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25 de julio de 2013

Trabajadores a tiempo parcial podría cobrar la jubilación con sólo 7,5 años cotizados

El secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos, ha planteado ante el Pacto de Toledo del Congreso de los Diputados, que los trabajadores a tiempo parcial puedan acceder a una pensión contributiva con una cotización mínima de 7,5 años, frente a los 15 que se exigen ahora.

Si se implantarán estas novedades el 40 % de las personas que no podrían haber alcanzado una pensión con la anterior fórmula ahora lo podrían hacer, ha pronosticado el secretario de Estado.

¿Cuántos años he de cotizar para cobrar una pensión de jubilación?

  • El trabajador ha de tener al menos 15 años cotizados a lo largo de su vida laboral.
  • Además debe de contar con 2 años de cotizaciones dentro de los últimos 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho a la pensión de jubilación.

¿Cómo se cuenta hasta ahora los años cotizados en caso de un empleo a tiempo parcial?

En los trabajadores a tiempo completo cuenta cotizado todo el tiempo que esté contratado, sin embargo, en los trabajadores a tiempo parcial, la cosa cambia.

Los números de días trabajados se tiene en cuenta sus horas trabajadas, al que se le aplica un coeficiente de mejora por trabajo a tiempo parcial:

  • El número de horas efectivamente trabajadas se dividirá por 5, equivalente diario del cómputo de 1826 horas anuales
  • Al número de días teóricos de cotización obtenidos, se aplicará el coeficiente multiplicador de 1,5, resultando de ello el número de días que se considerarán acreditados para determinar:
    • Los períodos mínimos de cotización. La fracción de día, en su caso, se asimilará a día completo.
    • El número de años cotizados a efectos de fijar el porcentaje aplicable a la base reguladora de la pensión. La fracción de año se computará como un año completo.

Así, si un trabajador que trabaja a media jornada:

  • Si trabajas 1 año a media jornada, cotizarías 183 días y computaría como 275 días, es decir el 75% del año cotizado.
  • Si una persona trabaja durante 10 años a media jornada, computaría como 7,5 años a efecto de la pensión de jubilación.
  • Para tener derecho a una pensión de jubilación, tendría que trabajar 20 años a media jornada.

¿Qué cambia?

Con la propuesta, cambiaría el coeficiente multiplicador que pasaría del 1,5 a 2, así para los mismos casos anteriores:

  • Si trabajas 1 año a media jornada, cotizarías 183 días y computaría como 365 días, es decir el 100% del año cotizado.
  • Si una persona trabaja durante 10 años a media jornada, computaría como 10 años a efecto de la pensión de jubilación.
  • Para tener derecho a una pensión de jubilación, tendría que trabajar 15 años a media jornada.

Con la propuesta, en lugar de otorgarle los 275 días, este mismo trabajador contaría con 365 días anuales acreditados tanto para el reconocimiento de la pensión como para el número de años cotizados para fijar el porcentaje aplicable a la base reguladora de la pensión.

¿Y los complementos a mínimos?

Una persona que cuente con 15 años de cómputo para la pensión de jubilación tiene derecho al 50% de su base de cotizaciones.

Esa base de cotizaciones se calcula en función de la media de cotizaciones de los últimos años (16 en 2013 que irá incrementando hasta 25 años en 2022, lease las disposiciones transitorias).

Como es lógico, cuando una persona trabaja a tiempo parcial, su base será inferior y la mayoría de las veces al hacer media, no alcanzará la pensión mínima, y por lo tanto, en principio tendría derecho al complemento a mínimos.

Según Tomás Burgos habría que estudiar una fórmula de proporcionalidad, que debe guardar equilibrio con el  realizado y no ser una «puerta de atrás» para obtener beneficios desproporcionados.

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208 comments to Trabajadores a tiempo parcial podría cobrar la jubilación con sólo 7,5 años cotizados

  • Humberto. Calvo

    Hola,deseo me aclarase si estos cálculos sige en vigor.Tengo 22 años trabajados a media jornada y computado en 11 años con el cálculo de 11×1,5=16,5 años hoy a mi edad de 63 años tendrá efecto, para solicitar la ayuda de mayores de 55 años y trabajando 3 meses a jornada completa con contrato indefinido.tendré derecho a la ayuda de 426€ y a la Jubilación. Muchas Gracias

  • angeles diez

    Me llamo angeles diez,tengo 60 años,mi historial es,1.501 dias completos trabajados,2.367 dias al 50%,440 dias cobrando el paro,cuando me puedo jubilar,y si estoy cobrando 700€,cuanto me corresponderia.muchas gracias.

