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19 de enero de 2010

Seguros de coche e indemnización por siniestro o accidente.

En muchas ocasiones, el tener un golpe o siniestro con el coche es imprevisible ya que depende del resto de conductores o otros factores externos.

Sin embargo, en caso de tener algún siniestro o accidente de circulación, ¿sabemos cómo debemos actuar?

Es importante saber con qué coberturas del seguro contamos y cómo reclamar al contrario si fuera el culpable la indemnización por daños y lesiones.

¿Cómo debemos actuar en caso de siniestro o accidente?

Lo primero es seguir la técnica P.A.S. que quiere decir Proteger, Avisar y Socorrer a las víctimas en el caso de que las hubiera.

Una vez que las personas implicadas en el siniestro estén en zona resguardada o protegida, hay que llamar a Emergencias al telf. 112 y solicitar que acuda la Guardia Civil o Policía para que realice atestado del accidente y lo traslade al juzgado de instrucción.

Este atestado deberán hacerlo en el caso de que alguno de los implicados en el accidente lo solicite, aunque éste no haya sido muy grave.

Se debe apuntar el nombre y dirección de los otros conductores implicados y se recomienda rellenar el parte amistoso.

Si le es posible, recopile también todas las pruebas que pueda: fotos, datos de testigos, justificantes de gastos…

Para retirar el vehículo y si precisara de atención urgente, podría recurrir a su seguro de Asistencia en Viaje.

En el caso de que haya resultado herido en el accidente, debe conservar el parte de urgencias que haya emitido el facultativo le atienda.

Y si quisiera interponer denuncia en vía penal, ¿qué plazo habría?

Habría un plazo de seis meses para presentar la denuncia en el juzgado.

¿Qué habría que hacer después del accidente?

Tendría que dar parte a su aseguradora. Y siempre que sea posible antes de que pasen 7 días desde el siniestro (ver condiciones de cada póliza en particular)

Una vez entregado el parte, su compañía aseguradora se pondrá en contacto con la compañía del otro vehículo y aportará toda la documentación que considere necesaria para determinar quién fue el responsable del accidente.

En caso de lesiones, es importante guardar los sucesivos partes de baja y de alta para poder justificar los días de incapacidad y demostrar su derecho a la indemnización.

La aseguradora del responsable le hará una oferta de indemnización por daños y lesiones que podrá aceptarla sin más o si no estuviera de acuerdo podrá tratar de confirmarla acudiendo a un especialista en valoración de daños corporales (en el caso de que su seguro tenga cobertura de reclamación de daños se hará cargo del peritaje).

Si la indemnización que negociara su compañía no le pareciera la adecuada, quizás debería contratar un abogado especializado y presentar una demanda por vía civil en el caso de que la cuantía lo mereciera.
Los costes del proceso pueden estar cubiertos por la reclamación de daños del automóvil, una póliza de defensa jurídica.

En caso de no querer ir a juicio, tendría la posibilidad de hacer una reclamación ordinaria acudiendo al Defensor del Asegurado de la compañía o solicitar a la aseguradora que se someta al arbitraje.

¿A qué indemnización tendría derecho en caso de lesiones?

En caso de siniestro la víctima de un accidente tiene derecho a ser indemnizada por daños personales, ya sea por los días de baja, como en caso de incapacidad permanente provocada por las secuelas, en cuyo caso se indemniza directamente a la víctima, o su fallecimiento, por el que se indemnizaría a sus familiares.

La cantidad que se podría fijar como indemnización variaría dependiendo la gravedad de la lesión, los ingresos de la víctima, sus circunstancias personales y familiares, etc.

La Ley de Responsabilidad Civil y Seguro para la circulación de vehículos a motor rige el sistema de valoración de daños físicos tras un accidente de tráfico, y se utiliza muchas veces también para establecer las indemnizaciones por las lesiones producidas.

¿Qué factores influyen en la cuantía de la indemnización de los días de baja?

También se podría reclamar una indemnización por los días que tenga que estar de baja la víctima de un siniestro.

Respecto a los días que se estuvieran de baja habría que distinguirse entre (cuantía según baremo 2014):

  • Días de baja hospitalaria:  71,84 €/día
  • Días de baja no hospitalaria:
    • Días de baja impeditiva :   58,41 €/día    – cuando no se pudiera desarrollar la ocupación o actividad habitual
    • Días de baja no impeditiva:   31,43€/día   – cuando no le impidiera desarrollar la ocupación o actividad habitual

Dependiendo de qué tipos de días de baja se trate, como puede observar, corresponderá una cuantía u otra.

