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	<title>Comentarios para Preguntas Frecuentes</title>
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	<link>http://www.preguntasfrecuentes.net</link>
	<description>Preguntas Frecuentes es una web encargada de proporcionar información y respuesta a las preguntas frecuentes sobre compra/venta de coches, vivienda, hipotecas y préstamos, seguros, garantías, trabajo y desempleo, dinero</description>
	<lastBuildDate>Fri, 03 Sep 2010 07:56:49 +0000</lastBuildDate>
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	<item>
		<title>Comentario de Pensión No Contributiva de Jubilación por Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/01/22/pension-no-contributiva-de-jubilacion/comment-page-2/#comment-18149</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 03 Sep 2010 07:56:49 +0000</pubDate>
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		<description>Tiene que solicitar esa información en la Seguridad Social.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Tiene que solicitar esa información en la Seguridad Social.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Pensión No Contributiva de Jubilación por Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/01/22/pension-no-contributiva-de-jubilacion/comment-page-2/#comment-18148</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 03 Sep 2010 07:56:27 +0000</pubDate>
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		<description>Para poder cobrar la PNC tiene que residir en España.

En su caso está cobrando de forma fraudulentamente la ayuda, y en si se dan cuenta, le exigirá la devolución del importa más intereses de demora.

Lo que debe de hacer es comunica a la Seguridad Social su situación actual de no residente en España.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Para poder cobrar la PNC tiene que residir en España.</p>
<p>En su caso está cobrando de forma fraudulentamente la ayuda, y en si se dan cuenta, le exigirá la devolución del importa más intereses de demora.</p>
<p>Lo que debe de hacer es comunica a la Seguridad Social su situación actual de no residente en España.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Se aprueba el Real Decreto para prorrogar 6 meses el subsidio de los 426 euros por Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/02/12/se-aprueba-el-real-decreto-para-prorrogar-6-meses-el-subsidio-de-los-426-euros/comment-page-2/#comment-18147</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 03 Sep 2010 07:54:13 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=2744#comment-18147</guid>
		<description>Sí, si cumples todas las condiciones que exige la RAI:

- http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Sí, si cumples todas las condiciones que exige la RAI:</p>
<p>- <a href="http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/">http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/</a></p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de ¿Qué cuantía me corresponde de la prestación por desempleo? por Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/04/%c2%bfque-cuantia-me-corresponde-de-la-prestacion-por-desempleo/comment-page-2/#comment-18146</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 03 Sep 2010 07:52:15 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=310#comment-18146</guid>
		<description>La duración de la prestación depende del tiempo cotizado, y en el siguiente hay una tabla para determinar dicha duración:

- http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/03/%C2%BFcuanto-dura-las-prestaciones-del-desempleo/

Si has cotizado entre 360 y 539 días, te corresponde 120 días de paro.

Si tienes hijos a cargo lo que hace es incrementar el máximo de paro que puedes recibir: 200% del IPREM, pero el otro límite no cambia: 70% de tu base reguladora.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>La duración de la prestación depende del tiempo cotizado, y en el siguiente hay una tabla para determinar dicha duración:</p>
<p>- <a href="http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/03/%C2%BFcuanto-dura-las-prestaciones-del-desempleo/">http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/03/%C2%BFcuanto-dura-las-prestaciones-del-desempleo/</a></p>
<p>Si has cotizado entre 360 y 539 días, te corresponde 120 días de paro.</p>
<p>Si tienes hijos a cargo lo que hace es incrementar el máximo de paro que puedes recibir: 200% del IPREM, pero el otro límite no cambia: 70% de tu base reguladora.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Baja definitiva de un vehículo, cómo dar de baja el coche por carolina</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/04/28/baja-definitiva-de-un-vehiculo-como-dar-de-baja-el-coche/comment-page-1/#comment-18145</link>
		<dc:creator>carolina</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 03 Sep 2010 07:05:32 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=3308#comment-18145</guid>
		<description>Muchisimas gracias sois geniales pues mirare haber pero gracias por los consejos...</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Muchisimas gracias sois geniales pues mirare haber pero gracias por los consejos&#8230;</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de ¿Qué cuantía me corresponde de la prestación por desempleo? por mar</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/04/%c2%bfque-cuantia-me-corresponde-de-la-prestacion-por-desempleo/comment-page-2/#comment-18139</link>
		<dc:creator>mar</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 23:40:58 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=310#comment-18139</guid>
		<description>hace 2 años agote mi paro, y desde entonces tengo cotizados 15 meses, a jornada completa.. cuanto meses me corresponden de paro? al tener a una hija de 2 años a cargo cobraré algun porcentaje más o no tiene que ver?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>hace 2 años agote mi paro, y desde entonces tengo cotizados 15 meses, a jornada completa.. cuanto meses me corresponden de paro? al tener a una hija de 2 años a cargo cobraré algun porcentaje más o no tiene que ver?</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Pérdida de puntos carnet de conducir: nueva ley de tráfico por gorge</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/05/25/perdida-de-puntos-carnet-de-conducir-nueva-ley-de-trafico/comment-page-2/#comment-18136</link>
		<dc:creator>gorge</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 21:56:02 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=3501#comment-18136</guid>
		<description>hola.es legal por parte de la dgt caza de conductores en aparcamientos comerciales(hablar por telefono)?soy autonomo y me quede sin puntos por lo tanto me quedo sin trabajo.esta dgt fomentando el paro?deberia de tener mas comprension con los profesionales?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>hola.es legal por parte de la dgt caza de conductores en aparcamientos comerciales(hablar por telefono)?soy autonomo y me quede sin puntos por lo tanto me quedo sin trabajo.esta dgt fomentando el paro?deberia de tener mas comprension con los profesionales?</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Pensión No Contributiva de Jubilación por ZULMA</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/01/22/pension-no-contributiva-de-jubilacion/comment-page-2/#comment-18135</link>
		<dc:creator>ZULMA</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 20:49:38 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=2540#comment-18135</guid>
		<description>queria saber como esta mi expediente y cuando me van a pagar la pension  muchas gracias - zulma DNI 16 988 559 GAITAN ZULMA</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>queria saber como esta mi expediente y cuando me van a pagar la pension  muchas gracias &#8211; zulma DNI 16 988 559 GAITAN ZULMA</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Se aprueba el Real Decreto para prorrogar 6 meses el subsidio de los 426 euros por pauol</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/02/12/se-aprueba-el-real-decreto-para-prorrogar-6-meses-el-subsidio-de-los-426-euros/comment-page-2/#comment-18133</link>
		<dc:creator>pauol</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 20:01:42 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=2744#comment-18133</guid>
		<description>hola,pero puedes solicitar el RAI después del PRODI si eres mayor de 45.si no no se si hay alguna ayuda</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>hola,pero puedes solicitar el RAI después del PRODI si eres mayor de 45.si no no se si hay alguna ayuda</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Baja temporal de un vehículo: trámites, documentación y su coste por Alfredo</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/03/04/baja-temporal-de-un-vehiculo-tramites-documentacion-y-su-coste/comment-page-3/#comment-18132</link>
		<dc:creator>Alfredo</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 19:54:28 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=2852#comment-18132</guid>
		<description>Buenas,tengo un camion hormigonera y esta dado de baja temporal.Lo voy a vender y lo quiero dar de baja definitva por transito comunitario.¿Es necesario pasar la ITV,llevando parado 2 años?¿Que pegas me pueden poner?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas,tengo un camion hormigonera y esta dado de baja temporal.Lo voy a vender y lo quiero dar de baja definitva por transito comunitario.¿Es necesario pasar la ITV,llevando parado 2 años?¿Que pegas me pueden poner?</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Se aprueba la prestación por desempleo (paro) para los autónomos por Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/05/28/se-aprueba-la-prestacion-por-desempleo-paro-para-los-autonomos/comment-page-3/#comment-18130</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 19:00:46 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=3602#comment-18130</guid>
		<description>Los autónomos aún no tiene derecho a ninguna prestación o subsidio.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Los autónomos aún no tiene derecho a ninguna prestación o subsidio.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Renta de Emancipación: ayuda de 210 euros para el alquiler por Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/04/05/renta-de-emancipacion-ayuda-de-210-euros-para-el-alquiler/comment-page-9/#comment-18129</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 18:59:55 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=3125#comment-18129</guid>
		<description>Si otra persona firma la notificación, para la administración quedas notificada, salvo interposición de una denuncia.

