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3 de marzo de 2014

¿Cómo solicitar la devolución de lo pagado por el «céntimo sanitario»?

El impuesto llamado Céntimo Sanitario aplicado sobre los carburantes desde el año 2002, ha sido declarado como ilegal por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Esto supone que los contribuyentes podrán solicitar a Hacienda su devolución por pago indebido.

Vemos qué es el Céntimo sanitario, cuánto dinero abonamos en concepto de este impuesto, y cuáles son los trámites para solicitar su devolución.

¿Qué es el Céntimo Sanitario?

El céntimo sanitario es un impuesto sobre los carburantes aplicado por algunas Comunidades Autónomas desde el año 2002 hasta el 2012.

Una parte de este impuesto, el tramo general, estaba en teoría destinado a financiar los gastos sanitarios y el tramo autonómico estaba más bien destinado a a sufragar los gastos medioambientales, aunque en la realidad contribuyó a aumentar los ingresos de aquellas comunidades que lo aplicaron.

¿Cuáles son las consecuencias de que haya sido declarado ilegal por la UE?

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) lo ha declarado como ilegal por no cumplir la normativa comunitaria, por los que las CC.AA podrían verse obligadas a devolver 4.000 de los 13.000 millones de euros recaudados a los contribuyentes.

La demanda ante el TJUE fue presentada por una empresa de transportes de Cataluña, que solicitó que se le reembolsaran los 45.000 euros que tuvo que pagar a través de este impuesto alegando que era ilegal.

¿Cuánto había qué pagar al repostar en concepto del «Céntimo Sanitario»?

Este Impuesto estaba dividido en dos partes y suponía económicamente el pago de:

  • Tramo estatal del Céntimo Sanitario: equivale, tanto para gasóleo como para gasolina, a 24 euros por cada 1.000 litros. (24 céntimos por litro)
  • Tramo autonómico: varía dependiendo de CC.AA, entre los 1,2 hasta los 4,8 céntimos por litro:
    • 1,2 céntimos por litro  en Galicia o Valencia, por ejemplo…; 1,7 céntimo spor litro en Madrid, 2,4 céntimos litro en Cataluña, Asturias, Castilla La Mancha.., hasta los 4,8 litros por céntimo de Castilla y León, que fue la última CC.AA en sumarse a la recaudación de este impuesto.

¿En qué CC.AA se aplicaba?

Se aplicó en 13 comunidades autónomas: Cantabria, Castilla y León, Extremadura, Andalucía, Castilla-La Mancha, Murcia, Valencia, Cataluña, Baleares, Navarra, Madrid, Asturias y Galicia.

¿Se aplica en alguna CC.AA actualmente?

No como tal, ya que desde el 1 de enero de 2013 se encuentra integrado en el Impuesto Especial de Hidrocarburos (IEH).

De esta forma, su vigencia, al menos desde enero de 2013, cumpliría con la legislación comunitaria y se habrían corregido así las deficiencias investigadas ya entonces por el Tribunal de Justicia Europeo.

¿Quiénes pueden reclamar la devolución de lo pagado por el «Céntimo Sanitario»?

Podrá solicitar su devolución cualquier consumidor particular o sociedad que haya adquirido gasolina o gasóleo de automoción entre marzo de 2010 y diciembre de 2012 y que conserve las facturas o tickets emitidos por las compañías suministradoras. Los justificantes bancarios no servirían para reclamar. La parte anterior estaría ya prescrita y no sería reclamable.

Los profesionales que ya solicitaron por vía judicial la devolución del impuesto en diciembre de 2013 pueden reclamar las compras realizadas hasta el cuarto trimestre de 2009 (los cuatro años anteriores), así como aquellos que lo reclamaron con anterioridad y sus procesos siguen abiertos.

¿Dónde hay que presentar la Solicitud de devolución?

La solicitud de devolución se debe presentar ante las respectivas consejerías de Hacienda autonómicas y deberá contener:

  • Identificación de la autoliquidación a rectificar y el medio elegido por el que se debe realizar la devolución.
  • Datos de quien repercutió el Impuesto, con justificantes de la repercusión indebida.

El plazo máximo para notificar la resolución es de 6 meses.

  • Si la resolución es favorable y por tanto acpetan la reclamación, se determinará el importe y los intereses de demora devengados mediante liquidación provisional.
  • Si resulta desfavorable, se podrá interponer recursos o reclamaciones en vía administrativa. Contra las resoluciones de los Tribunales Económico-Administrativos se podrá iniciar la vía contencioso-administrativa.

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46 comments to ¿Cómo solicitar la devolución de lo pagado por el «céntimo sanitario»?

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