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11 de marzo de 2015

Las 10 claves del Cheque Familiar, ayuda de 1.200 a las familias con discapacidad, numerosas, y monoparentales con 2 hijos

Los trabajadores, parados y pensionistas con familia tiene derecho a una deducción de 1.200 euros, conocido como Cheque Familiar.

Sin embargo, no todos los trabajadores, ni todos los parados, ni todos los pensionistas tienen derecho a esta ayuda. Os dejamos las claves de esta deducción y las condiciones que se ha de cumplir para poderlo disfrutar.

1.- ¿Quién tienen derecho a la ayuda?

  • Familias numerosas, con al menos 3 hijos o Familias monoparentales con al menos 2 hijos, es decir, un padre o una madre solter@, separad@ o divorciad@, al tiempo que cuentan con 2 hijos menores de 25 años
  • Familia con hijos dependientes con discapacidad superior al 33%.
  • Familia con ascendientes dependientes con discapacidad superior al 33%.
  • Familia numerosa de categoría especial: aquellas con cinco o más hijos o aquellas familias con cuatro hijos, de los que al menos tres sean por parto o adopción múltiple; y aquellas que tengan cuatro hijos y unos ingresos anuales no superiores al 75% del IPREM (en doce pagas esa cantidad es de 4.792,59 euros y en catorce pagas son 5.591,35 euros).

Las madres trabajadoras con hijos menores de 3 años siguen disfrutando de esta deducción bajo las mismas condiciones.

2.- ¿De cuánto es la ayuda?

La deducción es de 1.200 euros anuales, pero se puede solicitar el pago adelantado de 100 euros mensuales.

El límite para cada deducción será la cotización y las cuotas totales a la Seguridad Social o mutualidad.

3.- ¿Se pueden pedir varias ayudas?

Sí, las deducciones son acumulables para cada una de las situaciones descritas anteriormente. De esta forma (algunos ejemplos):

  • Una familia con un hijo dependientes con discapacidad superior al 33% y un ascendiente dependiente con ese grado de discapacidad tendrían una bonificación de 2.400 euros al año.
  • Una familia con 2 hijos dependientes con discapacidad superior al 33% tiene derecho a 2.400 euros de ayuda.
  • O en caso de familias numerosas de categoría especial (5 o más hijos), la deducción es de 2.400 euros o 200 euros mensuales.

4.- ¿He de trabajar para cobrar la ayuda?

La ayuda está dirigida a trabajadores, parados con derecho a prestación de desempleo y pensionistas.

En el caso de trabajadores en activo:

  • Trabajadores  del Régimen General o en los Regímenes especiales de la Minería del Carbón y de los Trabajadores del Mar:
    • Con contrato a jornada completa: al menos, quince días de cada mes.
    • Con contrato a tiempo parcial: jornada laboral sea de, al menos, el 50 por 100 de la jornada ordinaria en la empresa, en cómputo mensual, y se encuentren en alta durante todo el mes.
  • Trabajadores por cuenta ajena en alta en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social: cuando se hubiera optado por bases diarias de cotización, que realicen, al menos, diez jornadas reales en dicho periodo.
  • Trabajadores incluidos en los restantes Regímenes Especiales de la Seguridad Social no citados en las letras anteriores o mutualistas de las respectivas Mutualidades alternativas a la Seguridad Social que se encuentren en alta durante quince días en el mes.

Para los parados cobrando prestación y pensionistas:

  • Deben de tener una familia numerosa a cargo o un miembro de la familiar con discapacidad de al menos 33%

5.- ¿Cómo se pide la ayuda?

Existe 2 alternativas:

  • Solicitarlo la deducción en la declaración anual de la renta.
  • Pedir el cobro mensual por adelantado de 100 euros mensuales o la cuantía que corresponda en cada caso.

En el primer caso no hay que hacer nada hasta el momento de presentar la declaración de la renta (a partir del 2016).

En el segundo caso, se ha de presentar el modelo 143:

  • Teléfono: 901 200 345. Hay que aportar el importe de la casilla 415 de la declaración del IRPF de 2013.
  • Internet (aquí): se requiere DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve PIN.
  • Agencia Tributaria: Desde hoy se puede acudir a las oficinas a pedir la ayuda, presentando el DNI del solicitante.

Si se acude personalmente a las oficinas de Hacienda, hay que pedir cita previa.

6.- ¿Desde cuándo puede pedirse la ayuda?

Desde ya mismo. Si se solicita la ayuda antes de 31 de marzo, se podrá cobrar con carácter retroactivo el pago anticipada desde el 7 de enero.

Después se cobrará a partir del mes de la solicitud, y si tuviera derecho a deducciones anteriores, se tendrá que pedir en la declaración anual de la Renta.

7.- ¿Quién tiene que solicitar la ayuda?

La solicitud puede ser colectiva o individual:

  • Colectiva: deberán suscribirla todos los que pudieran tener derecho a la deducción (ambos cónyuges si los dos cotizan a la Seguridad Social). El primer solicitante será quien reciba la transferencia bancaria mensual.
  • Individual: el importe de la deducción se dividirá entre los diferentes demandantes por igual.