¿Cómo se realiza la valoración de las secuelas?

Las secuelas físicas o estéticas que hubieran sido provocadas por el siniestro también dar derecho a la víctima a reclamar la indemnización correspondiente.

La valoración de las secuelas definitivas, una vez que hayan sido valoradas por informe médico que determinará la gravedad de las mismas, darán lugar a que la aseguradora del vehículo culpable indemnice a la víctima.

El Real Decreto Legislativo 8/2004 recoge la cuantía de las indemnizaciones por daños físicos y estéticos establecidas a partir de un baremo por puntos en función de daño que se trate. Cada punto tendrá un valor en euros, y estos valores se actualizan cada año mediante el IPC del año anterior, publicándose en el Boletín Oficial del Estado.

El valor de cada punto variará en función de los factores particulares de cada caso, como puede ser por ejemplo de la edad de la víctima, cuanto mayor sea, menos vale cada punto, y del número de puntos acumulados. En el caso de que hubiera muchos puntos, indicaría que se habrían producido más secuelas y eso incrementaría a los puntos de valor.

¿Los gastos médicos, de transporte y demás serían reembolsables también?

En principio sí, por lo que conviene conservar los justificantes, recibos y facturas relativos a los gastos médicos, farmacéuticos y correspondientes a desplazamientos durante la rehabilitación para reclamarlos también a la compañía contraria a través de su aseguradora.

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1.024 comments to Seguros de coche e indemnización por siniestro o accidente.

  • adrian

    Buenas tengo 22 años y tuve un accidente en una glorieta el dia 25 de abril y la culpa fue del otro conductor. Estube 55 dias de baja (que la compañia contraria dice que son todos no impeditivos) los 15 primeros sin poder hacer mi vida normal y con collarin (estos 15 dias serian impeditivos?). Y los 40 restantes sin collarin pero tenia que ir a rehabilitacion. Hoy me ha llamado la compañia contraria y me han ofrecido 1710€ y nose que hacer si aceptar o no o como seguiria el tramite si no acepto esta oferta. Mi compañia no me ha explicado muy bien como va esto……. mis ingresos anuales son 0 por que soy estudiante. Tampoco me han dicho nada de que tenga secuelas ni nada…..

    • Buenas

      En el artículo superior, puedes ver a grosso modo cuánto te tienen que pagar por cada día de baja, dependiendo de si lo consideran impeditiva o no, para que puedas ver si aproximadamente la cifra que te han ofrecido te cuadra.

      En caso de no estar de acuerdo, habla con tu compañía aseguradora para que reclame a la contraria, ya que es tu seguro quien debe velar por tus derechos en este caso. Para eso lo contratas.

      En el caso de que tengas secuelas, comunícalo a tu compañía para que lo evalúen también y que te aclaren bien como funciona todo este proceso.

      SAlu2 y ánimo.

    • RDI Servicios Juridicos

      Buenas tardes Adrián,

      La compañía del vehículo contrario lanza una primera oferta, cuyo importe es negociable por la vía extrajudicial. En caso de que la oferta no se corresponda a las lesiones que Vd. padece, indicarle que no tiene por qué conformarse con ello, pues Vd. tiene pleno derecho a presentar una demanda y acudir a la vía judicial para reclamar lo justo.

      Personalmente, le recomiendo que si todavía está interesado en reclamar contrate los servicios de un abogado especialista en estos trámites, a fin de que su reclamación sea gestionada de manera totalmente profesional, por lo que en caso de no haberlo hecho puede llamarnos al 93.368.72.34 y le asesoraremos personalmente. Sólo cobramos si Vd. cobra. Todas las consultas y visitas son gratuitas.

      RDI Servicios Jurídicos
      Via Augusta, 59, 4ª planta, Despacho 414
      08006 – Barcelona

  • ramo

    tuve un accidente de rafico hace seis meses, la compañoia aun no me ha llamado para nada,y me busque un abogado particular,el caso es que el forense me vera en breve,he echo 30 sesiones de rehabilitacion y una resonancia,en la cual me ha salido qu tengo dos hernias discales,mi pregunta es saber como puntuara el forense,y por que varemo se rije,gracias

    • Suponemos que diste parte de lo sucedido a tu aseguradora en el plazo de 7 días desde que te sucedió.

