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20 de septiembre de 2010

El recibo del Impuesto municipal de Circulación IVTM ya no será necesario en 2011

A partir del 2011, se suprime en Tráfico la exigencia de tener que presentar el recibo del Impuesto Municipal de Circulación en Tráfico para realizar cualquier cambio de titularidad en la compra venta de vehículos.

Se elimina así el problema de no encontrar dicho recibo o de que el vendedor no nos lo entregue al comprar un coche de ocasión.

¿A partir de qué fecha ya no se requerirá?

A partir del 1 de Enero de 2011, ya no será necesario que el ciudadano tenga que presentar el recibo del pago del Impuesto Municipal de Circulación (también llamado Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica IVTM) para realizar trámites y gestiones relacionados con su vehículo en la Jefatura de Tráfico.

¿Ya no será necesario presentarlo en las compraventas de vehículos entre particulares?

Efectivamente. Una vez que entré en vigor esta medida, ya no será necesario presentar dicho recibo a la hora de transferir o vender su vehículo, o adquirir un coche de ocasión.

¿Cómo controlará entonces Tráfico que este Impuesto de Circulación esté abonado?

A partir de esa fecha, las Jefaturas Provinciales de Tráfico realizarán los cambios de titularidad de los vehículos siempre que no figure en el historial de los mismos el impago del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al año inmediatamente anterior a la realización del trámite.

Excepciones:

  • Sólo se requerirá presentarlo a aquellos que consten como impagados en el Registro de Vehículos por haber sido comunicados por el propio municipio. En estos casos, mientras no se presenté no se procederá a realizar el trámite de cambio de titularidad en una compra venta de vehículos por ejemplo.

Tampoco es necesario presentarlo para solicitar duplicados del Permiso de Circulación ni Bajas del vehículo.

En el 2006 se modificó la Ley de Haciendas Locales y desde entonces:

  • Ya no se exige el Impuesto municipal de Circulación (IVTM) en duplicados y bajas;
  • Y en los cambios de titularidad, basta con presentar el recibo del año anterior al trámite, y no el del año en curso. (desde el 2011 como hemos explicado, ya no será necesario presentarlo para ese trámite tampoco)

Los Ayuntamientos tendrán que implantar el procedimiento telemático con Tráfico.

Para llevar a cabo esta medida es necesario que el Ayuntamiento tenga establecido ya un procedimiento telema?tico por el que a final de cada an?o remita informa?ticamente al Registro de Vehi?culos de Tra?fico los impagos del impuesto municipal del ejercicio.

Respecto de los Ayuntamientos que todavi?a no hayan implantado este sistema de comunicacio?n telema?tica con Tra?fico, desde el 1 de enero de 2011 se permite el cambio de titularidad sin exigir el recibo, aunque la Jefatura no pueda comprobar si se ha pagado o no.

Corresponde al Ayuntamiento cancelar la anotacio?n de impago en el Registro para poder liberar los cambios de titularidad. No obstante, las Jefaturas Provinciales de Tra?fico podra?n efectuar los cambios de titularidad presentando el justificante acreditativo del pago.
Ley reguladora:

  • La Resolución de 9 de julio de 2010, publicada en el BOE de 23/07/2010, de la Dirección General de Tráfico, sobre comunicación informática al Registro de Vehículos del impago de la deuda correspondiente al Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, ha establecido la fecha de 1 de Enero de 2011 como la fecha de inicio de la no exigencia en general del IVTM en las Jefaturas provinciales de Tráfico

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Para ello es necesario que el Ayuntamiento tenga establecido ya un procedimiento telema?tico por el que a final de cada an?o remita informa?ticamente al Registro de Vehi?culos de Tra?fico los impagos del impuesto municipal del ejercicio.

70 comments to El recibo del Impuesto municipal de Circulación IVTM ya no será necesario en 2011

  • LUIS

    TENGO LA SIGUIENTE DUDA ACABO DE VENDER UN COCHE EL CUAL ESTABA PARADO COMO UN AÑO EN LA CALLE Y ESTABA BASTANTE DETERIORADO LO VENDI CON LA CONDICION DE QUE EL COMPRADOR PAGARA EL IMPUESTO MUNICIPAL DE VARIOS AÑOS, GOLPES QUE EL COCHE TENIA ASI COMO LA ITV, ETC. MAS ESTA PERSONA HICIMOS UN CONTRATO DE COMPRA Y VENTA Y TAMBIEN ME DEJO SU DNI. EL VEHICULO SE LO LLEVO PARA ARREGALRA LOS DESPERPERFECTOS QUE EL VEHICULO TENIA, MAS MI PREGUNTA ES ¿QUE DEBO HACER PARA ASEGURARME DE QUE EL VEHICULO ESTA YA A SU NOMBRE Y NO TENDRE PROBLEMAS EN EL FUTURO?

