Compara tu inversión
¿Cuánto? 
¿Tiempo? 
Comparar
16 de noviembre de 2009

Planes de Pensiones: supuestos extraordinarios para recuperación de fondos

Como cada año, en las fechas próximas a fin de año y en previsión de una reducción de nuestra factura fiscal solemos acordarnos de realizar aportaciones a nuestro plan de pensiones y el mercado se inunda de ofertas y promociones navideñas con regalos por aportaciones a los planes de pensiones.

El pensamiento generalizado de la gente es que una vez puesto el dinero, ya no se puede rescatar hasta el día de jubilación, pero no es así, existen algunas circunstancias especiales que permiten su rescate.

Jubilación:

Es la circunstancia normal y principal para la recuperación del plan de pensiones. Este producto ha servido como medio de ahorro a largo plazo para complementar las pensiones públicas de jubilación. En España se establece la edad de jubilación en los 65 años, que es cuando se puede recuperar los fondos del plan de pensiones, pero si las especificaciones del plan lo prevén, se podrá anticiparse las prestaciones del plan de jubilación a partir de los 60 años.

Enfermedad grave:

En los casos en que el partícipe se encuentre en una enfermedad catalogado como grave, se podrá rescatar el plan de pensiones. En algunos casos también se contempla el caso de que el cónyuge o algún miembro familiar que convida en el domicilio familiar del partícipe tanga una enfermedad grave dé la posibilidad de rescatar los fondos.

Una enfermedad se considera grave cuando provoca una incapacidad temporal para la actividad habitual de al menos un periodo continuado de 3 meses y que requiere intervención clínica de cirugía mayor o tratamiento en un centro hospitalario.

También se consideran las dolencias o lesiones con secuelas permanentes que limiten parcialmente o totalmente la actividad habitual de la persona afectada.

Invalidez laboral del partícipe:

Si el ahorrador sufre algún tipo de lesión y es capaz de demostrar con un documento público (obtenido tras pasar un tribunal médico) que está incapacitado para trabajar, también podrá recuperar el dinero invertido en su plan de pensiones.

Muerte del partícipe:

En caso de fallecimiento, los herederos legales podrá recuperar el dinero de forma inmediata.

Desempleo:

Si el partícipe se encuentra en el paro y que haya agotado las prestaciones de desempleo o que no tenga derecho a dicha prestación y que esté inscrito como demandante de empleo podrá rescatar los fondos del plan de pensiones.

En el caso de los trabajadores por cuenta propia, autónomos, que hubieran estado previamente integrados en un régimen de la Seguridad Social como tales y hayan cesado en su actividad, también podrán hacerse efectivos los derechos consolidados si concurren los requisitos establecidos en las dos condiciones anteriores.

Ofertas interesantes:

Los compañeros de blog de ahorrador ha recopilado un listado de las ofertas promocionales de planes de pensiones de la campaña navideña del 2009. Se puede consultar aquí.

Artículos relacionados:

52 comments to Planes de Pensiones: supuestos extraordinarios para recuperación de fondos

  • FRANCISCO RODRIGUEZ GUERRa

    Tengo un Plan de Pensiones de 52.000.-Euros, lo queria recuperar total, a primeros de año, porque cumplo los 65 años a finales de año, mis rentas brutas anuales son de 36.000.-Euros ¿cuanto tendria que pagar por recuperarlo total, o me será mejorm recuperarlo anualmente, como renta?
    Agradecería me informaran lo mejor posible
    Atte.

    • Siempre es mejor recuperarlo anualmente, ya que cuando se recupera el dinero del plan de pensiones debe de tributar como rentas de trabajo, y ésta es progresiva, es decir el procentaje aplicado será mayor cuanto más ganes.

      Para bases liquidables de más de 33.000€ se tributa al tipo marginal de: 35%, pero para bases liquidables de más de 53.000€ se tributa al 43%.

      Salu2.

  • Asuncion Diaz Maldonado

    Tengo un plan de pensiones con el BBVA, como empleada. Mi jubilación es el 8 de agosto de este año 2010, me han dicho que puedo traspasar el plan a otro banco toda vez que está externalizado. Necesito disponer de unos 10.000,- Euros, he solicitado a mi banco a través de un préstamo al consumo y me han dicho que el plan no puede servir de garantía.

