Compara tu inversión
¿Cuánto? 
¿Tiempo? 
Comparar
20 de septiembre de 2010

El recibo del Impuesto municipal de Circulación IVTM ya no será necesario en 2011

A partir del 2011, se suprime en Tráfico la exigencia de tener que presentar el recibo del Impuesto Municipal de Circulación en Tráfico para realizar cualquier cambio de titularidad en la compra venta de vehículos.

Se elimina así el problema de no encontrar dicho recibo o de que el vendedor no nos lo entregue al comprar un coche de ocasión.

¿A partir de qué fecha ya no se requerirá?

A partir del 1 de Enero de 2011, ya no será necesario que el ciudadano tenga que presentar el recibo del pago del Impuesto Municipal de Circulación (también llamado Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica IVTM) para realizar trámites y gestiones relacionados con su vehículo en la Jefatura de Tráfico.

¿Ya no será necesario presentarlo en las compraventas de vehículos entre particulares?

Efectivamente. Una vez que entré en vigor esta medida, ya no será necesario presentar dicho recibo a la hora de transferir o vender su vehículo, o adquirir un coche de ocasión.

¿Cómo controlará entonces Tráfico que este Impuesto de Circulación esté abonado?

A partir de esa fecha, las Jefaturas Provinciales de Tráfico realizarán los cambios de titularidad de los vehículos siempre que no figure en el historial de los mismos el impago del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica correspondiente al año inmediatamente anterior a la realización del trámite.

Excepciones:

  • Sólo se requerirá presentarlo a aquellos que consten como impagados en el Registro de Vehículos por haber sido comunicados por el propio municipio. En estos casos, mientras no se presenté no se procederá a realizar el trámite de cambio de titularidad en una compra venta de vehículos por ejemplo.

Tampoco es necesario presentarlo para solicitar duplicados del Permiso de Circulación ni Bajas del vehículo.

En el 2006 se modificó la Ley de Haciendas Locales y desde entonces:

  • Ya no se exige el Impuesto municipal de Circulación (IVTM) en duplicados y bajas;
  • Y en los cambios de titularidad, basta con presentar el recibo del año anterior al trámite, y no el del año en curso. (desde el 2011 como hemos explicado, ya no será necesario presentarlo para ese trámite tampoco)

Los Ayuntamientos tendrán que implantar el procedimiento telemático con Tráfico.

Para llevar a cabo esta medida es necesario que el Ayuntamiento tenga establecido ya un procedimiento telema?tico por el que a final de cada an?o remita informa?ticamente al Registro de Vehi?culos de Tra?fico los impagos del impuesto municipal del ejercicio.

Respecto de los Ayuntamientos que todavi?a no hayan implantado este sistema de comunicacio?n telema?tica con Tra?fico, desde el 1 de enero de 2011 se permite el cambio de titularidad sin exigir el recibo, aunque la Jefatura no pueda comprobar si se ha pagado o no.

Corresponde al Ayuntamiento cancelar la anotacio?n de impago en el Registro para poder liberar los cambios de titularidad. No obstante, las Jefaturas Provinciales de Tra?fico podra?n efectuar los cambios de titularidad presentando el justificante acreditativo del pago.
Ley reguladora:

  • La Resolución de 9 de julio de 2010, publicada en el BOE de 23/07/2010, de la Dirección General de Tráfico, sobre comunicación informática al Registro de Vehículos del impago de la deuda correspondiente al Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, ha establecido la fecha de 1 de Enero de 2011 como la fecha de inicio de la no exigencia en general del IVTM en las Jefaturas provinciales de Tráfico

Artículos relacionados:

Para ello es necesario que el Ayuntamiento tenga establecido ya un procedimiento telema?tico por el que a final de cada an?o remita informa?ticamente al Registro de Vehi?culos de Tra?fico los impagos del impuesto municipal del ejercicio.

70 comments to El recibo del Impuesto municipal de Circulación IVTM ya no será necesario en 2011

  • soledad

    Hola,

    Quiero vender mi coche, pero no tengo el recibo del impuesto municipal, que está pagado. Como es una documentación que me exige el comprador para realizar el cambio de titularidad, cómo puedo hacer?

    Gracias.

  • soledad

    Hola

    Quiero vender mi coche, pagué el impuesto municipal pero no tengo el recibo. El comprador me pide dicho documento, qué hago?.

    Gracias.

    • Hola.

      Tendrías que consultar en tu Ayuntamiento cómo o dónde acudir a pedir un duplicado. Llama por telf a tu ayuntamiento y consúltalo para que te lo indiquen.

      Salu2

  • HECTOR

    pague el impuesto de vehiculo bote el resivo que hago

  • Serapio Rueda olaya

    hola compre un coche en segundamano,a un individuo mentiroso compulsivo en noviembre del 2011,eh recurrido a denunciarlo para que proceda el cambio de titularidad del vehiculo,y aun sigo sin tener noticias de esa persona,por favor alguien me informe que debo hacer,a donde debo acudir,desde ya agradezco a quien me de informacion,para poder solucionar esto,que me esta preocupando y cayendo en estado de deprecion.UN SALUDO.

    • Hola.

      De forma general, el cambio de titularidad corresponde tramitarlo al comprador.

