¿Quiénes pueden solicitar este subsidio?
- Los trabajadores que hayan terminado de percibir la prestación de desempleo y tienen cargas familiares.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 180 y 359 días.
- Los trabajadores que hayan perdido involuntariamente un empleo y cotizado a desempleo entre 90 y 179 días y además tengan responsabilidades familiares.
¿Qué significa pérdida involuntaria de un empleo?
La pérdida involuntaria de un empleo significa que una persona es cesada de su puesto de trabajo por alguna de las siguientes causas o encuentre en algunas de las siguientes situaciones:
- Despido.
- Terminación del contrato temporal.
- Muerte, jubilación o incapacidad del empresario.
- Cese en el período de prueba a instancia del empresario.
- Expediente de regulación de empleo, temporal o definitivo.
- Suspensión o extinción del contrato por ser víctima de violencia de género.
- Extinción de la relación administrativa de los funcionarios por decisión de la Administración.
- Si es socio-trabajador de un cooperativa: cese en periodo de prueba, expulsión improcedente o cese (temporal o definitivo) en la actividad de la Cooperativa por causas económicas, tecnológicas o de fuerza mayor, finalización del vínculo societario de duración determinada.
- Cese voluntario de su puesto de trabajo por no aceptar el traslado a un centro de trabajo de otra localidad que le suponga cambio de residencia, modificación de su horario, jornada o turnos de trabajo o si hay una sentencia judicial que declare finalizada su relación laboral por incumplimiento de las obligaciones del empresario.
- Estar en un período de inactividad si es trabajador fijo-discontinuo o finaliza la actividad por la realización de trabajos que se repiten en fechas ciertas.
- Haber sido liberado de prisión por cumplimiento de condena o libertad condicional.
- Haber retornado a España si es un trabajador inmigrante.
- Si pertenece a las Fuerzas Armadas por finalización o resolución de forma involuntaria del compromiso o por conclusión del servicio o del tiempo máximo como reservista voluntario activado.
- Si es artista, por finalizar la actuación con finalización del contrato.
- Si es cargo público o sindical por cese de carácter involuntario y definitivo o pérdida de la dedicación exclusiva o parcial.
¿Qué significa tener responsabilidades familiares?
Tener responsabilidades familiares significa que:
- Si su cónyuge o algún hijo, por naturaleza, adopción o acogimiento, menor de 26 años o mayor de esa edad con discapacidad, está a su cargo o no tiene ingresos superiores al 75% SMI mensuales: 675,0€ (para 2019).
- No se considerará familiar a cargo del solicitante aquel que perciba rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, por lo que para proceder a la división de los ingresos de la unidad familiar entre el número de los miembros deberá haber, además del solicitante, otra persona cuyos ingresos sean inferiores a ese límite.
- Y si además, la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar, dividida entre el número de miembros que la componen no supera 675,0€ (para 2019).
¿Debe reunir algún otro requisito?
Si, es necesario:
- Carecer de rentas: No tener ingresos superiores a 675,0 al mes (para 2019).
- Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
¿Qué rentas se tienen en cuenta para cumplir estos requisitos?
Se considera rentas todos los ingresos que se obtenga tanto del solicitante como de todos los miembros de la unidad familiar, cualquiera que sea su origen, excepto la cuantía de la indemnización legal por fin de contrato y las asignaciones de Seguidad Social por hijo a cargo.
No se descuenta las rentas los gastos, a excepción de lo que se destina a pagar el Convenio Especial con la Seguridad Social.
¿Dónde debe de presentar la solicitud y en qué plazo?
En la oficina de empleo que le corresponda por su domicilio, en el plazo de los quince días hábiles siguientes (no se cuenta los domingos y festivos) al último día de trabajo.
En el supuesto de que la empresa le haya abonado vacaciones por no haberlas disfrutado con anterioridad al cese, debe presentarla en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la finalización de ese periodo equivalente a las vacaciones.