      En ese caso no dejes de insistir a tu aseguradora y que te aclare las dudas que te surjan ya que para eso eres su cliente y para eso lo pagas.

      No podemos concretarte la puntuación del forense. En la indemnización por lesiones influyen muchas variables, pero te tendrán que pagar por cada día que estés de baja médica tal como indicamos en el artículo superior según baremo por Ley.

      Salu2 y ánimo.

    • RDI Servicios Juridicos

      Buenas tardes,

      El médico forense realizará una valoración de las lesiones que Vd. sufrió en el accidente y también de las secuelas que puedan haberle quedado. Las hernias discales son secuelas contempladas en el baremo de accidentes de tráfico y el médico forense utilizará su criterio para puntuarlo.

      Si necesita asesoramiento jurídico no dude en llamarnos al 93.368.72.34. Tan sólo cobramos si Vd. cobra. Todas las consultas y visitas son gratuitas.

      RDI Servicios Jurídicos
      Via Augusta, 59, 4ª planta, Despacho 414
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  • Antonio

    Hola tengo el seguro de Mapfre póliza 10 a mi nombre, el sábado íbamos a casa y conducía mi mujer, se durmió y chocamos contra la mediana de hormigón causándonos a mi mujer y a mi esguince cervical, nos están atendiendo y vamos ha hacer rehabilitación, a mi me dan la baja, durante el tiempo de baja la empresa me descontará parte de mi jornal y al llamar al seguro para pedir información dicen que como el accidente ha sido culpa nuestra y ha sino nosotros solos que no nos corresponde ningún tipo de indemnización, a lo cual me quedo sorprendido porque al conductor si se que no le corresponde pero yo pensaba que los ocupantes son TERCEROS y si cubría los daños ocasionados, serían tan amables de aclarármelo? Porque si no voy a cobrar nada y encima mi empresa me descuenta jornal no se que podré hacer. Gracias

    • Hola.

      Lo mejor es que revises las condiciones particulares de tu póliza para ver qué indica respecto a este tema. Al conductor no, pero a los terceros o ocupantes sí que les debería corresponder indemnización.

      En caso de seguir con duda, puedes consultarlo para confirmar con la Dirección General de Seguros a ver qué te comentan:

      – Dirección General de Seguros (DGS) – Telf Centralita 913397000 913397113

      Salu2 y ánimo

    • RDI Servicios Juridicos

      No se preocupe Antonio, Vd. tiene derecho a recibir una indemnización. Como bien ha dicho, los ocupantes son terceros implicados sin ningún tipo de culpa, por lo que le aconsejo que primero se negocie por abogados especialistas una indemnización por vía amistosa y, en caso de no llegar a un acuerdo, acudir a la vía judicial. Se debe estudiar el caso, pero incluso su mujer podría tener derecho a cobrar una indemnización. Llámenos sin compromiso al 93.368.72.34 y le asesoraremos personalmente. Todas las consultas y visitas son gratuitas.

      RDI Servicios Jurídicos
      Via Augusta, 59, 4ª planta, Despacho 414
      08006 – Barcelona

  • Ricardo

    El seguro del coche se me caduco el 2 de febrero y lo renove de nuevo todo riesgo e tenido un golpe que intervino la policia y el recibo no lo tenia pago pero seguro cubierto cuando llamo a la compañía me dice que no me arregla el coche hasta que pague el recibo,que hago

  • Carlos

    Tengo un Audi 4 de 2004 con seguro a terceros. Si tuviera un accidente con culpa reconocida del contrario ¿tiene mi aseguradora que hacerse cargo del arreglo para reclamárselo al contrario o pueden negarse aludiendo a que «su coste sería mas elevado que el valor venal del coche»?

  • Cristina

    Si le das un mínimo golpe por detrás a otro coche y tienes el carnet de conducir caducado menos de un mes puede la aseguradora no hacerse cargo?

    • Lo mejor es que no le comentes a la aseguradora que lo tienes caducado (a veces basta que lo hagas para que te pongan pegas por ello)

      Para que no se hiciera cargo, debería ir esa condición indicada expresamente en las condiciones particulares de tu póliza. Revísalo.

      Pero lo general es que des el parte con normalidad y lo cubran sin problema sin entrar en detalles de comprobar si tienes el carnet caducado o no.

