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22 de junio de 2009

Hipotecas: aplazar las cuotas

Una de las medidas de apoyo a las familias dentro del Plan E es la llamada Línea ICO Moratoria Hipotecaria, que permite realizar un aplazamiento en el pago de las cuotas de la hipoteca. Explicamos las ventajas e inconvenientes y los requisitos que hay que cumplir para solicitarla.

¿Qué plazo de vigencia tiene esta medida?

Desde el 1 de marzo de 2009 hasta el 28 de febrero de 2011 o hasta el consumo de los fondos disponibles (dotación máxima de 6.000 millones de euros), si ése fuese anterior a la fecha de finalización indicada.

¿Hasta cuándo quedaría aplazado el pago de las cuotas?

Se podrá aplazar un máximo del 50% del importe de las cuotas mensuales del préstamo hipotecario entre el 1 de marzo de 2009 y el 28 de febrero de 2011, con un límite máximo de aplazamiento de 500€ mensuales, hasta un máximo de aplazamiento total de 12.000€ (es decir, un aplazamiento máximo de 500€ mensuales durante un tiempo máximo de 24 meses)

¿Y si hubiera varios titulares en el mismo préstamo hipotecario?

En el caso de que hubiera varios titulares en un mismo préstamo hipotecario, los límites comentados en el párrafo anterior del 50% de la cuota hipotecaria y 500€ mensuales no podrán ser superados, aun cuando más de uno de los titulares reuniera los requisitos necesarios para ser beneficiario de la medida.

¿Cuándo habrá que devolver las cuotas aplazadas y qué plazo tendrá para ello?

El importe total de las cuotas aplazadas se empezará a devolver a partir del 1 de marzo de 2012 mediante su prorrateo entre las mensualidades que resten para el abono total del préstamo hipotecario con un límite máximo de 15 años.

Los plazos de amortización podrán ser de 3, 5, 7, 10 ó 15 años, debiendo tenerse en cuenta que el plazo de vencimiento del crédito hipotecario, en ningún caso podrá ser inferior al plazo a formalizar en el contrato de aplazamiento.

¿Habrá que pagar intereses al devolver el importe aplazado?

El tipo de interés para el cliente será variable, referencia ICO + 0,80% siendo el tipo de referencia ICO variable la suma del Euribor y el Margen.

¿Qué inconvenientes tendría?

Antes de decidirse a aplazar la hipoteca, el cliente deber tener en cuenta, que posteriormente tendrá que devolver las cuotas aplazadas, sumadas a su cuota habitual, y con un incremento en el pago de los intereses.

Si decidiera aplazar el máximo posible el pago de la hipoteca, que sería el aplazamiento de 500€ al mes durante 2 años supondría que a partir del 1 de marzo del 2012, el hipotecado deberá pagar ya su cuota íntegra correspondiente, más la parte correspondiente a las cuotas prorrateadas, en un plazo de amortización de 3, 5, 7, 10 ó 15 años a elegir.

  • Suponiendo que se eligiera un plazo de amortización 5 años y teniendo en cuenta los tipos de interés en Mayo (3,882% teniendo en cuenta el margen y el 0,80% del ICO) por ejemplo, supondría abonar 220€ aproximadamente a mayores de su cuota normal mensual, y un incremento total de 1.220€ en intereses a mayores.
  • Si eligiera un plazo de amortización de 10 años, tendría que abonar sobre 70€ más su cuota habitual al mes, y estaría pagando un total de intereses a mayores de 2.229€ para ese tipo de interés. Pero al tratarse de tipo de interés variable a 6 meses, y contando que ahora los tipos de interés están en su nivel más bajo, hay que contar con que más adelante, a largo plazo, volverán a subir y todas estas cuotas e intereses podrían por tanto incrementarse.

El tipo de interés de referencia se calculará en febrero-marzo de 2012, cuando empiece a producirse la compensación por las cuotas no pagadas y será a tipo de interés variable a  6 meses.

¿Qué requisitos que habrá que cumplir?

  • Tener el préstamo hipotecario con anterioridad al 1 de Septiembre de 2008.
  • El importe debe ser inferior a 170.000€
  • Sólo para hipotecas referidas a la vivienda habitual.
  • Será requisito imprescindible que el deudor no se encuentre en situación de impago.

