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19 de marzo de 2010

Vender el coche particular a un concesionario o compraventa

Es muy habitual que los particulares decidan vender su vehículo a un compraventa o concesionario por el precio de tasación y evitar así las molestias de anunciar el coche o buscar un comprador particular al que además tendría que ofrecer una garantía de 6 meses respecto a los vicios o defectos ocultos del vehículo (salvo que se estipule lo contrario en contrato y el vendedor ignorara dichos defectos).

En caso de que finalmente el concesionario o compraventa le compre el coche, ¿a quién correspondería liquidar el Impuesto de Transmisiones? ¿Estaría exento el concesionario de tener que pagarlo? Explicamos éstas y otras cuestiones

Cuando un particular vende su coche, el Impuesto que debe abonar el comprador es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).

Por lo que en caso de que un particular prefiera que le tase y vender el coche a un compraventa o concesionario, tendría que ser este establecimiento comprador el que deba liquidar este impuesto.

Sin embargo siempre que el adquiriente del vehículo sea un empresario dedicado profesionalmente a la compraventa de vehículos, la Ley reguladora del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales le permitiría pedir la exención del abono de este impuesto siempre que revenda el vehículo en el plazo de un año. (art. 45.17.b Real Decreto Legislativo 1/1993)

Los trámites se realizarían tal como indicamos a continuación:

  • Compra del vehículo por el concesionario o compraventa a un particular:

En este caso el concesionario o compraventa deberá emitir una factura de compra que no incluiría impuesto alguno, ya que en esta operación no habría IVA, que deberá ser firmada por el particular que vende el vehículo.

  • Solicitar la exención del Impuesto Transmisiones patrimoniales

En el caso de que el concesionario o compraventa revenda el vehículo en el plazo de un año estaría exento de liquidar este impuesto.
Para tramitar esta exención será necesario que se presente el modelo 620 en la Delegación de Economía y Hacienda de la Comunidad Autónoma, acogiéndose a dicha exención.

¿Cómo se justificaría la posterior reventa del vehículo en el plazo de un año?

La exención de la liquidación del ITP sólo se hará efectiva realmente en el momento en que se justifique la venta del vehículo dentro del plazo estipulado. Será necesario presentar para ello una fotocopia del Permiso de Circulación o certificado expedido por Tráfico de que el vehículo ha sido transferido a nombre de persona distinta del compraventa por haber sido vendido, así como la factura de venta del mismo.

¿Y si no se vendiera dentro del plazo de un año?

En ese caso procederá a liquidación del impuesto con los intereses de demora que correspondan. Este impuesto será del 4% del valor por Tablas de Hacienda del vehículo en la fecha de adquisición.

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43 comments to Vender el coche particular a un concesionario o compraventa

  • Juan Gonzalez

    Hola,
    A finales del 2012 compré un vehículo de ocasión (matriculado) en concesionario oficial y me dieron a entender que el vehículo viejo entraba en el Plan PIVE y por tanto me beneficiaba de los 2000 euros.
    A principios del 2013 recogí el nuevo vehículo y entregué el usado.
    Leyendo me enteré que no se podía aplicar el plan PIVE a vehículo matriculados o de ocasión y que los descuentos que me habían hecho había sido por el vehículo viejo «un precio convenido» (cosa que yo no tenía conocimiento y no sé por cuánto me han comprado el vehículo usado)
    En Junio recibo el documento de destrucción del vehículo con el fin de pagar la parte proporcional del impuesto de circulación…pero cual es mi sorpresa que el último titular del vehículo usado es otra persona (un particular).

    Mi pregunta es: ¿El concesionario (que se ha convertido entonces en un compra-venta) puede hacer directamente la transferencia de vehículo a otra persona sin pasar por ellos? Porque yo no he firmado ningún papel (o eso creo) para autorizar esta transferencia y he mirado el registro de vehículos y, como he dicho antes, se ha transferido de mi nombre a otra persona y la empresa no consta.

    • Hola.

      Para transferir tu vehículo hace falta tu firma o bien en la Solicitud e transferencia de Tráfico y modelo 430 para Hacienda, o sino en mandato que de poder para gestionarlo a una gestoría.

      Puedes solicitar al concesionario una copia del escrito que autoriza a la transferencia de ese vehículo, y en caso de que no dispongan de él, podrías denunciar o reclamar ante consumo si consideras que no han realizado lo convenido en la compraventa de tu vehículo.

