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2 de julio de 2019

Subsidio por la pérdida de la incapacidad permanente

Si eres perceptor de una prestación por incapacidad permanente y tras una revisión, te pueden rebaja a una incapacidad parcial o incluso quitarte dicha incapacidad por mejoría de tu estado, y por lo tanto perder los ingresos que venías percibiendo.

En estos casos, existe una ayuda (subsidio) del Servicio de Empleo (SEPE) que te ayuda durante un periodo a cubrir esa falta de remuneración mientras buscas un empleo.

¿Quién tienen derecho?

  • Las personas que a través de un proceso de revisión le han quitado la condición de incapacitado permanente.
  • Las personas que a través del proceso de revisión lo hayan declarado capaz para el trabajo o le hayan rebajado la incapacidad a incapacitado permanente parcial.

¿Qué requisitos exige?

  • Carecer de rentas que no superen el 75% del SMI que en 2019 es de 675€ al mes.
  • Estar desempleado e inscrito durante al menos 30 días en la demanda de empleo.
  • Suscribir compromiso de actividad y mantenerse dado de alta en la demanda de empleo.

¿Cuánto es la ayuda?

La cuantía mensual del subsidio es del 80% del IPREM. En 2019, la ayuda es de 430,27 euros mensuales.

¿Cuánto dura la ayuda?

Se otorga un periodo inicial de 6 meses, prorrogables cada 6 meses hasta un máximo de 18 meses.

Si tuviera más de 52 años, podría percibir el subsidio de mayores de 52 años, y duraría hasta la edad de jubilación.

¿Dónde se tramita?

En las oficinas de SEPE. Primero se ha de acudir nada más recibir la resolución a las oficinas de empleo para darse de alta en la demanda de empleo. Tienes 30 días.

Tras 30 días apuntado en la lista, dispones de 15 días para solicitar la ayuda.

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