Por otro lado, si no da contigo después de 2 giros postales, la administración lo publica en algún boletín oficial y después de 20 días, también da por notificado.

Por eso es tan importante mantener siempre actualizado los datos de domicilio en la administración, para evitar estas situaciones.

Lo más fácil, aunque incómodo, sería ponerte en contacto con el anterior dueño para ver si ha recibido alguna notificación a tu nombre.

Salu2</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Si otra persona firma la notificación, para la administración quedas notificada, salvo interposición de una denuncia.</p>
<p>Por otro lado, si no da contigo después de 2 giros postales, la administración lo publica en algún boletín oficial y después de 20 días, también da por notificado.</p>
<p>Por eso es tan importante mantener siempre actualizado los datos de domicilio en la administración, para evitar estas situaciones.</p>
<p>Lo más fácil, aunque incómodo, sería ponerte en contacto con el anterior dueño para ver si ha recibido alguna notificación a tu nombre.</p>
<p>Salu2</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años: requisitos, plazos y documentación por Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/14/subsidio-por-desempleo-para-trabajadores-mayores-de-52-anos-requisitos-plazos-y-documentacion/comment-page-28/#comment-18128</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 18:56:03 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=1249#comment-18128</guid>
		<description>No es ningún impedimento, ya que si sólo tienes esos ingresos no superas el límite de 474,98€ mensuales.

Acude al Servicio de Empleo y solicita la ayuda.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>No es ningún impedimento, ya que si sólo tienes esos ingresos no superas el límite de 474,98€ mensuales.</p>
<p>Acude al Servicio de Empleo y solicita la ayuda.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de RAI: Renta Activa de Inserción por Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/comment-page-31/#comment-18127</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 18:54:30 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=2016#comment-18127</guid>
		<description>Es cierto, puedes cobrara hasta un máximo de 3 veces consecutivos de 11 meses.

Tienes que solicitarlo cuando se te termine el subsidio actual: el día del mes que sea el último día que tienes derecho al subsidio, NO la última vez que te pagan que siempre son los días 10 de cada mes.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Es cierto, puedes cobrara hasta un máximo de 3 veces consecutivos de 11 meses.</p>
<p>Tienes que solicitarlo cuando se te termine el subsidio actual: el día del mes que sea el último día que tienes derecho al subsidio, NO la última vez que te pagan que siempre son los días 10 de cada mes.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Deducción por inversión en vivienda habitual. por Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/27/deduccion-por-inversion-en-vivienda-habitual/comment-page-36/#comment-18126</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 18:52:26 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=401#comment-18126</guid>
		<description>No, las reformas no se pueden deducirse como vivienda habitual salvo que sea una rehabilitación (afecta a la estructura del edificio y similar).

En cambio, sí hay que incluir los gastos de compra/venta y los impuestos.

En cuanto al cambio de la normativa, si lo adquires en 2010, podrás deducir sin limitaciones y para &quot;siempre&quot; (salvo que cambie la ley).

Por último, generalmente los bancos NO conceden hipotecas por encima del valor de tasación de la vivienda. En el caso de concederte, no podrás deducir la parte proporcional que no sea para la adquisición de la vivienda.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>No, las reformas no se pueden deducirse como vivienda habitual salvo que sea una rehabilitación (afecta a la estructura del edificio y similar).</p>
<p>En cambio, sí hay que incluir los gastos de compra/venta y los impuestos.</p>
<p>En cuanto al cambio de la normativa, si lo adquires en 2010, podrás deducir sin limitaciones y para &#8220;siempre&#8221; (salvo que cambie la ley).</p>
<p>Por último, generalmente los bancos NO conceden hipotecas por encima del valor de tasación de la vivienda. En el caso de concederte, no podrás deducir la parte proporcional que no sea para la adquisición de la vivienda.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Se aprueba la prestación por desempleo (paro) para los autónomos por rafel royo alcover</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/05/28/se-aprueba-la-prestacion-por-desempleo-paro-para-los-autonomos/comment-page-3/#comment-18125</link>
		<dc:creator>rafel royo alcover</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 18:44:13 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=3602#comment-18125</guid>
		<description>hola tengo 57 años ace mas de 15 años ke e sido autonomo  por mi cuenta en la construccion peroa finales del verano pasado no tuve mas remedio ke darme de vaja porke  porke no tenia travajo  aora  de aki tres semanas me dare de alta otra ves pero solo es para un travajo ke me a salido de duracion un mes i la verdar si luego no me sale nada as no tendre mas remedio ke volverme a dar de vaja de activitat i autonomos porke aver kien paga 250 euros al mes i sin travajo   la pregunta es tengo yo algun derexo a cobrar algun tipo de aguda por cese  de actividad</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>hola tengo 57 años ace mas de 15 años ke e sido autonomo  por mi cuenta en la construccion peroa finales del verano pasado no tuve mas remedio ke darme de vaja porke  porke no tenia travajo  aora  de aki tres semanas me dare de alta otra ves pero solo es para un travajo ke me a salido de duracion un mes i la verdar si luego no me sale nada as no tendre mas remedio ke volverme a dar de vaja de activitat i autonomos porke aver kien paga 250 euros al mes i sin travajo   la pregunta es tengo yo algun derexo a cobrar algun tipo de aguda por cese  de actividad</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Renta de Emancipación: ayuda de 210 euros para el alquiler por Maribel</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/04/05/renta-de-emancipacion-ayuda-de-210-euros-para-el-alquiler/comment-page-9/#comment-18124</link>
		<dc:creator>Maribel</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 18:26:47 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=3125#comment-18124</guid>
		<description>No lo acabo de entender...entonces si yo no firmo la notificación y la firma otra persona se supone que es como si la hubiera recogido yo?, como pueden ponerlo en un boletin oficial si yo no estoy al corriente de nada y mi dirección de residencia habitual no es esa?, en el caso de que me pongan en el boletin oficial como lo puedo saber y que puede pasar?

