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13 de agosto de 2009

Descuento por minusvalía en la compra de coche: impuesto de matriculación

Las personas con minusvalía o movilidad reducida cuentan con varias ayudas en la compra de coches nuevos, conocidas como descuentos por minusvalía, como es la reducción en el pago del IVA y la exención del Impuesto de matriculación, que se aplicarán siempre que se cumplan las condiciones requeridas.

¿Qué porcentaje de minusvalía hay que tener para no tener que pagar Impuesto de Matriculación?

Para estar exento del pago del Impuesto de Matriculación en la compra de coche nuevo matriculado a nombre de minusválidos para su uso exclusivo, y beneficiarse así del descuento por minusvalía, se tendrá en cuenta lo siguiente:

  • Deberá acreditarse una minusvalía del 33% o superior, mediante certificado o resolución del IMSERSO u órgano competente de la Comunidad autónoma correspondiente.

¿Qué requisitos deben cumplirse?

Además de acreditarse la minusvalía anteriormente indicada, deben cumplirse todos los siguientes requisitos:

  • Que hayan transcurrido al menos 4 años desde la matriculación de otro vehículo en análogas condiciones. Como excepción, este requisito no se exigirá en los supuestos de siniestro total de los vehículos, siempre que estén debidamente acreditado.
  • Que el vehículo comprado con estos beneficios no sea objeto de una transmisión posterior durante el plazo de los 4 años siguientes a la fecha de su matriculación.

¿Qué ocurriría si se vende o transfiere posteriormente el vehículo comprado con el descuento por minusvalía?

Si antes de que transcurran 4 años desde la primera matriculación, se matriculara otro vehículo en las mismas condiciones, o se transfiriera el coche que se compró con este descuento por minusvalía, estaría obligado a liquidar el impuesto del que se benefició en el momento de la compra.

Habría que diferenciar entre dos casos posibles, en función de que se adquiera o no un nuevo vehículo:

  • Si lo que se desea es comprar un segundo vehículo y matricularlo a nombre de la misma persona con minusvalía, el devengo se retrotrae al momento de la matriculación del primer vehículo y tanto la base imponible como el tipo impositivo deben hacer referencia a dicho momento.
  • Si no se matricula un segundo vehículo, el devengo se produce en el momento de modificación de las circunstancias, por tanto la base imponible y el tipo impositivo serán los vigentes en ese momento.  Habría que tener en cuenta el cambio en los Impuestos de Matriculación que se llevaron a cabo a partir del 1 de enero de 2008.

Si el titular con minusvalía falleciera antes de los 4 años, ¿habría que liquidar este Impuesto?

Para beneficiarse de la exención del Impuesto matriculación, una de las condiciones que se exige cumplir es que el vehículo no se transfiera dentro de los 4 años siguientes a la matriculación, sin embargo, al tratarse de transmision mortis, se considera un caso excepcional y no habría que proceder a liquidar ese impuesto, tal como indica la AEAT:

De la interpretacion conjunta de los articulos 66.1.d) y 65.3 de la ley 38/1992, cabe deducir que cuando un vehiculo matriculado con exencion a nombre de un minusvalido sea objeto de transmision mortis causa antes del plazo de 4 años desde la matriculacion del vehiculo al amparo de dicha exencion, esto no supone una modificacion de los requisitos determinantes del supuesto de exencion, por lo que dicha transmision no da lugar a la autoliquidacion e ingreso del impuesto especial sobre determinados medios de transporte.

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877 comments to Descuento por minusvalía en la compra de coche: impuesto de matriculación

  • carin

    soy una persona con minusvalia superior a 33 pero no es reducida como puedo saber que descuento tengo para la compra de un coche nuevo.un saludo

    • Teniendo una minusvalía superior a 33%, aunque no sea reducida, tendrías derecho a la exención del Impuesto de matriculación. Dependiendo del coche que te compres y del CO2 que emita, te ahorrarás por tanto un 0%, un 4,75% ó un 9,75% que es lo que corresponde al pago de este Impuesto… En este artículo que hemos publicado indicamos las condiciones y los detalles más concretamente que habría que cumplir.

      Por otro lado, tendrías derecho a la reducción del IVA al 4% en la compra del coche nuevo, en el caso de que tuvieras que desplazarte en silla de ruedas o tuvieras movilidad reducida. Aunque por lo que comentas no sería tu caso. De todas formas, podrías ver más información y requisitos sobre este tema en:

      Descuento por minusvalía en la compra de coche: reducción del IVA al 4%

      Cuando vayas a comprar el coche nuevo, y para que te salga lo más económico posible, comenta el descuento por minusvalía y por tanto al ahorro en el Impuesto de Matriculación, una vez cerrado el precio y cuando te hayan hecho ya el descuento por la promoción que tengan en el vehículo.

