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29 de julio de 2010

Ayudas para la rehabilitación de la vivienda y edificios

Recientemente se ha puesto en marcha La Plataforma Social para el fomento de la Rehabilitación, la Accesibilidad y la Eficiencia energética y se han comprometido a abonar las subvenciones a las reformas en el plazo de dos meses tras la terminación de las obras.

Parece que el enfoque del ejecutivo sea la de potenciar las ayudas a la rehabilitación, ya que por otro lado, la Ministra de Vivienda ha anunciado la supresión de la AEDE, Ayuda Estatal Directa a la Entrada (compra de VPO). Además, en 2011 y 2012, no se renovará la subvención para las ventanillas únicas, se suprimirá la subvención a promotores para la urbanización o adquisición de suelo y se rebajará el 40% de las subvenciones para la promoción de vivienda protegida en alquiler.

¿Qué se entiende por rehabilitación?

Edificios:

  • Adecuación estructural: obras que garanticen la seguridad en la estructura del edificio.
  • Adecuación funcional: obras que proporcionen al edificio condiciones suficientes de acceso, estanquidad frente a la lluvia y humedad, aislamiento térmico, redes generales de agua, gas, electricidad, telefonía, saneamiento, etc.

Viviendas:

  • Conseguir condiciones mínimas de superficie útil, distribución interior, instalaciones de agua, electricidad, gas, ventilación, iluminación natural y aireación, aislamiento térmico y acústico.
  • Obras para ahorrar consumo energético o adaptación a la normativa vigente en materia de agua, gas, electricidad, protección contra incendio, saneamiento o supresión de barreras arquitectónicas.
  • Ampliación del espacio habitable, según planteamiento urbanístico, hasta 120 m2 útiles.

¿Qué requisitos hay que cumplir los inmuebles?

Los requisitos son:

  • Antigüedad mínima de 15 años (excepto supresión de barreras arquitectónicas a personas con discapacidad o para adaptación de instalaciones a la normativa técnica, si esta es posterior a la fecha de terminación del edificio)
  • Que los edificios sean adecuados estructural y funcionalmente o que alcancen dicha adecuación con la rehabilitación que se va a realizar.

Si es para edificions además ha de cumplir:

  • La superficie útil destinada a vivienda, sea como mínimo el 60% de la superficie útil total del edificio (excluida la planta baja cuando no se destine a vivienda).
  • Si se modifica la superficie útil destinada a viviendas, que esta no supere nunca 120 m2.

¿Qué requisitos hay que cumplir los destinatarios de las ayudas?

Las personas que pueden recibir las ayudas son los usuarios de las viviendas, sean propietarios o arrendatarios y las comunidades de propietarios:

  • Las condiciones generales para acceder a la financiación cualificada.
  • Rehabilitación de edificios: que al menos el 60% de los usuarios de las viviendas tengan ingresos familiares inferiores al 5,5 veces el SMI.
  • Rehabilitación de viviendas: que los ingresos familiares no superen 3,5 veces el SMI.

¿Cuáles son las ayudas?

Préstamos cualificados:

  • Podrá alcanzar la totalidad del presupuesto protegido.
  • Plazo máximo de amortización para la rehabilitación de edificios: 20 años, con un periodo de carencia de 3 años.
  • Plazo máximo de amortización para la rehabilitación de viviendas: 10 años, con un periodo de carencia de 1 año.
  • En el caso de rehabilitación de edificios, todos los usuarios de las viviendas podrán tener acceso a préstamos cualificados, aunque no cumplan los requisitos de ingresos familiares.

Subsidiación de préstamos:

El Ministerio de Vivienda puede subsidiar el podrá subsidiar los prestamos cualificados para la rehabilitación de edificios que figuran en el apartado anterior:

  • 20% de la cuota del préstamo, cuando el titular del préstamo sea el arrendatario o el propietario de una o varias viviendas en el edificio rehabilitado y sus ingresos familiares no superen 5,5 veces el SMI.
  • Este límite de ingresos no se exigirá cuando el titulara del préstamo sea el propietario de una o más viviendas arrendadas, con un contrato sujeto a prórroga forzosa y celebrado antes de la entrada en vigor de la LAU.

Subvenciones:

Rehabilitación de edificios:

  • 1.240 €: General
  • 3.100 €: Ingresos inferiores a 3,5 SMI
  • 3.410 €: Si además tienen mas de 65 años
  • 3.720 €: Para arrendadores sujetos a prórroga forzosa

Rehabilitación de viviendas:

  • Subvención del 25% del presupuesto protegido, con un máximo de 2.480 €
  • Si tiene más de 65 años, la subvención será del 35%, con un máximo de 3.100 €
  • Para arrendadores sujetos a prórroga forzosa: subvención del 35% , con un máximo de 3.410 €
  • 3.720 €: Para arrendadores sujetos a prórroga forzosa

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19 comments to Ayudas para la rehabilitación de la vivienda y edificios

  • ISMAEL MURO

    HOLA, VIVO EN CASTILLA LA MANCHA Y ME GUSTARIA SABER DONDE PUEDO DIRIGIRME PARA SOLICITAR LA AYUDA DE AHORRO ENERGETICO, MI VIVIENDA TIENE 30 AÑOS, MUCHAS GRACIAS

    • La Comunidad o Ciudad Autónoma en la que esté situado el edificio o vivienda, es la que efectúa el reconocimiento del derecho a recibir estas ayudas económicas en sus diversas modalidades de financiación cualificada.