Y deberá encontrarse en alguna de las siguientes situaciones con anterioridad al 1 de enero de 2010 para poder beneficiarse de esta medida:

  • Ser trabajador por cuenta ajena en situación legal de desempleo y encontrarse en esta situación, al menos, durante los tres meses inmediatamente anteriores a la solicitud, así como tener derecho a prestaciones por desempleo, contributivas o no contributivas.
  • Ser autónomo que se haya visto obligado a cesar en su actividad económica, manteniéndose en esa situación de cese durante un período mínimo de tres meses.
  • Ser autónomo y acreditar ingresos íntegros inferiores a tres veces el importe mensual del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples durante, al menos, tres mensualidades.
  • Ser pensionista de viudedad por fallecimiento ocurrido una vez concertado el préstamo hipotecario y, en todo caso, en fecha posterior al 1 de septiembre de 2008.

¿Qué documentación habrá que presentar?

El aplazamiento de las cuotas se formalizará a través de un contrato firmado entre el cliente y la misma entidad de crédito con la cual se firmó inicialmente la hipoteca, manteniendo la vigencia y condiciones establecidas del préstamo hipotecario inicial.

Las solicitudes serán estudiadas, aprobadas y formalizadas por bancos y cajas en las condiciones estipuladas en los contratos de financiación.

El cliente tendrá que presentar la documentación que cada Entidad de Crédito considere necesaria para estudiar la operación y además será necesario presentar ante la entidad de crédito correspondiente el siguiente documento:

  • En caso de situación legal de desempleo: Certificado expedido por el Servicio Público de Empleo Estatal.
  • En caso de cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia: Certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado.
  • Si se trata de trabajadores por cuenta propia con ingresos inferiores a tres veces el importe mensual del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples:  Certificado de la declaración responsable efectuada por el trabajador ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
  • En el caso de viudedad: Certificado expedido por el correspondiente organismo de la Seguridad Social.

La falsedad en las declaraciones requeridas determinará la pérdida de los derechos del deudor hipotecario que puedan derivarse de las medidas previstas para el aplazamiento de las cuotas.

Si una vez solicitado el aplazamiento el beneficiario encuentra empleo de nuevo, ¿tendrá que devolver el préstamo?

No, ya que el cumplimiento de las condiciones por parte de los titulares deberá ser acreditado únicamente en el momento de la formalización del contrato de aplazamiento.

¿Puede solicitar la entidad de crédito avales o garantías para aprobar el aplazamiento préstamo?

No. La entidad de crédito no podrá exigir garantías o avales al titular.

¿Están obligadas las entidades de crédito a aprobar este aplazamiento en las cuotas?

No, ya que la aplicación de esta medida de aplazamiento es en cualquier caso voluntaria por parte de las Entidades de crédito.

Telf de información y consultas:
Línea ICO: Telf. gratuito 900 121 121
Horario: de lunes a viernes de 9:00 h. a 21:00h y sábados de 9:00 a 14:00h

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6 comments to Hipotecas: aplazar las cuotas

  • ROSA

    llevo 20 meses en el paro, he trabajado como autonoma, no tengo ingresos, en este momento no tengo recursos economicos, mi situacion es limite, no puedo en este momento hacer frente a los pagos de mi hipoteca (es un local), que puedo hacer?

  • manolo

    Tengo un hermano que ha fallecido el seguro le cubre la hipoteca. Pero Hace un año iso un aplazamiento ico. La pregunta es si el seguro de hipoteca cubre esto, ya que desde el banco dicen que no.

  • ANGELA

    tengo 2 cuotas imedias impagadas de la hipoteca. pueden reclamarme judicialmente, yo cumplo pero hay meses que me atraso . ademas es una carencia de 2 años es con banesto gracias

    • La carencia es un periodo que sólo pagas los intereses, pero tienes que pagar la cuota.

      Si dejas impagado cuotas, siempre que te pueden reclamar judicialmente, así que ten cuidado e intenta renegociar con el banco para a ver si se puede rebajar las cuotas mensuales.

      Salu2.

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