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4 de julio de 2017

Comprar coche con Minusvalía aplicando el IVA reducido al 4%: condiciones a cumplir

A la hora de comprar un vehículo son varios los descuentos y beneficios fiscales que se pueden solicitar si se tiene alguna minusvalía, ya sea el vehículo para uno mismo, o para el transporte habitual de un familiar directo.

Uno de los descuentos que más dinero ahorrado supone, es la aplicación del Iva reducido al 4% en vez de aplicar el general del 21%, pero para ello hay que cumplir las condiciones que Hacienda impone y que vemos a continuación.

¿A qué vehículos se le puede aplicar el Iva al 4% en el precio de compra?

Se aplicará el IVA reducido al 4% en la compra de vehículos nuevos sin matricular (no se aplica a los KM0 al estar ya matriculados, ni a los coches de segunda mano u ocasión) o vehículos de segunda mano sujetos a IVA destinados al transporte de personas con discapacidad en sillas de ruedas o con movilidad reducida, con independencia de quién sea el conductor de los mismos.

¿Qué condiciones hay que cumplir?

Para poder solicitarlo hay que cumplir las siguientes 3 condiciones:

  • Que hayan transcurrido al menos 4 años desde la matriculación de otro vehículo solicitando estos beneficios fiscales por minusvalía en Hacienda. No obstante, este requisito no se exigirá en supuestos de siniestro total de los vehículos, debidamente acreditado.
  • Que el vehículo comprado con este descuento no sea vendido (transferido) durante el plazo de los 4 años siguientes a la fecha de su matriculación.
  • Que se obtenga previamente la certificación de discapacidad del IMSERSO o entidad gestora a la Comunidad Autónoma correspondiente.

Cuidado! Se requiere previa aprobación de Hacienda

Para poder aplicar el IVA reducido al 4% se requiere el previo reconocimiento del derecho por la Administración tributaria, mediante la solicitud (modelo 04). Este reconocimiento, en caso de producirse, surtirá efecto desde la fecha de su solicitud.

¿Quienes se consideran personas con «movilidad reducida»?

Además de las personas que se desplazan en silla de ruedas, se considerarán personas con «movilidad reducida»:

  • Las personas ciegas o con deficiencia visual y, en todo caso, las afiliadas a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) que acrediten su pertenencia a la misma mediante el correspondiente certificado.
  • Los titulares de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad emitidas por las corporaciones locales o, en su caso, por las comunidades autónomas.

¿Qué documentación hay que presentar para solicitar el IVA reducido?

Solicitud de aplicación Iva reducido al 4% (modelo 04):

->> Solicitud Modelo 04

Intrucciones para rellenar y presentar el Modelo 04

Esta solicitud se deberá acompañar la documentación que acredite que el destino del vehículo es el transporte habitual de la persona con discapacidad en silla de ruedas o con movilidad reducida (certificado de la ONCE, Tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad..)

Además se deberá presentar el certificado o resolución expedido por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) u órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente.

¿Qué otros descuentos puedo solicitar a la hora de comprar un vehículo con minusvalía?

Con sólo cumplir tener certificada una minusvalía superior al 33% podrá solicitar:

  • Exención del Impuesto municipal de circulación en su ayuntamiento correspondiente (en este caso se aplica tanto a vehículos nuevos como de ocasión. Se exige que el titular del vehículo sea la persona con minusvalía, y sólo se puede solicitar para un solo vehículo por titular)
  • Si además se desplaza en silla de ruedas o tiene acreditada como tal la movilidad reducida, podrá solicitar el Iva al 4% tal como señalamos en el artículo superior.

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254 comments to Comprar coche con Minusvalía aplicando el IVA reducido al 4%: condiciones a cumplir

  • plokoff

    Hola,

    Me han reconocido el derecho a iva reducido por movilidad reducida.
    Como sabemos, ap partir de hoy tengo 15 dias para matricular el coche.

    El problema es que ahora me dice el concesionario que el coche va a tener un retraso que puede ser superior a esos 15 dias (hasta ayer el coche venia de camino y estaria esta semana). Pero ahora resulta que viene con retraso de repente.

    La pregunta es: si pasan los 15 dias de validez del reconocimiento de la reduccion del iva para poderlo matricular, que ocurre????…….puedo volver a pedirlo al no haber realizado la compra??…… ya no lo puedo volver a pedir hasta pasados los 4 años??

    Si no lo puedo volver a pedir quizas deba renunciar al coche y perder solo la señal (500€) antes que pagar el 21% de iva

    estoy que me subo por las paredes……

  • Ruben Roman

    Quería saber si al comprar un coche de segunda mano pero desde un concesionario donde me aplican el iva deducible se podría solicitar la reducción del mismo por movilidad reducida

  • Isa

    hola, hace un año que me dieron la incapacidad permanente.
    a la hora de comprar un vehiculo se me aplicarían los descuentos como el del iva o igic en canarias reducido?

  • Jessica

    Mi suegra tiene minusvalía total 38% en el certificado no le indica nada de movilidad reducida sin embargo hace 7 años al comprar un coche a su nombre para trasladarla Hacienda le concede el 4%de iva y ahora el coche se estropeó y al sacar otro nuevo Hacienda le deniega el 4% como es posible que antes si y ahora no?

    • Para el IVA reducido es necesario acreditar la movilidad reducida como tal, no basta con cumplir el tener más del 33% de minusvalía.

