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20 de enero de 2016

Abierto el Plazo para solicitar la ayuda de 1.200 euros del «Cheque familiar» ¡Qué no se te pase!

Ya está abierto el plazo para la solicitud del conocido como «Cheque familiar«, la deducción 1.200€ en el IRPF o las ayudas de 100€ al mes.

Padres separados, divorciados o solteros con hijos, pensionistas y parados, familias numerosas con hijos o padres con discapacidad y madres trabajadoras son algunos de los colectivos que pueden solicitarlo.

Vemos quiénes pueden solicitarlo, y el plazo de solicitud que hay para que no se te pase!!

¿Qué es el «Cheque Familiar»?

Se conoce como Cheque Familiar a la deducción de 1.200€ en el IRPF de la que se pueden beneficiar las familias y colectivos que vemos en el punto siguiente.

Si se prefiere, en vez de deducirse en el IRPF se puede solicitar el pago adelantado de 100€ mensuales.

Las ayudas son acumulables entre sí, de forma que por ejemplo un padre separado con 2 hijos, o una familia numerosa con 2 hijos discapacitados, podrían optar a 3.600€ de deducciones.

El límite para cada deducción será la cotización y las cuotas totales a la Seguridad Social o mutualidad.

¿Quiénes pueden solicitar el «Cheque Familiar»?

  • Familias numerosas, con al menos 3 hijos o Familias monoparentales con al menos 2 hijos, es decir, un padre o una madre solter@, separad@ o divorciad@, al tiempo que cuentan con 2 hijos menores de 25 años
  • Familia con hijos dependientes con discapacidad superior al 33%.
  • Familia con ascendientes dependientes con discapacidad superior al 33%.
  • Familia numerosa de categoría especial: aquellas con cinco o más hijos o aquellas familias con cuatro hijos, de los que al menos tres sean por parto o adopción múltiple; y aquellas que tengan cuatro hijos y unos ingresos anuales no superiores al 75% del IPREM (en doce pagas esa cantidad es de 4.792,59 euros y en catorce pagas son 5.591,35 euros).

Las madres trabajadoras con hijos menores de 3 años siguen disfrutando de esta deducción bajo las mismas condiciones.

Las deducciones son acumulables para cada una de las situaciones.

De esta forma, una familia con un hijo dependientes con discapacidad superior al 33% y un ascendiente dependiente con ese grado de discapacidad tendrían una bonificación de 2.400 euros al año.

Nota: Si dos o más contribuyentes tienen derecho a la aplicación de alguna de las deducciones y hubieran presentado una solicitud de abono anticipado de forma colectiva, se entenderá cedido el derecho a la deducción a favor del primer solicitante, quién deberá consignar en la declaración del impuesto el importe de la deducción y la totalidad del pago anticipado percibido.

¿Qué requisitos hay que cumplir para poder solicitar el pago adelantado?

1.- Disponer del título de Familia numerosa o de la certificación oficial del grado de discapacidad del ascendiente o descendiente.

Es conveniente que compruebe que dispone del título de Familia Numerosa y del certificado de discapacidad. Su CC.AA enviará esta información directamente a la Agencia Tributaria para poder realizar el abono anticipado.

2.- Todos los solicitantes, así como los ascendientes y descendientes con discapacidad deben disponer de número de identificación fiscal (NIF) sin el cual no se podrá presentar la solicitud.

3.- Los solicitantes deben trabajar por cuenta propia o ajena por la que se esté dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad y haber cotizado durante los plazos mínimos requeridos. Igualmente las personas que reciban una prestación contributiva de la Seguridad Social o una prestación contributiva o asistencia del Servicio de Empleo.

En la solicitud colectiva es suficiente que cumpla esta condición quien figure como primer solicitante.

¿Es necesario solicitarlo cada año para cobrarlo de forma anticipada?

No es necesario, se siguen tramitando las ya presentadas.

El único caso en que sí debe presentarse es si se desea cambiar la modalidad de la solicitud (individual a conjunta o viceversa).

¿Cuál es el plazo para solicitar el «Cheque Familiar»?

Desde este lunes 18 de Enero y hasta el 31 de Marzo permanece abierto el plazo de solicitud del Cheque Familiar IRPF 2016.

Si se solicita el cobro anticipado, ¿cuándo se cobra?