    Cuales son las mejores ofertas para el traspaso de dicho plan y que porcentaje debo pagar a Hacienda.
    Muchas gracias, espero su respuesta. Asun

  • cristina

    En el 1999 tome un plan de ahorro de la Caixa al cumplir los 65 necesito recuperarlo, me dijeron que es era como una hucha, de un miserable sueldo sacaba 100 cada mes. No me produce intereses . ahora mi dicen que a la devolucion tengo que pagar un 19% y no entiendo nada, sobre el sueldo ya habia retenciones ahora tambien sobre mis ahorros??? no era como una hucha???? de haberlo sabido, el dinerito en casita en total son 9122 lo que tengo ahorrado.
    Gracias por su ayuda

  • david arcos

    Estoy cobrando subsidio por desempelo y quisiera saber si puedo rescatar un plan de pensiones de la caixa.
    La caixa me dice verbalmente que con el subsidio no tengo derecho a recuperarlo.
    Mi esposa tiene una invalidez de 80 %.
    Espero rspuesta.
    Gracias

  • Rafael Mesa

    si rescato mi plan de jubilacion puedo seguir cobrando los 426 Euros para mayores de 52 años. tengo 56 años y llevo mas de 2 años en paro

    • Lo que rescates del plan de pensiones se consideran rentas de trabajo y puede hacer que superes el límites de ingresos mensuales de 474,98€ y perder el subsidio.

      Salu2.

  • Juan

    Estoy en situación de Incapacidad Permanente Total desde finales del 1998.
    He seguido aportando a mi plan desde dicha fecha hasta la actualidad.El Plan lo tengo hace mas de 20 años.
    ¿Puedo recuperar el total de lo aportado o he de dejar para los herederos todo lo aportado a partir del 1998?
    Por favor ruego respuesta pues el banco me está dando largas.

    • Yo creo que sí que puedes rescatarlo debido a la invalidez.

      Haz una consulta en la Agencia Tributaria, ellos te dirán exáctamente lo que puedes hacer:

      AEAT – Agencia Tributaria
      # Información Tributaria: 901 33 55 33
      # Centro de Atención Telefónica: 901 200 345

      El banco siempre intentará para que no lo rescates antes de tiempo.

      Salu2.

  • jose m.

    yo tenia un plan de pensiones desde el año 2002 en el año 2007 me declaran una incapacidad permanente absoluta, en el año 2009 hago un traspaso del dinero q tengo en ese plan a un plan de prevision asegurado rgagarantizado. ¿quisiera saber si es posible rescatar ahora el dinero que tengo en el plan de prevision asegurado? gracias

  • francisco

    hola y gracias por vuestra ayuda mi caso es el siguiente estoy cobrando un subidio de 426e y tengo un plan de pensiones en el bbva de 6500e me han comentado que si lo recupero cobrando el subsidio puedo perder el subsidio mi pregunta es cuando acabe de cobrar el subsidio puedo rescatar mi plan de pensiones en el banco me dicen que lo rescataria en forma de capital.gracias

  • Pedro

    Hola y gràcies de antemano,
    Siendo autonomo y teniendo muchas perdidas,tengo graves problemas
    Economicos con reclamaciones judiciales por impagados.
    Alguien me puede decir si puedo sacad un plan de pensiones que tengo
    Con 22.000 euros en una entidad bancària ?
    Gracias.

  • fernando

    Termino la prestacion por desempleo el proximo 5.10.2011 y en el inem de dicen que puedo solicitar una ayuda de 426,00 euros. el problema esta que para cobrarla pasan 2 meses, en los que no voy a tener ningun ingreso. tengo un plan de pensiones bbva y mi pregunta es ¿puedo recuperar el plan de pensiones? o tengo que esperar estos 2 meses y terminar con la ayuda. Podrian denegarme la ayuda una vez rescatado el plan. saludos y gracias.

    • Puedes recuperar el plan de pensiones cuando quieras, el problema es que sí que influye sobre la ayuda, ya que lo retirado de dicho fondo se consideran rentas.

      Acude al servicio de empleo y solicita información sobre qué cuantía podrías retirar sin que te influya en la concesión del subsidio.

      Salu2.

Deje un Comentario

Más consultas y respuestas sobre este tema en el FORO...

 

 

Puedes utilizar estas etiquetas HTML

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>