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1 de abril de 2009

Trámites de compra-venta de un vehículo entre particulares

Te indicamos la relación de documentos del comprador y vendedor que hay que presentar en Hacienda y Tráfico y los pasos a seguir a la hora de efectuar la compra-venta de un coche entre particulares.

¿Quién debe encargarse de los trámites en la compraventa de un vehículo entre particulares?

Los trámites de cambio de titularidad que detallamos a continuación, salvo que se acuerde otra cosa, correspondería realizarlos al comprador.

En caso de no poder acudir él personalmente, podrá  gestionárselo en su lugar otra persona con la autorización necesaria y portando el DNI original del interesado.

El vendedor tendría que limitarse sólo a realizar la Notificación de venta de su vehículo en Tráfico, para quedar exento de responsabilidad y multas ya referentes a su coche vendido transfiera o no el comprador.

Para asegurarse que sobre el vehículo a comprar no pesen multas impagadas, reserva de dominio, procesos de embargo u otras acciones judiciales el comprador debe acudir a Tráfico antes de realizar el pago del coche, a solicitar el Historial del vehículo, donde figurarán esos datos.

¿Qué documentos será necesario presentar?

Será necesario recopilar los documentos siguientes para presentarlos primeramente en Hacienda local y posteriormente en la Jefatura de Tráfico (Solicitar Cita Previa para Tráfico) tal como veremos más adelante:

    • Documentación del coche en venta (original y copia de Ficha técnica y Permiso de Circulación).
    • El vehículo deberá tener la ITV en vigor (en caso contrario no se emitirá el Nuevo Permiso de Circulación al comprador hasta que la pase).
    • DNI (original) del comprador y del vendedor (valdría con presentar fotocopia) eso sí, Vigentes, no valen caducados.
    • Los extranjeros residentes en España, deberán presentar el pasaporte acompañado del Número de Identificación de Extranjeros. Las empresas o personas jurídicas deberán aportar la tarjeta de identificación fiscal y DNI del apoderado.
    • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620). Se podrá adquirir el impreso también en la propia conselleria o delegacion regional pertinente o Hacienda local.  Deberá ir firmado por ambas partes, comprador y vendedor.

Descargar las instrucciones a seguir en el modelo 620.

    • Declaración de Transmisión de Compraventa de vehículos usados (modelo 430).

Se necesitará presentar 4 copias del mismo.
Deberá ser firmado por comprador y vendedor.

¿Qué pasos hay que seguir?

1º.- Acudir a Hacienda a liquidar el Impuesto de Transmisiones.

Una vez reunida la documentación anterior, será necesario acudir en primer lugar con todo ello a Hacienda a liquidar el Impuesto de transmisiones patrimoniales. (modelos 620 y 430)

Los impresos del modelo 620 y 430 se podrán adquirir también en Hacienda local, comprándolos en los Bancos o Cajas que allí se encuentran.

Si tenemos alguna duda a la hora de rellenar dichos impresos, allí nos la resolverán y nos calcularán el importe a pagar. El pago se podrá efectuar en las propias Entidades Bancarias allí disponibles.

El importe a abonar en Hacienda como pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es el 4% de la valoración asignada por la Consejería de Hacienda al vehículo en función del modelo y del año de matriculación. Dicha valoración está disponible en tablas para su consulta.

2º.- Acudir a Tráfico a realizar el cambio de Titular.

Una vez reunida toda la documentación indicada anteriormente en el punto de «Documentación necesaria a presentar» , y previamente abonado en Hacienda el Impuesto de Transmisiones patrimoniales, deberá acudir con todo ello a su Jefatura Provincial de Tráfico (pidiendo Cita Previa), y abonar allí mismo la tasa de Transmisión de vehículos (ver Tarifas.)

Hecho esto, Tráfico expedirá el nuevo Permiso de Circulación figurando como titular el coche el comprador y quedarán finalizados los trámites.

