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19 de enero de 2010

Seguros de coche e indemnización por siniestro o accidente.

En muchas ocasiones, el tener un golpe o siniestro con el coche es imprevisible ya que depende del resto de conductores o otros factores externos.

Sin embargo, en caso de tener algún siniestro o accidente de circulación, ¿sabemos cómo debemos actuar?

Es importante saber con qué coberturas del seguro contamos y cómo reclamar al contrario si fuera el culpable la indemnización por daños y lesiones.

¿Cómo debemos actuar en caso de siniestro o accidente?

Lo primero es seguir la técnica P.A.S. que quiere decir Proteger, Avisar y Socorrer a las víctimas en el caso de que las hubiera.

Una vez que las personas implicadas en el siniestro estén en zona resguardada o protegida, hay que llamar a Emergencias al telf. 112 y solicitar que acuda la Guardia Civil o Policía para que realice atestado del accidente y lo traslade al juzgado de instrucción.

Este atestado deberán hacerlo en el caso de que alguno de los implicados en el accidente lo solicite, aunque éste no haya sido muy grave.

Se debe apuntar el nombre y dirección de los otros conductores implicados y se recomienda rellenar el parte amistoso.

Si le es posible, recopile también todas las pruebas que pueda: fotos, datos de testigos, justificantes de gastos…

Para retirar el vehículo y si precisara de atención urgente, podría recurrir a su seguro de Asistencia en Viaje.

En el caso de que haya resultado herido en el accidente, debe conservar el parte de urgencias que haya emitido el facultativo le atienda.

Y si quisiera interponer denuncia en vía penal, ¿qué plazo habría?

Habría un plazo de seis meses para presentar la denuncia en el juzgado.

¿Qué habría que hacer después del accidente?

Tendría que dar parte a su aseguradora. Y siempre que sea posible antes de que pasen 7 días desde el siniestro (ver condiciones de cada póliza en particular)

Una vez entregado el parte, su compañía aseguradora se pondrá en contacto con la compañía del otro vehículo y aportará toda la documentación que considere necesaria para determinar quién fue el responsable del accidente.

En caso de lesiones, es importante guardar los sucesivos partes de baja y de alta para poder justificar los días de incapacidad y demostrar su derecho a la indemnización.

La aseguradora del responsable le hará una oferta de indemnización por daños y lesiones que podrá aceptarla sin más o si no estuviera de acuerdo podrá tratar de confirmarla acudiendo a un especialista en valoración de daños corporales (en el caso de que su seguro tenga cobertura de reclamación de daños se hará cargo del peritaje).

Si la indemnización que negociara su compañía no le pareciera la adecuada, quizás debería contratar un abogado especializado y presentar una demanda por vía civil en el caso de que la cuantía lo mereciera.
Los costes del proceso pueden estar cubiertos por la reclamación de daños del automóvil, una póliza de defensa jurídica.

En caso de no querer ir a juicio, tendría la posibilidad de hacer una reclamación ordinaria acudiendo al Defensor del Asegurado de la compañía o solicitar a la aseguradora que se someta al arbitraje.

¿A qué indemnización tendría derecho en caso de lesiones?

En caso de siniestro la víctima de un accidente tiene derecho a ser indemnizada por daños personales, ya sea por los días de baja, como en caso de incapacidad permanente provocada por las secuelas, en cuyo caso se indemniza directamente a la víctima, o su fallecimiento, por el que se indemnizaría a sus familiares.

La cantidad que se podría fijar como indemnización variaría dependiendo la gravedad de la lesión, los ingresos de la víctima, sus circunstancias personales y familiares, etc.

La Ley de Responsabilidad Civil y Seguro para la circulación de vehículos a motor rige el sistema de valoración de daños físicos tras un accidente de tráfico, y se utiliza muchas veces también para establecer las indemnizaciones por las lesiones producidas.

¿Qué factores influyen en la cuantía de la indemnización de los días de baja?

También se podría reclamar una indemnización por los días que tenga que estar de baja la víctima de un siniestro.

Respecto a los días que se estuvieran de baja habría que distinguirse entre (cuantía según baremo 2014):

  • Días de baja hospitalaria:  71,84 €/día
  • Días de baja no hospitalaria:
    • Días de baja impeditiva :   58,41 €/día    – cuando no se pudiera desarrollar la ocupación o actividad habitual
    • Días de baja no impeditiva:   31,43€/día   – cuando no le impidiera desarrollar la ocupación o actividad habitual

Dependiendo de qué tipos de días de baja se trate, como puede observar, corresponderá una cuantía u otra.

¿Cómo se realiza la valoración de las secuelas?

Las secuelas físicas o estéticas que hubieran sido provocadas por el siniestro también dar derecho a la víctima a reclamar la indemnización correspondiente.

La valoración de las secuelas definitivas, una vez que hayan sido valoradas por informe médico que determinará la gravedad de las mismas, darán lugar a que la aseguradora del vehículo culpable indemnice a la víctima.