Muchas gracias.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>No lo acabo de entender&#8230;entonces si yo no firmo la notificación y la firma otra persona se supone que es como si la hubiera recogido yo?, como pueden ponerlo en un boletin oficial si yo no estoy al corriente de nada y mi dirección de residencia habitual no es esa?, en el caso de que me pongan en el boletin oficial como lo puedo saber y que puede pasar?</p>
<p>Muchas gracias.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años: requisitos, plazos y documentación por FRAN</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/14/subsidio-por-desempleo-para-trabajadores-mayores-de-52-anos-requisitos-plazos-y-documentacion/comment-page-28/#comment-18123</link>
		<dc:creator>FRAN</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 18:12:34 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=1249#comment-18123</guid>
		<description>Tengo 61 años, los ultimos 6 meses he estado trabajando a media jornada, cuando me ha finalizado el contrato no me han renovado, no creo que pueda encontrar nada mas. Me han informado de que puedo pedir esta ayuda. Tengo un piso alquilado por el que ingreso 220 €, ¿puede ser esto un impedimento para obtener este subsidio?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Tengo 61 años, los ultimos 6 meses he estado trabajando a media jornada, cuando me ha finalizado el contrato no me han renovado, no creo que pueda encontrar nada mas. Me han informado de que puedo pedir esta ayuda. Tengo un piso alquilado por el que ingreso 220 €, ¿puede ser esto un impedimento para obtener este subsidio?</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Pérdida de puntos carnet de conducir: nueva ley de tráfico por David</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/05/25/perdida-de-puntos-carnet-de-conducir-nueva-ley-de-trafico/comment-page-2/#comment-18122</link>
		<dc:creator>David</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 16:56:12 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=3501#comment-18122</guid>
		<description>Hola Buenas!Una Duda: 

A rosalia se la ha contestado lo siguiente:
&quot;Cada tres años, aquellos conductores que no hayan cometido ninguna infracción que conlleve retirada de puntos serán recompensados con 2 puntos de más en su carné&quot;

En la DGT pone esto otro:

&quot;El titular de un permiso o licencia de conducción que haya perdido una parte del crédito inicial de puntos asignado podrá optar a su recuperación parcial de dos maneras:
 
Realizando un curso de sensibilización y reeducación vial de 12 horas.....  
 
Por el transcurso del tiempo sin cometer infracciones. La ley dispone que transcurridos 2 años sin haber sido sancionados en firme en vía administrativa, por la comisión de infracciones que lleven aparejada la pérdida de puntos, los titulares de los permisos o licencias de conducción afectados por la pérdida parcial de puntos recuperarán la totalidad del crédito inicial de doce puntos. No obstante, en el caso de que la pérdida de alguno de los puntos se debiera a la comisión de infracciones muy graves, el plazo para recuperar la totalidad del crédito será de 3 años.&quot;

Una de las dos informaciones esta desactualizada, agradeceria aclararais el tema.

Un saludo y gracias!</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola Buenas!Una Duda: </p>
<p>A rosalia se la ha contestado lo siguiente:<br />
&#8220;Cada tres años, aquellos conductores que no hayan cometido ninguna infracción que conlleve retirada de puntos serán recompensados con 2 puntos de más en su carné&#8221;</p>
<p>En la DGT pone esto otro:</p>
<p>&#8220;El titular de un permiso o licencia de conducción que haya perdido una parte del crédito inicial de puntos asignado podrá optar a su recuperación parcial de dos maneras:</p>
<p>Realizando un curso de sensibilización y reeducación vial de 12 horas&#8230;..  </p>
<p>Por el transcurso del tiempo sin cometer infracciones. La ley dispone que transcurridos 2 años sin haber sido sancionados en firme en vía administrativa, por la comisión de infracciones que lleven aparejada la pérdida de puntos, los titulares de los permisos o licencias de conducción afectados por la pérdida parcial de puntos recuperarán la totalidad del crédito inicial de doce puntos. No obstante, en el caso de que la pérdida de alguno de los puntos se debiera a la comisión de infracciones muy graves, el plazo para recuperar la totalidad del crédito será de 3 años.&#8221;</p>
<p>Una de las dos informaciones esta desactualizada, agradeceria aclararais el tema.</p>
<p>Un saludo y gracias!</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Deducción por inversión en vivienda habitual. por Turus</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/27/deduccion-por-inversion-en-vivienda-habitual/comment-page-36/#comment-18121</link>
		<dc:creator>Turus</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 16:54:59 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=401#comment-18121</guid>
		<description>Gracias por la respuesta.

En resumen, el precio de compra de la nueva vivienda es el importe de referencia.

Pero, al precio de la vivienda se le puede sumar los gastos de reforma de la misma, es decir, compro por 200, gastos de reforma 100, por tanto, precio de compra 300? Si esto fuese así, el total de los gastos de la reforma se tienen que pagar antes del 31.12.2010, a efectos del cambio de normativa en la deducción de vivienda habitual, o pueden seguir pagandose durante el 2011?

Si al precio de compra no se le puede sumar los gastos de reforma, entoncés nunca interesará pedir un préstamo por encima del precio de compra + impuestos + gatos notariales, pues ese exceso no puedes deducirlo

Saludos</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Gracias por la respuesta.</p>
<p>En resumen, el precio de compra de la nueva vivienda es el importe de referencia.</p>
<p>Pero, al precio de la vivienda se le puede sumar los gastos de reforma de la misma, es decir, compro por 200, gastos de reforma 100, por tanto, precio de compra 300? Si esto fuese así, el total de los gastos de la reforma se tienen que pagar antes del 31.12.2010, a efectos del cambio de normativa en la deducción de vivienda habitual, o pueden seguir pagandose durante el 2011?</p>
<p>Si al precio de compra no se le puede sumar los gastos de reforma, entoncés nunca interesará pedir un préstamo por encima del precio de compra + impuestos + gatos notariales, pues ese exceso no puedes deducirlo</p>
<p>Saludos</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Píldora del día después: conoce sus riesgos. por julia</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/06/10/pildora-del-dia-despues-conoce-sus-riesgos/comment-page-3/#comment-18120</link>
		<dc:creator>julia</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 16:51:32 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=635#comment-18120</guid>
		<description>Tube relaciones sin proteccion mientras estaba menstruando, 12 horas después me tome la pildora del dia después. Que debe ocurrir tomandomela mientras tengo la regla? Hoy es mi dia 6o de regla y sigo sangrando, como lo hago normalmente. 