      En el caso anterior debieron aplicárselo por error..

      Salu2

  • lucia

    Buenos días acabo de hablar con un concesionario que vende un coche del 2015 con X kilómetros y me han dicho que si pueden aplicarme el iva al 4% dudaba un poco pero he llamado a Hacienda y me han dicho que si aplican el 4% independiento en qué situación se encuentre el coche sea nuevo o no, siempre que se compre en un lugar (ejemplo concesionario) que al comprar se aplique IVA. eso es así? por que si no no sé que lio…

    • Buenos días

      En principio se aplica sólo a los vehículos nuevos y sin matricular, pero si Hacienda te ha dicho eso… En ese caso habla con el concesionario y no dudes en solicitarlo.

      Puedes solicitar una segunda opinión en Hacienda llamando a otro teléfono a ver si te atiende a otra persona y te comenta lo mismo:

      – AEAT – Agencia Tributaria
      # Información Tributaria: 901 33 55 33
      # Centro de Atención Telefónica: 901 200 345

      Ya nos contarás.

      Salu2

  • lucia

    Buenas de nuevo, acabo de llamar de nuevo y me ha atendido otra persona y me ha dicho que sí se puede aplicar el IVA 4% a vehículos de segunda mano u ocasión
    saudos

    • Hola!

      Muy bien! En ese caso cuando consultes presupuestos no comentes que tienes ese descuento.. Ya que sino el ahorro que puedas tener por la minusvalía se lo aplicarán ellos «increméntandote» el precio que te piden por el coche a comprar…

      Primero negocia el precio, y cuando ya tengas el precio cerrado, pide que te apliquen ese descuento..

      Salu2

  • José luis

    Tengo movilidad reducida en el mes de marzo de 2017 compre un escooter eléctrico y me aplicaron el iva reducido del 4% ahora quiero comprar un coche, puedo beneficiarme de la reducción o tengo que esperar 4 años
    Un saludo:

    • Hola

      Debes esperar a que transcurran 4 años desde la última vez que lo aplicaste.

      O sino, puedes liquidar en Hacienda el iva que te ahorraste en la compra de la moto, y solicitarlo ahora en la compra del coche donde obtendrás más ahorro.

      Salu2

  • José luis

    He estado en Hacienda , y para información de los demás osuarios, los escooters electricos tienen el iva reducido del 4% a partir del 33% de discapacidad y no es necesario movilidad reducida ni tener que pedir en Hacienda la reducción del Iva, en España es necesario tener la discapacidad reconocida no así para la mayoría de países de Europa, que este tipo de aparatos así como las sillas de ruedas eléctricas se venden directamente con el 4% de iva aplicado.
    Con lo cual mi tramitación ya está en curso.
    Muchas gracias por la pronta respuesta y espero que esta información le sirva a alguien un saludo:

  • Carlos

    Hola, sabe cual suele ser el plazo que tardan en matricular un coche con movilidad reducida 4% ?? Tengo entendido que la gestoria presenta la documentación y tienen que esperar que el funcionario firme. Sabe cuánto suele ser eso? Gracias. Buena página!

    • Buenos días

      Previo a la matriculación Hacienda debe dar su aprobación a la aplicación del Iva reducido al 4%. Puede tardar unos 15 días..aunque dependiendo también de cómo se solicite (sí vía telemática o presencial..) y de qué provincia se trate el plazo puede variar algo..

      Aparte de esto tienes que tener en cuenta el tiempo en que la gestoría tarde en ir a Hacienda a solicitarlo.. y luego a recogerlo, y luego a llevar toda la documentación a Tráfico para proceder a matricular.

      Esperamos que la espera sea lo menor posible. Mucho ánimo y no dejes de insistir para saber cómo van los trámites.

      Salu2

  • Toni

    Hola!
    Mi pregunta es, mi padre tiene reconocida la minusvalía absoluta (mas del 33%), tiene a su nombre un coche cuya conductora habitual del vehículo es mi madre, esta exento de impuesto de circulación y se le aplicó el IVA reducido al 4% al comprarlo. La cuestión es que ella es la que vive con el y yo en el piso de arriba, él depende de nosotros dos para poder desplazarse y nos vemos en la situación que necesitamos 2 coches, hace mas de 4 años que se matriculó el coche que ahora tienen y mi pregunta es si yo puedo adquirir otro coche puesto a mi nombre beneficiándome de dicha reducción de IVA, se que el impuesto de circulación debería pagarlo.
    Muchísimas gracias por la atención.

    • Buenos días

      Podéis comprar otro vehículo a nombre de tu padre y volver a solicitar los descuentos por minusvalía (exención impuesto matriculación e Iva reducido al 4%) y mantener el coche que ya compró en su día, puesto que ya han transcurrido más de 4 años desde que se matriculó.

      Poniendo como titular de ese nuevo coche a tu padre, y como tomador en el seguro también él, evitaréis posibles inspecciones de Hacienda.. Si figurara tu nombre como titular del vehículo y tomador del seguro, también se pueden solicitar, pero es más fácil que Hacienda lo revise, así que es mejor tramitarlo de la otra forma y aunque ambas formas son correctas, te evitas inconvenientes…

      – La exención del impuesto de circulación sólo se puede aplicar en un sólo vehículo. Así que mientras mantengas el coche anterior no lo podrás aplicar en el nuevo.. Eso sí, puedes cambiar la exención de un vehículo a otro si quisieras…

      Salu2 y ya nos contarás.

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