El Real Decreto Legislativo 8/2004 recoge la cuantía de las indemnizaciones por daños físicos y estéticos establecidas a partir de un baremo por puntos en función de daño que se trate. Cada punto tendrá un valor en euros, y estos valores se actualizan cada año mediante el IPC del año anterior, publicándose en el Boletín Oficial del Estado.

El valor de cada punto variará en función de los factores particulares de cada caso, como puede ser por ejemplo de la edad de la víctima, cuanto mayor sea, menos vale cada punto, y del número de puntos acumulados. En el caso de que hubiera muchos puntos, indicaría que se habrían producido más secuelas y eso incrementaría a los puntos de valor.

¿Los gastos médicos, de transporte y demás serían reembolsables también?

En principio sí, por lo que conviene conservar los justificantes, recibos y facturas relativos a los gastos médicos, farmacéuticos y correspondientes a desplazamientos durante la rehabilitación para reclamarlos también a la compañía contraria a través de su aseguradora.

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1.024 comments to Seguros de coche e indemnización por siniestro o accidente.

  • maria

    Hola buenas tardes,tuve un accidente de trafico he iba al trabajo y tengo dos lesiones reconocidas por la mutua de la empresa que son esguince cervical y latigazo cervical, me gustaría saber que es lo que ocurrirá quien es el que me indemnizara si el seguro del contrario del que me dio golpe o la empresa gracias y un saludo

    • Buenas

      Un tema es la baja laboral por la mutua quien se encargará de que sigas cobrando tu sueldo estando de baja.

      Otra tema es la indemnización por lesiones que tu compañía de seguros debe reclamar al vehículo contrario.

      Salu2

  • irene

    Buenas, tube un accidente, colision de cuatro vehiculos yo era el tercero.El coche esta en el taller, lleva 2 meses y no se save cuanto mas le queda. El seguro lo pago trimestral en helvetia, en julio me tocaria pagarlo. Mi pregunta es, si no lo pago perderia los tramites por parte de la compañia?
    Es loguico pagar el seguro sin tener el coche? Gracias

    • Buenas

      El seguro se considera anual, aunque las compañías te dan la facilidad de pagarlo de forma fraccionada, así que habría que abonarlo completo.

      Sin embargo, en estos casos lo que hacen algunas compañías es descontar la parte pendiente de pago en la indemnización de siniestro total

      Así que lo mejor es que hables con tu compañía para insistir en que agilicen los trámites, te indiquen si se trata o no de siniestro total, y si se puede solucionar tal como te hemos comentado.

      En caso de no abonar los siguientes pagos, te podrían reclamar judicialmente el pago restante de la prima porque es un contrato anual pero de pago fraccionado.

      Salu2 y ánimo

  • Juan Carlos

    Un camión se empotró contra el jardín de mi casa y después de una pequeña valoración del perito de nuestra compañía, nos han llamado diciendo que puede ser que los daños de unos árboles que teníamos y una barbacoa no creen que los van a restituir porque aluden a que no estaban asegurados, ¿es esto correcto o la compañía del camión debería responsabilizarse de todos los daños ocasionados los tengamos o no asegurados?.Gracias, un saludo.

    • Deberían responsabilizarse de la reparación de todos los daños causados, estuvieran o no asegurados.

      Todos esos daños los tienen que reclamar a la compañía aseguradora del camión que es el responsable de lo sucedido.

      Salu2 y ánimo..!

  • ursula

    buenos dias, sufri un accidente el 5 de mayo de este año, fui a urgencias y me diagnosticaron cervicalgia, he ido a 20 sesiones de rehabilitacion en clinica privada, ayer me dieron el alta y ya som 67 días que he estado desde el accidente, hubo parte amistoso pero no tenian el papel y lo rellenaron al dia siguiente en su seguro, lo que pasa esque yo iba de ocupante y el coche era de la empresa de la madre de mi amigo con lo cual este me dijo que no denunciara porque el no estaba en el seguro, yo contrate un abogado de confianza por mi parte ya que no me fiaba de los de la compañia, el dio parte de mis daños y me dijo que al terminar la rehabilitacion mandaria los partes medicos a la otra compañia, la cuestion es cobrare la indemnizacion o los del seguro pueden dcir que yo no staba ahi? porque claro mi amigo ha dicho que no denuncie y no lo he hecho.

    • Buenas tardes.

      En estos casos conviene que haya atestado, ya que es la forma más segura de certificar lo sucedido.

      Lo normal es rellenar el Parte europeo de accidente normalizado, con la firma de ambas partes y todos los datos.

      No sabemos si lo entregado reune todos los datos y firma de acuerdo de ambos conductores. Si no fuera así, el tema se alargaría en lo que determinan la culpa de cada uno y demás.

      Tendrás que tener paciencia, no dejar de insistir y hablar directamnete con la compañía del coche en el que ibas que es quien se tiene que encargar de tramitarte la indemnización.

      El médico que te asigne la compañía será quién tenga que realizar la evolución de tus lesiones.

      Salu2 y que mejores pronto.

  • Forte

    Buenas y muchas gracias antes de nada por su atencion. Hace unos tres días un familiar iba de acompañante en un camion que estaba ejerciendo su actividad laboral y sufrio un accidente del que tiene graves lesiones. Cubre el seguro de un camion de empresa al acompañante que es totalmente ajeno a la empresa?
    Gracias

    • Buenas

      Sí, le cubre, y le tendrán que indemnizar por las lesiones que haya sufrido.