    • Me temo que no llegas a los 15 años cotizados… así que en principio salvo que haya entendido mal la información que proporcionas, no tienes derecho a la pensión de jubilación.

      Vete a la Seguridad Social y pide información; sobre todo por los convenios especial si fuera necesario seguir cotizando.

      Salu2.

  • Humberto. Calvo

    Hola buenas tardes. Teniendo 22 años cotizados a jornada parcial y computado 11 años, el cálculo de 11×1,5=16,5 años, para tener derecho a la ayuda de 426€ y así a la jubilación. Tendría que trabajar adornada completa, cuantos meses, 3 meses o 6 meses.para tener derecho a dicha ayuda de 426€. Gracias y un cordial saludo

  • Humberto. Calvo

    Hola, teno 63 años y se me agotado todas las ayudas tanto las contributiva como las que no contributiva, ahora no tengo nada, mi pregunta es tengo q cotizar algo para jubilarme a los 65 años faltando 2 años para la jubilación gracias

  • Humberto. Calvo

    Hola referente por no tener carga familiar tendría que cotizar 6 meses y mi pregunta es cuanto tendría q cotizar mensualmente el mínimo o la cantidad establecida

  • Rosa

    Buenas llevo trabajando 14 años con una jornada de 3 horas de lunes. a viernes me pregunta es tengo derecho a una jubilación a los 65 años actúamente tengo 63años

    • Habría que ver si alcanzas los 15 años cotizados… al no trabajar a jornada completa.

      Según nuestros calculos te sale menos de 8 años cotizados de momento.

      De todas formas, vete a la Seguridad Social y pide la vida laboral en la Seguridad Social

      Si alcanzas los 15 años cotizados, te podrás jubilar en 2018 con 65 años y 6 meses.

      Salu2.

  • Rosa

    No salido una ley para las personas con jornada parcial no hace falta tener 15años cotizadis,por ejemplo una persona trabaja con media jornada pues con 7años y medio seria suficiente ,yo por ejemplo con el coeficiente que tengo yo que es 38.5 de jornada

    • No dice que con que trabaja 7,5 años a media jornada sería suficiente, sino que tenga 7,5 años COTIZADOS, eso significa que tiene que trabajar 15 años a media jornada.

      Sau2.

  • maris

    trabajando 18años con 15horas semanales con el coficiente de38.5 porciento ne corresponde jubilacion a los 65 años… tengo 64 años

  • anita

    hola vuelvo a dirigirme a ustedes porque no acabo de entender mi informe laboral, cumplo 65 anos este mismo año, tendre trabajados dos años i medio de jornada completa i doce años i medio de media jornada,
    pero mi reciente informe laboral (16 02 2016) es de 8 años 9 meses i 5 dias, tendre derecho a algo de pensión? muchas gracias

    • Los 2 años y medio a jornada completa, no hay que hacer nada.

      Los 12 años y medio a media jornada, es decir 6,25 años cotizados a media jornada hay que aplicarle un coeficiente de 1,5 (actual, si cambia la ley, el coeficiente sería 2).

      Es decir, esos 6,25 años equivale a 9,375 años que sumado a 2,5 años de jornada completa, no alcanzas los 15 años exigidos.

      Si cambia la ley y te aplica el coeficiente de 2. Sería 12,5 años + 2,5 años, llegaría a los 15 años.

      Salu2.

  • esperanza gladis

    le agradeceria me informen si tengo 15 años cotizados en jornada parcial y cumplo los 65 años tendre derecho a una pension? y cuanto me quedaria

    • Me temo que no.

      Hay que sumar 15 años completos de cotizaciones.

      Cuando se cotiza a media jornada, actualmente, se le aplica un factor de 1,5.

      Si reforman la ley pasaría a 2 y sí que tendrías derecho a la jubilación.

      Salu2.

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