Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 55 años: requisitos para acceder al subsidio por desempleo, plazos para entregar la solicitud y documentación necesaria.
13 de Marzo de 2019: En vigor el nuevo Subsidio de mayores de 52 años
17 de Enero de 2019: El subsidio de mayores en 2019 será de 52 años, y otras mejoras
7 de Julio de 2018: Tribunal Constitucional sentencia que los ingresos familiares no compute para acceder al Subsidio de mayores de 55 años
15 de Marzo de 2013: El gobierno exigen a los beneficiarios de esta ayuda que además de tener carencia de rentas personales, tengan también carencia de rentas familiares..
14 de Julio de 2012: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda, a partir de ahora será una ayuda para mayores de 55 años de edad.
¿Qué requisitos hay que cumplir para percibir este subsidio?
- Estar desempleado.
- Estar inscrito durante un mes como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
- Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social:Tener cubierto un período mínimo de cotización por jubilación de 15 años, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
- Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
- No tener ingresos personales superiores a 675,00€ mensuales (el 75% del SMI de 2019).
- Tener cumplidos 52 o más cuando se agote o se le reconozca el derecho a las siguientes ayudas o agotados estas ayudas, se mantenga de forma ininterrumpidamente en la demanda de empleo hasta alcanzar la edad de 52 años:
¿Dónde debo presentar la solicitud y en qué plazo?
- La solicitud se debe presentar en el plazo de 15 días hábiles que empieza a contar desde que se cumple la edad de 52 años o cuando cumpla los requisitos.
- En el caso de que no pueda obtener el subsidio por tener rentas superiores a 675,00€ mensuales, puede volver a solicitarlo si, antes de que transcurra un año, su situación cambia y carece de rentas superiores a dicho límite.
¿Qué duración tiene?
- Hasta que el trabajador alcance la edad ordinaria que se exija en cada caso para causar derecho a la pensión de jubilación
- Cuando se accede a este subsidio por estar en situación legal de desempleo y no tener los 360 días de cotización necesarios para tener derecho a una prestación contributiva, la solicitud debe efectuarse en los 15 días siguientes a la situación legal de desempleo.
¿Cuál es la cuantía de este subsidio?
- 430,27€ mensuales en 2019. Cantidad que se actualiza anualmente según el 80% del IPREM.
- Además el Servicio Público de Empleo Estatal ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las prestaciones por jubilación, asistencia sanitaria y protección a la familia. La base de cotización es 100% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento (SMI).
- En el caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial dicha cuantía se percibirá en proporción a las horas previamente trabajadas.
Los trabajadores perceptores del subsidio de mayores de 52 años podrán suscribir un Convenio Especial, a través de las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social, para completar la cotización por jubilación que efectúa la Entidad Gestora.
¿Se cotiza durante la percepción del subsidio a la seguridad social?
Sí, con una base de cotización del 125% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de cada año incrementado con la parte proporcional de pagas extraordinarias.
En caso de querer complementar las cotizaciones, se permite acogerse al convenio especial.
¿Qué documentación hay que aportar?
- Modelo oficial de solicitud, que incorpora la declaración de rentas del solicitante, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad, y la autorización de petición de información de la AEAT (Agencia Tributaria).
- Documento de identificación del solicitante (solamente será necesaria su exhibición, para verificar dichos datos):Documento Nacional de Identidad /tarjeta de identidad de extranjero.
- Solamente si la entidad gestora lo solicita, el justificante de rentas.
Para el mantenimiento de la percepción del subsidio para los trabajadores mayores de 52 años, los beneficiarios deberán presentar ante la Entidad gestora una declaración de las rentas percibidas en el período de los doce meses anteriores, acompañada de la documentación acreditativa que corresponda. Dicha declaración se deberá presentar cada vez que transcurran doce meses desde la fecha del nacimiento del derecho o desde la fecha de su última reanudación, en el plazo de los 15 días siguientes a aquél en el que se cumpla el período señalado.
La falta de aportación de la declaración en el plazo señalado implicará la interrupción del pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social.
