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20 de abril de 2010

Deducciones por Alquiler de vivienda habitual a nivel Estatal

Además de las deducciones por alquier de vivienda habitual que pudiera tener en las comunidades autónomas para el ejercicio 2009, los contribuyentes se pueden deducir el 10,05% de las cantidades satisfechas para el alquiler de la vivienda habitual a nivel estatal, siempre que su base imponible sea inferior a 24.020 euros anuales.

La base imponible del contribuyente se considera tanto los ingresos por el trabajo como los ingresos de capital.

La base máxima de esta deducción es de:

  • 9.015 euros anuales, cuando la base imponible sea igual o inferior a 12.000 euros anuales.
  • 9.015 – [0,75 x (BI – 12.000)], cuando la base imponible esté comprendida entre 12.000,01 y 24.020 euros anuales.

Siendo BI la base imponible del contribuyente.

Importante: Los contribuyentes cuya base imponible, en los términos anteriormente comentados, sea igual o superior a 24.020 euros anuales, en tributación individual o en tributación conjunta, no podrán aplicar la presente deducción.

Ejemplo:

Don M.A.V. tiene desde el ejercicio 2006 su vivienda habitual en alquiler. En el ejercicio 2009 ha satisfecho por este concepto al arrendador la cantidad de 6.960 euros anuales.

La base imponible general del contribuyente en el ejercicio 2009, que tributa de forma individual, ha ascendido a 16.820,50 euros y la base imponible del ahorro a 612,25 euros.

Determinar el importe de la deducción por el alquiler de la vivienda habitual en el ejercicio 2009.

Solución:

  • Cantidades satisfechas por el alquiler de la vivienda habitual ……………………………….. 6.960,00
    Base máxima de la deducción: Al ser su base imponible superior a 12.000 euros, la base máxima de deducción se determinará restando de 9.015 euros el resultado de multiplicar por 0,75 la diferencia entre la base imponible y 12.000 euros anuales.
  • Es decir: 9.015 – [0,75 x (17.432,75 – 12.000)] …………………………………………….. 4.940,44
  • Importe de la deducción (4.940,44 x 10,05%) …………………………………………………. 496,51
  • El importe de la deducción así determinado se hará constar en la casilla 716 de la página 13 de la declaración.

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128 comments to Deducciones por Alquiler de vivienda habitual a nivel Estatal

  • Susana

    Hola,

    A mi a pertir del mes que viene me empezarán a dar ayuda al alquiler la de 210E mensuales…
    Cómo va a afectar esto en mi próxima declaración??

    Gracias,
    Salu2

    • Las ayudas del alquiler computa como ganancias patrimoniales y forman parte de la base imponible ganeral sujeto a impuestos.

      El tipo de gravamen aplicado es el tipo marginal que van desde el 24% hasta 43% en función de los ingresos de la persona que tributa.

      Salu2.

  • luis

    hola muchas gracias por estar ahi y sacar de dudas a tanta gente como yo.
    gracias a vosotros he podido despejar mis dudas y ahora soy una persona informada. gracias gracias gracias
    un saludo

  • Mjose

    Hola, tengo un piso alquilado a estudiantes, y tanto ellos como yo podemos acogernos a las deducciones en la renta por alquiler de vivienda. Mi duda es que aunque sí tenemos un contrato de alquiler firmado por ambas partes, no hemos depositado la fianza en el Registro de la Generalitat valenciana. ¿Podemos declarar el alquiler aunque no hayamos hecho este trámite? Muchísimas gracias por la información.

  • Elvira

    Buenos días,

    en 2009 he pagado de alquiler 5.000 euros, vivo sola en la vivienda.

    vivo en madrid capital

    quería saber cuanto me corresponde de devolución, por favor.

    Muchas gracias.

    • Eso depende de tus ingresos anuales que hayas tenido.

      También decirte que en la Comunidad Autónoma de Madrid también tiene desgravaciones por alquiler compatible con la estatal para jóvenes menores de años.

      A lo largo del día de hoy, vamos a poner las condiciones para las deducciones autonómicas del alquiler para la declaración de la renta del año 2009.

      Salu2.

  • Esther

    Buenos días.
    Tengo una gran duda…
    El año pasado estuve viviendo 9 meses en una vivienda y los 3 ultimos en otra.
    en la primera vivienda no se deposito la fianza en el IVIMA (Madrid) y segun tengo entendido para poder desgrabartelo (la parte autonomica) es necesario…ya no se puede hacer nada?.
    Yo He estado recibiendo la RBE de esa vivienda, no entiendo que si se den las ayudas pero a la hora de desgravarte te pidan eso….
    muchas gracias.

  • Elvira

    bién mis ingresos son menores de 24000 euros, y tengo más de 35 años,

    el programa de hacienda me da un 5% del importe pagado, pero el año pasado me daban un 10%…

    a ver qué puedo esperar este año,

    muchas gracias y un saludo,

    • Cuando las rentas se aproximan a los 24.000€ las deducciones se disminuyen de forma gradual.

      Utilice el método descrito en el artículo para calcular las deducciones a lo que tiene derecho.

      Salu2.

  • Elvira

    muchas gracias por la ayuda, ya sigo la pista que es la matemática a aplicar,

    está muy claro,

    muy amables, saludos,

  • mery

    Si pago mensualmente una cantidad como alquiler de una vivienda de proteccion oficial, que en realidad es para comprarla, se deduce el gasto? y como sería esta deducción, en que luegar de la declaración se pone?

  • mery

    Se me presenta el caso de una pareja, que no está casada ni es pareja de hecho, que están viviendo juntos en regimen de alquiler.
    Ella pagó sóla un alquiler durante los primeros 6 meses de 2009, además recibía una ayuda del estado.
    A partir de Julio se va a vivir con su novio de alquiler en otra vivienda distinta, por la que no recibe ayuda y pagan a medias. El contrato está a nombre de los dos.
    Al realizar la declaración de cada uno, en la parte estatal puedo deducir dos alquileres pero en la adicional de la comunidad autónoma, este caso Canarias, sólo uno. Y no sé que hacer con el caso de ella, porque son dos alquileres distintos y por lo tanto dos NIF que no me permite la CC.AA poner (sólo uno.
    A parte, ellos al no estar casado ni ser pareja de hecho pueden dividir los gastos del alquiler y cada uno declarar su parte ¿?
    Gracias

    • El alquiler por la vivienda lo puedes dividir entre 2 y que cada uno se deduzca la mitad.

      En cuanto a cómo meter los 2 cifs, creo que lo mejor es que llamas a la Agencia Tributaria y ellos te informarán cómo lo tienes que hacer.

      Salu2.

  • J. Carlos

    Buenas noches!
    Vivo en un pueblo de Barcelona, el alquiler que pague el año pasado, debo deducirlo de la parte estatal, de la autonimica o de ambas?
    Un saludo y gracias

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