

      Salu2.

  • Araceli

    Buenos días
    El gestor que nos hacia la declaración se le olvido presentarla y estoy obligada a preaentarla porque cobre la baja de maternidad sin retención quería ponerla a pagar cada mes 100e pero como estoy fuera de plazo no se si podre
    Me puede ayudar

    • Acude a la Agencia Tributaria y consultalo.

      En la declaración de la renta permite pagar un porcentaje a la hora de presentar y otra parte en noviembre, pero si lo presentas fuera de plazo…

      Si lo que quieres es solicitar el aplazamiento con el pago de intereses, no hay problema, lo puedes solicitar.

      Salu2.

  • chari

    Hola llevo 2 años sin hacer hacienda que me puede pasar si quiero hacerla mi declaración me salía a pagar 700 o un poco mas pero no la José porque se me paso el plazo y al año siguiente no la hise por di me decían algo que puedo hacer graciad

    • Si no quieres te que sancionen (si te pillan) has de presentar la declaración de esos años (si estás obligado a hacerlo).

      Da igual que lo presentes fuera de plazo, la sanción por este hecho son 100€ que con reducción son 75 euros.

      Salu2.

  • alfredo

    en el 2013 hubo 2 pagadores por cambio de contrato y nombre de empresa. el sueldo era de 900 euros al mes ¿tendría que haber hecho la declaración de la renta o no? al final no la hice. gracias

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