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30 de abril de 2009

Separación de bienes

El régimen económico del matrimonio, será el que los cónyuges estipulen. Cada pareja tendrá libertad para establecer las normas o reglas que consideren que debe regir su sistema económico matrimonial.

Explicamos a continuación en que consiste el régimen de separación de bienes.

¿En qué consiste el régimen de separación de bienes?

Cuando en un matrimonio, el régimen económico matrimonial que se fija es el de separación de bienes quiere decir que cada uno de los cónyuges conservará la propiedad de todos sus bienes, y podrá retener también la administración y disfrute de los mismos, o bien delegarlos en manos del otro cónyuge.

¿Qué artículo del Código Civil lo regula?

Está regulado por el artículo 1.437 del código Civil que establece que: “En el régimen de separación permanecerán a cada cónyuge los bienes que tuviese en el momento inicial del mismo y los que después adquiera por cualquier título”.

¿En qué casos el matrimonio se regirá por separación de bienes?

  • Cuando así se hubiese pactado.
  • Cuando los cónyuges hubieran pactado en la capitulaciones matrimoniales que no se regirán por el régimen de bienes gananciales, sin especificarse nada más ni régimen alguno por el que regirse.
  • Cuando durante el matrimonio se extinga la sociedad de bienes gananciales o el régimen de participación, salvo que por voluntad de los cónyuges fuese sustituido por otro régimen diferente.

¿Cómo se distribuirán los gastos y cargas?

Los gastos y cargas que los cónyuges deban afrontar, a falta de convenio se llevará a cabo proporcionalmente a los recursos económicos respectivos de que disponga cada uno. Y el trabajo doméstico o para el hogar, será computado como contribución a las cargas, y dará derecho a la obtención de una compensación si se extinguiera judicialmente este régimen.

¿Qué ocurre en el caso de que uno de los cónyuges contraiga deudas?

Las deudas y obligaciones contraídas por cada cónyuge serán de su exclusiva responsabilidad.

Por otro lado, las deudas contraídas en el ejercicio de la potestad doméstica (como por ejemplo la compra de un frigorífico), responderán de ellas solidariamente primero si los hubiera, los bienes comunes, y los del cónyuge que contraiga la deuda, y de manera subsidiaria, los del otro cónyuge.

En el caso de comprar algo conjuntamente, se hará bajo el régimen ordinario de comunidad de bienes.

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    1.240 comments to Separación de bienes

    • Fernando Martinez

      No entiendo lo de separación de vienes, en mi caso mi mujer se quiere ir porque quiere vivir su vida. Y yo me quedo el piso porque no quiere estar aquí. ¿ que debemos hacer?

      • Creo que queréis hacer una separación amistosa.

        Buscad un abogado y haced un convenio regulador para establecer todas las condiciones de la separación.

        Salu2.

    • Fernando Martinez

      También se queda mi coche porque trabaja fuera. Y pagamos piso. ¿ me podéis explicar todo un poco por favor?

      • Lo normal de una separación o divorcio (en bienes gananciales) es que cada uno se quede con el 50% de los bienes del matrimonio.

        Si se hace de mutuo acuerdo, se puede repartir los bienes y se convalida ante un juez.

        Salu2.

    • jose luis

      Aber si algien me puede ayudar yo estoy divorciado con separacion de bienes .el tema es el sigiente ,compramos un coche al50% cuando estabamos casados, en la sentencia selo dejaron para ella y tubo un acidente y loo dieron siniestro queria saber si me pertenece el 50% del valor del coche .gracias un saludo

      • Si el coche es de ella… la indemnización también es sólo para ella. Dicha indemnización se supone que es para restituir la compra de otro vehículo de similares características.

        Salu2.

    • MANU

      estoy casado en gananciales y tengo dos hijos y por motivo de herencia ( tanto por parte económica como por propiedades), estoy mirando hacer una separación de bienes, cambiaria mi estatus fiscal a la hora de hacer la declaración de la renta es decir tendría que hacerla individual.

