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2 de marzo de 2016

¿Cuándo una Familia numerosa es de Categoría especial? ¿Qué ayudas a mayores tienen?

Las Familias Numerosas de categoría especial cuentan con descuentos adicionales y de mayor cuantía que las de nivel general.

Pero… ¿cuándo se considera que una familia numerosa es de categoría especial? ¿Y qué descuentos y ventajas tienen a mayores?

Lo vemos a continuación.

¿Cuándo se considera que una Familia numerosa es de Categoría especial?

Se considera como Familia numerosa de Categoría especial:

  • Las familias de 5 o más hijos.
  • También las familias de 4 hijos que cumplan que sus ingresos anuales divididos por el número de miembros que las componen, no superen en cómputo anual el 75 % del IPREM vigente incluidas las pagas extraordinarias.
  • Las familias de 4 hijos de los cuales al menos 3 procedan de parto, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo múltiples.
  • Cada hijo discapacitado o incapacitado para trabajar, computará como dos para determinar la categoría en que se clasifica la unidad familiar de la que forma parte.

¿Qué descuentos a mayores tienen las familias numerosas de Categoría especial?

Alguno de los descuentos a mayores o facilidades de las que se pueden beneficiar las Familias numerosas de Categoría especial son:

  • Por la contratación de cuidadores en familias numerosas.

La contratación de cuidadores en familias numerosas dará derecho a una bonificación del 45% de las cuotas a la Seguridad Social a cargo del empleador en las condiciones que legal o reglamentariamente se establezcan (se paga el 65% de su Seguridad Social)

En familias de categoría general es requisito que trabajen los dos padres; en las de categoría especial no se exige esta condición.

  • Ayudas de 200€ mensuales o Deducción de 2.400€ en el IRPF para las Familias numerosas de categoría especial.

Desde el año 2015, la familias se pueden beneficiar de la nueva deducción para Familias numerosas, suponiendo un importante ahorro en el abono de impuestos a la hora de hacer la Declaración de la Renta.

Familia numerosa categoría general: 1.200€ anuales o pago anticipado de 100€ al mes.

Familia numerrosa categoría especial: 2.400€ anuales o pago anticipado de 200€ al mes.

  • Educación: exentos del pago de tasas y matrículas.

Exención del 100% en todos los regímenes, niveles y ciclos de las tasas o precios públicos en derechos de matriculación y examen, expedición de títulos y diplomas para las familias numerosas de categoría especial.

  • Transportes:

Descuento en el abono transportes (del 20 % en categoría general o del 50 % en categoría especial)., así como en la utilización de los servicios regulares de transporte de viajeros por carretera, ferrocarril, transporte marítimo y aéreo nacional.

  • Excedencia para el cuidado de hijos

Cuando el trabajador forme parte de una familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especial.

  • Asistencia jurídica gratuita

Cuando el solicitante pertenezca a una familia numerosa de categoría especial, aunque supere el límite de ingresos fijado para beneficiarse de este derecho (siempre que no sobrepase el cuádruplo del salario mínimo interprofesional), se le podrá conceder excepcionalmente la asistencia jurídica gratuita.

Aparte de esto pueden solicitar todas las ayudas y beneficios destinados a las familias numerosas en general y que puede ver en:

->> Los 20 mejores descuentos, ayudas y beneficios de las Familias Numerosas.

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86 comments to ¿Cuándo una Familia numerosa es de Categoría especial? ¿Qué ayudas a mayores tienen?

  • teresa

    Hola yo tengo un hijo a cargo y soy monoparental .tengo derecho?

  • ruth

    Hola. Tengo el titulo de familia numerosa especial . Estube trabando 7 meses a 5 h de lunes a viernes . Y fui al inem y dicen q voy a cobrar 290€ . Haber como sobrevivo

    • Hola

      Una de las cosas de las que al menos te puedes beneficiar es de la deducción para familias numerosas en el IRPF que para la categoría especial es de 2.400€

      En cualquier caso te deseamos que encuentres pronto trabajo de nuevo y te mandamos mucho ánimo para seguir adelante

      Salu2

  • Clara Carrascosa Tejedor

    Buenas tardes. Somos 8 hermanos y hemos tenido siempre la categoría de familia numerosa especial pero dos hermanos se han casado, uno tiene màs de 26 años y otro tiene 24 años y es probable que el curso que viene no realice ningún estudio. Si fuese así quedaríamos solo 4 hermanos que estaríamos incluidos en el título. ¿Seguiríamos manteniendo la categoría de familia numerosa especial? Sé que ha cambiado la legislación el año pasado de manera que los últimos hijos puedan disfrutar de las ventajas del título de familia numerosa pero lo que he leído se refiere solo a la categoría general. Me gustaría saber si esta nueva legislación tiene también en cuenta la categoría especial. Gracias

    • Buenos días

      Aunque sólo seais 4 hermanos, seguiréis siendo Categoría especial si cumplís que la suma de los ingresos anuales de vuestra unidad familiar divididos por el número de miembros que la componéis no superais en cómputo anual el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente, incluidas las pagas extraordinarias.

