Desde la entrada en vigor de la Nueva Ley de Tráfico en Mayo del 2010, cada infracción leve cometida conllevará una multa de 100 euros. Conozca qué infracciones son tratadas como leves, graves o muy graves, y cuáles de ellas conllevan la mayor pérdida de puntos del carnet de conducir.
¿Cuál será la cuantía de las multas con la Nueva Ley de Tráfico en vigor desde le 25 de Mayo de 2010?
- Infracciones leves serán sancionadas con multa de hasta 100 euros
- Infracciones graves con multa de 200 euros
- Infracciones muy graves con multa de 500 euros.
Las infracciones por no respetar los límites de velocidad se sancionarán con las multas descritas en el artículo Multas por exceso de velocidad (ver enlace en Cuadro anexo).
¿Qué infracciones se considerarán leves?
Se considerarán infracciones leves las siguientes:
- Realizar paradas (de más de dos minutos) en pasos de cebra o zonas de uso exclusivo para minusválidos.
- Que los ciclistas circulen sin elementos reflectarios o alumbrado homologado.
- Circular con menores de 12 años situados en los asientos delanteros salvo que se empleen los elementos de seguridad homologados.
- Circular con menores de 7 años en motocicletas. Se permite circular a los mayores de 7 años siempre que los conductores sean los padres o tutores o persona que éstos hayan autorizado, utilicen casco homologado y su estatura les permita apoyar los pies en los estribos.
- Utilizar mientras se está conduciendo teléfonos móviles y emisoras de radio salvo que se disponga de un sistema de ‘manos libres’ que no requiera manipulación.
- Supone igualmente una infracción leve realizar cualquier tipo de señal para alertar a los conductores de la presencia de las autoridades.
¿Esas infracciones conllevarán retirada de puntos?
Todas las infracciones ya sean del tipo que sean (leves, graves o muy graves) conllevarán multa económica, pero no todas implicarán retirada de puntos de conducir.
Puede ver todas las infracciones que conllevan retirada de puntos, y cuántos puntos restarían en el siguiente enlace:
Artículos relacionados:
Ayer me multaron en Ceuta por hablar por movil por importe de 200eur y retirada de 3puntos. ¿ no tendría que ser 100eur por ser leve?
Pd: fue la policia local, no la guardia civil
Hola Isma.
Según la Nueva Ley de Tráfico:
4. Son infracciones graves:
<..>g) Conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación.
Con lo cual según eso sí que correspondería la sanción que te han impuesto.
Salu2
hola, me llamo susana y desearia haceros una consulta sobre una multa que me han puesto hoy 23-05-2011.POR ESTAR APARCADA AL LADO DE UNA PLAZA RESERVADA DE MINUSVALIDOS ,ESTANDO FUERA DE ESTA, SIN TOCAR LA LINEA CON LA QUE ESTA DELIMITADA.HECHO FOTOS COMO PRUEBA QUE MI COHE NO INVADIA NINGUNA ZONA DE MINUSVALIDOS NO TOCABA NI LA RAYA DE SEPARACION SOBRE ESTE .¿QUE PUEDO HACER ES LA PRIMERA VEZ QUE ME SUCEDE ALGO ASI?
GRACIAS.
Hola.
Tal como te deben indicar en la notificación que te hayan enviado, dispones de un plazo de 20 días naturales para efectuar el pago, con la reducción, o para formular las alegaciones y proponer las pruebas que estime convenientes.
En este caso, te indicarán en la notificación los lugares, oficinas o dependencias donde puede presentarlas. Así que tendrías que hacer un escrito para recurrir aportnado como prueba las fotos que tengas.
Lo único es que en el caso de que no lo resuelvan a tu favor, te tocaría abonar la sanción sin el descuento por pronto pago.
Leer más información en: Notificación de las sanciones y multas de Tráfico: procedimiento
Salu2
Me acaban d poner una multa x hablar x telefono hoy 12/7/2011,tiene reducción por pronto pago?.gracias
Sí, claro que sí. La reducción es del 50% del importe.
Te tiene que venir indicado en la notificación de la sanción.
Salu2
Buenas tardes. Me han puesto una multa de 200 Euros por «estacionado en zona reservada a vendedores del mercado de abastos sin autorización a la vista» la zona es un pequeño descampado fuera de la vía pública(de hecho pone que el coche está aparcado en dos calles próximas, pero no donde realmente estaba), por lo que entiendo no entraría en ningún epígrafe de las sanciones graves. Además la identificación del agente es ilegible
Hola Marcos.
Puedes intentar recurrir, pero no es seguro que te lo den de paso y perderías el descuento del 50% por pronto pago.