      Hay que ponerse en contacto con la aseguradora del camión para reclamarlo.

      Si ese acompañante dispone de algún vehículo asegurado, podrá solicitar asesoramiento y defensa jurídica a su propio seguro. La mayoría de las pólizas incluyen ese servicio. Así podrán asesorarle sobre cómo reclamar.

      Salu2

  • ramon

    Hola, hace 2 meses fuimos a una fiesta con un amigo y al volver nos salimos de la carretera dando vueltas de campana, yo estuve 1 semana sin poder moverme de la cama por las cervicales y el resto de tiempo he ido a rehabilitación asta ayer que me dieron el alta, quería saber si la compañía de seguros me va a pagar lo que ellos quieran o hay un precio obligatorio a pagar por día gracias.

    • Hola.

      Hay una cantidad fijada por cada día que se esté ingresado en el Hospital y por cada día que se esté de baja médica.

      Puedes ver esas cuantías en el artículo superior.

      Salu2

  • Pili navarro

    Ola el otro día le di un golpe a un coche X detrás y mi marido q iva de copiloto a sufrido un esguince cervical me gustaría saber si el seguro le tiene q indemnizar aunque el sea el asegurado y dueño del coche aunque no era el conductor en ese momento .

    • Tendría que cubrir por lesiones a los ocupantes del vehículo que no sean conductor. En cualquier caso revisar a ver qué indica las condiciones particulares de vuestra póliza para saber exactamente a qué tenéis derecho.

      Salu2

  • Marta Simó

    hace unos días tuve un accidente de coche, al pararme en un stop el vehículo de atras se me echo encima, no sufri daños personales, pero si que el coche quedo destrozado por la parte trasera, de momento ya lleva una semana en el taller y el périto no ha aparecido, yo necesito el coche para ir a trabajar, ya que vivo en un pueblo y trabajo en otro que está a 20 kms. no existe transporte público.
    tengo derecho a que la compañia de seguro del coche culpable del accidente se haga cargo de un cohe de sustitución mientras no me arreglen el mio?

    • El seguro del vehículo contrario tiene que hacerse cargo de la reparación de tu vehículo.

      Habla con tu seguro para que reclame cuanto antes al contrario y que manden al perito cuanto antes. No dejes de insistir en que te urge. Es tu seguro quien debe tramitarlo (para eso lo pagas!)

      Respecto al tema del coche de sustitución varios puntos:

      1- Examina tu la póliza para comprobar si tienes derecho a un vehículo de sustitución y por cuanto tiempo por cuenta de tu aseguradora.

      2- Plantea una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de la aseguradora y a la Dirección General de Seguros, solicitándoles que hasta el Perito haga su trabajo y reparen el vehículo te asignen un coche de sustitución.

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/06/29/seguros-de-coche-reclamacion-a-la-compania-aseguradora/

      3.- De todas formas guarda bien todos los recibos de los gastos en transporte que esto te ocasione (taxis, coches de alquiler, etc) para reclamar a la compañía del contrario que te los abone.

      Más info sobre ese tema:

      http://www.hoy.es/20071230/sociedad/seguro-obligado-pagar-coche-20071230.html

      Salu2 y ánimo.

  • jose antonio ruiz garcia

    Yo iba en un coche de ocupante y al parar en un stop otro vehículo nos dio por detrás a consecuencia de todo eso he estado 63 días de baja medica por el medico de familia y en rehabilitación por la mutua por parte de la compañía de seguros yo en la actualidad estoy en paro sin cobrar que compañía me tiene que pagar los día de baja y que clase de baja impeditiva o baja no impeditiva y que compañía tiene que pagarme de las dos muchas gracias por su atención

    • Probablemente en principio te lo abonen como días de baja no impeditiva.

      En el artículo superior puedes ver qué cantidad corresponde por cada día de baja.

      La compañía aseguradora del vehículo en el que ibas es quien lo debe tramitar y reclamar a la aseguradora del vehículo responsable de lo sucedido. Debes estar en contacto con ellos para que te indiquen los trámites a realizar.

      Salu2 y esperamos que mejores.

  • Marta

    Hola el pasado dia 24 mi hijo sufrio un accidente de coche estaba parado en un spto y le dieron un golpe x atra , mi hijo es mayor de edad pero tiene un año y medio de carnet tendra algun problema con la compañía de seguro del q le dio el porrazo lo cubrira a el gracia

    • Hola

      Tu hijo por lo que comentas no fue en absoluto responsable de lo sucedido, así que la compañía del vehículo contrario le deberá indemnizar por cada día que esté de baja médica (si es que tuvo lesiones) y de la reparación del vehículo.

      Debéis hablar con la aseguradora de vuestro vehículo, ya que son ellos los que tienen que gestionarlo todo (que para eso se paga una prima)

      Imaginamos que ya distéis parte al seguro.

      En este caso no importa la antigüedad de carnet de tu hijo ni influye para la indemnización correspondiente.

      Salu2

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