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3 de junio de 2014

Claves de los Adeudos Directos de la directiva SEPA

Desde el pasado 1 de febrero entró en vigor la nueva Zona Única de Pago en Euros o SEPA, con el objetivo crear una zona en la que los pagos en euros se realicen en igualdad de condiciones, derechos y obligaciones, equiparando las transferencias a nivel nacional y en la Zona Euro.

Sin embargo, trajo una consecuencia en principio negativa. Despareció las OTEs u Orden de Transferencia de Efectivos que hasta entonces se utilizó para mover dinero de forma sencilla y sin comisiones.

En su lugar apareció el sistema llamado Adeudos Directos o Direct Debit bajo 2 modalidades: uno básico para personas físicas (CORE) y otra de uso exclusivo de empresas, autónomos o profesionales (B2B).

El que nos interesa a los ahorradores es el Direct Debit tipo CORE que funciona de forma similar a las OTEs y que tampoco cobra comisiones al menos desde el banco emisor (destino del dinero) de dicha orden, pero hubo algunos cambios, y lamentablemente la mayoría de las entidades no lo han implementado aún:

1. Fechas

Habrá diferentes fechas dentro de la operativa que habrá que tener en cuenta:

  • Fecha de orden: fecha que se solicitar el Adeudo Directo.
  • Fecha de abono: fecha en la que llega el dinero a destino.
  • Fecha de disponibilidad: Fecha en la que se puede disponer del dinero.

2. Plazo de ingreso del dinero

Con las OTEs las entidades disponían de un plazo de 5 días para aceptar o rechazar la orden y después se movía el dinero y solía tardar algo menos de 1 semana.

Con Debit Direct será mucho más rápido, y tardará igual que una transferencia, 1 día hábil desde el momento de la ejecución de la orden.

3. Plazo de disponibilidad del dinero

Una vez que llegue el dinero, habrá un plazo para disponer del dinero, similar a las OTEs de tipo aportación de fondos (que se podía uno librarse de este plazo haciendo un pequeño truco).

Este plazo, en el caso de los Adeudos directos, no podrá librarse y será de 7 y 44 días hábiles (9 y 60 días naturales) que dependerá de los siguientes parámetros:

  • Banco origen del dinero
  • Cuantía del Adeudo.
  • Si se trata de la primera o siguientes Adeudos Directos.

Antes de realizar el Adeudo Directo, la entidad ha de advertir este plazo.

En la caso de necesitar disponer del dinero antes de este plazo, hay que solicitar la devolución del recibo correspondiente a la entidad de cargo, pagando una comisión que estime la entidad receptora del dinero.

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