    • Hola LUis.

      Mientras ese vehículo sté a tu nombre como titular, serás responsable de lo que con él suceda y te llegarán a ti las sanciones (que circule sin ITV, multas de radar, que circule sin seguro y demás…)

      Con lo cual es muy importante que si has acordado con él en que te iba a abonar el Importe de los impuestos municipales, te de ese dienro para que puedas abonarlos.

      Hecho esto podrás realizar en Tráfico la Notificación de venta o transmisión de vehículo

      Hecha la Notificación de Venta en Tráfico, quedarás ya exento de cualquier responsabilidad de lo que con ese coche suceda (lo transfiera o no el comprador)

      Aunque la ITV no esté pasada, se puede realizar la notificación de venta o transferir igualmente, así que por eso no te preocupes.

      Realiza este trámite cuanto antes para eviatr problemas mayores.

      Salu2

  • Jaime Ru iz

    Me he dado cuenta de que llevo sin pagar varios años el impuesto de circulación. Ahora que quiero vender el coche y estoy revisando los papeles lo he visto. ¿Qué debo hacer para poder venderlo?
    Gracias

    • En el caso de que figuren esos impuestos como impagados en la base de datos de Tráfico, no te permitirán transferir el vehículo mientras no presentes el justificante de haberlos pagado.

      Puedes acudir a Tráfico y comprobar si aparecen como impagados solicitando el historial de tu coche y confirmando si hay alguna limitación sobre él para poder transferirlo.

      Tendrías que acudir a que te indiquen cómo abonarlos al Ayuntamiento de la localidad que figure en el Permiso de Circulación de tu coche.

      Salu2! y suerte con la venta.

  • Ernesto

    El IVTM, al momento de pagarlo, setoy pagando el año que ya pasó o el que viene. Saludos

    • En el momento de pagar el IVTM, estarías pagando el Impuesto del año en curso.

      Es decir, este año te toca pagar el del 2012 (de Enero a Diciembre), lo que pasa es que en cada Ayuntamiento lo cobran en un mes diferente, pero ese sería siempre el periodo cubierto en todos los casos.

      Salu2

  • carlos

    buenas tardes, fui hacer el cambio de nombre de un vehiculo con el impuesto del 2012 pagado y me dicen en trafico que les hace falta el de 2011 porque sale que esta retenido,e llamado al ayuntamiento que pertenece el vehiculo y me dicen que no me lo pueden dar porque el propietario de ese vehiculo tiene algo mas pendiente con el ayuntamiento ¿que puedo hacer?este señor esta en andalucia,y yo en barcelona

    • Buenas tardes.

      Es una faena, pero todo este tema está fatal gestionado desde la Administración.

      En el caso de que figuren impuestos de Circulación impagados, Tráfico no realizará el cambio de titular hasta que éstos no se abonen.

      El problema es que el comprador se de cuenta de esto una vez que ya ha pagado el coche al vendedor.. En este caso, no queda más remedio que hablar con el vendedor para que abone lo pendiente, o sino abonarlo el propio comprador aunque sean impuestos que legalmente no le corresponden ni van a su nombre….

      La forma de evitar esto es solicitar el Historial en Tráfico del coche antes de comprarlo, para ver si tiene cargas, embargos o deudas pendientes.

      Así que habla con el vendedor para que abone lo pendiente y te mande el recibo de pago del Impuesto del 2011 cuanto antes.

      Para presionarle, indícale que en caso de no transferir, las sanciones por ITV caducada, circular sin seguro, etc le seguirán llegando a él mientras siga siendo el titular del coche. El verá qué quiere hacer… A ver si así consigues algo…

      Ya nos contarás a ver qué te dice.

      Salu2

  • Angel

    Hola a Tod@s.
    Mi pregunta es la siguiente.
    Tengo un vehiculo que tiene 25 años, pero esta muy bien cuidado.
    Y me comenta un amigo que los vehiculos con esta antiguedad, estan exentos de pagar el impuesto de tracción mecánica.
    Es verdad o me toma el pelo.
    Gracias de antemano.

    Salu2.

    • Hola.

      En algunos Ayuntamientos los vehículos con más de 25 años, se consideran históricos y están exentos de pagar el Impuesto de Circulación.