      Salu2

  • Carmen

    Tengo una niña de 3 años con minusvalía del 69% y necesitamos comprar un coche grande puesto que no nos cabe la sillita adaptada que le hemos comprado. A nombre de quien tengo que comprar el coche y que ayudas puedo solicitar.

    • Tendrías derecho a la reducción del IVA al 4% en vez del 16% en la compra de coche, ya que se tratará de un vehículo que deba transportar
      habitualmente a una persona con movilidad reducida, con independencia de quién sea el conductor del mismo y cumple por tanto con la normativa.

      Será necesario presentar como medio de prueba el certificado o la resolución expedido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma en materia de
      valoración de minusvalías.

      Por otro lado, estaría exento del impuesto de matriculación la primera matriculación definitiva de los vehículos matriculados a nombre de minusválidos. Se consideran personas con minusvalías quienes acrediten una minusvalía del 33% o superior.

      Para acceder a estas dos ayudas, lo más probable es que tengas que matricular el vehículo a nombre de vuestra hija. Esto sólo implicaría que ella es la titular de ese bien, pero obviamente no la conductora ni la tomadora del seguro, que son cosas totalmente diferentes. Es algo totalmente legal y en Tráfico la documentación que hay que presentar para poder matricular a nombre de un menor o incapacitado es:

      Menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúen.

      Lo que dudamos es si aparte de vuestra hija podríais figurar vosotros como co-titulares del coche. Es algo que tendreis que confirmar con Tráfico y Hacienda.

      Esperamos que os sirva de ayuda.

      Salu2

  • david

    tengo una pension de invalidez permanente absoluta pero todavia no me han dado el carnet de minusvalido y no tengo el % de minusvalia acreditado aunque se que al cobrar la pension se sobrentiende que es de mas del 33% , puedo acceder a las ayudas y descuentos ? en mi caso cuales serian ?

    gracias

  • j.m . campo

    hola, me gustaria saber si con una minusvalia del 35%, puedo comprar una moto scooter, y no tener que pagar el
    impuesto de matriculacion, tengo un coche, y lo compre
    sin beneficiarme de dicho descuento

    saludos

  • ramona p,s,

    tenemos un coche con 10 años que compramos con descuento de minusvalia, se puede comprar un segundo coche, tambien con descuento de minusvalia?

  • ramona p,s,

    es posible tener dos coches con descuento de minusvalia y mismo propietario? el primer coche tiene 10 años y queremos tener otro>?

  • vicente

    me han reconocido un 34% que beneficios sociales tengo derecho

  • Domingo

    Hola,

    Hace dos años aproximadamente compre un coche con descuento por minusvalia en el impuesto matriculacion. Resulta que ahora quiero comprar otro y vender este que esta dando problemas.
    En ese caso me piden que pague el impuesto de matriculacion del primero, para poder optar al descuento por minusvalia en el que me quiero comprar ahora. Me podrian decir que tramites tengo que hacer, es decir, que tengo que pagarle a Hacienda, que modelo fiscal tengo que utilizar para pagar, y demás gestiones, gracias.

  • Jose

    Buenos dias:

    A ver si me podeis ayudar. Mi madre es titular de un vehículo con más de 10 años, quiere comprar uno nuevo aprovechándose del Plan 2000E. A mi padre recientemente le han reconocido el grado de minusvalía superior al 33%. ¿Se podría hacer un cambio de titular del vehiculo antiguo para ponerlo a nombre de mi padre y así seguir beneficiándose del plan 2000E y los beneficios de la minusvalía? Ya que para beneficiarse del Plan 2000E el titular del vehículo a dar de baja tiene que ser el mismo del vehículo nuevo.

    Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

    Muchas gracias

  • ALICIA

    Buenas tardes:
    Yo queria comprarme un coche y soy pensionista tengo una incapacidad permanente total y segun he leido en el BOE tengo derecho a no pagar el impuesto de matriculacion por que toda persona que ese tipo de incapacidad se le considera minusvalido y con un porcentaje igual o superior al 33% y tiene los mismos derechos que un minusvalido sin necesidad de presentar el carnet,
    Mi pregunta es me corresponde el descuento del IVA ?
    Y se puede negar el concesionario a descontarte tantas cosas alegando que los descuentos no son acumulables?

    Muchas gracias

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