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4 de abril de 2009

¿Qué cuantía me corresponde de la prestación por desempleo?

Esta se calcula en función de la base reguladora que tenga el trabajador.

La base reguladora diaria es la suma de las bases de cotización de los últimos 180 días cotizados a la Seguridad Social por la contingencia de desempleo (Base de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales) dividida entre 180.

11 de Julio de 2012: El gobierno rebaja la prestación desde el 60% hasta el 50% a partir del día 181..

Los 180 primeros días de prestación se cobrará el 70% de la base reguladora y a partir del 181, el 50% de dicha base.

Existen unas cuantías mínimas y máximas de la prestación que están en función del número de hijos y del Indicador Público de Renta de efectos Múltiples (IPREM) existente cuando se inició la prestación.

En ningún caso la cuantía de la prestación, podrá ser inferior al 80% del IPREM incrementando en 1/6, cuando el trabajador no tenga hijos a cargo, y al 107%, cuando el trabajador tenga, al menos, un hijo a cargo.

La cuantía de la prestación, nunca podrá ser superior al:

  • 175% IPREM si no se tiene hijos. 1.098,09 euros/mes en 2020.
  • 200% IPREM si se tiene 2 hijos. 1.254,96 euros/mes en 2020.
  • 225% IPREM si se tiene 3 hijos. 1.411,83 euros/mes en 2020.

En el caso de desempleo por la pérdida de un trabajo a tiempo parcial, el importe mínimo o máximo estará en función del número de horas trabajadas.

La prestación estará sujeta, en su caso, a descuentos de Seguridad Social y del I.R.P.F.

La Entidad Gestora ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social por contingencias comunes y, en los supuestos de suspensión o reducción de jornada por Expediente de Regulación de Empleo, ingresará la aportación del trabajador por todas las contingencias.

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207 comments to ¿Qué cuantía me corresponde de la prestación por desempleo?

  • Alejandro

    Tengo una duda con respecto a la prestación por desempleo que me correspone. En el año 2007, y tras más de tres años trabajando para la misma empresa, me fui al paro. En ese momento me dijeron que me correspondían 12 meses de paro. Al cuarto mes de cobrarlo me contraron de otra empresa en la que he estado trabajando hasta ahora. Es decir, casi dos años. Obviamente me corresponen cerca de 8 meses por haber estado trabajando en esta última empresa, pero mi duda es qué pasa con los 8 meses que me restaban cobrar del parto anterior. Se acumulan los dos paros o no? Gracias

  • Según la información que proporciona INEM no está muy claro, aunque yo lo interpreto que las prestaciones que te correspondía de lo trabajado hasta el 2007 ya lo has perdido y sólo puedes acceder a los 8 meses de tu nuevo trabajo:

    El cómputo sobre el tiempo trabajado para las prestaciones se cuenta el número de días trabajados durante los últimos 6 años.

    Además sólo se tendrán en cuenta para el cálculo anterior las cotizaciones que no hayan sido ya consideradas en el reconocimiento de un derecho anterior tanto de nivel contributivo como asistencial.

    La realización de trabajo por cuenta propia (por ejemplo autónomos) o ajena (asalariado), con una duración igual o superior a 12 meses motiva la extinción de la prestación del desempleo.

  • Alejandro

    Muchas gracias.

  • Jaflobi

    Buenas . Tengo cotizados mas de 11 años. Por tanto me correspondian 720 dias de prestacion
    Del 2007 al 2008 cobre las pretacion 414 dias. Tuve la suerte de encontar trabajo hace 14 meses ….
    Mi empresa va a preentar un ERE…¿ Si me quedara en paro ¿ cuanta prestacion me corresponde 720-414=306 dias ??????. Se vuelve a acumular algun dias por estos 14 meses que he trabajado despues de cobra parte de prestacion….?????

    Si presenta el ERE que es mejor para mi una reduccin de jornada o suspension de contrato temporal.

    ¿ Cuanto tiempo se puede prolongar un ERE?? Y despues de ese tiempo que pasa????

    Gracias de antemano a todos por vuestra colaboracion.

  • cristobal garcia morillas

    quisiera saber cuanti tiempo me queda de desempleo y la cuantia

  • carmen

    hola muy buenas; he estado trabajando en varias empresas y mi vida laboral es de 714(con algunos contratos parciales) quisiera saber como calcular cuantos dias trabajados tengo para solicitar el paro, porque me han dicho que la vida laboral no corresponde al tiempo real trabajado. podriais ayudarme gracias 🙂

    • Según el art 3.4 del RD 625/1985.- Cuando las cotizaciones acreditadas correspondan a un trabajo a tiempo parcial o a trabajo efectivo en los casos de reducción de jornada, cada día trabajado se computará como un día cotizado, cualquiera que haya sido la duración de la jornada.

      Salu2.

  • LOLI

    HOLA MIRAD YO QUIERO CALCULAR LA PRESTACION CON ACCIDENTE DOMESTICO LA BAJA M LA DIERON EL 10 DE ENERO Y EL ALTA 26 DE ENERO DEL 2010 Y MI SUELDO BASE ES DE 1300 Y LA BASE DE CONTINGENCINA ES DE 1430 CUANTO COBRARE DE PRESTACION GRACIAS

  • cancer

    TENGO 22 MESES PARA COBRAR EL PARO Y MIS CONTRATOS SON DE TIEMPO PARCIAL, MI BASES REGUALDORA EN LOS ULTIMOS 180 DIAS CORRESPONDE 8.729 €. ¿COMO SE CALCULA LA CUOTA DE DESEMPLEO?

  • juan

    he cobrado aproximadamente 10% menos este mes, siendo el cuarto mes del paro. si alguien sabe por que, por favor que me lo diga.

    • Has verificado que posiblemente en enero te hayan retenido más dinero debido a la eliminación de la deducción de los 400€ y que el tipo de retención se redondea a número entero?

      Salu2.

  • rosa

    hola queria preguntar: yo tengo cotizados a la seguridad social 1100 dias nunca e cobrado paro el problema es k siempre e trabajado a tiempo parcial en pizerias asegurada solo 12 horas semanales cuanto cobrare de paro si me echan ahora

    • Para saber cuánto tiempo de prestación te corresponde primero has de calcular los días que has trabajado y aplicando las tablas del artículo:

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/03/%C2%BFcuanto-dura-las-prestaciones-del-desempleo/

      y teniendo en cuanta lo siguiete:

      Cuando las cotizaciones acreditadas corresponden a un contrato a tiempo parcial o a un trabajo efectivo, en los casos de reducción de jornada, cada día trabajado se considera como un día cotizado, cualquiera que haya sido la duración de la jornada. Si la jornada se distribuye en 5 o más días de trabajo a la semana, el periodo de cotización será equivalente al periodo de duración del contrato o de vigencia de la relación laboral. Si la jornada se distribuye en menos de 5 días de trabajo a la semana, se multiplicará el total de días de prestación de servicio por el coeficiente 1,4.

    • En cuanto a la cuantía, debes de calcular los ingresos de los últimos 6 meses y las reglas establecidas y descritas en este artículo.

      Salu2.

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