Si no se puede obtener el subsidio por no tener responsabilidades familiares o por tener rentas superiores a las establecidas, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra una año, su situación cambia y tiene responsabilidades o carece de rentas superiores a 530,7€ (para el 2017) al mes.
¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar el subsidio?
La duración de la ayuda depende de los siguientes factores:
- Del tiempo cotizado.
- Si previamente se ha recibido la prestación de desempleo.
- De la edad del trabajador. 14 de julio de 2012: el gobierno elimina el subsidio especial de los mayores de 45 años que no tengan cargas familiares. A partir de ahora tendrá los mismo derechos (con algunas pequeñas mejoras) que los trabajadores menores de 45 años. Eso sí, una vez agotado el subsidio de desempleo tienen derecho a pedir la RAI, la Renta Activa de Inserción.
- De si tiene cargas familiares o no.
Podéis consultar en la siguiente tabla la duración del subsidio en función de estos factores.
Duración subsidio desempleo | |||||
Edad(años) | Cargas familiares | Duración de la prestación contributiva agotada | Número de meses cotizados | Cuantía subsidio | Duración máxima (en meses) |
Han agotado una prestación contributiva por desempleo | |||||
< 45 | Sí | De 20 a 179 días | n.p. | 80 | 18 |
Al menos 180 días | n.p. | 80 | 24 | ||
45 o más | Sí | De 120 a 179 días | n.p. | 80 | 24 |
Al menos 180 días | n.p. | 80 | 30 | ||
24 meses | n.p. | (1) | 6 | ||
No | Indiferente | n.p. | 80 | 6 | |
No han cotizado lo suficiente para una prestación cotributiva | |||||
Indiferente | Sí | n.p. | 3 | 80 | 3 |
4 | 80 | 4 | |||
5 | 80 | 5 | |||
6 | 80 | 21 | |||
No | n.p. | 6 | 80 | 6 |
(1) 80%, 107% o 133% si tiene un familiar a cargo, dos o bien tres o más.
En los casos que la duración del subsidio fuera más de 6 meses, hay que renovar cada 6 meses la ayuda.
La duración del subsidio en el caso de trabajadores fijos discontinuos será equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
430,27€ mensuales, que es lo que corresponde al 80% del IPREM del 2019. Éste índice se actualiza anualmente.
Los trabajadores a tiempo parcial que pierdan su empleo y pida esta ayuda percibirá la parte proporcional de su jornada laboral.
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Hola..acabo de finalizar el año de prestación de desempleo que me correspondía, por desgracia aún sigo en paro y quiero solicitar el subsidio de desempleo, estoy casado sin hijos y no tengo otros ingresos extras,además mi mujer va a hacer 6 meses que está trabajando finalizando este mes de abril su contrato, mi pregunta es ¿podemos cobrar ambos el subsidio?, en caso de concederlo a ambos ,por cuanto tiempo?
Gracias por la respuesta…saludos
Sí, cuando tu mujer pierda el empleo podéis alegar cargas familiares (uno del otro) siempre que ninguno de los 2 tengan ingresos superiores a 481,05€ brutos mensuales.
Salu2.
Hola, mi pregunta era la siguiente este mes de abril es mi
ultimo sueldo de 426€ estoy cobrando la PRODI y mi pregunta es:
tengo una hija a cargo no recibo ayuda de nadie soy madre soltera tengo 40 años y estoy agotada de poner solicitudes de empleo y no me sale nada.¿ hay algun tipo de ayuda o de
cursos de formacion en los que pueda cobrar algo ?
Muchas Gracias Un Saludo!=)!
No, después del PRODI sólo existe la RAI, que es una ayuda para personas mayores de 45 años.
Salu2.
he estado durante dos años en el servicio domestico,quiero saber si me pertenece paro ,bubsidio o alguna ayuda.tengo dos niñas una de 12 años y otra de 20 años que no trabaja y mi esposo queacaba el supsidio en un mes.
poe favor contestenme
gracias
Acude al servicio de empleo, es posible que te concedan alguna ayuda.
Suerte!!!