      Salu2

  • Jesús

    Hola, si se vende un coche de un particular a profesional y estè lo vuelve a revende el primer propietario tiene que darle garantía? Tendria que ver en caso de avería? Gracias

  • Víctor Vinag

    Tas una tasación oficial de un concesionario de coches, se realiza operación de venta del vehículo usado y se compra uno nuevo de la marca, facilitando los datos económicos referente a la cancelación de la Financiación del coche usado.
    Transcurrido 20 días de circular.con el coche nuevo el concesionario comunica telefónicamente que no ha cancelado la operación de la Financiación de coche usado, al haber detectado una averia, sin determinar su alcance, dejando sin efecto dicha compra/venta, y por consiguientes en activo las financiaciones de los coches usado y nuevo.
    No se dispone de la documentación de las citadas operaciones, que nos iban a enviar, una vez terminados los tramites y por supuesto el coche usado permanece en los talleres del Concesionario.
    Ruego sus comentaros al efecto.

    • No es forma correcta de actuar por parte del concesionario.

      Vosotros ya tenéis el vehículo nuevo en vuestras manos? Si es así, es porque la financiera ha efectuado el pago de dicho coche y por tanto el préstamo está hecho y tramitado. (exigir una copia de la documentación de la financiación que habéis firmado)

      Sobre el coche entregado, se entiende que lo revisan para comprobar que no tenga fallo antes de cerrar precio y acordar todo…

      No te pueden decir ahora que le ha salido una avería….

      – Os aconsejamos no abonar nada de dinero al concesionario, ni realizar nin firmar ningún trámite sin antes acudir a Consumo a asesoraros e interponerles una hoja de reclamaciones.

      Y cuidado con el coche que habéis entregado. (Si circulan con él sin seguro la multa es de 1.500€ y os llegará a vosotros mientras continueis siendo los titulares en Tráfico del mismo…)

      Salu2 y ánimo

  • Ernestina

    Hola kiero vender un citroen c3. Ali 2007….motor1.4 cuanto me dan por el

    • Hola.

      Lo sentimos pero ese modelo exacto no vemos que figure en tablas de valoración..

      Pero te indicamos que todos los modelos C3 de ese tipo y año rondan entre los 3.000 y 4.000€… Luego ya está en lo que consigas negociar con el comprador.

      Salu2 y suerte con la venta

  • Espersnza

    Buenas tardes voy a comprar una furgoneta a un compra venta y entregaré una furgoneta como parte de pago .no entiendo nada de coches la pregunta es si al veiculo que yo entrego sale alguna avería posterior soy responsable de algo cuando previamente ellos lo han probado y revisado y dieron por bueno gracias

    • Buenos días

      Los compraventas cuando venden un coche de ocasión están obligados por Ley a dar un año de garantía sobre vicios o defectos ocultos.

      Lo que suelen hacer muchas veces es no figurar ni transferirlo a su nombre, y venderlo directamente de tu nombre a nombre del comprador (así parece una compraventa entre particulares y se libran de dar la garantía…)

      En caso de que le salga avería, intentará reclamar al vendedor (concesionario), aunque éste es posible que intente «lavarse las manos» por lo que te hemos comentado.

      – Reclamarte a ti le será difícil si no conoce tus datos ni telf. Por eso no te preocupes.

      IMPORTANTE; el problema es que el concesionario venda tu coche y el comprador no lo transfiera a su nombre (para evitar pagar el Impuesto de transmisiones en Hacienda). EN ese caso, si el comprador circula con el coche sin seguro y estando aún a tu nombre, la multa de 1.500€ te LLEGARA a TI por ser aún el titular, y te tocará pagarla sí o sí…

      Así que conviene que sigas los consejos que indicamos en el artículo superior antes de entregar tu coche.

      Salu2! y ya nos contarás.

  • felix romero lara

    Hace 10 dias decido comprarme un vehiculo nuevo y entregar el mio antiguo al concesionario el cual un tasador del mismo decide pagarme una cantidad en la cual estoy deacuerdo y por consiguiente cerramos la operacion y firmamos un contrato de compraventa y yo compro el coche nuevo.Una semana despues me llaman para decirme que ya no compran mi coche debido a que esta en peor estado del que ellos pensaban.Esto es legal? puedo estar completamente seguro de que el contrato(firmado y sellado por el concesionario) es totalmente vinculante?

    • Buenos días

      En principio lo vemos sinceramente como un «intento de estafa», ya que probablemente si no te hubieran tasado y aceptado la compra de tu vehículo, tú no hubieras comprado el vehículo nuevo…

      Son dos condiciones entendemos que unidas.

