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15 de diciembre de 2010
 En caso de que el trabajador despedido no esté de acuerdo con el finiquito o la liquidación que le hayan hecho en la empresa, ya sea porque se le adeude parte del salario, horas extraordinarias, pagas y demás, o porque tenga alguna duda, antes de firmar nada debe saber cómo actuar y sino cómo reclamar la parte que le corresponde.
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3 de agosto de 2010
El gobierno trata de enmendar las causas del despido objetivo en su última reforma laboral, tras la imposibilidad de un acuerdo entre los sindicatos y empresario.
De esta manera facilitará a las empresas que prevean que vayan a estar en una situación de dificultar despedir a sus trabajadores a un menor coste mediante a travçes de un despido por causas objetivas.
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1 de junio de 2010
 En el 2009 azotó en España duramente la crisis, especialmente a lo que afecta al empleo: despidos, EREs, prestación de desempleo, subsidios, etc.
Cuando una persona se encuentra en alguna de esas situaciones, hay que tener especial cuidado a la hora de elaborar la declaración de la renta y especialmente en algunas modificaciones que el gobierno ha introducido para paliar la situación económica.
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20 de enero de 2010
Si estamos recibiendo algún subsidio de desempleo y nos sale alguna oportunidad de trabajo o recibimos algún tipo de ayuda, eso no significa que vayamos a perder para siempre la precepción del subsidio. Existen casos en que son compatbiles la percepción del subsidio y la realización de algún trabajo o la precepción de ciertas ayudas, además del programa de compatibilidad del subsidio con el trabajo por cuenta ajena.
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2 de diciembre de 2009
Existen varios tipos de despidos del trabajo, en función del cual, el trabajador tendrá derecho a una indemnización: extinción por voluntad del trabajador, despido colectivo, extinción del contrato por causas objetivas, despido disciplinario y despido improcedente. Conviene conocer de antemano las características de cada despido y la indemnización correspondiente, para así poder preservar y exigir sus derechos antes de firmar nada.
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12 de noviembre de 2009
A diferencia de lo que se cobra en el finiquito, la indemnización por despido o cese del trabajador y están exentos de tributación dentro de los límites establecida con carácter obligatorio en el Estatuto de los trabajadores. Si estás en esta situación, antes de hacer la declaración se ha de tener en cuenta este punto.
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17 de septiembre de 2009
En caso de que el trabajador despedido no esté de acuerdo con el finiquito o la liquidación que le hayan hecho en la empresa, ya sea porque se le adeude parte del salario, horas extraordinarias, pagas y demás, o porque tenga alguna duda, antes de firmar nada debe saber cómo actuar y sino cómo reclamar la parte que le corresponde.
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