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1 de abril de 2009

Trámites de compra-venta de un vehículo entre particulares

Te indicamos la relación de documentos del comprador y vendedor que hay que presentar en Hacienda y Tráfico y los pasos a seguir a la hora de efectuar la compra-venta de un coche entre particulares.

¿Quién debe encargarse de los trámites en la compraventa de un vehículo entre particulares?

Los trámites de cambio de titularidad que detallamos a continuación, salvo que se acuerde otra cosa, correspondería realizarlos al comprador.

En caso de no poder acudir él personalmente, podrá  gestionárselo en su lugar otra persona con la autorización necesaria y portando el DNI original del interesado.

El vendedor tendría que limitarse sólo a realizar la Notificación de venta de su vehículo en Tráfico, para quedar exento de responsabilidad y multas ya referentes a su coche vendido transfiera o no el comprador.

Para asegurarse que sobre el vehículo a comprar no pesen multas impagadas, reserva de dominio, procesos de embargo u otras acciones judiciales el comprador debe acudir a Tráfico antes de realizar el pago del coche, a solicitar el Historial del vehículo, donde figurarán esos datos.

¿Qué documentos será necesario presentar?

Será necesario recopilar los documentos siguientes para presentarlos primeramente en Hacienda local y posteriormente en la Jefatura de Tráfico (Solicitar Cita Previa para Tráfico) tal como veremos más adelante:

    • Documentación del coche en venta (original y copia de Ficha técnica y Permiso de Circulación).
    • El vehículo deberá tener la ITV en vigor (en caso contrario no se emitirá el Nuevo Permiso de Circulación al comprador hasta que la pase).
    • DNI (original) del comprador y del vendedor (valdría con presentar fotocopia) eso sí, Vigentes, no valen caducados.
    • Los extranjeros residentes en España, deberán presentar el pasaporte acompañado del Número de Identificación de Extranjeros. Las empresas o personas jurídicas deberán aportar la tarjeta de identificación fiscal y DNI del apoderado.
    • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620). Se podrá adquirir el impreso también en la propia conselleria o delegacion regional pertinente o Hacienda local.  Deberá ir firmado por ambas partes, comprador y vendedor.

Descargar las instrucciones a seguir en el modelo 620.

    • Declaración de Transmisión de Compraventa de vehículos usados (modelo 430).

Se necesitará presentar 4 copias del mismo.
Deberá ser firmado por comprador y vendedor.

¿Qué pasos hay que seguir?

1º.- Acudir a Hacienda a liquidar el Impuesto de Transmisiones.

Una vez reunida la documentación anterior, será necesario acudir en primer lugar con todo ello a Hacienda a liquidar el Impuesto de transmisiones patrimoniales. (modelos 620 y 430)

Los impresos del modelo 620 y 430 se podrán adquirir también en Hacienda local, comprándolos en los Bancos o Cajas que allí se encuentran.

Si tenemos alguna duda a la hora de rellenar dichos impresos, allí nos la resolverán y nos calcularán el importe a pagar. El pago se podrá efectuar en las propias Entidades Bancarias allí disponibles.

El importe a abonar en Hacienda como pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es el 4% de la valoración asignada por la Consejería de Hacienda al vehículo en función del modelo y del año de matriculación. Dicha valoración está disponible en tablas para su consulta.

2º.- Acudir a Tráfico a realizar el cambio de Titular.

Una vez reunida toda la documentación indicada anteriormente en el punto de «Documentación necesaria a presentar» , y previamente abonado en Hacienda el Impuesto de Transmisiones patrimoniales, deberá acudir con todo ello a su Jefatura Provincial de Tráfico (pidiendo Cita Previa), y abonar allí mismo la tasa de Transmisión de vehículos (ver Tarifas.)

Hecho esto, Tráfico expedirá el nuevo Permiso de Circulación figurando como titular el coche el comprador y quedarán finalizados los trámites.

Notas:

En el caso de que se trate de la transferencia de un vehículo cuyo titular haya fallecido, habrá que presentar testamento acompañado del certificado de últimas voluntades, o sino declaración de herederos, o sino, documento donde figure la adjudicación del vehículo e impuesto de sucesiones.

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897 comments to Trámites de compra-venta de un vehículo entre particulares

  • Rosalía

    Además del contrato de compraventa entre particulares, el modelo 620 en el PROP y la solicitud de transmisión del vehículo ¿qué impreso necesito cuando el titular de automóvil que se vende es un menor? gracias

    • Aparte de la documentación habitual de la compraventa, cuando el titular es un menor hacen falta los datos y firma del padre,
      madre o tutor, su DNI y documento que acredite el
      concepto por el que actúen.