      Sobre el vehículo nuevo, ¿ya lo has pagado? Tendrías que haber pagado el importe pero descontando la valoración por tu coche antiguo… no la totalidad.. ¿ya está matriculado? (Seguramente sí, para evitar que te eches atrás ahora…) ya nos lo confirmarás.

      En tu caso tendrías que revisar muy bien lo firmado en el contrato de compraventa, hablar con el jefe de ventas de ese concesionario, y en caso de que no haya acuerdo, solicitar Hoja de reclamaciones y acudir a Consumo.

      Que ahora te digan que el vehículo está peor de lo que ellos pensaban entendemos que podría considerarse práctica abusiva. (¿que lo hubieran revisado mejor antes??? ya ves…)

      Animo y esperamos que lo puedas resolver amistosamente, y sino por la vía que haga falta, ya que no puede quedar así. Creemos firmemente que te han engañado.

      Salu2

  • Garcíá

    Hola, vendí mi coche a una casa de compraventa. Mirando la ficha de la DGT ví que se encuentra en situación de baja temporal pero sigue a mi nombre. ¿ es un procedimiento habitual?
    Gracias

  • German

    Hola tengo una consulta, si como particular vendes el coche a una compraventa, debes de ofrecer alguna garantía o.desde la venta estás exento, podrían reclamarte vicios ocultos más adelante si el coche sufriera alguna averia?

    • Hola

      Generalmente los compraventas saben muy bien lo que compran y a qué precio lo compran, no creas que se arriesgan.

      Además los revisan bien y saben en qué estado están.

      Lo que suelen hacer es ser meros intermediarios. Generalmente no transfieren el coche que entregas a su nombre, así lo venden de ti como particular, a otro particular, y así se saltan el tener que estar obligados a dar el año de garantía legal que como compraventas tienen que dar..

      Así que si al comprador le surge alguna avería, ellos generalmente salvo que sea pequeña cosa, no corren con el gasto.

      Y al comprador al no tener tus datos, ni telf de contacto tuyo, ni contrato de compraventa hecho contigo, le es complicado reclamarte a ti.

      Lo importante es que si vendes el coche a un compraventa, te asegures de que ese vehículo deja de estar a tu nombre. Solicita al compraventa contrato y acude tú mismo a Tráfico a realizar la Notificación de la Venta (sólo te costará 8€).

      Si no lo haces, y se lo venden a alguien que no lo transfiere, las multas te llegarán a ti (si circula sin seguro son 1.500€ y el problema es serio). Por el tema de la garantía no te preocupes.

      Salu2!

  • SONIA

    Hola. Al vender el coche al compraventa y firmar la factura emitida por dicho compraventa sin IVA incluyendo en dicha factura: factura emitida por el destinatario ¿tiene alguna repercusión para el vendedor?
    Gracias.

    • Hola

      Si eres un particular, no tienes que emitir factura. Así que el justificante que hayas firmado a los efectos no tiene consideración de factura como tal..

      Es importante que te asegures que el vehículo que le has vendido o bien deja de estar a tu nombre y se pone al suyo (que sería lo perfecto) o lo dan de baja temporal por transmisión..

      Si circulan con él estando sin seguro, o lo venden a otra persona que no lo transfiere mientras sigues siendo tú el titular podrías tener serios problemas (te llegarían a ti sus multas e impuestos, y circular por ejemplo sin seguro son 1.500€)

      Aseguráte bien del destino de tu coche.

      Salu2!

  • DESGUACES DUO 2000

    Tenemos la siguiente duda, nosotros compramos un vehículo y por ser compraventa estábamos exentos de impuesto si lo vendíamos dentro de un año, en uno de nuestros vehículos ese plazo no se cumplió por lo que se pago el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, dos años después queremos vender ese coche y nos surge la duda de como tenemos que realizar dicha venta.
    Normalmente se realiza la venta con factura en REBU pero en este caso nadie sabe aclararnos si también podemos vender en REBU o por haber pagado dicho impuesto y estar fuera de plazo tenemos que vender con Factura normal.
    quedamos a la espera de su respuesta, un saludo, gracias!

    • Como empresa, le recomiendo que haga una consulta en una asesoría fiscal.

      Aquí tratamos de ayudar en temas de consumidores y no estamos puestos en temas de empresas y de facturaciones.

      De todas formas, le dejo la normativa:

      normativa rebu

      Leyendo por encima, creo que lo puedes hacer, pero como le digo, asegúrelo haciendo una consulta en la asesoría fiscal.

      Salu2.

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