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1 de octubre de 2015

Funcionarios comienzan a cobrar desde hoy el 26% de la paga extra del 2012

Los funcionarios y empleados públicos de la Administración General del Estado (AGE) van a cobrar desde hoy el 26,2% de la paga extra del 2012 que el gobierno suprimió según ha informado el sindicato CSIF.

En un comunicado, CSIF ha explicado que los primeros en recibir este reintegro han sido los trabajadores de la Agencia Tributaria y que, a lo largo de los próximos días, lo recibirán el resto de los empleados públicos de la AGE.

Este 26,2% que recuperan ahora los funcionarios se suma al 25% que se devolvió a principios de año. El resto se abonará en Enero de 2016 en un único pago.

Los funcionarios recibirán una media de 350 euros. Para calcular la cuantía exacta que recibirá cada funcionario, hay que realizar una simple operación matemática: es necesario dividir el importe total de la paga extra entre 183 (el número de días totales a que correspondía dicha paga) y, el resultado, multiplicarlo por 48.

¿Quién tienen derecho a esta devolución?

Todos los funcionarios, tanto de la administración central como de las administraciones locales y autonómicas que estuvieron en activo al menos en esas fechas: desde el 1 de junio de 2012 hasta el 14 de julio de 2012.

¿Cómo hay que solicitarlo?

En la mayoría de los casos no hay que nacer nada, siempre que sigan en el mismo empleo y habilitación. Es la administración que devolverá de oficio.

Sin embargo los que han cambiado de destino, jubilado, etc, deben de solicitarlo mediante procedimiento electrónico en la sede de la secretaría de Estado de Administraciones Públicas (acceder haciendo click aquí).

El sistema electrónico permite al interesado autorizar a su centro gestor actual que solicite el certificado de haberes de 2012 de forma electrónica al centro de origen, o bien aportándolo directamente si ya dispone del mismo.

El Ministerio ha especificado que pueden utilizar este procedimiento los empleados públicos de los ministerios, organismos autónomos, agencias estatales y otras entidades públicas estatales relacionados en dichos portales.

Es muy probable que el resto de administraciones, es decir, autonomías y ayuntamientos, establezcan un sistema similar ya que también van a proceder a la devolución.

¿Tengo que hacer algo más?

Lamentablemente sí. Al recibir un nuevo ingreso correspondiente al ejercicio de 2012, debéis de modificar vuestra declaración de la renta de dicho año.

Para ello debéis de seguir los siguientes pasos:

  • Descargar el programa Padre de dicho año (descargar aquí)
  • Cumplimentar con los datos presentados de ese año (a rebuscar entre vuestros papeles la declaración presentada en ese año)
  • Añadir la nueva retribución.
  • Debéis marcar la casilla 121 de la página 2(IV) para indicar que es una declaración complementaria.

¿Otra alternativa?

La administración no proporciona ningún servicio al estilo de borrador o cita previa que ayude a los contribuyentes a presentar las declaraciones complementarias.

Si ves que no eres capaz de hacerlo, tenéis que contratar los servicio de una gestoría o asesoría fiscal para que os lo haga, no creemos que os cobre más de 100 euros por este trámite.

¿Algún cambio más?

El decreto también incluirá la devolución de los 8 días libres suprimidos, de esta forma, se volverá a la situación previa a 2012.

En estos días libres se incluyen el moscoso que aún quedaba pendiente de devolución, 4 días adicionales de vacaciones por antigüedad y hasta 3 canosos (días libres adicionales, también en función de la antigüedad) se podrá disfrutar desde este mismo año.

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