La aportación de la declaración fuera del plazo señalado implicará, en su caso, la reanudación del devengo del derecho con efectos de la fecha en que se aporte dicha declaración.
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tengo 55 años, pregunte en la seguridad social que pension cobraria y me dijeron la minima, entre 600 o 700 euros,si pido la de los 55 años calculo que tendre 21 años cotizados, cuando cumpla 61 años. mi pregunta es que pension me quedara finalmente, un saludo.
Es que con esos pocos datos es difícil de saber.
Habría que mirar tu base de cotizaciones de los últimos 20 años…
Además por tener 21 años cotizados, no se te pagaría el 100% de dicha base, sino entre 50% y 70%.
En cualquier caso, si no llegas al mínimo, y no tienes otros ingresos te pagarían el mínimo.
Salu2.
buenos dias
tengo 57 años se me termino la ayuda de subsilio pago una ipoteca de proteccion oficial 263 euros, quro saber que es lo que me coresponde ? es que cuando cobrava el subcilio telia que pagar la ipoteca y tanbien la seguridad sosial tego mujer y no cobra nada , cual seria la mejor solucion para nosotros
muchas gracias
un saludo
Pide la RAI:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Imagino que no tienes derecho al subsidio de mayores de 55 años.
Salu2.
Tengo 54 años y me han denegado subsidio desempleo,porque al calcular límite de rentas,me han aplicado sobre dos viviendas que tengo aparte de la habitual,el interes legal del dinero.Quisiera saber si ésto es así ya que entiendo según la Ley G.S.Social,que deben computar por su valor imputado en la declaración de la renta.Me han calculado como presunto patrimonio con lo que así de ésta forma me paso del límite de rentas.espero respuesta gracias
No, lo han hecho bien.
Hay que aplicar el tipo de interés legal del dinero, 3% para 2016.
Salu2.
Buenos días.
Tengo concedido el subsidio de desempleo para mayores de 52 años desde el año 2011, y me ofrecen un empleo de 20 días, una vez termine seguiré cobrando el subsidio en las mismas condiciones que tenia cuando me lo concedieron?
Gracias.
Sí, claro.
gracias por la respuesta, pero mean dicho que si cobro la de los 55años, luego me rebajara la pension minima, un saludo.
La pensión mínima es la que es:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2016/01/27/cual-es-la-cuantia-de-las-pensiones-minimas-y-maximas-para-el-2016/
Salu2.
buenas se supone que sotico no tiene 55 años porque si los tiene cobraria del subsidio 426 para cobrar mas tendria que tener 61 y cobrar una pension es asi o esque con 55 años puedes cobrar 600 0 700a unque cuando tengas 61 pudieras cobra mas700 euros y renunciaras a ello para cobrar aora 600 0700
NO se puede jubilar anticipadamente antes de los 61 años y cobrar pensión.
Salu2.
me despidieron en 2009 cobre 2 años de paro 12 meses se subsidio mayores de 45 11 meses de rai y despues de 1 año sin ayuda recibo 4meses de la 21 ray cumplo 55 años me pueden pasar ya al subsidio de 55 gracias
No, para ello has de volver a trabajar al menos 3 meses y perder el empleo de forma no voluntaria.
Salu2.
hola en enero de 2017 cumplo un año del subsidio es en enero cuando me piden una declaracion de rentas anuales les vale con la declaracion de este año o hay que hacer otra y com se hace gracias
No, tienes que utilizar el siguiente modelo:
– Medelo declaración anual bienes
Salu2.
Hola.estoy cobrando el subsidio de 55 años y mi mujer esta en el paro,estoy de baja temporal por arritmias vivo en la comunidad valenciana tomo medicamentos cronicos y pago en la farmacia el 40 por cien deberia pagar menos
Esa pregunta está fuera de lugar.
Si tienes tu situación bien actualizada en la Seguridad Social, te cobrarán lo que corresponde.
Acude a INSS y allí te informarán.
Salu2.
gracias por tu repuesta el modelo de declaracion anual bienes es decir el papel o imprso te lo pueden dar en el sepe con antelacion si lo pides gracias
Lo puedes descargar del enlace que te he puesto y rellenarlo.
Salu2.