Hace 2 dias que la tome</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Tube relaciones sin proteccion mientras estaba menstruando, 12 horas después me tome la pildora del dia después. Que debe ocurrir tomandomela mientras tengo la regla? Hoy es mi dia 6o de regla y sigo sangrando, como lo hago normalmente. </p>
<p>Hace 2 dias que la tome</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Píldora del día después: conoce sus riesgos. por FABIOLA</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/06/10/pildora-del-dia-despues-conoce-sus-riesgos/comment-page-3/#comment-18118</link>
		<dc:creator>FABIOLA</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 15:54:04 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=635#comment-18118</guid>
		<description>HOLA.... BUEN DIA  UNA PREGUNTA SE PUEDE TOMAS LA PASTILLA DEL DIA SIGUIENTE JUNTAS? PASA QUE TUVE RELACIONES SIN PROTECCION Y COMO A LA HORA TOME LA PASTILLA DEL DIA SIGUIENTE PERO ME LAS TOME JUNTAS HAY RIESGO DE EMBARAZO? Y DESPUES COMO A LOS DOS DIAS CONTINUE TOMANDOME LAS PASTILLAS ANTICONCEPTIVAS LAS QUE SE TOMAN A DIARIO. GRACIAS</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>HOLA&#8230;. BUEN DIA  UNA PREGUNTA SE PUEDE TOMAS LA PASTILLA DEL DIA SIGUIENTE JUNTAS? PASA QUE TUVE RELACIONES SIN PROTECCION Y COMO A LA HORA TOME LA PASTILLA DEL DIA SIGUIENTE PERO ME LAS TOME JUNTAS HAY RIESGO DE EMBARAZO? Y DESPUES COMO A LOS DOS DIAS CONTINUE TOMANDOME LAS PASTILLAS ANTICONCEPTIVAS LAS QUE SE TOMAN A DIARIO. GRACIAS</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de RAI: Renta Activa de Inserción por marivi</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/comment-page-31/#comment-18117</link>
		<dc:creator>marivi</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 13:18:37 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=2016#comment-18117</guid>
		<description>hola quisiera que me informaras este mes se me termina la paga de rai, la cobro por los malos tratos, los de protecion ala mujer me han dicho que puedo cobrarla 2 veces mas. quisiera saver si es cierto, y si la tienes que hechar antes de que se termine?y si la cobras la cobras el mes siguiente. muchisimas gracias un cordial saludo</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>hola quisiera que me informaras este mes se me termina la paga de rai, la cobro por los malos tratos, los de protecion ala mujer me han dicho que puedo cobrarla 2 veces mas. quisiera saver si es cierto, y si la tienes que hechar antes de que se termine?y si la cobras la cobras el mes siguiente. muchisimas gracias un cordial saludo</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Deducción por inversión en vivienda habitual. por Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/27/deduccion-por-inversion-en-vivienda-habitual/comment-page-36/#comment-18116</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 12:55:35 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=401#comment-18116</guid>
		<description>No te preocupes, a mi entender no habrá ningún problema.

Lo que habéis hecho ahora es contratar un préstamo (privado) para adquirir la vivienda, y cuando podáis vais a subrogaros dicho préstamo en una entidad financiera, y de hecho vais a poner como garantía la vivienda.

Subrogaciones se está haciendose contínuamente.., tan sólo que en tu caso es de un préstamo personal a un préstamo por una entidad financiera.

A pesar de lo dicho, creo que te convendría acudir a la Agencia Tributaria y hacerles una consulta al respecto, sólo para por si acaso.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>No te preocupes, a mi entender no habrá ningún problema.</p>
<p>Lo que habéis hecho ahora es contratar un préstamo (privado) para adquirir la vivienda, y cuando podáis vais a subrogaros dicho préstamo en una entidad financiera, y de hecho vais a poner como garantía la vivienda.</p>
<p>Subrogaciones se está haciendose contínuamente.., tan sólo que en tu caso es de un préstamo personal a un préstamo por una entidad financiera.</p>
<p>A pesar de lo dicho, creo que te convendría acudir a la Agencia Tributaria y hacerles una consulta al respecto, sólo para por si acaso.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Deducción por inversión en vivienda habitual. por marta</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/27/deduccion-por-inversion-en-vivienda-habitual/comment-page-36/#comment-18115</link>
		<dc:creator>marta</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 12:46:39 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=401#comment-18115</guid>
		<description>Buenas,

necesito asesoramiento y no sé a dónde acudir. A ver si alguien puede ayudarme. Os cuento mi caso.

Mi pareja y yo nos hemos comprado un piso. La hipoteca estaba prácticamente lista en el fantástico Banco Santander Central Hispano. El mismo día de la firma de las escrituras ante notario me dice el subdirector del Banco que firme una escritura de hipoteca con unas condiciones con las que no estaba de acuerdo y que en caso de firmar, me supondrían un sobre coste de 8.000 euros. Pero vamos esto es otra historia.

La cosa es que el plazo de la señal llegaba y el Banco Santander no me daba una solución, pasaba olímpicamente de mi a pesar de darme la razón. Podría haberme ido a otro banco en el que también tenía la hipoteca aprobada pero no tenía tiempo. Estaba ante la tesitura de firmar la hipoteca con la que no estaba de acuerdo y tener problemas ante hacienda o perder la señal que le había dado a los vendedores.

Ante esta situación límite pensamos en los contratos privados entre particulares y es lo que hemos hecho. Mis suegros le han prestado un dinero a mi novio mediante contrato privado y yo he hecho lo mismo con mis padres. La hipoteca que teniamos pedida era de 90.000 euros y esa es la cantidad que nos han prestado nuestros padres pero con la condición de que en cuanto tengamos la escritura del piso acudir al banco para hipotecarlo por 90.000 euros y amortizarles a cada cual su prestamos particular a finales de este año o como mucho a principios del año que viene. Vamos en cuanto tenga las escrituras del piso.