      Tendrías que consultar las Ordenanzas municipales de tu Ayuntamiento correspondiente (el que figure en el Permiso de Circulación), para ver si indica algo al respecto sobre este tema (IVTM – Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, vendrá llamado así) y lo puedes solicitar.

      Salu2

  • Marta

    Hace menos de un año compré un coche de segunda mano y a cambio dí mi antiguo coche cuyo permiso de circulación y el impuesto de circulación estaban domiciliados en Madrid en el domicilio anterior. Ahora me llega desde el Ayuntamiento de Madrid la notificación para el pago del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica del coche nuevo y yo estoy empadronada en Majadahonda. La pregunta es si se puede cambiar este impuesto al ayuntamiento de Majadahonda y, en su caso, qué hay que hacer.
    Muchas gracias.

    • Para pagar el Impuesto de Majahahonda el año que viene, tendrías que acudir a Tráfico en este año y actualizar la dirección del Permiso de Circulación de tu coche.

      Para ello ve a Tráfico con la documentación del coche, tu DNI y el Certificado de empadronamiento original donde figura tu dirección de Majadahonda.

      Y con esto el año que viene pagarás el impuesto en tu domicilio actual. Para el impuesto de este año ya no hay remedio y tendrás que pagar el que hayas recibido.

      Salu2

  • laure motos saez

    ¡Quisiera saber como cambiar el domicilio del impuesto de vehiculos de traccion mecanica (circulacion), a otro,sin cambiar el domicilio de empadronamiento,debido a problemas con las exenciones a minusvalidos, envian a cobro y alegan cambio dela ordenanza municipal,que aleges adaptaciones o uso exclusivo,etc,etc., siendo que cumples los requisitos en resolucion otorgada a favor y no pagando los años anteriores,todo segun dicen por recaudar.Ademas, no se ha motivado la decision,o cobran a quien les parece,alegando restricciones de movilidad, grado minusvalía superior,etc;vulneran ,derechos inviduales,la jerarquia de la norma,etc,etc. gracias,por respuesta

    • El Impuesto de Circulación se paga en el ayuntamiento de la dirección que figure en el Permiso de Circulación del coche, que es el que figura en la base de datos de Tráfico.

      Sólo puede figurar o bien la dirección de tu DNI, o sino la de tu Certificado de empadronamiento de donde figures… Así que si figura la de tu DNI y quieres que figure la de donde estás empadronado, acude a Tráfico con el Certificado de empadronamiento, tu DNI y la documentación del coche a modificarla.

      Si quieres otra dirección diferente, tendrás que modificar la dirección del DNI o empadronarte donde sea.

      Salu2

  • jose

    hola quisiera saber este inpuest, como lo calculan por caballaje o cilindrada ,y si se cobra en todos los ayuntamientos igual o son diferentes precios gracias

    • Hola.

      Se paga segçun los Caballos fiscales del coche (c.v.f) (figuran en la ficha técnica). En tu ayuntamiento puedes solicitar el cuadro de tarifas para saber cuánto corresponde abonar a tu coche.

      En cada ayunatmiento tienen unas tarifas diferentes. Normalmente cuanto más grande es el municipio, más impuesto se paga. En los pueblos es más barato.

      Salu2

  • angel

    Hola,haber si alguien me puede ayudar,yo compre un coche de segunda mano hace 2 años,en otra provincia,lo rematricule cuando le tocaba la itv,y adia de hoy no me ha llegado ningun impuesto municipal de mi localidad,me podrias decir si eso es normal?.gracias,un saludo.

    • Hola.

      La verdad es que no es normal, porque ese Impuesto de Circulación hay que pagarlo cada año.

      Te corresponde pagarlo en la Dirección que figure en el Permiso de Circulación de tu coche. Así que revisa a ver qué dirección tienes ahí puesta y ponte en contacto con ese Ayuntamiento y con Tráfico si quieres solucionarlo.

      Sino al final te tocará pagar los impuestos pendientes juntos y con recargo.

      Salu2

  • Fernando

    Buenos dias.
    Mi pregunta es:
    Yo pague el impuesto de vehículos de tracción mecanica, el pasada 31 de mayo de 2012.
    El 30 de abril de este mismo año sufrí un accidente del que resultó, el vehículo, siniestro total. Tengo el certificado de destrucción y la baja de tráfico.
    ¿Puedo solicitar la devolución de la parte correspondiente del impuesto?
    Si es positivo, ¿donde solicitarlo?
    Muchas gracias.

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