Notas:

En el caso de que se trate de la transferencia de un vehículo cuyo titular haya fallecido, habrá que presentar testamento acompañado del certificado de últimas voluntades, o sino declaración de herederos, o sino, documento donde figure la adjudicación del vehículo e impuesto de sucesiones.

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897 comments to Trámites de compra-venta de un vehículo entre particulares

  • judith

    pero no haría falta presentar el contrato de compraventa no? porque yo hago un intercambio.
    el coche tiene más de 10 años, entonces por lo que me han dicho es que no hace falta pagar el impuesto de transmisiones, es cierto?

    • De cara a la Administración es igual que se fuera una venta en cuanto al papeleo a presentar (e impuestos a pagar…)

      Aunque sea un intercambio debéis presentar modelo 620 y mod 430, y el resto de documentación en Tráfico.

      Contrato de compraventa en sí en principio no haría falta.

      Si dudais para rellenar esos impresos de Haceinda, dejarlo en blanco y rellenar allí cuando vayais a entregarlo donde os podrán indicar.

      Salu2

  • judith

    Hola, al final no he necesitado ni el modelo 620 ni el modelo 430.
    Tan solo he necesitado el permiso de circulación, la ficha técnica, el dni original del comprador y una fotocopia del vendedor.
    Junto con estos documentos presentados he podido hacer el cambio de nombre. 😉

    • Hola

      ¿No has tenido que liquidar impuesto de transmisiones en Hacienda para poder realizare el cambio de titular?

      ..

      Eso sólo sucede cuando quien transfiere es una empresa o persona jurídica como un autónomo y el coche lo utilizada para su actividad profesional en cuyo caso hay que presentar factura de venta en vez de tener que liquidar impuesto de transmisiones..

      No entendemos muy bien cómo se ha resuelto tu caso, pero de todas formas gracias por tu comentario.

      Salu2!

  • Angel

    Acabo de comprar un camión de 2ª mano pero no me sirve para mi trabajo. No me lo transferido todavía, podría venderlo y que se lo transfiriera directamente del dueño original al que me comprara el camión a mí o tendría que transferirmelo primero a mí aunque yo no lo voy a usar.
    Muchas gracias

    • Si quien te lo ha vendido ha hecho Notificación de venta en Tráfico, es obligatorio ponerlo primero a tu nombre y después tçu transferirlo a quien te lo compre.

      Si no ha Notificado la venta en Tráfico, podrías transferirlo al tercero directamente (sin tener que ponerlo a tu nombre), pero tendrás que ponerte en contacto con quien te lo vendió a ti para que le firme los impresos para poderlo transferir (tú harías de intermediario esta vez…)

      Salu2

  • LEANDRO

    hola alguien me podria decir si con una cita en la dgt podria hacer mas de un cambio de nombre de vehiculos

  • Sergio

    Hola quiero poner mi coche a nombre de mi pareja (no estamos casados) y me gustaría saber si tengo qe hacer un contrato de compra y venta o no pq yo no se le vendo en ningún momento y también quería saber si los modelos te los dan en haciendo y tráfico o hay qe conseguirlos en otro lado gracias

    • Hola

      De cara a Hacienda y Tráfico la documentación a presentar es la misma si se vende o si se regala o transfiere a familiar.

      Tenéis que presentar en Hacienda los modelos 620 y 430 , y en Tráfico el resto de documentación indicada en artículo superior) (contrato de compraventa como tal en vuestro caso no haría falta, con los impresos de Hacienda es suficiente)

      Los Impresos te los facilitan en la propia Delegación de Hacienda o los puedes descargar del artículo superior.

      Salu2

  • Sandra

    Hola,tengo un coche con baja tenporal porque el dueño que sigue siendolo le hizo la baja,puedo yo transferirlo a mi nonbre,sin que intervenga el? Tengo contrato y la documentacion del coche, fotocopia DNI del dueño,y inpreso de trafico firmado por el,gracias un saludo.

