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8 de agosto de 2013

Claves para solicitar el Permiso de Paternidad de 13 días

El Permiso por paternidad es una medida para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral que hasta ahora da derecho al disfrute de 13 días ininterrumpidos de permiso en los supuestos de nacimiento de hijos o hijas, adopción o acogimiento. Ampliables en casos de parto, adopción o acogimientos múltiples, en 2 días más por cada hijo, a partir del segundo.

En 2011, el gobierno de ZP quiso ampliar a 4 semanas este permiso, pero debido a la crisis tuvo que derogar la nueva ley antes de que entrara en vigor.

Estos días de permiso son a mayores e independientes a los días que tenga el trabajador derecho por convenio y que corren a cargo de la empresa.

¿Cuándo se puede disfrutar de este permiso?

Por la nacimiento del hijo, se dispone de 2 días naturales: el día del parto y el día natural siguiente.

El permiso de paternidad de 13 días se puede coger al día siguiente del permiso por nacimiento o más tarde, pero siempre dentro de los 9 meses siguientes; en caso contrario los días no disfrutados, se pierden y o pueden acumularse para próximos nacimientos.

Los días de permiso por paternidad se puede tomar de forma seguida o alterna según convenga al padre, siempre que llegue a un acuerdo con la empresa.

Además se podrá disfrutar en régimen de jornada completa o parcial de un mínimo del 50% previo acuerdo entre empresario y trabajador. Así, podrá disfrutar de 26 días con jornada parcial, si la empresa consiente.

¿Quién se puede beneficiar de este permiso?

Lo pueden solicitar todos los trabajadores por cuenta ajena y los trabajadores autónomos y pertenecientes a otros regímenes especiales de la Seguridad Social.

Es necesario tener cubierto un periodo de cotización de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha del inicio de dicha suspensión ó 360 días a lo largo de su vida laboral con anterioridad a la mencionada fecha.

¿Cuándo hay que solicitar el permiso?

Generalmente los trabajadores por cuenta ajena podrán ejercitar este derecho, bien desde la finalización del permiso retribuido previsto legalmente (mínimo de 2 días ó 4 cuando es necesario un desplazamiento) por el nacimiento un hijo hasta que finalice la suspensión del contrato por maternidad, o bien inmediatamente después de dicha suspensión por maternidad.

¿Quién paga este permiso?

El permiso de paternidad tiene la misma consideración de suspensión de contrato por maternidad y por lo tanto lo paga la seguridad social, en los mismos términos.

¿Qué pasa si se está de permiso de paternidad y se extingue el contrato?

Se continuará percibiendo la prestación por paternidad hasta su finalización, y seguidamente se podrá percibir la prestación por desempleo siempre que reúnan los requisitos exigidos.

¿Si estoy en situación de desempleo y soy padre?

Cuando se esté en situación de desempleo, el tiempo de permiso por paternidad no se descuenta de la prestación por desempleo.

El permiso de paternidad, ¿Cotiza a la seguridad social?

Si. Durante el permiso por paternidad se seguirá cotizando a la Seguridad Social.

¿Dónde hay que presentar la solicitud?

El procedimiento para el reconocimiento del derecho se inicia a instancia del trabajador, mediante solicitud dirigida a la Dirección Provincial de la Entidad Gestora: INSS o ISM.

¿Qué documentación hay que presentar?

  • DNI para españoles y NIE o pasaporte para extranjeros.
  • El certificado de nacimiento del bebé
  • Documentación relativa a la cotización.
  • Declaración de Situación de Actividad, sólo para los trabajadores del Régimen Especial de Autónomos.
  • Libro de familia o certificación de la inscripción del hijo o hijos en le Registro Civil. En caso de adopción o acogimiento resolución administrativa o judicial por la que se concede
    dicha adopción o acogimiento.
  • Rellenar el “Modelo Oficial de la Solicitud de Paternidad”.
  • Un recibo del banco donde aparezca el número de cuenta donde desea que se realice el ingreso

¿Hay que tener permiso de la empresa para el disfrute de este permiso?

Al igual que en el supuesto de descanso por maternidad, la suspensión del contrato por paternidad es un derecho del padre, que no estará sujeto al acuerdo previo con la empresa. Será suficiente la comunicación en el tiempo y forma que procedan.

¿Puede el padre ceder sus derechos de paternidad a la madre?

No, la norma no contempla esta posibilidad. Además no podría constituir tampoco objeto de negociación con la empresa, ese pacto sería nulo puesto que la filosofía del permiso es favorecer la corresponsabilidad tanto de la madre como del padre en el cuidado de los hijos/as.

¿Existen más permisos?

Sí, pero es la madre que ha de ceder parte de su permiso, si quiere, al padre.

Puede disfrutar de hasta 10 semanas de la baja materna.

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2 comments to Claves para solicitar el Permiso de Paternidad de 13 días

  • juan navarro

    hola yo tengo que cojer los 13 dias mi hijo nacio el 4 agosto y la empresa dice que me los da en septiembre pero que fuera ha entregar la baja x pateridad ahora y que no dijiera que los cojeria mas tarde mi pregunta es cuando los coja como demuestro que estaba de baja de paternidad si x casualidad me exaran diciendo que llevo mas de 3 dias sin ir a trabajar sin mas espero que me respondais

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