    • Alejo

      Hola, actualmente mi pareja y yo estamos en régimen de ganaciales. Para el supuesto caso de que alguno de los 2 heredase deudas por herencia (no sé hasta que punto es posible). ¿sería conveniente pactar una separación de bienes?. Gracias.

    • Alejo

      Si en una herencia, aunque sean bienes privativos, y el hereder@ no tiene capacidad de hacer frente a la deuda ¿se ven afectados los bienes de la otra parte?

      • ¿? cuando se hereda se ha de hacer a cuenta de inventario, es decir, que siempre que sea positiva.

        Si le problema es que en la herencia hay bienes y deudas. Si los bienes no son líquidos… habría un problema.

        Si no puede hacer frente a las deudas, o vende los bienes o le podrá embargar sus bienes.

        Pero claro, al asumir las deudas, es en todas las consecuencias; el heredero será el deudor y hará frente a esa deuda con todos sus bienes, no sólo privativos.

        Lógicamente, sólo le podrá reclamar sus bienes privativos, y el 50% de los bienes gananciales.

        Salu2.

    • FRAN

      hola,
      mi novia esta empeñada en casarse. no tenemos bienes inmuebles en comun, lo unico algo de dinero en el banco(cada uno su cuenta a su nombre) y vivimos de alquiler.
      si me caso en gananciales y de aqui a x tiempo me separo ella podria llevarse parte de mi dinero que llevo ahorrando toda mi vida… no se si me expico.

      • Haz separación de bienes y no habrá problemas.

        Si os casáis en gananciales, salvo que conste que tenías un dinero antes del matrimonio, después tocará repartirlo todo al 50%.

        Salu2

    • Noemi

      Hola. Estoy casada en regimen de gananciales. Mi familia me obliga a realizar separación de bienes si quiero la escritura de un piso. No quiero verme obligda a pasar por sus normas y les he dicho que me conformo con un papel notarial donde iindiquen que el piso donde vivo me coresponde a mi y en usufructo a mi marido mientras este casado conmigo hasta mi herencia. Mis preguntas son: Es posible un documento asi?. Puedo realizar separación de bienes para callarlos y luego volver a gananciales y tambien entrara mi marido en parte en la escritura?. Muchas gracias.

      • Tu familia está peleando por tu bien.

        Te conviene hacer eso para proteger tus intereses.

        En cambio de bienes gananciales a separación de bienes es un trámite muy sencillo que se hace en la notaría.

        La escritura del piso, si es por herencia, daría igual el tipo de régimen, será privativo tuyo, sí o sí.

        En cuanto el tema de usufructo o herencia, eso se hace vía testamento.

        Salu2.

    • Luis

      Hola, estoy casado en bienes gananciales, pago hipoteca, los gastos de la vivienda, (luz,agua,comunidad etc.) mi esposa no aporta nada para estos gastos, en lo que ayuda es en la compra de la comida, que algunas veces aportó yo también. Ella es funcionaria, y yo empleado de banca y mi sueldo no llega para todo. Por favor, me pueden decir cómo puedo hacer para que no caiga todos estos gastos sobre mi. Ah! También pago los seguros correspondientes de la vivienda. Gracias y un saludo. Donde percibe la nómina la cuenta está abierta a nombre de ella y de nuestra hija.

      • Los ingresos de ella también son tuyos. Son todo bienes gananciales.

        En caso de separación, todos los bienes son de los 2 al 50%.

        El tema es que mientras estéis casados, lo debéis de resolver esos temas en familia.

        Salu2.

    • Juan

      Estoy casado en separacion de bienes,mi mujer junto con su hermano van a adqurir una vivienda al 50%,mediante un prestamo hipotecario.Dicha vivienda su uso y disfrute seria para el nucleo familiar y un menor.Como me repercutiria el impago de dicha deuda?

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