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12 de marzo de 2010

¿Qué documentos es obligatorio llevar en el vehículo?

Mucha gente desconocen lo que llevan en la guantera de su coche pero presuponen que llevan toda la documentación exigible por la policía en caso de que ser parados para realizar un control. Con el fin de evitar sustos mayores y una posible sanción, en este artículo vamos a lista los documentos que son obligatorio llevar en el vehículo.

El conductor de un vehículo está obligado a llevar consigo y presentar ante los agentes de la autoridad que lo soliciten, la siguiente documentación:

  • Permiso de circulación.- Podrá ser sustituido por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico, que tendrá los mismos efectos. También puede sustituirse por un justificante del gestor que esté tramitando la transferencia en los casos en que ésta se esté tramitando.
  • Tarjeta de inspección técnica en vigor, según la periodicidad correspondiente.
  • Informe de ITV favorable y la pegatina que ha de colocarse en el vehículo en los casos que ya haya tenido que pasar la inspección técnica de vehículos.
  • El recibo del pago del Impuesto municipal de Circulación, también conocido como Impuesto vehículos Tracción mecánica (IVTM) y en algunas localidades coloquialmente como el numerito o la viñeta, no es obligatorio llevarlo en el coche ni le podrán multar por ello, aunque sí que se lo podrán pedir como medida de presión para que los ciudadanos lo paguen por temor a ser multados.

Así que es momento de revisar las guanteras de los coches y verificar si está toda la documentación exigible y de paso organizar un poco ese pequeño cajón de desastre.

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68 comments to ¿Qué documentos es obligatorio llevar en el vehículo?

  • María

    Me gustaría saber si, como el coche que conduces no está a tu nombre, en caso de que el propietario no haya pagado el IVTM y te pare la policia ¿te pueden sancionar o puedes tener algún problema o irían contra el propietario del vehículo??

    Gracias ¡¡¡¡

    Un cordial saludo

    • Hola.

      El IVTM es un impuesto que corresponde al ayuntamiento y que no tiene que ver nada con la policía ni con la documentación que hay que llevar en el vehículo.

      En algunas zonas los agentes piden entre otras cosas que le muestres el recibo de ese impuesto (como medida de presión para que la gente lo pague), pero NUNCA te pueden sancionar por no llevarlo.

      En caso de impago, es el ayuntamiento el que debe reclamar su cobro al titular, pero nada más.

      Salu2 y esperamos haberte aclarado.

  • pepito

    Buenas tardes!
    Mi pregunta es: ¿La tarjeta de inspección técnica no es lo mismo que el informe de ITV favorable??

    Yo compré un coche de ocasión a un concesionario y me tramitaron el impuesto de circulación y la tarjeta de IT que me llegaron al mes; pero sólo tengo la pegatina verde de la ITV en el parabrisas, nada más.

    ¿Qué debo hacer?? ¿Pueden multarme??

    Gracias de antemano.

    • Buenas tardes

      La tarjeta de Inspección técnica es el cartón verde (también se llama Ficha técnica)

      – El informe favorable de ITV es un papel que te entregan conforme pasas la ITV correctamente, pero es otra cosa diferente a la Ficha técnica.

      Tienes que revisar que en el coche lleves los documentos indicados en el artículo. En tu concesionario tuvieron que entregarte tanto la Ficha técnica como el Permiso de Circulación.

      Aunque no tengas el informe de ITV favorable (si te paran puedes decir que lo pasó el compraventa y no te lo entregó), con la Ficha técnica en vigor y la pegatina actualizada no te dirán nada.

      Salu2

  • Jesus

    Hola, buenas tardes. Se está tramitando la renovación de mi carnet de conducir. ¿Puedo viajar a Francia con el documento provisional?…
    Gracias

    • Buenos días

      Convendría que llevaras el definitivo. Si no dispones de él y no te queda otro remedio, lleva el provisional y el caducado si dispones de él al menos..

      Desconocemos la normativa en Francia, así que no te podemos confirmar mucho más.

      SAlu2

  • Emilio Vazquez Fernandez

    Tengo una furgoneta mista cangoo de segunda mano,esta furgoneta en principio fue servicio particular , después estuvo de SP. y se paso otra vez a particular.
    Esta matriculada en el año 2005, paso todas las revisiones de ITV pero me hacen pasar la ITV todos los años y cuando cumpla los diez años tendre que pasar la revision cada seis meses. Si ya no esta como SP. y esta preparada con asientos y cinturones para cinco pasajeros con cuatro puertas laterales, ademas de otras dos traseras,pregunto ¿Porqué tengo que pasar la ITV todos los años y despues de los diez, cada seis meses?