A la hora de hacer la declaración de la renta sé que podría estar deduciendome según la amortización que hiciese de los préstamos privados hasta un 9015 euros, exáctamente igual que si el préstamos fuese con el banco. Pero mi duda es la siguiente: Si ahora en noviembre cuando tenga las escrituras me voy de nuevo al banco para hipotecar el piso por 90.000 euros y amortizamos los dos prestamos privados con nuestros padres. Nosotros saldariamos los dos prestamos privados que habiamos sacado para la compra de la vivienda, pero estariamos 15 años más amortizando el préstamo del banco. El temor que tengo, es que como el préstamos con el banco no ha sido exáctamente para comprar el piso, sino que se ha hecho después para amortizar los préstamos particulares. ¿Seguiría deduciendome por el concepto de compra de vivienda el préstamos sacado con el banco durante los 15 años hasta que lo amorticemos¿?


Muchas gracias por vuestra ayuda.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas,</p>
<p>necesito asesoramiento y no sé a dónde acudir. A ver si alguien puede ayudarme. Os cuento mi caso.</p>
<p>Mi pareja y yo nos hemos comprado un piso. La hipoteca estaba prácticamente lista en el fantástico Banco Santander Central Hispano. El mismo día de la firma de las escrituras ante notario me dice el subdirector del Banco que firme una escritura de hipoteca con unas condiciones con las que no estaba de acuerdo y que en caso de firmar, me supondrían un sobre coste de 8.000 euros. Pero vamos esto es otra historia.</p>
<p>La cosa es que el plazo de la señal llegaba y el Banco Santander no me daba una solución, pasaba olímpicamente de mi a pesar de darme la razón. Podría haberme ido a otro banco en el que también tenía la hipoteca aprobada pero no tenía tiempo. Estaba ante la tesitura de firmar la hipoteca con la que no estaba de acuerdo y tener problemas ante hacienda o perder la señal que le había dado a los vendedores.</p>
<p>Ante esta situación límite pensamos en los contratos privados entre particulares y es lo que hemos hecho. Mis suegros le han prestado un dinero a mi novio mediante contrato privado y yo he hecho lo mismo con mis padres. La hipoteca que teniamos pedida era de 90.000 euros y esa es la cantidad que nos han prestado nuestros padres pero con la condición de que en cuanto tengamos la escritura del piso acudir al banco para hipotecarlo por 90.000 euros y amortizarles a cada cual su prestamos particular a finales de este año o como mucho a principios del año que viene. Vamos en cuanto tenga las escrituras del piso.</p>
<p>A la hora de hacer la declaración de la renta sé que podría estar deduciendome según la amortización que hiciese de los préstamos privados hasta un 9015 euros, exáctamente igual que si el préstamos fuese con el banco. Pero mi duda es la siguiente: Si ahora en noviembre cuando tenga las escrituras me voy de nuevo al banco para hipotecar el piso por 90.000 euros y amortizamos los dos prestamos privados con nuestros padres. Nosotros saldariamos los dos prestamos privados que habiamos sacado para la compra de la vivienda, pero estariamos 15 años más amortizando el préstamo del banco. El temor que tengo, es que como el préstamos con el banco no ha sido exáctamente para comprar el piso, sino que se ha hecho después para amortizar los préstamos particulares. ¿Seguiría deduciendome por el concepto de compra de vivienda el préstamos sacado con el banco durante los 15 años hasta que lo amorticemos¿?</p>
<p>Muchas gracias por vuestra ayuda.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de RAI: Renta Activa de Inserción por Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/comment-page-31/#comment-18114</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 12:38:27 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=2016#comment-18114</guid>
		<description>Para percibir la RAI hay que tener más de 45 años, además de cumplir el resto de las condiciones que se detallan en el artículo.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Para percibir la RAI hay que tener más de 45 años, además de cumplir el resto de las condiciones que se detallan en el artículo.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de RAI: Renta Activa de Inserción por ana</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/comment-page-31/#comment-18113</link>
		<dc:creator>ana</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 12:18:07 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=2016#comment-18113</guid>
		<description>no trabajo y tengo 2 hijos y mi marido tambien no tiene trabajo quiero saver de tengo derecho a una ayuda de rai</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>no trabajo y tengo 2 hijos y mi marido tambien no tiene trabajo quiero saver de tengo derecho a una ayuda de rai</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de El Congreso aprueba la prórroga del PRODI, el subsidio de 426€ para desempleado por juan</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/07/21/el-congreso-aprueba-la-prorroga-del-prodi-el-subsidio-de-426e-para-desempleado/comment-page-14/#comment-18112</link>
		<dc:creator>juan</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 12:10:41 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=4214#comment-18112</guid>
		<description>casi con toda seguridad que la prestación que has percibido es el prodi, pues si no tienes cargas familiares, para cobrar el subsidio de agotamiento se exige tener más de 45 años para percibir 6 meses de subsidio.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>casi con toda seguridad que la prestación que has percibido es el prodi, pues si no tienes cargas familiares, para cobrar el subsidio de agotamiento se exige tener más de 45 años para percibir 6 meses de subsidio.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de El Congreso aprueba la prórroga del PRODI, el subsidio de 426€ para desempleado por Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/07/21/el-congreso-aprueba-la-prorroga-del-prodi-el-subsidio-de-426e-para-desempleado/comment-page-14/#comment-18111</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 12:00:51 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=4214#comment-18111</guid>
		<description>Una placer...

Ya sabes que si tienes cualquier otro tipo de consulta, estamos disponibles en el foro:

- http://foro.preguntasfrecuentes.net

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Una placer&#8230;</p>
<p>Ya sabes que si tienes cualquier otro tipo de consulta, estamos disponibles en el foro:</p>
<p>- <a href="http://foro.preguntasfrecuentes.net">http://foro.preguntasfrecuentes.net</a></p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de El Congreso aprueba la prórroga del PRODI, el subsidio de 426€ para desempleado por alejandro</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/07/21/el-congreso-aprueba-la-prorroga-del-prodi-el-subsidio-de-426e-para-desempleado/comment-page-14/#comment-18110</link>
		<dc:creator>alejandro</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 11:56:40 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=4214#comment-18110</guid>
		<description>entiendo gracias por tu ayuda eso es lo que voy hacer, tu asesoria ah sido la mejor gracias.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>entiendo gracias por tu ayuda eso es lo que voy hacer, tu asesoria ah sido la mejor gracias.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de El Congreso aprueba la prórroga del PRODI, el subsidio de 426€ para desempleado por Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/07/21/el-congreso-aprueba-la-prorroga-del-prodi-el-subsidio-de-426e-para-desempleado/comment-page-14/#comment-18109</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 11:55:09 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=4214#comment-18109</guid>
		<description>Acude al servicio de empleo y te informarán, pero si no tienes cargas familiares, lo que recibiste después del paro seguramente sea el PRODI.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Acude al servicio de empleo y te informarán, pero si no tienes cargas familiares, lo que recibiste después del paro seguramente sea el PRODI.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de El Congreso aprueba la prórroga del PRODI, el subsidio de 426€ para desempleado por alejandro</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/07/21/el-congreso-aprueba-la-prorroga-del-prodi-el-subsidio-de-426e-para-desempleado/comment-page-14/#comment-18108</link>
		<dc:creator>alejandro</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 11:52:52 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=4214#comment-18108</guid>
		<description>yo tengo 23 años, se termino el 14 de agosto, pero solo me falta saber si fue el subsidio,es verdad, muchas gracias por tu ayuda.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>yo tengo 23 años, se termino el 14 de agosto, pero solo me falta saber si fue el subsidio,es verdad, muchas gracias por tu ayuda.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Subsidio de 420 Euros para desempleados sin paro por Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/08/13/subsidio-de-420e-para-desempleados-sin-paro/comment-page-71/#comment-18107</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 11:48:58 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=1028#comment-18107</guid>
		<description>Lo hemos repitido un montón de veces.