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2016/01/25/cual-es-la-cuantia-del-iprem-2016-y-smi-2016/

      Si no cumplís esa condición, entendemos que pasareis a ser Familia numerosa general, y perderéis la condición de categoría especial.

      Os beneficiareis de las ventajas de familia numerosa general hasta que el pequeño cumpla los 21 años (o 26 si está estudiando), pero creemos que no mantendreis la categoría especial..

      De todas formas consultarlo cuando vayáis a renovar o llamar antes al organismo que lo tramite a ver qué os dicen y ya nos contareis ok.

      Salu2

  • Robledo

    Hola ,buenas vera desde el mes de octubre tengo solicitado el cheque familiar por discapacidad y por familia numerosa ,el total seria 200€al mes durante un año,aun no me han ingresado nada y quisiera saber el motivo gracias

    • Buenos días

      Lo cierto es que la lentitud para el abono de estos temas es desesperante…

      Puedes ver cómo va tu trámite en la web de la AEAT en el siguiente enlace:

      ¿Cómo va mi trámite?

      Sólo tienes que indicar tu DNI, pinchar en «No Tengo PIN» para que te lo envíen a tu móvil. Introduces la contraseña que te legue por SMS y ya puedes acceder a ver cómo va tu trámite.

      Salu2 y ya nos dirás a ver qué te indica.

  • JORDI

    HOLA,
    MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE:
    SOY FAMILIA NUMEROSA DE CATEGORIA GENERAL (TRESA HIJOS)
    TENGO UNA DISCAPACIDAD EN GRADO DE TOTAL, PUEDO PEDIR LA CATEGORIA DE FAMILIA NUMEROSA ESPECIAL.

    GRACIAS

  • maria

    yo soy familia numerosa tengo 2 hijos y 1 de ellos tiene minusvalia por ello soy familia numerosa. Lo que no se si es numerosa general o numerosa especial hice mi borrador por internet y me salio una burrada a cobrar jamas e visto tanto dinero junto y mas con mi marido en paro desde hace 4 años .Me podrias decir a que grupo pertenezco para en vez de poner familia mumerosa general poner familia numerosa especial y como se supone en vez de ser 1200 serian 2400 euros gracias y poder acceder a deduciones autonomicas o me aconsejas que valla a un gestor gracias.

  • maria

    PERDON OLVIDE PONER QUE MI NIÑO TIENE 13 AÑOS GRACIAS.

  • Julio Carbajo herranz

    Buenas tardes.
    Somos una familia de cuatro miembros. Matrimonio y dos hijos. Uno de los hijos con discapacidad de 68%. La madre con discapacidad del 33%
    Tenemos reconocida la categoría de familia numerosa general. La pregunta es si tenemos derecho a que se nos reconozca la categoría de familia numerosa especial capacidad del 33%

    • Buenas tardes

      Tal como indicamos en el artículo superior, cada hijo discapacitado o incapacitado para trabajar, computará como dos para determinar la categoría en que se clasifica la unidad familiar de la que forma parte.

      Para categoría especial se exige tener 5 o más hijos de forma general. En vuestro caso, sólo tenéis 2 (y aunque uno de ellos compute por dos, se podría considerar 3 hijos a los efectos, pero no alcanzan la cifra de 5 hijos exigida..)

      Por lo que os corresponde categoría general, no especial..

      Salu2

  • Rafael

    Hola,

    Para determinar el tipo de familia numerosa, general o especial, como contabiliza que uno de los padres tenga reconocida una IPA para todo tipo de trabajo y una minusvalía de un 45%.

    Gracias

    • Buenos días

      Sólo cada hijo discapacitado o incapacitado para trabajar, computará como dos para determinar la categoría en que se clasifica la unidad familiar de la que forma parte.

      Si es el padre o la madre la que tiene la discapacidad no influye para determinar la categoría.

      Salu2

  • Sonia

    Estoy cobrando el cheque por familia numerosa especial discapacidad de mi hija.hicimos la petición i individual…por lo cual mi marido cobra los 100 y 50..cada mes y yo en la declaración de renta los 1800.puedo cambiarlo yo y cobra lo cada mes??,y que sea mi marido el que lo cobre íntegro y yo ñrenunciar??

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