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30 de marzo de 2010

Lista de morosos y embargo de bienes y nómina

Si dejamos de pagar un crédito o deuda (préstamos personales, de cuotas de la hipoteca, tarjetas de crédito, el préstamo del coche…), además de incluirnos en la lista de morosos, nos reclamarán la deuda a través de los tribunales y seguramente nos embargarán los bienes presentes y futuros.

En estos casos conviene saber lo que pasará con la nómina si se tiene un trabajo y la cuantía del sueldo que será embargado. En este artículo trataremos aclarar estos puntos y crearemos una calculadora para determinar la cuantía de la nómina embargable.

¿Qué puede hacer una entidad acreedora ante un cliente moroso?

Una de las primeras acciones que pueden hacer las entidades acreedoras es inscribir al deudor en las llamadas lista de morosos. Ello conllevaría el inconveniente de no poder solicitar ningún tipo de préstamo bancario o hipoteca, ya que las entidades bancarias se lo denegarán.

Lo siguiente podría ser contratar los servicios de una empresa de cobros o ir ya por vía judicial.

En caso de tener deudas con administraciones públicas (multas de tráfico, impuestos,..), ¿qué procedimiento seguirían para reclamar la deuda?

Si el acreedor fuera una administración pública, enviarían antes de nada un aviso mediante procedimiento de apremio, comunicando de esta forma al deudor el plazo máximo que dispone para saldar la deuda pendiente.

Estas instituciones pueden ejecutar forzosamente sus propios actos y embargar bienes y derechos de los administrados sin tener que acudir a los Tribunales. La Administración puede proceder directamente al embargo, siempre que actúe de acuerdo con los procedimientos establecidos en la ley (artículos 93 a 101 de la Ley 30/1992)

¿Qué bienes serían embargables?

En el caso de que ambas partes no lleguen a un acuerdo en la forma de pago ante el juez, se podría sentenciar el embargo de bienes empezando por el dinero depositado en las cuentas corrientes, los sueldos, salarios, pensiones e ingresos procedentes de actividades y mercantiles autónomas suyos y de su cónyuge (dependiendo del régimen matrimonial), bienes materiales (coches, vivienda, joyas, etc)

¿Si no dispusiera de dinero en el banco, fondos, propiedades ni avalistas, ¿cómo le podrían reclamar la deuda pendiente?

En el caso de carecer de avalistas y de fondos suficientes para saldar las deudas, podrían sentenciar el embargo de la nómina, salario o pensión, aunque normalmente es una de las últimas medidas judiciales para el cobro de los impagos (salvo en el caso de las deudas o multas administrativas, o el impago de la pensión alimenticia o compensatoria en separaciones o divorcios).

¿Le podrían embargar la totalidad de la nómina?

Por Ley no se puede embargar la totalidad de la nómina excepto para el caso de hacer frente al pago de la pensión alimenticia de los hijos si los hubiera.

¿Qué cantidades máximas de la nómina le podrían embargar?

Los límites máximos de la nómina que le podrían embargar se fijan en función del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). El SMI se considera la cantidad mínima necesaria para poder subsistir.

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el 2017 es de 707,60 euros/mes.

Se establecen así unos tramos máximos embargables en función de su nómina:

  • Si el salario o pensión es de hasta 2 veces el SMI (1.415,20) se embargará el 30% de lo que excede de 707,60 euros.
  • Si el salario es hasta 3xSMI (2.122,80€) se embargará el 30% de lo que pase de 707,60 y el 50% de lo que supere los 1415,20 euros.
  • Si el salario es de hasta 4xSMI (2.830,40€) se añadirá a los anteriores tramos el embargo del 60% de lo que exceda de 2.122,80 euros.
  • Si el salario es de hasta 5xSMI, se sumará a lo anteriormente dicho el embargo del 75 % de la cantidad que exceda de 2.830,40 euros.
  • Si el salario o pensión supera cinco veces el SMI, se sumará a lo anteriormente dicho el embargo del 90 % de la cantidad que exceda de 3.538,0 euros.

Calculadora para calcular la nómina embargable

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1.127 comments to Lista de morosos y embargo de bienes y nómina

  • besay

    yo estoy cobrando 426 euros de ayuda , y me estan embargando 340 euros ¿ eso es legal ?

  • jose angel rodriguez santana

    despues de impuestos y de una retencion por alimentos de 360e cobro ,liquido1375e cuanto me podrian embargar? gracias de antemano .Saludos

  • manolo

    me pueden embargar por una deuda de 290 euros con una compañia de telecomunicaciones.