El PRODI NO se puede volver a solicitar, tal y como está descrito en el artículo.

Parece una falta de consideración al autor del artículo, que ha puesto incluso en negrita que la ayuda SÓLO se puede cobrar 1 única vez y por 6 meses.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Lo hemos repitido un montón de veces.</p>
<p>El PRODI NO se puede volver a solicitar, tal y como está descrito en el artículo.</p>
<p>Parece una falta de consideración al autor del artículo, que ha puesto incluso en negrita que la ayuda SÓLO se puede cobrar 1 única vez y por 6 meses.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de El Congreso aprueba la prórroga del PRODI, el subsidio de 426€ para desempleado por Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/07/21/el-congreso-aprueba-la-prorroga-del-prodi-el-subsidio-de-426e-para-desempleado/comment-page-14/#comment-18106</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 11:46:26 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=4214#comment-18106</guid>
		<description>Averigua qué ayuda estabas recibiendo, si fuera el PRODI no puedes volverlo a solicitar.

Si fuera el subsidio de desempleo. Si la fecha que se terminó fue antes del 15 de Agosto, lo podrías solicitar sin límite de edad, pero si se te terminó después del 15 de agosto y tienes entre 30 y 45 años, para solicitarlo tienes que tener cargas familiares.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Averigua qué ayuda estabas recibiendo, si fuera el PRODI no puedes volverlo a solicitar.</p>
<p>Si fuera el subsidio de desempleo. Si la fecha que se terminó fue antes del 15 de Agosto, lo podrías solicitar sin límite de edad, pero si se te terminó después del 15 de agosto y tienes entre 30 y 45 años, para solicitarlo tienes que tener cargas familiares.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Subsidio de desempleo por Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/20/subsidio-de-desempleo/comment-page-21/#comment-18105</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 11:43:52 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=386#comment-18105</guid>
		<description>Ya te hemos contestado, después del PRODI no se puede solicitar el subsidio de desempleo.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Ya te hemos contestado, después del PRODI no se puede solicitar el subsidio de desempleo.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de El Congreso aprueba la prórroga del PRODI, el subsidio de 426€ para desempleado por alejandro</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/07/21/el-congreso-aprueba-la-prorroga-del-prodi-el-subsidio-de-426e-para-desempleado/comment-page-14/#comment-18104</link>
		<dc:creator>alejandro</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 11:43:14 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=4214#comment-18104</guid>
		<description>la fechas ya las expuse pero, en verdad si es posible que sea el prodi entonces, espero que no, pero igualmente muchas gracias por vuestra informacion son personas profesionales en esta materia, mil gracias.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>la fechas ya las expuse pero, en verdad si es posible que sea el prodi entonces, espero que no, pero igualmente muchas gracias por vuestra informacion son personas profesionales en esta materia, mil gracias.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Deducción por inversión en vivienda habitual. por Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/27/deduccion-por-inversion-en-vivienda-habitual/comment-page-36/#comment-18103</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 11:41:44 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=401#comment-18103</guid>
		<description>La respuesta a todas, es que cuando inviertas más de 100 en la nueva vivienda, podrás comenzar a desgravar, independientemente de si solicitas hipoteca o lo pagas todo al vendedor o como sea.

La inversión que tienes que hacer es el dinero que hay que pagar de la vivienda y los gastos que conlleva.

Si el nuevo piso vale 200, y pides una hipoteca de 300 para pagarlo, sólo te podrás desgravar la 2/3 parte de lo que pagues de hipoteca.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>La respuesta a todas, es que cuando inviertas más de 100 en la nueva vivienda, podrás comenzar a desgravar, independientemente de si solicitas hipoteca o lo pagas todo al vendedor o como sea.</p>
<p>La inversión que tienes que hacer es el dinero que hay que pagar de la vivienda y los gastos que conlleva.</p>
<p>Si el nuevo piso vale 200, y pides una hipoteca de 300 para pagarlo, sólo te podrás desgravar la 2/3 parte de lo que pagues de hipoteca.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Deducción por inversión en vivienda habitual. por Turus</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/27/deduccion-por-inversion-en-vivienda-habitual/comment-page-36/#comment-18102</link>
		<dc:creator>Turus</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 11:35:24 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=401#comment-18102</guid>
		<description>Hola,

En su día ya hice alguna consulta, pero ahora que ya me decido a comprar no lo tengo todo claro.

Yo actualmente tengo mi vivienda habitual totalmente pagada. Voy a adquirir una nueva y quisiera seguir desgravandome por vivienda habitual. Para ello tengo que pagar las cantidades deduccidas por vivienda habitual en los años anteriores, es decir, compro por 200 y en años anteriores me deduje de 100, pues cuando paque (amortize o le pague al vendedor)por importe de 100, podré empezar a desgravarme. ¿Esto es así, no?

Bien aquí van mis dudas:

a) Me deduje de 100.Compro por 200, y pido préstamo por 200. Durante este año sólo sólo amortizo 90. Éste año no me desgravo, no? Si amortizo 110, me desgravo de 10?
b) Me deduje de 100.Compro por 200, y pido préstamo por 150 y le pago en efectivo 50. Amortizo 40, ¿este año no me desgravó? Si amortizo 60, me desgravo de 10?
c) Me deduje de 100. Compro por 200 y pido préstamo un  con disposiciones con limite 300. Disposición inicial de 200 para pagar al vendedor y luego voy disponiendo hasta el máximo para reformar la vivienda. Supongamos que este mismo año dispongo del total, Para desgravarme debería de amortizar en el prestamo 100 que en esta caso se corresponderia con la parte dispuesta hasta el límite, no? Si en vez de disponer de la totalidad del préstamo para reformas, pago las reformas con el dinero que tengo ahorrado, ese importe puede considerarse a la hora de computar el importe satisfecho en la anterior vivienda? Es decir si tengo ahorrado 100, pago las reformas por importe de 100 y esos 100 serian el equivalente a lo que me habia deduccido en la anterior vivienda?
c)Me dejuje de 100.Compro por 200 y pido un préstamo con disposiciones con limite 300. Disposición inicial 200 para pagar al vendedor, amortizo el dinero ahorrado (100) y dispongo del préstamo hasta el límite (100) para las reformas, las cuotas pagadas del prestamo ya me las podría deducir esta año?
d) En el caso de tener ahorrado dinero y tener un préstamo con disposiciones, que interesaria fiscalmente, teniendo en cuenta los importes deduccidos en anteriores años, pagar la reforma con el dinero ahorrado o utilizando las disposciones del préstamo
e) El importe que hay que tener en cuenta en estos casos es el precio de compra y no el del préstamo, no? Es decir las cantidades a descontar serán sobre el precio de compra</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola,</p>
<p>En su día ya hice alguna consulta, pero ahora que ya me decido a comprar no lo tengo todo claro.</p>
<p>Yo actualmente tengo mi vivienda habitual totalmente pagada. Voy a adquirir una nueva y quisiera seguir desgravandome por vivienda habitual. Para ello tengo que pagar las cantidades deduccidas por vivienda habitual en los años anteriores, es decir, compro por 200 y en años anteriores me deduje de 100, pues cuando paque (amortize o le pague al vendedor)por importe de 100, podré empezar a desgravarme. ¿Esto es así, no?</p>
<p>Bien aquí van mis dudas:</p>
<p>a) Me deduje de 100.Compro por 200, y pido préstamo por 200. Durante este año sólo sólo amortizo 90. Éste año no me desgravo, no? Si amortizo 110, me desgravo de 10?<br />
b) Me deduje de 100.Compro por 200, y pido préstamo por 150 y le pago en efectivo 50. Amortizo 40, ¿este año no me desgravó? Si amortizo 60, me desgravo de 10?<br />
c) Me deduje de 100. Compro por 200 y pido préstamo un  con disposiciones con limite 300. Disposición inicial de 200 para pagar al vendedor y luego voy disponiendo hasta el máximo para reformar la vivienda. Supongamos que este mismo año dispongo del total, Para desgravarme debería de amortizar en el prestamo 100 que en esta caso se corresponderia con la parte dispuesta hasta el límite, no? Si en vez de disponer de la totalidad del préstamo para reformas, pago las reformas con el dinero que tengo ahorrado, ese importe puede considerarse a la hora de computar el importe satisfecho en la anterior vivienda? Es decir si tengo ahorrado 100, pago las reformas por importe de 100 y esos 100 serian el equivalente a lo que me habia deduccido en la anterior vivienda?<br />
c)Me dejuje de 100.Compro por 200 y pido un préstamo con disposiciones con limite 300. Disposición inicial 200 para pagar al vendedor, amortizo el dinero ahorrado (100) y dispongo del préstamo hasta el límite (100) para las reformas, las cuotas pagadas del prestamo ya me las podría deducir esta año?<br />
d) En el caso de tener ahorrado dinero y tener un préstamo con disposiciones, que interesaria fiscalmente, teniendo en cuenta los importes deduccidos en anteriores años, pagar la reforma con el dinero ahorrado o utilizando las disposciones del préstamo<br />
e) El importe que hay que tener en cuenta en estos casos es el precio de compra y no el del préstamo, no? Es decir las cantidades a descontar serán sobre el precio de compra</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Subsidio de desempleo por Rubi</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/20/subsidio-de-desempleo/comment-page-21/#comment-18099</link>
		<dc:creator>Rubi</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 11:02:24 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=386#comment-18099</guid>
		<description>No pude pedir nada mas que el subsidio.
Ahora estoy casada y mi marido tiene minusvalia.
Podré pedir el subsidio por desempleo? No el prodi
gracias
cntesta porfavor</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>No pude pedir nada mas que el subsidio.<br />
Ahora estoy casada y mi marido tiene minusvalia.<br />
Podré pedir el subsidio por desempleo? No el prodi<br />
gracias<br />
cntesta porfavor</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de RAI: Renta Activa de Inserción por Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/comment-page-31/#comment-18095</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 10:35:56 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=2016#comment-18095</guid>
		<description>No, salvo que tengas 52 años y puedas ser beneficiaria del subsidio para ese grupo de personas:

- http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/14/subsidio-por-desempleo-para-trabajadores-mayores-de-52-anos-requisitos-plazos-y-documentacion/

Salu2</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>No, salvo que tengas 52 años y puedas ser beneficiaria del subsidio para ese grupo de personas:</p>
<p>- <a href="http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/14/subsidio-por-desempleo-para-trabajadores-mayores-de-52-anos-requisitos-plazos-y-documentacion/">http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/14/subsidio-por-desempleo-para-trabajadores-mayores-de-52-anos-requisitos-plazos-y-documentacion/</a></p>
<p>Salu2</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de ¿Qué cuantía me corresponde de la prestación por desempleo? por ismael</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/04/%c2%bfque-cuantia-me-corresponde-de-la-prestacion-por-desempleo/comment-page-2/#comment-18091</link>
		<dc:creator>ismael</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 10:11:06 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=310#comment-18091</guid>
		<description>Buenos días, en marzo me despidieron de la empresa, pero aún no he cobrado el desempleo porque estoy de baja por contingencias profesionales, se calcula que en noviembre ya tendre el alta y entonces ire al inem a cobrar el desempleo, en estos momentos estoy cobrando el 75% de la base de contingencias comunes y profesionales, ¿cuando vaya al desempleo el cálculo se hara sobre la base que tenia cuando trabajaba?, tengo entendido que la mutua no paga a la seguridad social solo me retiene el IRPF.
Gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buenos días, en marzo me despidieron de la empresa, pero aún no he cobrado el desempleo porque estoy de baja por contingencias profesionales, se calcula que en noviembre ya tendre el alta y entonces ire al inem a cobrar el desempleo, en estos momentos estoy cobrando el 75% de la base de contingencias comunes y profesionales, ¿cuando vaya al desempleo el cálculo se hara sobre la base que tenia cuando trabajaba?, tengo entendido que la mutua no paga a la seguridad social solo me retiene el IRPF.<br />
Gracias</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Subsidio de 420 Euros para desempleados sin paro por JOSE</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/08/13/subsidio-de-420e-para-desempleados-sin-paro/comment-page-71/#comment-18090</link>
		<dc:creator>JOSE</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 10:06:45 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=1028#comment-18090</guid>
		<description>HOLA YO LLEVO 5 MESES QUE ACABE LA AYUDA DE 426 EUROS PUEDO SOLICITARLA DE NUEVO ,ES QUE NO ENCUENTRO TRABAJO POR NINGUN SITIO</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>HOLA YO LLEVO 5 MESES QUE ACABE LA AYUDA DE 426 EUROS PUEDO SOLICITARLA DE NUEVO ,ES QUE NO ENCUENTRO TRABAJO POR NINGUN SITIO</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de RAI: Renta Activa de Inserción por elena</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/comment-page-31/#comment-18089</link>
		<dc:creator>elena</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 09:55:22 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=2016#comment-18089</guid>
		<description>y despues de 3 periodos no tengo mas ayudas soy la victima de violencia domestica</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>y despues de 3 periodos no tengo mas ayudas soy la victima de violencia domestica</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Baja definitiva de un vehículo, cómo dar de baja el coche por Preguntas Frecuentes</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/04/28/baja-definitiva-de-un-vehiculo-como-dar-de-baja-el-coche/comment-page-1/#comment-18088</link>
		<dc:creator>Preguntas Frecuentes</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 09:28:16 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=3308#comment-18088</guid>
		<description>Buenos días Carolina.

