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16 de septiembre de 2016

Ayudas de hasta 650€ al mes para trabajadores en ERE y desempleados en CYL: plazo a punto de finalizar!

Si eres un trabajador pero te encuentras en ERE, o suspensión de trabajo, y has agotado ya tu prestación por desempleo y no percibes paro, aún estás a tiempo de solicitar las Ayudas disponibles en estos casos, de hasta 650€ al mes.

Pero debes darte prisa, porque el plazo está a punto de finalizar!!!   Te indicamos la cuantía de las ayudas, condiciones y cómo solicitarlo para que puedas beneficiarte.

¿A quién están dirigidas esta ayudas?

A los trabajadores de Castilla y León afectados por uno o varios expedientes de regulación de empleo, de suspensión de contratos de trabajo, por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción, o derivadas de fuerza mayor, y que hayan ya agotado su prestación contributiva por desempleo por agotamiento del período de duración de la prestación.

El objetivo es compensar la pérdida de poder adquisitivo de todos estos trabajadores.

¿Quién lo puede solicitar?

Todos los trabajadores que cumplan los requisitos del punto anterior en el periodo que va desde el 1 de septiembre de 2015 y el 31 de agosto de 2016.

¿Qué plazo hay para solicitarlo?

Desde el 7 de mayo de 2016 hasta el 27 de septiembre de 2016

¿De qué cuantía son estas ayudas?

  • La cuantía de la ayuda será de 21,84€ por día con suspensión de contrato de trabajo sin derecho a percibir la prestación contributiva por desempleo por haberse extinguido por agotamiento con un límite máximo de 655,20 € por cada mes natural completo.
  • En el caso de que los contratos sean a tiempo parcial, la cuantía de la ayuda se calculará proporcionalmente al tiempo de la jornada.
  • En todo caso la duración máxima de la ayuda será equivalente a 180 días o 3.931,20 Euros.
  • Sólo será admisible una única solicitud por la totalidad de la ayuda a la que pudiera acceder el interesado.

¿Qué documentación hay que presentar?

Impreso de solicitud, que puedes ver en el siguiente enlace:

->> Impreso Solicitud ayudas

Es necesario presentar la documentación que puedes ver en:

->> Documentación a presentar

¿Dónde se solicita?

Puedes presentar el Impreso de solicitud y la documentación indicada en el punto anterior en:

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