Compara tu inversión
¿Cuánto? 
¿Tiempo? 
Comparar
20 de abril de 2015

¿Cómo rectificar y/o confirmar el borrador de la renta 2014 (IRPF campaña 2015)?

Una vez que tengas el borrador de la renta 2014 obtenido por los medios indicados en otro post, debéis de verificar que todos los datos estén bien (leer puntos importantes a verificar) y si os dais cuenta de que existen errores (tanto a favor como en contra) tenéis la obligación de rectificarlo, y una vez ya exento de errores podéis confirmarlo cuando queráis hasta el 30 de junio.

¿Cómo rectifico el borrador?

La Agencia Tributaria pone diferentes medio para rectificar el borrador de la renta:

  • Personalmente: en cualquier Delegación o Administración de la Agencia Tributaria; y si pedís cita previa, un técnico de Hacienda os ayudará a elaborar vuestra declaración.
  • Por Teléfono: llamando al 901 200 345.

En el primer caso, debes de llevar el DNI.

En el segundo caso, te pedirán tu NIF, tu número de cuenta corriente, tu número de referencia del borrador y el número de justificante.

También puedes acceder a la Sede Electrónica usando un Certificado Digital o el DNI electrónico.

Como novedad, este año han lanzado el nuevo sistema de firma con clave de acceso en un registro previo como usuario, PIN24H.

¿Cómo confirmo el borrador?

Una vez verificado y corregido los posibles errores, ya podemos confirmarlo, y depende de si es a pagar o a devolver.

A DEVOLVER

Los medios disponibles son:

  • Internet: Necesitas firma electrónica o número de referencia.
  • Teléfono: llamando al 901 12 12 24 o 901 200 345, Te pedirán el NIF y el Nº de justificante.
  • SMS: enviando el siguiente mensaje al 7743:
  • Declaración individual: RENTA (espacio) nºjustificante (espacio) NIF.
  • Declaración conjunta: RENTA (espacio) nºjustificante (espacio) NIF primer declarante (espacio) NIF cónyuge.
  • A través del Banco: tanto a distancia como presencial
  • Agencia Tributaria.

A PAGAR

En esta caso depende si domicilias o no la declaración.

  • Domiciliando: Internet, Teléfono o en persona en la Agencia Tributaria requiriendo la misma información que el caso de las declaraciones a devolver.
  • No domiciliando: A través del Banco tanto a distancia como en persona. Se requiere el número de referencia del borrador.

Por último indicar que el hecho de solicitar el borrador NO obliga a su confirmación. Así que si estáis exento de hacer la declaración, y el borrador os sale A PAGAR, no lo confirméis.

Tampoco obliga a su confirmación en el caso de que esteis obligado a presentar la declaración, podéis realizar dicha declaración por otros medios como con el Programa Padre o pidiendo Cita previa: disponible a partir del 11 de Mayo hasta el 30 de Junio.

Artículos relacionados:

2 comments to ¿Cómo rectificar y/o confirmar el borrador de la renta 2014 (IRPF campaña 2015)?

  • Celso Mendez

    Llevo llamando al numere 901200345 mas de 60 veces y siempre lo mismo un contestador te lía y al final dice que todos están ocupados y que vuelva a llamar.¿ No será un timo pues nos cobran algo mas de 8 céntimos la llamada y calculando que llamen solo como yo Movistar me cobro 2,54 € por las llamadas si llama un millón de personas salen 2 millones y medio de euros. ¿Estara controlada la empresa privada encargada de estas gestiones o bien no tiene empleados y solo con el contestador el dinero entra fácil.¿Timo?
    Años atrás lo gestionaba la agencia Tributaria pero ahora servicio privatizado Uno mas.

    • Llama al fijo equivalente así con tarifa plana al menos aunque tengas que llamar montón de veces no te costará nada.

      Cita Previa: 901 200 351 (Accesible también a través del teléfono 91 290 13 40)

      De lunes a viernes de 9 a 19 horas.

      Salu2

Leave a Reply to Celso Mendez

 

 

Puedes utilizar estas etiquetas HTML

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>