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25 de noviembre de 2009

El Paro para los autónomos – Anteproyecto de ley

El gobierno ha elaborado un anteproyecto de ley que regula el derecho a la protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos, en la que establece un sistema mixto, entre voluntario y obligatorio, con una duración de la prestación desde los 2 a los 6 meses en función del periodo cotizado y la cuantía asciende desde los 583€ hasta los 1.383€ mensuales en función de la base de cotización.

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¿Es obligatorio para los autónomos cotizar para la prestación?

El sistema adoptado es de carácter mixto, entre voluntario y obligatorio. Tendrán derecho a la protección por cese de actividad los trabajadores autónomos que tengan protegida la cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Según la normativa, hay dos tipos de colectivos afectados:

  • Los trabajadores autónomos que obligatoriamente tienen que cotizar por accidentes de trabajo y enfermedad profesional, que son los trabajadores autónomos económicamente dependientes, y los trabajadores autónomos que estén en actividades profesionales con un mayor riesgo de siniestralidad. En este grupo hay aproximadamente 1 millón de trabajadores.
  • Los trabajadores autónomos que voluntariamente opten por cotizar por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. En la actualidad hay 539.338 trabajadores autónomos que cotizan por esta cobertura.

¿Cuánto dura la prestación?

La duración de la protección está en función de periodo cotizado en los 36 meses anteriores a la situación legal de cese de actividad, de los que, al menos 12 meses deben de ser continuados e inmediatamente anteriores a dicha situación:

Periodo cotización Periodo de protección Trabajadores de 60 a 64 años
12 a 17 meses 2 meses 2 meses
18 a 23 meses 3 meses 4 meses
24 a 29 meses 4 meses 6 meses
30 a 35 meses 5 meses 8 meses
36 a 42 meses 6 meses 10 meses
43 a 47 Meses 8 meses 12 meses
48 meses o más 12 meses 12 meses

¿Cuál es la cuantía del subsidio?

La cuantía del subsidio será el 70% de la base por la que se viene cotizando durante los últimos 12 meses anteriores a la situación de cese. Los límites de prestación será entre 589,26€ a 1.397,84€ en el caso de tener 2 o más hijos.

¿Cuál es el coste para los autónomos?

El tipo de cotización para los trabajadores autónomos es del 2,2% de la base de cotización, lo que supondrá un mínimo de 19€ mensuales. Eso sí, el primer año tiene una reducción del 0,5%, lo que significa 18,5€ mensuales.

Sin embargo este coste será mayor para los autónomos que no tenían que cotizar por los accidentes de trabajo que supone otros 15€ a 60€ mensuales.

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139 comments to El Paro para los autónomos – Anteproyecto de ley

  • maria

    .TENGO 63 AÑOS ESTOY COMO AUTONOMA HACIENDO UN ESFUERZO PARA CUBRIR LA COTIZACIÓN MÍNIMA DE 15 AÑOS,PERO SI NO PUEDO SEGUIR COTIZANDO MAS DE LOS 15 AÑOS,Y DEJO DE COTIZAR UN AÑO ANTES DE CUMPLIR LOS 65 AÑOS TENGO DERECHO A LA PENSIÓN CUANDO CUMPLA LOS 65.
    UN SALUDO.

  • roberto

    he sido autónomo hasta el 2013, habiendo cotizado durante 29 años. actualmete estoy dado de alta en la demanda de empleo. tengo 56 años y la pregunta es la siguiente: si tengo derecho
    a cualquiera clase de ayuda, prestación, renta de inserción ó algo.
    gracias.

  • Edgardo adrian

    Buenos dias,me quede en paro y queria hacerme autonomo,la pregunta es si haciendome autonomo puedo cobrar el paro completo?gracias

  • carmen

    Soy autónoma y tengo 59 años en Mayo termino para tener cubierto los 15 años.Mi pregunta tengo derecho a paro tendré 18 meses cotizados en autónomos.

    • ¿Has cotizado por esa contingencia?

      Ten en cuenta que además has de cumplir una serie de requisitos:

      – Estar afiliado y en situación de alta en la Seguridad Social, tener cubiertas las contingencias profesionales y estar al corriente en el pago de las cuotas de Seguridad Social.

      – Contar con un período mínimo de cotización por cese de actividad de doce meses continuados e inmediatamente anteriores al cese, siendo computable el mes en que se produzca el hecho causante del cese de actividad.

      – Que el cese en la actividad desarrollada por el trabajador se deba a motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos, causas de fuerza mayor, pérdida de licencia administrativa, violencia de género, divorcio o acuerdo de separación matrimonial y sea debidamente justificado.

      – Suscribir el compromiso de actividad para el mantenimiento de la prestación a fin de realizar las actividades formativas, de orientación profesional y de promoción de la actividad emprendedora a las que pueda convocarle el Servicio Público de Empleo correspondiente así como a efectos de cumplir las obligaciones de los artículos 17.1 g) y h) de la Ley 32/2010, de 5 de agosto.

      – No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación, salvo que no tuviera acreditado el período de cotización requerido para ello.

      – Que no concurra ninguna de las incompatibilidades previstas en la Ley 32/2010, de 5 de agosto.

  • luis rodrigo

    buenas tardes: hoy fui a solicitar la pension con 41,5 años cotizados al paro en marzo del 2013 (ley anterior) 61años y 7 meses me dicen que me descuentan el 24 por ciento pues con la ley anterior no computan por trimestres sino por años eso es lo que me dijeron hoy y yo en otra consulta que les hice a ustedes me dijeron que era por años y los meses que me falta hasta cumplir los 62 que son por trimestres osea 6 por 3 años mas los 2 trimestres 21% en total en vez de 24 que ellos me dijeron, que me dicen ustedes?.

  • luis rodrigo

    muchas gracias.

  • Marilo

    Buenos dias, mi padre tiene 65 años aun no se ha jubilado y ha sido siempre autonomo que paro le quedaria….. me gustaria informarme de todo lo necesario para presentar una vez se jubile….
    gracias.

  • kikito

    hola, soy autonomo desde hace 13 años seguidos, los ultimos 16 meses estoy en la carcel y de esos meses sigo pagando el autonomo, pero las cosa no me va bien y voy a tener que dejar de pagarlo,mi pregunta es si podria cobrar el paro carcelario, ya que llevo mas de 181 dias encarcelado o por haver estado pagando el autonomo no me corresponde y tengo que estar otros 181 dias en la carcel y de baja de atonomo?.gracias

  • eliseo

    estoy cobrando el subsidio, quiero hacerme autonomo , se que mientra no pase de 23 meses , puedo retomar dicha ayuda. mi pregunta . por ejemplo me tiro 12 meses de autonomo, me sale mal y vuevo a cobrar la ayuda y si posteriormente vuelvo a hacerme autonomo , se vuelve a abrir el plazo de 23 meses nuevamente?

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