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8 de marzo de 2010

Compra venta de vivienda a través de inmobiliaria

A la hora de comprar o vender una vivienda, se puede encargar uno mismo o contratar una agencia inmobiliaria que facilite las gestiones. Sin embargo, en caso de decidirse por realizar los trámites a través de una inmobiliaria conviene saber de antemano todos los pros y los contras para evitar que más que una ayuda sean un inconveniente.

Le podrán ayudar a encontrar compradores o viviendas que se adecuen a lo que busca, pero no delegue todas la gestiones y trámites confiando en que le resolverán todo por usted, ya que no siempre es así. Esté pendiente de todo y revise siempre todas las condiciones antes de dar un paso en firma.

Vender la vivienda a través de inmobiliaria.

Si se decide a vender la vivienda a través de una inmobiliaria, pasará a ser su cliente para el cual buscará compradores a cambio de unos gastos de comisión como intermediarios.

Antes de acudir a la inmobiliaria deberá tener en cuenta los siguientes consejos:

  • Evite la exclusividad de la inmobiliaria en la venta. De esta forma siempre tendrá la posibilidad de anunciarla a través de varias agencias o de venderla por su cuenta.
  • Acuerde aunque sea de forma verbal la comisión que se asignará la inmobiliaria en caso de que encuentren comprador y se efectúe la venta.
  • Si le pidieran firmar un contrato revise y lea detalladamente todas las condiciones (exclusividad o no, comisiones, renovación del mismo, etc). En el caso de firmar la renovación será verá obligado a seguir con esa agencia a pesar de que no estuviera satisfecho con sus servicios.
  • No olvide que el precio de la vivienda lo fija usted como vendedor y que en esté punto tiene la última decisión. La comisión de la inmobiliaria suele ser un porcentaje de ese precio final y puede variar de unas agencias a otras.
  • Antes de contratar sus servicios aclare todos estos aspectos.
Comprar vivienda a través de inmobiliaria

Si se decide a buscar una vivienda para comprar a través de una inmobiliaria, tendrás las ventajas de que le ofrezcan rápidamente viviendas de las características que busque (ubicación, tamaño, precio, orientación, garage, etc).

  • En el precio que le ofrezcan ya estará incluida la comisión de la agencia.
  • El cliente en este caso es el vendedor,  no usted como comprador, así que no firme contratos en los que le pretendan cobrar gastos o adquirir obligaciones por mostrarle las viviendas disponibles.
  • Si encontrara alguna vivienda que le gustara, antes de firmar o dar ninguna señal, asegúrese de que la misma esta libre de cargas y se encuentra en situación legal. Acuda para ello al Registro de propiedad a solicitar todos los datos relativos a la misma.
  • En el caso de entregar una señal como compromiso, asegúrese de que le devolverán la misma en el caso de que final no le vendieran a usted la vivienda.
  • Intente firmar el acuerdo directamente con el vendedor.
  • Antes de firmar ningún contrato, lea detenidamente sus cláusulas y contenido y ante cualquier duda, consúltela con terceros antes de dar el paso.

149 comments to Compra venta de vivienda a través de inmobiliaria

  • Álvaro

    Buenas noches,

    Mi caso es el siguiente. Tengo un contrato de exclusividad con una Inmoviliaria el cual expira en mes y medio, en donde no existe clausula alguna que me impida venderlo por mi cuenta después de dicha fecha previo burofax indicando la no renovación del contrato.
    Un conocido de un familiar me solicitó verlo, acordamos un precio y esta dispuesto a comprarlo. Como es normal, ambos queremos formalizarlo mediante un contrato privado, pero no queremos tener que pagar a la agencia ya que no realizó ninguna gestión. Tengo varias opciones pero no se cual sería la mas adecuada para intentar evitar este coste adicional para ambos.

    1º Realizar un contrato privado entre ambos, contrato de arras, el cual indique que mediante unas arras la vivienda será vendida antes de dos meses después de haberse finalizado la exclusividad. La mejor opción para que no se entere seria recibir las arras en efectivo?

    2º Esperar a que finalice la exclusividad y entonces, realizar este contrato de arras y posteriormente el contrato de compraventa.

    Espero me puedan ayudar,

    Un saludo,

    Muchas gracias.

    • 1. Si es conocido… podéis hacer como queráis. Además es beneficio para ambas partes.

      Si queréis asegurar la operación. podéis firmar el contrato de arras, pero si os queréis ahorrar… también.

      2. Lo ideal sería lo que indicas, así se evita cualquier problema con la inmo, pero vamos que la primera opción tampoco pasa nada, porque si sois conocidos, el contrato privado nunca lo váis a enseñar, eso sí, la firma de la escritura hazlo siempre después del periodo de exclusividad.

      Salu2.

  • Josep

    Buenas tardes,
    estoy a la espera de una firma de un piso de segunda mano, el piso es de la propiedad del banco y me han aplazado dos veces ya la firma de la escritura alegando que los inquilinos que estan ahora estan en busca de un piso par apoder irse. El tema es q con la compra del piso les hacen una quita de la hipoteca que los propietarios tuvieron con el piso.
    He pagado ya unos 380 euros para tema tasación de piso y ya llevo casi dos meses en espera de la firma del piso.

