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5 de agosto de 2013

Preferentes, ¿arbitraje o vía judicial?

El arbitraje de las preferentes y deuda subordinada marcha sobre ruedas.

Uno de cada cinco afectados ya ha logrado recuperar su inversión. En total unos 83.377 afectados por estos productos híbridos comercializados por la banca nacionalizada (Bankia, Catalunya Caixa y Novagalicia Banco) han recibido su dinero en unos pocos meses.

El último proceso iniciado por Bankia, han recibido 182.579 solicitudes de arbitraje de clientes minoristas titulares de estos instrumentos híbridos a 31 de julio de un total de 238.967 personas afectadas. A pesar de que el proceso es muy reciente, ya han recibido su dinero 4.268 clientes, el 100% de los laudos emitidos.

En cambio, sólo 259 lo han recuperado por la vía judicial, mucho más lenta que la pactada.

A pesar de estos resultados, mucha gente sigue dudando: ¿vía judicial o arbitraje? Esta decisión lo deberá de tomar los clientes que han solicitado el proceso de arbitraje en el momento de firmar el convenio arbitral; ya que una vez firmado, ya no podrá ir por la vía judicial.

¿Por qué dudan?

1. Muchos creen que no recibirán el 100% de su dinero. Lo que no es cierto.

Los clientes recibirán el 100% de su dinero, lo que pasa es que le descuentan el exceso de interés que los clientes ya han recibido por las participaciones preferentes.

Al anular el contrato, se considera que el cliente ha contratado un depósito bancario, con una rentabilidad inferior y por lo tanto, han cobrado unos intereses superiores, y al rehacer los cálculos, recibirán algo menos de lo invertido inicialmente.

El laudo definirá, en cada caso, la cantidad que debe percibir el cliente. Este importe nunca será superior a la cantidad máxima objeto de restitución, expresada en el Convenio Arbitral según la siguiente fórmula:

(+) Importe suscrito: valorando los títulos al nominal, o a precio de compra (según hayan sido adquiridos en el momento de la emisión o posteriormente).

(-) Menos intereses efectivamente percibidos (cupones cobrados).

(+) Más los intereses que hubiera obtenido, durante el mismo período, en un depósito tradicional, tomando como referencia la evolución del índice Euribor 12 meses. En cualquier caso, el valor máximo estará limitado al 100% del valor nominal.

2. El banco no tiene la capacidad para reembolsar todo lo solicitado.

Eso es lo que piensan algunos expertos, pero desde Bankia asegura que posee recursos suficientes para hacer frente al proceso.

Según la entidad en el primer semestre del año, generó 428 millones de euros de capital.

3. Intereses políticos

Arriaga Asociados asegura que el proceso de arbitraje es una «estafa de Estado» que «tapa una realidad», ya que los árbitros son elegidos por el Estado.

Además, las entidades quieren ir por la vía de arbitraje, sobre todo en los casos más flagrantes, aquéllos que son un fraude de tal calibre, que debieran iniciarse actuaciones penales, además de ahorrarse los costes procesales en caso de casi seguro condena a través de la vía judicial.

4. Parcialidad de los árbitros

A pesar de que se presenta como “arbitraje de consumo”, en realidad va a ser un procedimiento distinto, de un árbitro único, sin que las Asociaciones de Consumidores y Usuarios participen en el mismo. Mientras, la empresa ya ha intervenido, primero recolectando las solicitudes de su interés a través de sus propias oficinas, y, después, filtrándolas a través de su consultora.

¿Qué elegir?

Es una decisión personal, pero lo cierto es que el 100% de los que van por arbitraje y aceptan el convenio arbitral reciben el 100% de su dinero, el proceso es mucho más rápido y sin costes para los clientes.

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