    • Hola

      Debes transferirlo a tu nombre y mejor cuanto antes, ya que cuanto más tiempo pase, más inconvenientes te podrás encontrar.

      Primero debes acudir a Hacienda a liquidar el Impuesto de transmisiones (donde tendrás que rellenar los impresos 620 y 430)

      Estos impresos deben ir firmados por comprador y vendedor.

      Y después a acudir a Tráfico a presentar el resto de la documentación que puedes ver en el artículo superior.

      Que esté dado de baja no impide que lo puedas poner a tu nombre.

      Salu2

  • maria jesus

    Estoy tratando de comprar un vehiculo a una persona con discapacidad fisica, que no le permite firmar (tetraplejía).
    El año pasado compró el vehículo y creo que tuvieron que reconocerle la huella en la policia judicial.
    Alguien me puede decir como empiezo los trámites de transferencia

    • Hola

      Consulta con los familiares si tiene algún tutor legal que pueda firmar en su nombre.

      Si es el titular del vehículo, para transferir en Tráfico hace falta su firma en los impresos de solicitud de transferencia y en el modelo 620 de impuestos de transmisiones en Hacienda.

      Si él no está en condiciones de firmar, debería tener un representante legal que sí que lo pueda hacer por él.

      Salu2!

  • Jaume

    Hola,
    Vendí una vespa antigua que llevaba un año parada pero que hasta su último día de uso funcionaba perfectamente. Tenía todos los papeles en rigor y la itv pasada en el momento de ponerla en venta.
    Parece que ser que al abrir la culata se han encontrado una rascada y ahora me reclaman que tengo que pagar la avería.
    Me gustaría saber que tipo de responsabilidad jurídica tengo al respecto ya que si hubiese sabido de esta avería evidentemente no la hubiera vendido.
    Muchas gracias,

    Un saludo!

    • Hola

      Nos surgen algunas dudas sobre tu caso.. a ver si nos puedes comentar más.

      ¿De qué año es esa Vespa? ¿Por cuánto vendiste la vespa? ¿Cuánto es el importe de la avería que te reclaman?

      Seguramente el coste de reparación que te piden sea desproporcionado respecto al precio de venta de la moto..

      Tampoco sabes si es cierto esa rascada, ni tampoco si afecta en algo o no al funcionamiento de la moto..

      El comprador la adquirió en ese estado. Si no la probó o exigió probarla en el momento de la compra es problema suyo. Y si la probó y funcionaba bien, no hay qué reclamarte…

      Sinceramente, creemos que te quieren sacar un dinero extra sin más que no tienes por qué abonar..

      La única forma que tiene para reclamarte al ser compraventa entre particulares es vía judicial y es raro que decida ir por ese camino sabiendo las pocas posibilidades que tiene de ganar..

      Así que no te preocupes, no hables más con el comprador si no quieres y que él haga lo que estime oportuno con la vespa.

      Salu2 y ánimo!

  • Margarita martin

    Quiero comprar un coche de Km cero
    Tengo discapacidad del 65% y movilidad reducida
    Me dicen en el concesionario que no me pueden aplicsr el 4% sino el 21 pq es Km 0
    Es cierto?

    • Hola

      Es cierto ya que los descuentos en la compra por minusvalía se aplican en la compra de vehículo nuevo sin matricular, y hay que solicitarlos siempre antes de la matriculación.

      Los vehículos KM0 están ya matriculados por lo que esos descuentos ya no se podrían solicitar..

      Con lo que podrías ahorrarte con el iva reducido quizás te merezca la pena mirar precio para uno nuevo…

      Salu2 y suerte con la compra 😉

  • Juanjo

    Ola buenas quería preguntar,he vendido y comprado otro coche,lo tengo a nombre de mi pareja y el nuevo lo quiero poner también,tengo todos los papeles,es necesario que venga eya a trafico?

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