8.- ¿Qué documentos hay que entregar?

  • El modelo 143 correctamente cumplimentado.
  • El libro de familia, el título de familia numerosa o el certificado de discapacidad emitido por su Comunidad Autónoma en cada caso.
  • Hay que señalar el tipo de deducción a la que el solicitante quiera acogerse (por familia numerosa, por descendientes con discapacidad a cargo…). Hay que tener en cuenta que hay que presentar una solicitud por cada deducción a la que pueda tener derecho.
  • El código IBAN de la cuenta bancaria de la que sea titular el beneficiario.
  • La información personal de cada solicitante (NIF)

9.- ¿Que es familia monoparental?

La família monoparental es aquella formada por un único progenitor que se encarga del cuidado y mantenimiento de los hijos menores de 21 años (o de 26 si están estudiando).

No debe de tener convivencia con el otro progenitor ni tampoco percibir de ésta una anualidad por alimentos.

10.- ¿Cuál es el plazo máximo de resolución de las solicitudes?

La AEAT dispone de un plazo máximo de 6 meses para dar resolución a las solicitudes.

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620 comments to Las 10 claves del Cheque Familiar, ayuda de 1.200 a las familias con discapacidad, numerosas, y monoparentales con 2 hijos

  • merche

    hola yo cobro laayuda familiar tengo 4 hijos tengo derecho a este cheque familiar??? mi marido tanbien cobra la ayuda familiar

  • gaby

    buenos dias !! soy separada y tengo dos hijos con custodia compartida y no recibo pension alimenticia y estoy trabajando, o sea que cumplo con los requisitos ….

    en la web de hacienda pone que tengo derecho a pedirla y que nos pagarian un 50% a cada padre.

    bien, es que llame por telefono y me dijeron que al ser custodia compartida NO tengo derechos y NO la puedo solicitar.

    queria saber si tieneen alguna informacion de casos similares y saber si lo han podido solicitar???

    gracias!!!!

  • ANI

    Hola yo etrabajado 3 a 4 horas y tengo una ija de 22 años mas mi marido y yo aora me pertenese un paro de 3 mese a 180 durante 3 mese des pues no tengo nada kiciera saber y yo tengo derexo al cheke familiar somos tres yo mi marido y mi ija gracias por vuestra atencion

  • Isabel

    Hola. Yo soy familia numerosa de categoría especial estoy cobrando la ayuda familiar por no tener cotizado el año para cobrar el paro cobro426€ y el papa de mis hijos no me pasa manutencion ninguna tengo derecho a esta deducción gracias

  • Isabel

    Hola yo quisiera saber si la ayuda familiar por no tener cotizado el año para cobrar el paro 426€ y ser familia numerosa y no pagar el padre manutención . Yo podria echarla quisiera saber si con esa ayuda.se puede solicitar graciaS

    • Hola

      Para poder beneficiarte de esta deducción de 1.200€ o su pago adelantado (de 100€/mes), es requisito imprescindible estar trabajando, o recibiendo sino una prestación contributiva o asistencial del SEPE.

      Si cumples esa condición, podrías solicitarlo como Familia Numerosa, Y si estás soltera, separada o divorciada también como Familia monoparental con al menos 2 hijos (siempre que no tengas derecho a pensión por alimentos por parte del padre de los niños o no tenga custodia compartida)

      Salu2 y ánimo

  • Carmen

    Yo tengo una discapacidad de un 78 de discapacidad y tengo un hijo y su padre me pasa 100 euros al mes y vivo con mi pareja que no cobra nada yo tengo derecho

    • Buenos días

      Lo sentimos pero en tu caso no cumples las condiciones:

      – La discapacidad tendría que tenerla tu hijo (descendiente) para que tú pudieras beneficiarte y poder solicitarlo.

      – Tampoco puedes solicitarlo como Familia monoparental, ya que es requisito tener al menos 2 hijos y no tener derecho a pensión por alimentos por parte del padre.

      Salu2 y ánimo

  • carmen

    Buenas tardes tengo dos hijas soy soltera y cobro en bruto 1145 al mes a parte cobro los 100€ madre trabajadora tengo derecho cobrar el cheque familiar

  • Lina

    Hola yo cobro la ayuda cada mes cuando haga la declaración la tengo que incluir los 1200 como ingresos gracias

  • Maria

    Hola quisiera saber si yo tengo derecho en esta ayuda mi marido está cobrando una pensión de no conductiva y yo no estoy cobrando nada y tengo familia numerosa de 3 hijos

    • Para recibir esta ayuda, hay que estar trabajando o cobrando una prestación contributiva de la Seguridad Social o una prestación contributiva o subsistencial de SEPE.

      Por lo que indicas, no es el caso.

      Salu2.

  • Maqui

    Hola tengo familia numerosa de categoría especial estoy trabajando mis hijos son menores recibo pensión alimenticia estoy divorciada la guarda y custodia la tengo yo tengo derecho a cobrar la ayuda a familias numerosas de hacienda

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