  • Dani

    Buenos días, el otro circulando con mi moto limitada para el A2 me pararon en un control rutinario. Me pidieron la documentación, ficha tecnica, permiso de circulación, carnet y seguro. Le entregue toda la documentación al agente menos la ficha técnica que por un descuido me la deje en el escaner del trabajo, al hacer una gestión con el seguro se conoce que se me olvido allí.
    Comprobaron si tenia la itv y el seguro y como es lógico estaba todo en orden, aún así me dijo el agente que me podía dejar la moto inmovilizada y retirarla al deposito ya que no podía demostrar que la llevaba limitada, ¿esto es así? Al final me multaron por no llevar la ficha técnica con 10 euros, pero me metió el miedo en el cuerpo. No he encontrado nada acerca de inmovilizar y/o retirar un vehículo por este motivo llevando todo en regla.

    Agradecería su opinión al respecto.

    Gracias y un saludo.

    • Buenos días.

      No creemos que te puedan inmovilizar por ese motivo. Sino tendrían que inmovilizar cualquier moto..

      De todas formas, si quieres quedarte más tranquilo, llama a tu Jefatura de Tráfico para confirmarlo a ver qué te comentan sobre ese tema.

      Pero vamos, ya tenían ganas de asustarte y multarte por lo que sea… En fin..

      La multa de la ficha técnica de 10€ es correcta.

      Salu2 y ya nos contarás a ver qué te dicen en Tráfico si llamas.

  • Dani

    Hola de nuevo, gracias por contestar.
    He llamado a Trafico, al teléfono 91.301.85.00 y ahí no lo coge nadie.
    ¿Sabes en qué teléfono atienden estas dudas?

    Gracias de nuevo!

    Saludos.

    • Buenos días.

      Por desgracia no sabemos para qué tienen el Telf en las Jefaturas de Tráfico, ya que en muchos casos no coge nadie el telf por más que insistes.

      Busca en google el telf de otras Jefaturas de Tráfico aunque sean de otras provincias a ver si te lo cogen. La información que te den debe ser la misma llames a la que llames.

      Salu2

  • david gottlieb

    necesito saber que papeles debo llevar si mi auto esta a nombre de mi empresa, voy a mendoza
    La empresa la componen mis 2 hijos y yo
    Espero su ayuda

    • La información que facilitamos es sólo para el caso de España.

      Si te encuentras en éste país, puedes ver qué documentos es obligatorio llevar en el coche en el artículo superior.

      Salu2

  • mirian

    informe mas claro que documentos son los que se presenta al policia , ahora si es motorisado o carro a quien si estamos obligados a mostrar , y si un cohe se va al deposito por no tener revision tecnica ?

    • Los documentos exactos están detallados en el artículo superior.

      Por no tener la ITV no te llevan el vehículo al depósito, se limitan a imponerte la multa de 200€ correspondiente.

      Información facilitada sólo para el caso de España.

      Salu2

  • Enrique

    Hola. Os mando este mensaje para ver si me podeis orientar un poco.
    Hace mes y medio compre un coche usado en la Coruña, en un taller.Hicimos todo el papeleo a mi nombre y me dio el impuesto de circulación del 2013.
    El coche por lo visto es de Madrid, y mi Gestor me dijo que dicho impuesto el del 2014 tardaría en llegar sobre 2 meses.Yo le dije que me hiciese un documento para que constase que esta pedido.
    El Gestor me dijo que no estaba obligado a llevarlo y que no había problema. Yo creo que si estoy obligado.
    Ahora en junio me quería ir de viaje con el coche y no estoy muy tranquilo con este tema. No vaya a ser que me paren. ¿Qué me aconsejáis?.
    Vale el documento sustitutorio que me haga el Gestor mientras no recibo el autentico?
    Os adelanto las Gracias y un fuerte saludo. Enrique

    • Hola

      El Impuesto del 2014 corresponde al anterior titular y no a ti. Por lo cual no tienes que llevarlo en el vehículo.

      En cualquier caso se trata de un Impuesto municipal, así que los agentes nunca te pueden multar por no llevarlo, no es un tema de su competencia, así que no te preocupes.

      Eso sí, pide al comprador que cuando lo abone te envíe el justificante de que lo ha pagado (si no lo hiciera y queda como impagado, si algún día decides vender el coche, no podrás tramitar la venta mientras no se abone y deje de figurar como impagado en Tráfico)

      Salu2

  • mequias andrade

    q tan inportante en tener la placa 2da o tercera q le llaman cuando me intervenieron me senti indignado me querian pone una papeleta de 400 soles por no tener pegado en mi parabrisa y tube q pagar la coima por q no estoy informado me gustaria q alguien me informe

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