      Si tienes dudas al rellenar alguno de los impresos, lo mejor es que dejes los apartados que dudes en blanco y los rellenes cuando vayas a presentar los impresos allí mismo donde te indicarán lo que tienes que poner exactamente.

      Salu2

  • ROI

    buena
    entonces el comprador tiene que comprar el modelo 620,presentar el contrato de compraventa, pagar la tasa en hacienda,haciendo eso ya estaría el coche a nombre del comprador?
    después hay que ir a trafico a pagar la transferencia..
    tiene que ir el vendedor, el comprador o las dos partes?

    gracias
    saludos

    • Buenas

      A todos los trámites sólo hace falta que vaya el comprador. Eso sí, tiene que llevar los impresos firmados por ambas partes (el impreso de solicitud de transferencia para tráfico y el modelo 620, el contrato de compraventa..)

      El impreso del mod 620 lo venden en Hacienda o se puede descargar e imprimir de internet y valdría también.

      Una vez liquidado el Impuesto de transmisiones, hay que ir a Tráfico (pidiendo antes cita) a llevar toda la documentación que indicamos en el artículo superior para realizar la transferencia.

      – El vendedor lo único que tiene que hacer es realizar la Notificación de Venta en Tráfico.

      Salu2 y esperamos haberte aclarado un poco al menos.

  • Francisco

    Hola. si me pudieran responder a la siguiente pregunta, se lo agradecería mucho:
    -Al realizar una compraventa de un turismo entre familiares(padre e hijo). sería necesario presentar un contrato de compraventa?.O Al presentar el modelo 430. Entiendo que no sería necesario.O sería conveniente.

    Y una última duda?, en el pago del impuesto de transmisiones. Es conveniente decir el modelo exacto del turismo? o con decir el básico bastaría. Habría problemas luego en dgt. En el Permiso de Circulación no especifica el modelo, unicamente la motorización.

    Muchas Gracias, por responder.

    • Hola

      A los efectos de la Administración es igual que una compraventa (hay que liquidar impuesto de transmisiones en Hacienda presentando el modelo 620 y 430, y después las tasas de transferencia en Tráfico).

      Da igual que el coche sea regalado. Presentando el Mod 430 en Hacienda y Tráfico ya no tenéis que hacer contrato de compraventa. Si dudáis sobre los datos a rellenar, dejarlo en blanco y que en Hacienda al presentarlo os indiquen.

      – Lo mejor es indicar el modelo exacto.. Sino puede que os toque volver o Hacienda envíe notificación para hacer otra liquidación si los datos no le concuerdan…

      Si queréis pasar por el siguiente enlace y os lo calculamos (normalmente deun modelo a otro no suele haber mucha diferencia en el importe a pagar…)

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/11/26/compra-de-coche-de-segunda-mano-calculamos-el-impuesto-de-transmisiones-a-pagar/

      Salu2!

  • javier

    hola; quiero comprar un vehiculo a una entidad pero lo quiero hacer a traves de un conocido, el contrato d compraventa iria a nombre de él(entidad-intermediario), aunque realmente lo pago y compro yo. ¿tendria q liquidar el 620 mi intermediario y yo posteriormente con el intermediario? asi mismo ¿tendria q realizar un contrato de compraventa entre mi intermediario y la entidad y otro entre aquel y yo?

    • Hola.

      Si a quien lo quieres comprar es a una empresa o compraventa, no hay que liquidar modelo 620, sino que quien os lo vende os tiene que emitir factura de venta.

      Si lo comprais a un particular sí que hay que liquidar el modelo 620. En ese caso, si el titular del coche va a ser tu conocido, todos los documentos referentes a la venta debe firmarlos tu amigo (mod 620, contrato, solicitud transferencia en Tráfico..)

      (E independientemente de todo esto, tu amigo y tú hacer otro contrato privado donde acordeis el acuerdo al que hayáis llegado para querer ponerlo a su nombre..)

      Esperamos haberte aclarado.

      Salu2!

  • Victor Manuel Varela Vila

    Hola,una duda en la siguiente situación:
    C-vta de moto en Madrid.
    Vendedor en Madrid
    Comprador en Pontevedra
    La moto estaba en baja temporal desde 2011; se da de alta en 2016.
    La moto es de 1991, no tiene pagado el IVTM del ayuntamiento.

    Para transferir, qué pasa con éste impuesto.

    Me lo pasaría el ayuntamiento del comprador en el 2016, o en el 2017, pues tráfico de Pontevedra comunica el nuevo propietario.

    Se podría transferir sin el IVTM?????

    • Hola

      Debe poder transferirse sin problema sin el IVTM.

      Para darlo de alta en Tráfico no se exige presentar el recibo y si no se han pagado los años anteriores es por estar de baja, no porque se trate de impago, así que no debería haber problema en hacer la transferencia.

