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4 de marzo de 2019

No todas las guardaría dan derecho a la deducción de 1.000€

Desde 2018, existe el Cheque Guardería, una ayuda de hasta 1.000€ a madres trabajadoras para pagar el cuidado de sus hijos menores de 3 años en guarderías.

Se trata de una deducción de hasta 1.000€ que se puede solicitar en la declaración de la renta además de 1.200€ de deducción por ser madre trabajadora de un hijo menor de 3 años.

Sin embargo, no todas las guarderías dan derecho a dicha deducción, sólo aquellas que están inscritas en el registro de escuelas de educación infantil de las Comunidad Autónoma.

Las madres con sus hijos en miles de guarderías con licencia y autorización municipal, pero no autonómica, se quedan sin la deducción.

De hecho, estos centros no han podido enviar el modelo 233 a Hacienda con la información de los niños matriculados que aparecerían en los borradores de la renta de sus madres.

¿Cómo saber si mi centro está inscrito en el registro?

Lo más fácil es acudir al centro y preguntar al responsable si han podido o no enviar el modelo 233. Estarán al tanto, seguro.

¿Otra forma? a través del registro de cada Comunidad Autónoma, así por ejemplo, podéis consultar aquí las autorizadas de Madrid Capital

¿Qué requisitos hay que cumplir?

Hay que cumplir los mismo requisitos de la deducción por maternidad:

  • Tener derecho a la deducción del mínimo por descendiente por los hijos menores de tres años.
  • Realizar una actividad por cuenta propia o ajena.
  • Estar dadas de alta en el Régimen de la Seguridad Social o Mutualidad.
  • El padre o tutor cuando:
    • Haya fallecido la madre.
    • Ostente la guarda y custodia exclusiva.
    • Cumpla los requisitos del punto anterior.
Además:
  • Pagar los gastos de una guardería o centros de educación infantil autorizados por las Comunidades Autónomas para los hijos menores de 3 años.

¿Qué gastos se puede deducir?

  • La prescripción y matrícula
  • La asistencia en horario general y ampliado (madrugadores, tardones, etc).
  • La alimentación

Estos gastos se puede deducir siempre que se hayan producido por meses completos y no tuvieran la consideración de rendimientos del trabajo en especie exentos.

¿Sólo hasta los 3 años?

Realmente la deducción se otorga hasta el mes anterior de comenzar del segundo ciclo de educación infantil. Aunque haya cumplido los 3 años con anterioridad.

Es una ayuda para el cuidado del menor hasta que el sistema educativo público se hace cargo de ellos.

¿Algún límite?

La ayuda máxima es de 1.000€ por cada hijo, es decir, se dará un máximo de 83,33€ por cada hijo los meses que se cumpla las condiciones mencionados.

La ayuda real será el menor de las siguientes cantidades:

  • Las cotizaciones a la Seguridad social y Mutualidad devengadas en cada período con posterioridad al nacimiento o adopción.
  • El importe total del gasto efectivo pagado en dicho período a la guardería o centro educativo en relación con ese hijo.

¿Tiene que hacer algo las madres para aplicar esta deducción?

Nada, sólo incluirlo en la declaración de la renta, que es el único modo de cobro de la ayuda.

Las guarderías son las que comunican a Hacienda los datos de los menores en su centro durante este mes de enero que servirá a Hacienda para contratar con lo que declaren las madres en su IRPF.

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