Compara tu inversión
¿Cuánto? 
¿Tiempo? 
Comparar
16 de diciembre de 2019

2020: Jubilación 100% pensión a los 65 años y 10 meses o 65 años con 37 años cotizados

A partir del próximo día 1 de enero de 2020, la edad legal de jubilación para cobrar el 100% de la pensión (sin coeficientes reductores) aumenta hasta los 65 años y 10 meses, 2 meses más que en 2019.

Esto se aplica a los que no tengan 37 años cotizados (frente a los 36 años y 9 meses de 2019), en cuyo caso, su edad de jubilación es a los 65 años.

Esto es lo que establece en las disposiciones transitorias de la reforma de las pensiones, que sube progresivamente la edad de jubilación hasta los 67 años (véase la imagen de la derecha).

Años cotizados necesarios para jubilarse a los 65

En 2020 se exigirá 37 años cotizados para poderse jubilar a los 65 años de edad, en lugar de los 65 años y 10 meses.

Esta exigencia se va aumentando hasta el 2027 cuando se pedirá tener 38 años y medio cotizados:

  • 2019: 36 años y 9 meses.
  • 2020: 37 años.
  • 2021: 37 años y 3 meses.
  • 2022: 37 años y 6 meses.
  • 2023: 37 años y 9 meses.
  • 2024: 38 años.
  • 2025: 38 años y 3 meses.
  • 2026: 38 años y 3 meses.
  • A partir 2027: 38 años y 6 meses.

¿Me puedo prejubilar antes? ¿Cuánto me quitarán?

Se contempla 2 jubilaciones anticipadas y en función del motivo por la que hayas perdido el empleo te aplican unos coeficientes reductores:

1. Jubilación forzosa (por causas objetivas de la empresa):

Te permite jubilarte con 4 años antes de la edad real de jubilación indicado arriba. A estas jubilaciones se les aplican los siguientes coeficientes reductores:

  • 1,875% trimestral (7,5% anual) con cotizaciones de menos de 38,5 años.
  • 1,750% trimestral (7,0% anual) con cotizaciones de entre 38,5 y 41,5 años.
  • 1,625% trimestral (6,5% anual) con cotizaciones de entre 41,5 y 44,5 años.
  • 1,500% trimestral (6,0% anual) con cotizaciones de más de 44,5 años

2. Jubilación voluntaria:

Si es voluntaria, te puedes jubilar con 2 años de antelación a la edad real de jubilación indicado arriba, y se aplica los siguientes coeficientes reductores:

  • 2,000% trimestral (8,0% anual) con cotizaciones inferiores a 38 años.
  • 1,875% trimestral (7,5% anual) con cotizaciones entre 38,5 y 41,5 años.
  • 1,700% trimestral (6,8% anual) con cotizaciones entre 41,5 y 44,5 años.
  • 1,625% trimestral (6,5% anual) con cotizaciones de más de 44,5 años.

¿Y si aún no tengo edad, existe alternativas?

Si no tienes la edad de jubilación anticipada, y tienes cotizaciones por cuenta ajena, podrías optar al subsidio de mayores de 52 años.

Esta ayuda se otorga a las personas que cumpliendo todos los requisitos para jubilarse salvo la edad, y que no tengan suficientes ingresos.

Esta ayuda se solicita en el Servicio de Empleo y está destinado a los desempleados de un empleo por cuenta ajena.

>> Más información aquí.

Calculo de la base reguladora

En 2020 se utilizará los últimos 23 años cotizados para calcular la base reguladora.

En el caso de los trabajadores que hayan sido expulsados prematuramente del mercado laboral, incluidos los trabajadores autónomos, y con el fin de paliar las consecuencias negativas, pueden optar, sin sujetarse a normas transitorias, cuando ello pueda resultar más favorable, utilizar los últimos 25 años cotizados.

Artículos relacionados:

4 comments to 2020: Jubilación 100% pensión a los 65 años y 10 meses o 65 años con 37 años cotizados

Deje un Comentario

 

 

Puedes utilizar estas etiquetas HTML

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>