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23 de febrero de 2010

Subsidio para emigrantes retornados

Si eres emigrante retornado de un país no perteneciente a la Unión Europea, Espacio Económico Europeo, ni Australia o Suiza, puedes optar al subsidio de desempleo de 426€ mensuales y durante un máximo de 18 meses.

¿Qué requisitos se ha de cumplir?

  • Inscribirse como demandante de empleo en el plazo de un mes desde la fecha de su retorno.
  • Suscribir el Compromiso de Actividad .
  • Carecer de rentas , de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias (para el año 2018, 531,93€).
  • Haber trabajado como mínimo 12 meses en los últimos seis años desde su última salida de España, en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo, o con los que no exista convenio sobre protección por desempleo.
  • No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo.

¿Cual es la duranción del subsidio?

  • Seis meses, prorrogables por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses.

¿Cual es la cuantía del subsidio?

  • La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. En 2017 es de 426 euros al mes.
  • En caso de una pérdida de un empleo a tiempo parcial, la cuantía será proporcional a la parcialidad del empleo perdido.

¿Qué plazo hay para solicitar el subsidio?

El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles, que empieza a contar desde el día siguiente del retorno.

¿Qué documentación se ha de presentar?

  • Modelo oficial de solicitud .
    El impreso de solicitud incorpora: la declaración de rentas del solicitante, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad y la autorización de petición de información a la AEAT (Agencia Tributaria).
  • Documento de identificación del solicitante.
  • Certificado de emigrante retornado expedido por las Áreas o Dependencias de Trabajo y Asuntos Sociales de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno.
  • Solamente si la entidad gestora lo solicita, un justificante de rentas.

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658 comments to Subsidio para emigrantes retornados

  • Carmen B.

    Solicite la ayuda de emigrante retornado despues de haber retornado en marzo del 2009, el certificado de emigrante retornado fue emitido en mayo y se presento en octubre. Comence a cobrar el subsidio en noviembre.
    Mi pregunta es: Hasta cuando estare cobrando el subsidio?
    Gracias.

  • Carmen B.

    Gracias por la espuesta, lo que pasa es que no se si los 18 meses son a partir de haber cobrado el subsidio, es deci, los 18 meses son a partir de noviembre.

    • Vas a recibir en total 18 pagas mensuales que te lo podrán pagar en 18 meses naturales, mes arriba mes abajo, en función de lo que te pague la primera vez.

      Salu

    • analia

      hola me comentaron amigos que vinieron de argentina los cuales tambien son ciudadanos españoles que cobraron un subsidio de entre 1500 y 1600 euros por unica vez, que no se trata del subsidio por desempleo sino otro que da el gobierno español. me dijeron que vaya a obras sociales y pida el lñibrito de derechos de emigrantes retorenados que ahi esta la ley que lo dice. pero no me dan el libro dicen que eso no existe. como puede ser si tengo varios amigos que lo han cobrado, en extranjeria tambien me dicen que no saben. si me pueden aclarar esto lo mas rapido posible por favr

    • Pregunta a tus amigos para ver qué ayudas exáctamente han cobrado.

      Salu2.

  • Carmen B.

    Muchas gracias por su respuesta. Ya creo haber entendido.

  • Beatriz LL

    Hola, estoy cobrando desde agosto el subsidio al emigrante retornado. Si empiezo a trabajar para cubrir una baja de dos meses pierdo despues el subsidio?
    Muchas gracias,
    Beatriz

  • Beatriz LL

    Muchas gracias por tu respuesta.
    Saludos

  • Orlando

    Hola: mi onsulta es la siguiente: Recibi mi nacionalidad española de origen el 12 de febrero del año 2009,estando en Santiago de Chile y trabajando en forma dependiente, hoy deseo establecerme en España;¿ puedo cobrar el subsidio por cesantia a mi inmediato retorno a España?
    AGRADECERE VUESTRA RESPUESTA, LES SALUDA

    M.Orlando Quintana

    • Ese es un caso muy particular, te recomiendo que acudas al servicio de empleo y consúltalo allí, pero seguramente tan siquiera lo sabrán ellos.

      Así que lo mejor que puedes hacer es solicitar la ayuda directamente y ya se verá si te lo aprueban o no.

      Suerte!!

  • Ernesto Paul Fernandez Diaz

    Hola me han comentado que dan una ayuda monetaria la primera vez que se retorna a españa, le llaman la UNICA ,es independinte del subsidio posterios de 474 euros mnesuales por 18 mese. que hay de cierto?

  • Kimara

    No me lo puedo creer!!!…pero se puede vivir en Espania(o en cualquier otro pais Europeo) con la miserable cantidad de 426 euros mensuales???? (amos’ ni pa’pipas!!!………..que me partooooooooooooooooooo)

  • Miguel

    La duda que tengo es que las ultimas noticias indican que algunos de los subsidios por desempleo se eliminan a partir de Febrero del 2011, Se eliminan tambien en esa fecha los subdidios a españoles retornados?
    En caso que no se eliminen los subsidios a españoles retornados en Febrero del 2011 :
    Se puede acceder al subsidio de español retornado teniendo 53 años de edad y habiendo trabajado en Cuba despues de ser español solo 6 meses y no 12 meses.?
    Muchas gracias de antemano.

  • jorge

    Soy español retornado vivo en torrevieja y voy a pedir la ayuda, ya me presente en Servef.Pero aparte tengo que inscribirme en extranjeria?

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