HOLA MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE.SOY MADRE SOLTERA Y TENGO UN NIÑO DE 5 AÑOS SU PADRE LO RECONOCIO PERO AHORA NO ME PESA DINERO NINGUNO YO ESTOY COBRANDO EL PRODI PERO SE ME ACABA EL 10 DE ABRIL ENTONCES NO ME QUEDA NADA PARA MANTENER A MI HIJO NO ENCUENTRO TRABAJO
QUIERO SABER SI HAY ALGUNA AYUDA PARA MADERS SOLTERAS
GRACIAS
Exige al padre del hijo una pensión para la alimentación de tu hijo.
La mayoría de las ayudas son por nacimiento de hijo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/11/15/ayudas-economicas-por-nacimiento-y-por-hijo-segun-comunidades-autonomas-y-cheque-bebe/
Salu2.
Hola, actualmente estoy cobrando la ayuda de 426€ que me
finalisa en mayo tengo una hija a cargo quisiera saber si
puedo solicitar la nueva ayuda de 400€ ya o tengo que esperar. Y otra cosa quisiera saber si tengo derecho. Tengo 39 años tambien me preocupa que he leído en internet
que se cobra a los 3 meses.¿ Es cierto ?
Gracias!
Sí, si la actual ayuda que está recibiendo es el subsidio de desempleo.
Salu2.
Hola,el 28 de Abril se me acaba la ayuda del RAI,tengo 50 años,he tenido 11 meses de ayuda,tengo 2 preguntitas.
Puedo pedir la prorroga este año,o ya han quitado la RAI?
Cuándo cumpla los 52 años,tengo derecho a cobrar?
He cotizado 16 años,hace 20 años que no trabajo,pero estoy apuntada al paro desde hace 3 años,y tengo 2 hijos menores de 26 años.Muchas gracias.
Por favor, aquí estamos hablando del subsidio de desempleo.
Sobre la RAI estamos hablando en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Y en cuanto a los mayores de 52 años tiene su propio subsidio:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/14/subsidio-por-desempleo-para-trabajadores-mayores-de-52-anos-requisitos-plazos-y-documentacion/
Salu2.
hola.el dia 9 de abril tengo q ir a renovar lo del subsidio.fui el otro dia a inem y me dijeron que me abian dao tres meses mas pero q tengo que ir hacer la prorroga igual, no se si el dia 10 de este mes cobro tengo dos niños de 7 y 6 años y soy madre soltera
Si estás percibiendo el subsidio… y aún te queda 3 meses, no te preocupes, que este mes cobrarás.
Este subsidio (por cargas familiares) al durar bastante tiempo, te exigen renovarlo cada 6 meses.
Salu2.
Hola,buenas os comento mi duda,voy a solicitar el subsidio por cargas familiares y tengo que presentar mi renta 2009 en la cual e trabajado 8 meses y los otros cuatro e cobrado el paro teniendo unos ingresos en total con el finiquito de 15000e ,lo que no entiendo que rentas se tienen en cuenta ya que en 2010 e estado desempleada y en 2011 solo e cobrado la baja por maternidad y actualmente no tengo ingresos,me la concederan?gracias,un saludo
No te preocupes, miran la renta del año anterior para determinar lo que ganas esta año. Como es lógico ellos saben que no vas a tener ingresos por rentas de trabajo, ni estás cobrando el paro actualmente.
Salu2.
hola se me acaba la prestacion por desempleo el dia 11 de este mes .tengo dos hijos y mi marido cobra 1292 euros brutos al mes , quiero saber si puedo pedir el subsidio por cargas familiares.muchas gracias
Es posible que te concedan la ayuda, pero habría que ver si has considerado las pagas extras de tu marido o no.
Salu2.
hay que meter tambiem las pagas . mi marido tiene 2 pagas,y el mes de marzo le pagan siempre una compesacion laboral.
En los ingresos mensuales hay que incluir la parte proporcional de las pagas extras y no debe de superar los 481,05 euros para el 2011.
Salu2.