    Que puedo hacer?
    Tengo derecho a reclamar el dinero que me hicieron pagar por la tasación del piso?
    Puedo pedir el cambio de la cerradura y que me den las nuevas llaves al firmar? gracias

    • ¿No habéis firmado el contrato de arras? En él debe de venir especificado todas las condiciones de la venta.

      Si no tenéis condiciones por escrito, es difícil exigir nada.

      Lo de las llaves lo tienes que hacer tu, el día de la firma, nada más que te entregue las llaves ve con un cerrajero y cambia la cerradura.

      Salu2.

  • Josep

    Le escribí al banco pidiendo esas condiciones y me han comentado que cuándo tengamos fechas de escrituras sin problemas me hacen ellos el cambio de cerradura antes de la firma para mi mayor tranquilidad al igual que el día antes puedo ir a ver el piso.

    Contrato de arras no hice, pero si me hicieron pagar la tasación del piso para empezar trámites al igual que tambien hice una solicitud de eventual de compra del inmueble. en este indica que si pasado 45 días naturales no se hubiera aceptado expresamente la presente solicitu de compra por el propietario del inmueble m el presente depósito quedará sin efecto. procediendo a su devolución en la cuenta bancaria solicitante.
    Así que imagino que sí e sun contrato de arras, lo único que al ser del banco sól otuve que pagar la tasación del piso y debo esperar 45 días naturales. Esto fué eñ 21 de enero y estamos a fecha 19/03 así q en principio podría solitiar la devolución de dicha tasación.
    Esperemos que me dicen a finales d este mes, en caso de que no me dijeran nada, solicitaré el dinero y ciao.

    Gracias

  • Jose

    Buenas tardes,

    según hablado con banco, al ser una compra rápida y el propietario al cuál quieren hacer una quita por la venta del piso aún no sabe del todo seguro cuándo podrá irse del piso,
    el tema se me alarga hasta junio ( ya que el cliente ha encontrado trabajo y en junio ya podrá tener 3 nóminas y poder alquilar otro piso para dejar vacio el suyo). El problema es que en septiembre se caduca la tasación de piso , en caso de que en septiembre aún no se hubiera ido y caducara la tasación del piso, se le puede reclamar el importe al banco?
    Según hablado con ellos, no devuelven el dinero de la tasación del piso que ellos venden ya que consideran que eso es ajeno a ellos.

    Se puede hacer algo sobre este tema? hasta que punto no son responsables de haberme hecho tasar a traves de ellos por un piso suyo que al final no me podrán vender?

    Gracias

    • Eso ya da igual, no? aunque caduque si haces la operación el banco no te va a pedir realizar otra tasación.

      El problema radica si finalmente no compras la vivienda. Pero esa decisión será tuya y entonces tienes que asumir este coste.

      Donde sí que venía que sufres una pérdida, si finalmente no te quiere vender el piso… habría que estudiar el tema.

      ¿Pero no has firmado un contrato de arras o algo así? allí se debe de estipular todo.

      Salu2.

  • CARMEN

    Buenas tardes:
    Tengo un piso en venta en varias inmobiliarias. Si una de ellas consigue un comprador y vendemos el piso ,¿ a las otras inmobiliarias les tengo que pagar algo ?.
    ¿ y si lo vendo por mi cuenta , y no hay exclusividad con ninguna , les tengo que abonar algo ?

    • Nada, salvo que hayas firmado algo que diga que sí.

      Si no tienes exclusividad con nadie y no hay firmado ninguna condición… lo puedes vender.

      Eso sí, cuidado con vender a uno de los que alguna inmobiliaria haya enseñado tu vivienda, porque han firmado la hoja de visita y les vincula con esa inmobiliaria.

      Salu2.

  • Felipe Domingo

    Hola,
    Visité una vivienda en Abril a través de una inmobiliaria. Firmé la hoja de visita de la inmobiliaria.
    Hicimos en su momento (en las dos semanas siguientes)una oferta, pero siempre me dijeron que el vendedor rechazaba mi oferta.
    En Septiembre quise saber si podía volver a verla y me dijeron que tenían otro comprador. Sin darme opción de tanteo. (Creo que no tienen obligación).
    Una semana después me llaman y me dicen que se cayó aquella venta y que esta otra vez disponible.
    Pero yo no tengo ya confianza en esta inmobiliaria.
    LA PREGUNTA: ¿Puedo intentar comprar esta vivienda por otra inmobiliaria)

    GRACIAS!!!

  • Juana Romera

    He firmado una nota de encargo con una inmobiliaria para vender mi piso, al dia siguiente decidi anular la venta y se lo comunique a la inmobiliaria que no le gusto y tres dias mas tardes me dijo que tenia un comprador que ya habia dado la senal de deposito.

    Les conteste que para entonces el piso ya estaba fuera de la venta.

    Ahora me piden la comision entera y casi me estan forzando a vender el piso.

    Mi pregunta es cual es el tiempo que uno puede tener para cambiar de opinion a la venta de su piso.

    • Buenos días

      Debes revisar todo lo firmado con la inmobiliaria respecto a la nota de encargo, para ver qué se indica ahí respecto a la anulación de la venta.

      Si no figurará nada al respecto ni hay ninguna cláusula restrictiva al respecto, podrías anular la venta y estarías en tu derecho a ello..

      Todo depende de lo firmado entre ambas partes..

      Salu2

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