    • En primer lugar te pueden incluir en la lista de morosos y si dicha entidad emprende acciones legales, por decisión judicial te pueden embargar tus bienes para cubrir la deuda y las gastos de reclamación.

      Salu2.

  • Lila

    Voy a hacer la declaración de la renta este año junto con mi marido y no sabemos si incluir a mi suegra, que es viuda, y por tanto pensionista. Cobra de pensión 540 euros, pero el problema es que hace ya muchos años es morosa, creo que con un banco y no se si tiene algo también pendiente en la administración. Supongo que meterla a ella en nuestra declaración nos será rentable, pero ¿puede ser perjudicial para su hijo y para mi meterla? Gracias.

    • Haz las simulaciones oportunas para determinar cómo os sale mejor el resultado global al incluirla o no en la declaración.

      El hecho que sea morosa no influye ni perjudica la forma de hacer las declaraciones.

      Salu2.

    • Lila

      Estoy en ello, haciendo simulaciones, aunque creo que será lógico que nos salga mejor con ella. Mi pregunta es si nos sale a devolver a ver si por ser ella morosa no nos van a dar el importe de la devolución, o incluso, si por declarar que vive con nosotros nos van a querer cobrar las deudas a nosotros. ¿Sabe de este tema en concreto con seguridad?

    • Legalmente nadie te puede exigir nada por que su suegra morosa viva con vosotros. Incluso en un matrimonio con separación de bienes, las deudas de uno de los cónyuges es exclusivo de uno de ellos y no pueden reclamar nada al otro cónyuge.

      En cuanto al otro tema de que si el resultado sale a devolver, hacienda pueda reteneros el dinero para pagar la deuda, yo creo que no; pero si quieres estar segura y evitar cualquier problema, no la incluyas o consúltalo a un abogado.

      Salu2.

  • JUAN JOSE

    a una persona discapacitada superior al 65 por ciento , y su hijo tanbien discapacitado con 70 por ciento, le pueden embargar la pension no contributiba

    • La pensión se considera como un ingreso más, y es embargable dentro de los límites establecidos.

      Utiliza la calculadora para determinar la cuantía que le podría embargar.

      Salu2.

  • richard

    Si tienes una deuda contraida con una empresa de cobros impagados, ¿te puede conceder un credito el banco con el que tienes la nómina?

  • sergio

    he leido en la prensa que han reformado los tramos para embargar la nomina por favor sabrias el contenido de la nueva ley grcias

  • Los tramos vigentes son los que está descritos en el artículo.

    Salu2

  • ivan

    Hola,tenia una deuda con Telefonica ,pero hace tres meses la he cancelado(he pagado todo),pero sigo estar en una lista de morosos .Como puedo hacer que me borran de esta lista.
    Saludos
    Ivan Kutse

    • Hola Iván

      En el propio artículo hay un recuadro azul con enlaces a información sobre los principales tipos de listados de morosos que existen.

      En concreto en el que te indicamos a continuación te indicamos cómo ponerte en contacto con cada una de estas empresas (ASNEF, CIRBE, RAI, equifax..).

      Tendrás que ponerte en contacto con ellas, y solicitar los datos para saber si estás incluído y en ese caso pedir la solicitud de cancelación presentando el justificante de pago de la deuda pendiente para que te borren.

      Listado de morosos: ¿cómo saber si estoy incluido y cómo salir?

      De todas formas, en el recuadro al principio del artículo puedes ver un enlace también a la Ley de protección de datos en lo referente a este tema, ya que muchas empresas lo incumplen incluyendo los datos de forma ilegal en ficheros de este tipo, y puede ser sancionable.

      Salu2!

  • Hola Iván

    En el propio artículo hay un recuadro azul con enlaces a información sobre los principales tipos de listados de morosos que existen.

    En concreto en el que te indicamos a continuación te indicamos cómo ponerte en contacto con cada una de estas empresas (ASNEF, CIRBE, RAI, equifax..).

    Tendrás que ponerte en contacto con ellas, y solicitar los datos para saber si estás incluído y en ese caso pedir la solicitud de cancelación presentando el justificante de pago de la deuda pendiente para que te borren.

    Listado de morosos: ¿cómo saber si estoy incluido y cómo salir?

    De todas formas, en el recuadro al principio del artículo puedes ver un enlace también a la Ley de protección de datos en lo referente a este tema, ya que muchas empresas lo incumplen incluyendo los datos de forma ilegal en ficheros de este tipo, y puede ser sancionable.

    Salu2!

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