  • La AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria) le abonará mensualmente de forma anticipada en su cuenta mediante transferencia bancaria, el importe de cada deducción al solicitante.
  • Si no procediera el abono anticipado de la deducción por incumplimiento de los requisitos, la Agencia Estatal de Administración Tributaria lo notificará al interesado.

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1.072 comments to Abierto el Plazo para solicitar la ayuda de 1.200 euros del «Cheque familiar» ¡Qué no se te pase!

  • Nuria

    Hola!! Mi madre es viuda con 2 hijos : uno de 23 años con minusvalia del 42% y una niña de 15 años, me gustaria saber cuanta deducción tendria 1200 o 2400€??

  • Marc

    Buenas,
    Somos padres con 65% de discapacidad y tenemos un hijo con 65% de discapacidad.
    Nos gustaría saber que podríamos ser familia numerosa y solicitar el título de ella?
    Un saludo muy cordial.

    • Buenos días

      Lo sentimos pero creemos que no estais en los casos en que se considera Familia numerosa respecto a discapacidad.. (es necesario tener dos hijos):

      – La familia formada por uno o dos progenitores con dos hijos, sean o no comunes, siempre que al menos uno de los hijos sea discapacitado.
      – La familia con uno o dos progenitores discapacitados, con un grado total de invalidez igual o superior al 65%, con dos hijos, sean o no comunes.

      En cualquier caso, no dudéis en confirmarlo con el organismo donde se solicita el Título de familia numerosa en vuestra CC.AA que podéis ver en el artículo superior.

      – Pero sí trabajais o cobrais alguna prestación contributiva o asistencial del SEPE sí que os podréis beneficiar del Cheque familiar o la deducción de los 1.200€ que indicamos en el artículo superior.

      Salu2

  • Barbara

    Hola llevo cobrando la ayuda desde mayo y mi pregunta es . Se puede renovar la ayuda IRPF ? ? Un saludo gracias

    • Hola

      Quienes ya lo estáis cobrando no tenéis que solicitarlo de nuevo. Se renueva de forma automática salvo que se haya modificado tus condiciones personales (por ejemplo que dejes de estar trabajando o cobrando prestación contributiva o asistencial del SEPE), en cuyo caso habría que comunicarlo.

      Salu2

  • Raquel

    Holaa!!! Esta ayuda se hecha ahora en marzo o se hace cuando se hace la renta?? Es que segun donde leo los requisitos pone que es hasta el 31 de marzo y en otros sitios pone que se solicita en la renta.
    Gracias, un saludo

  • sheila

    Hola tengo la ayuda aprobada e llamado y me han dicho que cobrare la segunda quincena de este mes. lo presente en marzo, quisiera saber si me darán atrasos y que día se cobra mi solicitud es por dos hijos con discapacidad y de manera colectiva. GRACIAS.

    • Yo creo que sí. De todas formas, si no fuera así, en la declaración de la renta del año que viene puedes pedir los atrasos.

      Salu2.

    • Cris

      En mi caso, que también la solicité por marzo del año pasado, me empezaron a ingresar los 100 euros mensuales y los otros 300, de los primeros 3 meses, me venían abonados en el borrador de la declaración de la renta de este año. Para cobrarlos junto con la devolución. Que por cierto, aún no me han devuelto. Pero espero, que sea cualquier día de éstos.

    • Sí, paciencia. Tienen de plazo hasta diciembre para devolverlo.

      Salu2.

  • Marisol

    Buenas tardes,

    Me gustaría saber si se puede reclamar la ayuda que hay por discapacidad de 1200 euros al año, de otros años anteriores?

  • Ioana

    Tengo 2 hijos madre soltera uno con descapacida y solicite la ayuda día 23-05-2017 y todavía no estoy cobrado me podes decir cuando empieza a cobrar

  • Víctor Jose

    Hola qeria saber se tendria una ayuda de 1200 de cheque familiar con una discapacidad del 52%

  • Sandra

    Buenas tardes
    Mi pregunta es puede variar el monto de la devolución según el tiempo cotizado en el año anterior?

    • Creo entender la pregunta…

      La ayuda se cobra en función de los meses que cotices (mínimo 50% de una jornada completa), así, cuando hagas la declaración, debes de indicar qué meses tienes derecho a la ayuda, y lógicamente, te devolverán más o menos dinero dependiendo de cuántos meses (cotizaciones) tengas derecho..

      Salu2.

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