Podrías darlo de baja temporal. De esta forma no te cobraran los Impuesto municipales de los años siguientes, pero tampoco podrás circular con él..Lo dejas parado en un sitio seguro (si tienes algún garage lo puedes tener allí sin seguro ni nada y así no te genera gastos..)

Otra opción: No sabemos en qué estado estará el coche, pero a lo mejor, si no está demasiado mal.., lo puedes vender por 1.500€ con los cuales pagarías la multa y así se podría transferir.

Lo que está claro es que mientras no abones esa multa no vas a tener muchas más opciones.

También puedes intentar venderlo a algún desguace si el coche está mal. Con lo que saques liquidar la multa y que te lo den de baja definitiva...

Ya nos contarás a ver qué opción eliges y cuál es el estado de tu coche.

Salu2</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buenos días Carolina.</p>
<p>Podrías darlo de baja temporal. De esta forma no te cobraran los Impuesto municipales de los años siguientes, pero tampoco podrás circular con él..Lo dejas parado en un sitio seguro (si tienes algún garage lo puedes tener allí sin seguro ni nada y así no te genera gastos..)</p>
<p>Otra opción: No sabemos en qué estado estará el coche, pero a lo mejor, si no está demasiado mal.., lo puedes vender por 1.500€ con los cuales pagarías la multa y así se podría transferir.</p>
<p>Lo que está claro es que mientras no abones esa multa no vas a tener muchas más opciones.</p>
<p>También puedes intentar venderlo a algún desguace si el coche está mal. Con lo que saques liquidar la multa y que te lo den de baja definitiva&#8230;</p>
<p>Ya nos contarás a ver qué opción eliges y cuál es el estado de tu coche.</p>
<p>Salu2</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Baja temporal de un vehículo: trámites, documentación y su coste por Preguntas Frecuentes</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/03/04/baja-temporal-de-un-vehiculo-tramites-documentacion-y-su-coste/comment-page-3/#comment-18087</link>
		<dc:creator>Preguntas Frecuentes</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 09:20:30 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=2852#comment-18087</guid>
		<description>Lo querrías dar de baja temporal o de baja definitiva para desguazarlo?  Ya nos contarás y te intentamos decir a ver qué puedes hacer.

Salu2!</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Lo querrías dar de baja temporal o de baja definitiva para desguazarlo?  Ya nos contarás y te intentamos decir a ver qué puedes hacer.</p>
<p>Salu2!</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años: requisitos, plazos y documentación por Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/14/subsidio-por-desempleo-para-trabajadores-mayores-de-52-anos-requisitos-plazos-y-documentacion/comment-page-28/#comment-18085</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 08:25:24 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=1249#comment-18085</guid>
		<description>Sí, acude al servicio de empleo y haga su solicitud.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Sí, acude al servicio de empleo y haga su solicitud.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Prorróga del subsidio de 420 euros (426 euros en 2010) en 6 meses más por Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/02/10/prorroga-del-subsidio-de-420-euros-426-euros-en-2010-en-6-meses-mas/comment-page-27/#comment-18084</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 08:24:16 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=2723#comment-18084</guid>
		<description>La verdad es que se ha repetido hasta la saciedad que el PRODI no se puede renovar.

Está escrito en decena de comentarios y en negrita en varios artículo...

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>La verdad es que se ha repetido hasta la saciedad que el PRODI no se puede renovar.</p>
<p>Está escrito en decena de comentarios y en negrita en varios artículo&#8230;</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de Prorróga del subsidio de 420 euros (426 euros en 2010) en 6 meses más por Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/02/10/prorroga-del-subsidio-de-420-euros-426-euros-en-2010-en-6-meses-mas/comment-page-27/#comment-18083</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 08:22:31 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=2723#comment-18083</guid>
		<description>El PRODI sólo se puede solicitar una única vez.

Las 2 prórrogas que ha habido, han sido para ampliar el periodo de solicitud:

- Inicialmente sólo se podría solicitar las personas que terminaron de percibir el subsidio o prestación de desempleo hasta el 15 de Febrero de 2010.

- Posteriormente la ampliaron hasta el 15 de Agosto de 2010.

- Y en la última prórroga lo ampliaron hasta el 15 de Febrero de 2011.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>El PRODI sólo se puede solicitar una única vez.</p>
<p>Las 2 prórrogas que ha habido, han sido para ampliar el periodo de solicitud:</p>
<p>- Inicialmente sólo se podría solicitar las personas que terminaron de percibir el subsidio o prestación de desempleo hasta el 15 de Febrero de 2010.</p>
<p>- Posteriormente la ampliaron hasta el 15 de Agosto de 2010.</p>
<p>- Y en la última prórroga lo ampliaron hasta el 15 de Febrero de 2011.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de El Congreso aprueba la prórroga del PRODI, el subsidio de 426€ para desempleado por Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/07/21/el-congreso-aprueba-la-prorroga-del-prodi-el-subsidio-de-426e-para-desempleado/comment-page-14/#comment-18082</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 08:20:09 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=4214#comment-18082</guid>
		<description>Esa fue una de las propuestas de las comisiones, pero finalmente no ha entrado en la última prórroga del PRODI.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Esa fue una de las propuestas de las comisiones, pero finalmente no ha entrado en la última prórroga del PRODI.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario de El Congreso aprueba la prórroga del PRODI, el subsidio de 426€ para desempleado por Depósitos Bancarios</title>
		<link>http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/07/21/el-congreso-aprueba-la-prorroga-del-prodi-el-subsidio-de-426e-para-desempleado/comment-page-14/#comment-18081</link>
		<dc:creator>Depósitos Bancarios</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 08:19:25 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.preguntasfrecuentes.net/?p=4214#comment-18081</guid>
		<description>Efectivamente, el &lt;b&gt;PRODI sólo se puede solicitar una única vez&lt;/b&gt;.

Salu2.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Efectivamente, el <b>PRODI sólo se puede solicitar una única vez</b>.</p>
<p>Salu2.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
</channel>
</rss>