      Salu2

  • alpalgata

    hola hace unos dia recibi la sentencia del juicio de mi accidente del trafico se me reconocen los 6 puntos secuelas dados por el forense pero no me reconoce el derecho a la incapacidad temporal dichas secuela me han producido una artrosis postraumatica en la rodilla con mucho dolor e hichazo y sobre todo esto se agrava cuando mas fuerzo la pierna e incluso provoca que pueda caer al suelo y lo arrodillarme ni pensarlo ya que he perdido la fuerza en ella esto afecta mucho acctividad laboral ya que soy trabajador agricola y estoy escrito regimen especial agrario

    • Hola.

      Quizás debas acudir a un centro de valoración de minusvalía, que es donde emiten el Certificado que te daría derecho a percibir por ejemplo pensión contributiva por invalidez, Tratamiento y beneficios fiscales por esa condición de minusvalía que te haya quedado.

      Si nos dices en qué provincia te encuentras quizás podamos indicarte el centro más cercano al que debes acudir para ello.

      Salu2

  • Miguel Ángel

    Hola!
    A ver si me podéis echar una mano con la duda porfavor.
    Hemos tenido un accidente de coche mi novia era la que iba conduciendo y nos han dado un golpetazo grande por detrás,maletero hundido,paragolpes y algún daño más.
    Estamos ahora en el hospital haciéndonos pruebas porque el «latigazo» ha sido grande y nos duele mucho el cuello,cervicales incluso la espalda y cabeza.
    La duda y «problema» es que mi novia(la conductora) tiene el carnet de conducir caducado,en tema de reparación del vehículo,indemnizacion y tal podría ser que pusiera problema la compañía?
    A ver si nos podéis ayudar,gracias!

    PD.mañana mismo va a renovarselo :s

    • Hola.

      No, no debería ser ese ningún problema. En vuestra aseguradora no os dirán nada sobre ello, pero para que no ponga ningún seguro pegas, mejor no lo comentéis con ellos vosotros tampoco.

      El seguro del contrario como responsable de lo sucedido deberá abonar tanto los gastos de reparación del coche como la indemnización por lesiones que os corresponda.

      Salu2 y que mejoreis pronto.

    • RDI Servicios Jurídicos

      Buenos días Miguel Ángel,

      La compañía de seguros responsable civil en este caso, según lo que nos explica, es la del vehículo que colisionó por detrás. Tanto Vd. como su pareja son perjudicados sin culpa, por lo que la compañía de seguros contraria no debería poner problemas por el carnet caducado. Donde sí que puede poner problemas es en la tramitación de los daños y perjuicios, por lo que es recomendable contratar los servicios de un Abogado independiente de las compañías que luche por sus intereses.

      Si necesita asesoramiento jurídico no dude en llamarnos al 93.368.72.34. Tan sólo cobramos si Vd. cobra. Todas las consultas y visitas son gratuitas.

      RDI Servicios Jurídicos
      Via Augusta, 59, 4ª planta, Despacho 414
      08006 – Barcelona

  • Miguel Ángel

    Acabo de escribir.
    Se me pasó comentar que la culpa obviamente ha sido del contrario,hemos rellenado el parte amistoso sin problema.

  • PALOMA

    Buenas tardes!
    Tengo una duda en relación con un accidente en el que se ha visto inmerso un familiar.
    Este familiar con carnet de conducir mayor de 25 años, conducía el vehiculo de un amigo el cual iba en el asiento trasero estirado durmiendo, ya que habia bebido. Con tan desgraciada suerte que tienen un accidente porque mi familiar no respeta un ceda el paso y chocan con otro coche y a resulta del mismo, el amigo copiloto fallece en el hospital y mi hermano tambien resulta lesionado.
    No habiendo alcoholemia, ni imprudencia grave ni conducta dolosa , mi familiar tiene miedo que la familia del fallecido, le reclame a él o el seguro del vehículo repita.
    Puede estar tranquilo?

    Gracias por su tiempo

    • Buenos días.

      Sentimos mucho lo sucedido.

      Comentarte que siendo mayor de 25 años y seguramente imaginamos que tenga más de 2 años de carnet, estaría cubierto como conductor para poder circular de forma general con la mayoría de las compañías que aseguran vehículos.

      Por lo que el seguro de ese vehículo debería hacerse cargo de todas las indemnizaciones oportunas a las víctimas de lo sucedido y gastos de reparación del vehículo contrario.

      Salu2 y ánimo para todos.

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