      La solicitud de esta ayuda deberá dirigirse al órgano competente en materia de vivienda de la Comunidad Autónoma o de las Ciudades de Ceuta y Melilla y tramitarse de acuerdo con el procedimiento que se establezca en cada una de ellas.

      Salu2.

  • Jose Maria

    Hola buenos días vivo en Castellon y mi pregunta es la siguiente.
    Tengo una piso (ático) nuevo desde hace 3 o 4 años con un terraza-solariun abierto en la parte de arriba que se accede por una escalera de caracol(particular). Mi idea es hacer un cerramiento de aluminio para poder obtener una superficie aprovechable para poder vivir.
    Este tipo de obras, se puede considerar como ampliación de superficie útil?Podría ser el coste de esta obra deducible?.
    Muchas gracias.

  • maria campos

    hola.

    mi vivienda esta situada en una urbanizacion de mas de 60 años (Málaga). no vamos a pasar la ITE vivienda, ni en broma. ya hemos pedido presupuesto de fachada+fontaneria. nos saldra por vivienda en unos 3.000 euros. pero mi sueldo es de 1.000 euros, estoy contratada y mi marido es desempleado, y no cobra ningun tipo de prestacion social. a esto hay que añadirle que destinamos la mitad de mi sueldo a pagar la hipoteca. ¿podeis decirme a qué ayudas/subvenciones tenemos derechos? no tengo para pagar los 3.000 euros, y sabemos que el banco no nos va a dar el prestamo en nuestra situacion actual.

    muchas gracias.

  • Carmen

    Hola. Solicite una ayuda en el 2010 para obras de rehabilitacion de la fachada del edificio donde vivo, y hasta la fecha, el expediente esta en tramite. No entiendo como sacan ayudas, sin antes solucionar las que ya existen. Es normal? Un saludo

    • Sí, y muchas veces aunque solicite la ayuda, si se han gastado previamente el presupuesto… no lo cobrarás hasta que vuelva a tener presupuesto.

      Tienes que estar contínuamente reclamándolo para conseguir la ayuda.

      Salu2.

  • Carmen

    Hola. Entonces segun usted, tengo que estar continuamente llamando? Somos tres personas en el edificio, que solicitamos la ayuda.

  • mirian

    si compro una casa cn 40n 50 años q tipo d ayudas tengo? somos familia numerosa y la madre cn minusvalía superior al 33% la casa necesita reformas y dan alguna ayuda x comprar una vivienda ? gracias

  • Marga

    Hola. Mi consulta es cuando empieza el plazo en castilla la mancha para solicitar ayuda para obra de un baño y pasillo para que se quede dentro de la vivienda el baño y que requisitos piden?? La vivienda tiene más de 50 años y soy propietariaria junto con mis dos hermanos por herencia pero vivo yo en ella desde que naci.
    Gracias de antemano y un saludo

  • maria jesus

    compre una vivienda y la quiero rehabilitar no se que ayudas solicitar tengo minusvalía 65% mi higa un97% mi padre principio de demencia y mi madre minusvalía de 80% es para vivir todos en dos plantas hay alguna

    • Leete el artículo de arriba.

      También existen ayudas para adopción de la vivienda para minusválidos.

      La ayuda lo tienes que solicitar en tu Comunidad Autónoma: el organismo que gestione los temas de vivienda.

      Salu2.

  • Mari Carmen

    Hola, vivo en Malaga capital soy pensionista ,mi marido tiene 60 años y esta cobrando una ayuda de 423€ por estar desempleado , le han diagnosticado Parkinson y tenemos un hijo viviendo con nosotros también desempleado .Quisiera saber sí tenemos alguna ayuda económica para cambiar el cuarto de baño y hacerlo más accesible.Gracias de antemano

    • A nivel estatal se suprimió a partir de 1 de enero de 2013 la deducción por inversión en vivienda habitual. No obstante, podrán continuar practicando esta deducción aquellos contribuyentes que hubieran satisfecho cantidades con anterioridad a 1 de enero de 2013 para la realización de obras por razones de discapacidad en su vivienda habitual, siempre que estén terminadas antes de 1 de enero de 2017.

  • Mari

    Me sera inposible hacer la ite de mi vivienda a tiempo ya que le toca ya hacerla me queda de plazo hasta el 31 de Diciembre de este 2014 por tanto menos de dos meses ‘mi pregunta es’ puedo pedir mas tiempo o prroroga ya que aun no he podido empezar la reforma de mi casa?

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