      Si te ha facilitado toda la documentación necesaria para ello, tendrías que tramitarlo tú mismo..

      Salu2

  • karin

    hola me compre un coche de segunda mano en este año de una casa de coches ya tengo todos los papeles .ma hace falt el impuesto de municipal no lo tengo que hago gracias

    • Hola.

      No es necesario el Impuesto de circulación para hacer el cambio de titularidad en Tráfico desde el año 2011, y ni siquiera está a tu nombre.

      No lo necesitas para nada. Pero puedes pedirle al vendedor que te de una copia para comprobar que esté pagado, ya que si quisieras vender el coche más adelante, y figurara como impagado, te tocaría abonarlo a ti.

      Salu2

  • Maria Reyes

    No pude pagar el recibo del impuesto de circulación del año pasado ¿puedo pagar el de éste año si tener obligación de pagar el del año pasado? y ¿para la ITV. tengo que presentar el recibo del impuesto de circulación?

    • Para la ITV sólo tienes que presentar el recibo del seguro, no del impuesto.

      Puedes pagar el de este año sin haber pagado el del año pasado. El que te queda pendiente si no lo abonas te lo acabarán probablemente reclamando vía apremio (embargo de tu cuenta con recargo).

      Salu2

  • Edu

    Hola,
    He comprado un coche de segundamano, hoy he hecho el cambio de nombre y todo correcto. El problema es que el vendedor se niega a pagar el impuesto de circulacion. Segun tengo entendido, la obligacion del pago corresponde al titular del vehiculo a fecha 1 de enero. El coche lo quiero para irme a vivir al extrangero. Que consecuencias puede comportarme esta situacion?? Si circulo por el extrangero pueden multarme por no poseer dicho documento??

    Espero respuesta.

    Muchas gracias.

  • Edu

    Muchas gracias por la aclaracion.
    En cuanto a lo que me comentas de la baja definitiva, es necesario en mi caso??
    Me voy con el coche de erasmus a Budapest (Hungria) por un periodo en principio de 9 meses para luego volver con él. Tengo que realizar algun tramite mas??
    Por otro lado tambien comentar que tengo otro vehiculo que lo voi a dejar aqui. Voi a quitarle el seguro i no se va a mover en el periodo comentado anteriormente. Si lo doi de baja temporal me van a reembolsar la parte proporcional del impuesto municipal?? Con las taxas de los tramites de baja y alta me sale rentable??
    Otra vez muchas gracias por resolver mis dudas y por la rapidez.
    Un saludo

    • Buenas

      Sí sólo te vas por 9 meses no es necesario (pero tendrás que enterarte de la normativa para poder circular sin problemas en ese país con un coche extranjero).

      El tema de darlo de baja era para ahorrarte los años venideros el pago del iMpuesto de circulación en España, pero es para gente que se vaya a transladar de forma definitiva o por mucho tiempo fuera.

      Por la baja temporal no te devolverán la parte del Impuesto de circulación.

      Salu2

  • pato

    Buena tardes acabo de vender un coche. no se que debo hacer y si todo esta correcto. hicimos un contrato simple de compra-venta donde reflejan mis datos datos de comprador datos de vehiculo precio y fecha de venta. tenia el ultimo numerito sin pagar. le comente al comprador y me dijo que le baje el precio que el lo pagaria. Esto se puedo hacer?? Lo va a pagar el? Relamente ara la transferecia???. lo digo porque al parecer se dedica a la compraventa de coches y no se si le interesaria hacerla, me dijo que lo aria. tengo el contrato c-v y fotocopia de su dni. Muchas gracias de antemano

    • Hola.

      El comprador no lo va apagar, porque no va a su nombre ni le va a llegar a él. Así que si le bajaste el precio por ese motivo, es un dinero que le has regalado.

      Para asegurarte de no tener problemas si él no hace la transferencia (para hacerla tendrá que pagar Impuesto de transmisiones…), y que siga circulando con el coche a tu nombre y te lleguen sus multas, es MUY IMPORTANTE que acudas cuanto antes a Tráfico y hagas NOTIFICACION DE VENTA tal como indicamos en:

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/10/25/problemas-venta-coche-notificacion-de-venta-o-transmision-de-vehiculo/

      La multa si circula por ejemplo con ese coche sin seguro es de 1.500€ y te llegaría a ti como titular si no haces esa notificación en Tráfico.

      SAlu2

  • miguel

    hola voy a comprar un vehiculo de segunda mano en marzo,se que le va a llegar a el el impuesto, pero me a comentado que cuando le llege se lo pague yo,es legal puede exigirmelo o esta obligado a pagarlo el y no pedirme el dinero

    • Hola.

      Está obligado a pagarlo por completo él. Va a su nombre y se lo van a enviar a su domicilio.

      Otro tema es que tú amistosamente decidas reembolsarle algo o todo.. o nada si no quieres. Legalmente no te lo puede exigir de ninguna forma.

      (Se entiende que va incluido en el precio de compra, así que no le tienes que reembolsar nada si no quieres)

      Salu2

Deje un Comentario

Más consultas y respuestas sobre este tema en el FORO...

 

 

Puedes utilizar estas etiquetas HTML

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>