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30 de marzo de 2010

Lista de morosos y embargo de bienes y nómina

Si dejamos de pagar un crédito o deuda (préstamos personales, de cuotas de la hipoteca, tarjetas de crédito, el préstamo del coche…), además de incluirnos en la lista de morosos, nos reclamarán la deuda a través de los tribunales y seguramente nos embargarán los bienes presentes y futuros.

En estos casos conviene saber lo que pasará con la nómina si se tiene un trabajo y la cuantía del sueldo que será embargado. En este artículo trataremos aclarar estos puntos y crearemos una calculadora para determinar la cuantía de la nómina embargable.

¿Qué puede hacer una entidad acreedora ante un cliente moroso?

Una de las primeras acciones que pueden hacer las entidades acreedoras es inscribir al deudor en las llamadas lista de morosos. Ello conllevaría el inconveniente de no poder solicitar ningún tipo de préstamo bancario o hipoteca, ya que las entidades bancarias se lo denegarán.

Lo siguiente podría ser contratar los servicios de una empresa de cobros o ir ya por vía judicial.

En caso de tener deudas con administraciones públicas (multas de tráfico, impuestos,..), ¿qué procedimiento seguirían para reclamar la deuda?

Si el acreedor fuera una administración pública, enviarían antes de nada un aviso mediante procedimiento de apremio, comunicando de esta forma al deudor el plazo máximo que dispone para saldar la deuda pendiente.

Estas instituciones pueden ejecutar forzosamente sus propios actos y embargar bienes y derechos de los administrados sin tener que acudir a los Tribunales. La Administración puede proceder directamente al embargo, siempre que actúe de acuerdo con los procedimientos establecidos en la ley (artículos 93 a 101 de la Ley 30/1992)

¿Qué bienes serían embargables?

En el caso de que ambas partes no lleguen a un acuerdo en la forma de pago ante el juez, se podría sentenciar el embargo de bienes empezando por el dinero depositado en las cuentas corrientes, los sueldos, salarios, pensiones e ingresos procedentes de actividades y mercantiles autónomas suyos y de su cónyuge (dependiendo del régimen matrimonial), bienes materiales (coches, vivienda, joyas, etc)

¿Si no dispusiera de dinero en el banco, fondos, propiedades ni avalistas, ¿cómo le podrían reclamar la deuda pendiente?

En el caso de carecer de avalistas y de fondos suficientes para saldar las deudas, podrían sentenciar el embargo de la nómina, salario o pensión, aunque normalmente es una de las últimas medidas judiciales para el cobro de los impagos (salvo en el caso de las deudas o multas administrativas, o el impago de la pensión alimenticia o compensatoria en separaciones o divorcios).

¿Le podrían embargar la totalidad de la nómina?

Por Ley no se puede embargar la totalidad de la nómina excepto para el caso de hacer frente al pago de la pensión alimenticia de los hijos si los hubiera.

¿Qué cantidades máximas de la nómina le podrían embargar?

Los límites máximos de la nómina que le podrían embargar se fijan en función del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). El SMI se considera la cantidad mínima necesaria para poder subsistir.

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el 2017 es de 707,60 euros/mes.

Se establecen así unos tramos máximos embargables en función de su nómina:

  • Si el salario o pensión es de hasta 2 veces el SMI (1.415,20) se embargará el 30% de lo que excede de 707,60 euros.
  • Si el salario es hasta 3xSMI (2.122,80€) se embargará el 30% de lo que pase de 707,60 y el 50% de lo que supere los 1415,20 euros.
  • Si el salario es de hasta 4xSMI (2.830,40€) se añadirá a los anteriores tramos el embargo del 60% de lo que exceda de 2.122,80 euros.
  • Si el salario es de hasta 5xSMI, se sumará a lo anteriormente dicho el embargo del 75 % de la cantidad que exceda de 2.830,40 euros.
  • Si el salario o pensión supera cinco veces el SMI, se sumará a lo anteriormente dicho el embargo del 90 % de la cantidad que exceda de 3.538,0 euros.

Calculadora para calcular la nómina embargable

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1.127 comments to Lista de morosos y embargo de bienes y nómina

  • Milton Tablas

    Tengo una duda: poseo una «beca-prestamo sin retorno de capital» fraccionada a 24 meses para una Maestría en línea (no resido en España), la cual no me es posible seguir pagando.

    ¿Que implicaciones tendría no pagar? ¿Pueden reportarme a alguna central de riesgo o solamente seré moroso para la Universidad?

    Gracias de antemano.

    • Milton Tablas

      Aclaro, la deuda es por menos de 3,000 euros.

    • Generalmente estas cosas no lo gestiona la Universidad, sino que a través de la Universidad, una entidad financiera te ha financiado tu curso y es a ellos a quien estás pagando y dejarás de pagar.

      Ellos te meterán en una lista de morosos y no podrás salir de ella hasta que pagues la deuda y los gastos de reclamación o hasta que pase 6 años.

      Salu2.

  • Francisco jose ventura

    Me han descontado de la nomina 480 euros por otras deducciones y no se si es un embargo no me han notificado nada

  • Rafael

    Hola tengo embargo de Hacienda y tengo que cobrar indemnización de accidente trágico del seguro
    Se embarga automaticamenteautomáticamente
    Todo
    O parcial
    Gracias

  • María

    Tenemos que abonar de forma solidaria? 50.000 euros una constructora y yo. Ella ha cambiado de nombre, yo con una simple nómina, lo estoy soportando.Tengo alguna posibilidad de recuperar algùn dia la mitad del embargo?

  • MARIA DOLORES

    Me gustaría saber si a un alumno del taller de empleo, que cobra al mes el SMI + LA PARTE PROPORCIONAL DE LA EXTRA, se le puede embargar en nómina.

    Un saludo.

  • Maria

    ¿Querría saber cuanto nos pueden embargar de las pensiones?
    Yo 714€ y mi pareja 705€, con dos pagas extras y casados en gananciales y con un hijo. Gracias.

  • Maria

    Si he leído el articulo, pero mi pregunta es: es por separado las pensiones o la suma de las dos.

    Gracias.

    • Los embargos son unipersonales.

      Si el embargo proviene de un prestación a título de 2 personas, el embargo se establece a cada uno de ellos de forma independiente.

      Salu2.

  • Silvia

    Hola,
    No actualmente tengo un embargo en nomina por una deuda y tengo otro embargo en espera. Mi pregunta es: Si me surgiera la oportunidad de pagar la deuda, ¿tengo alguna penalizacion por pagarla? Por otra parte contactaria con mi juzgado para que me indicasen como proceder. Muchas gracias por vuestra atencion. Un saludo.

  • francisco

    tengo la nomina embargada por la seguridad social esto refleja en las listas de morosos y/o en el cirbe?

  • Francisco

    Tengo una deuda con hacienda de 2000 euros y mi pension es de 920 euros mensuales.
    cuanto me pueden embargar al mes?

    • Los embargos judiciales están limitados a los ingresos.

      En el caso de 920€, te pueden quitar 63€.

      Pero Hacienda va un poco diferente, van a por todo lo que hay en las cuentas.

      Salu2.

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