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17 de agosto de 2010

Demanda de empleo o cartilla del paro.

Una de las obligaciones de los desempleados es que tienen que visitar periódicamente el Servicio de Empleo para renovar su demanda de empleo o poner al día su cartilla del paro y lo deben de hacer si quieren percibir tantos las prestaciones como los subsidios de desempleo.

El no cumplimiento de esta obligación conlleva penalizaciones desde 1 mes de ayuda, hasta la suspensión definitiva.

El procedimiento de la demanda de empleo es una competencia cedida a las comunidades autónomas y puede variar de unas comunidades a otras.

¿Cada cuánto tiempo se ha de renovar la demanda?

Generalmente son cada 3 ó 4 meses, y en la mayoría de los casos se ha de renovar en el día que figura en la cartilla del paro, aunque también sabemos que existe en determinadas comunidades cierta flexibilidad: Cataluña, Comunidad Valenciana …, pero recomendamos que se haga siempre en el día fijado, ya que nos pueden cortar las ayudas por no pasar correctamente este trámite.

¿Qué pasa si el día que tengo que renovar estoy hospitalizado?

Existen casos de fuerza mayor que eximen al desempleado de renovar la demanda de empleo en el día que corresponda, tales como enfermedad, siempre que se lleve un justificante médico que acredite esa situación.

¿Dónde hay que renovar la demanda?

Se ha de acudir al Servicio de Empleo correspondiente al domicilio habitual del desempleado.

También se permite realizar renovaciones telemáticas de la demanda que cada Comunidad Autónoma pone a disposición de sus ciudadanos. Para poder realizar este trámite vía Internet se requiere disponer de un certificado digital o el DNI electrónico.

¿Qué penalizaciones pueden imponer por no renovar la demanda?

Las penalizaciones dependen de la reincidencia y tipo de ayuda que se está percibiendo. La penalización más baja es de 1 mes de ayuda, que se va incrementando en función de la reincidencia.

En el caso de la RAI, supone la suspensión definitiva de las ayudas.

Recuerda que ellos siempre se acogen a “no conocer una ley no te exime de cumplirla”.

Consulta aquí detalladamente las penalizaciones por no renovar la demanda de empleo.

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