      Al haberse dado de alta en 2016 el IVTM de este año 2016 le llegará al vendedor (que era el titular del vehículo a fecha 1 de enero de 2016)

      – al comprador le llegará el del 2017 (tráfico en este año notificará los datos del comprador al ayunt de pontevedra para que en 2017 se lo giren a él.

      Esperamos haberte aclarado. Según la teoría debe ser así.. De todas formas, si quieres confirmarlo, llama a tu Jefatura de Tráfico antes de hacer ningún pago (si eres tú el comprador)

      Salu2!

  • Ana

    Desde la firma del contrato de compra venta que plazo tengo para realizar todos los demás tramites? Mi trabajo no me deja mucho tiempo libre

    • 30 días. Lo mejor es que lo realizarlo cuanto antes y así te olvidas del tema.

      Si pasa el tiempo, al final faltan documentos, luego es más difícil localizar al vendedor..y pueden surgir más inconvenientes..

      Salu2

  • dani

    hola;
    e encontrado un coche de mas de 10 años dado de BAJA TEMPORAL y ITV caducada desde 2015.
    el compradorme pide cambio de nombre. yo tambien quiero tenerlo dado de BAJA TEMPORAL.
    se puede hacer siguiendo estos tramites? en caso contrario,que tramites completarian el cambio de nombre?
    Gracias

    • Hola.

      Sí, se puede realizar el cambio de nombre aunque tenga la ITV caducada y esté dado de baja temporal.

      Para ello hay que abonar las tasas de dar de alta, de transferencia, y de baja temporal de nuevo. (ya sabeis que el tema es pagar tasas y cuantas más mejor).

      Lo único es que en todo este proceso al no tener la ITV en vigor, aunque quede anotado el cambio de titular en Tráfico, no emitirán el Permiso de circulación a nombre del nuevo titular, hasta que no pase la ITV.

      Más información en:

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/12/12/se-puede-vender-o-transferir-un-vehiculo-dado-de-baja-o-con-itv-caducada/

      De todas formas, antes de que acudas a Tráfico puedes confirmar estos trámites llamando por telf a la Jefatura a la que vayas a acudir a ver qué te comentan.

      Salu2

  • Jesús Muñoz Casaucao

    Buenas,

    Mi caso es el siguiente: mi suegro murió hace 17 años. Antes de morir inició la compra de un coche, y en el tiempo que transcurre hasta que se lo entregan, él muere. En consecuencia, el coche se puso a su nombre y sigue tal cual, pero a la hora del pago del impuesto de sucesiones el coche no figura.

    ¿Se puede hacer ahora un pago de dicho impuesto sólo para el coche?

    El caso es que me reclaman el impuesto en cuestión en un concesionario donde vamos a comprar un coche nuevo, y como pago entregaremos el coche que está a nombre de mi suegro.

    La familia de mi mujer cuenta con una declaración de herederos, en las que las únicas herederas abintestato son mi mujer y su hermana.

    Gracias por adelantado y saludos

  • Sergio

    Hola haber si me podéis ayudar. Me compre un coche nuevo en 2008 y e pagado el número hasta 2010 y hasta la fecha de hoy ya no e pagado ninguno. Mi pregunta es, puedo venderlo pagando el de 2016 sin pagar los atrasados?

    • Hola.

      No. Debes solicitar el historial del coche en Tráfico. Y tendrás que pagar todos los impuestos que figuren como pendientes en ese historial para poder transferir al comprador.

      Salu2

  • judith

    Hola, tengo una duda.
    Si a mi me intercambian el coche, tengo que presentar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y la declaración de compraventa? Es que a mi no me venden el coche, sino que me lo intercambian.
    Necesito que me ayudes, porque la verdad es que no sé mucho sobre este tema.
    Si tuviera que presentar el impuesto de transmisiones patrimoniales, por favor dígame que tengo que hacer.

    • Hola.

      Lo normal es que cada uno tenga su vehículo puesto a su nombre para evitar problemas.

      Por ejemplo, si alguien tiene un vehículo a tu nombre y tu tienes el de otra persona, corres el riesgo de que si quien tiene el coche a tu nombre circula sin seguro, te llegará a ti su multa de 1.500€!!

      Si intercambias el coche tienes que estar muuuuy segura de a quien le dejas el tuyo y viceversa…

      Si quereis hacer cambio de titular los trámites los puedes ver detallados en el artículo superior (Los trámites son los mismos que si se tratara de una compraventa, habría que liquidar Impuesto de transmisiones en Hacienda mod 620 y después acudir con todo lo indicado a Tráfico)

      Salu2! y ya nos contarás.

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