Tendrás que decidir si te compensa arriesgarte o no..
En estos momentos hay que tener mucho cuidado con dónde se deja el coche, ya que hay que recaudar y en cuanto te despistes, te llevas una multa.
Salu2
Hola,
la policia local me han puesto una multa por aparcar en zona de carga y descarga ( 200 EUR), pero
No indican la norma infringida ( aunque insdican zona de carga y descarga)
Indican la calle pero s/n, con lo cual puede ser en cualquier lugar ( es bastante larga)
El color del coche tampoco se indica
y por ultimo, este tipo de multa no es leve? y en ese caso el importe max, no son 100 EUR?
Bueno, hay algún punto por donde poder recurrir?
Muchas gracias!
Ana
Me parece que no puedes hacer nada…
Haz el pronto pago para obtener el descuento del 50%.
Salu2
ayer aparqué el coche en el arcen de una carretera nacional y puse los intermitentes de emergencia y lo deje ahi un rato, vino la guardia civil y me tomo datos, yo no estaba pero les veia de lejos y esperé a que se fueran
que me podria pasar? me multaran por aparcar en el arcen?
que supone eso?
gracias
Lo más probable es que te pongan multa de 200€ (100€ con el importe reducido por pronto pago), auqnue no te podemos confirmar muy bien el concepto. Para eso tendrás que esperar a que te llegue la notificación de la sanción.
Por ejemplo:
-> multa 200€
-> multa 200€
Salu2
Hola
Hoy me han puesto una multa por estacionar en un lugar prohibido por señal vertical. En la multa no se especifica la cuantía de la misma. Me gustaría preguntaros si sabeís de cuanto podría ser.
Gracias
Hola.
Ese tipo de sanciones son de 200€ (100€ con importe reducido) y no conlleva retirada de puntos.
Salu2
Buenos días,
Mi consulta es la siguiente.
Desde que cometes la infracción hasta que te quitan los puntos, cuánto tiempo pasa???
Muchas gracias
Buenos días.
No podemos confirmarte en cuánto tiempo en concreto se hace efectivo.
Pero puedes vigilar tu saldo de puntos para ver si ya te los han quitado consúltandolo online a través de:
DGT-Consulta de puntos vía online.
Salu2
Hola, quería haceros unas preguntillas, a mi novio le ha llegado una multa de tráfico en la cual le dicen que ha cometido una infracción por circular a 104 km/h en una zona en la que había que circular a 50 km/h como máximo, quisiera saber …¿esta denuncia conlleva la retirada del carnet?y…¿podría denunciarlo también por conducción temeraria?¿esto conllevaría carcel?…Se que no lo hizo bien conduciendo a esa velocidad, pero estoy algo intranquila por esto. Gracias por adelantado.
Hola.
En este caso correspondería como mínimo una sanción de retirada de 6 puntos y 600€ de sanción económica.
Multas por exceso de velocidad vehículos
Para que sea delito, tendría que haber circulado a velocidad superior en 60km/h en vía urbana (poco ha faltado…). Y en ese caso las penas serían bastante más graves… Puedes verlas en:
Delitos Seguridad Vial: exceso velocidad y conducción con alcohol o sin carnet
Si no circulaba haciendo zigzag o de forma rara, no correspondería infracción también como conducción temeraria.
Así que si aún le quedan puntos después de que le quiten esos 6 puntos ahora, no perderá el carnet y todo quedará en sanción administrativa, pero ha quedado cerca de que fuera delito, tener que ir a juicio, pagar abogados y procurador, y todas las penas que ello conllevaría…
Salu2
QUÉ MARGEN DE TOLERANCIA, ES EL QUE LEGALMENTE DEBE APLICAR LA D.G.T., EN UNA SUPUESTA INFRACCIÓN POR EXCESO DE VELOCIDAD ?
EN PRINCIPIO, DEBERÍA SER IGUAL, TANTO EN RADARES MÓVILES COMO EN FIJOS; PERO EL MARGEN DE TOLERANCIA QUE APLICAN, DEBERÍAMOS CONOCERLO, SIN AMBIGÜEDADES.
Muchas gracias e.t.r.
Puedes ver esa información publicada en el BOE: http://www.boe.es/boe/dias/2010/12/03/pdfs/BOE-A-2010-18556.pdf
Pero no te servirá de mucho, ya que no deja nada claro ni concreto..
En cualquier caso, en la sanción que recibas se suponen ya aplicados esos márgenes de tolerancia, y no tendrás forma de demostrar si te lo han aplicado bien o no. Sçolo podrás reclamar si el cinemómetro no hubiera pasado las revisiones periódicas oficiales.
Salu2