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11 de noviembre de 2010

Separación, divorcio o disolución de una pareja de hecho y la fiscalidad

La separación legal, el divorcio o la disolución de una pareja de hecho conllevan un cambio en la situación familiar y como consecuencia influye a la hora de pagar impuestos.

En este artículo detallaremos los cambios y las implicaciones fiscales que conlleva.

¿Quién se puede aplicar la deducción del mínimo por descendiente?

Se pueden dar dos casos en relación con las deducciones por descendiente:

  • Esta deducción la podrá aplicar el cónyuge de quien dependa la manutención económica y conforme a lo que se haya dispuesto en la resolución judicial.
  • Si el juez establece que el mantenimiento económico de los descendientes corresponde a ambos cónyuges, cada uno se podrá deducir el 50%.

Tanto un caso como el otro es independientes de quién conviva con los hijos.

¿Cómo tributa el que abona anualidades por alimentos a los hijos?

Si uno de los cónyuges está obligado por decisión judicial a pagar la manutención a favor de sus hijos, tiene derecho a una deducción adicional del 15% sobre las cantidades que abona por ese concepto, sin que exceda del 30% de la deducción por descendientes.

¿Cómo tributa el que abona pensiones compensatorias a favor del cónyuge?

En los divorcios en que el juez establece una pensión compensatoria y anualidades por alimentos a favor del otro cónyuge, el miembro de la pareja que satisfaga estas cantidades puede aplicar una reducción en la base imponible general en la declaración del IRPF. Si ésta llegara a cero, el resto del importe podrá minorar la base imponible del ahorro.

Hay que destacar que sólo se pueden incluir las anualidades a favor del otro cónyuge, no las asignadas a los hijos.

¿Cómo tributa el que percibe las pensiones compensatorias?

  • Las pensiones compensatorias a favor de los hijos están exentas del IRPF.
  • Las pensiones compensatorias que reciba uno de los cónyuges tienen consideración de rendimiento de trabajo y pasan a formar parte de la base imponible general y habría que tributarlo por el tipo marginal.

¿Qué pasa con las deducciones de la vivienda habitual?

Si el juez establece que el cónyuge que deja de residir en la vivienda familiar tenga que seguir contribuyendo con la financiación de la misma, éste se podrá seguir deduciéndola por el concepto de adquisición y alquiler de la vivienda habitual, siempre y cuando dichas cantidades no las satisfaga en concepto de pensión compensatoria.

El cónyuge que siga residiendo en dicha vivienda podrá seguir deduciéndola como lo hacía antes de la separación.

¿Qué pasa con la distribución de los bienes?

La disolución de los bienes gananciales afectan a dos impuestos:

  • Ganancias patrimoniales
    Si por resolución judicial se establece la adjudicación de algún bien a uno de los cónyuges o se produce la disolución de la sociedad de gananciales, no se producirá plusvalía ni minusvalía alguna en el IRPF y no habría que tributar por este impuesto, pero se mantendría el valor de adquisición y su antigüedad en caso de una futura transmisión.
    De la misma forma, tampoco está sujeto al impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, aunque no se interrumpe el periodo de generación de la plusvalía futura.
  • Impuesto de Transmisión de Patrimonio
    Por otro lado, en la disolución sí que está sujeta al Impuesto de Transmisión de Patrimonio y Actos Jurídicos Documentados (ITP/AJD).
    Si la disolución se hace en concordancia a la cuota de participación y se entrega el 50% del montante de la sociedad de gananciales, está sujeto al AJD, pero exento del impuesto.
    Pero si uno de los cónyuges recibe más del 50%, tendrá que tributar por el ITP/AJD de la transmisión de la parte que exceda del la mitad si hay contraprestación económica y en caso de condonación, habrá que tributar por el impuesto sobre sucesiones y donaciones.

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42 comments to Separación, divorcio o disolución de una pareja de hecho y la fiscalidad

  • fernando

    como romper una pareja de hecho si ya hace años q no estoy con esa persona y no se nada de ella y por otra parte quiero casarme con mi actual pareja

  • Susana

    Buenos dias, Mi pregunta es: Mi hijo tiene un piso de propiedad en Catalunya donde rige Separacion de bienes. En caso de casarse y tener hijos, si luego llegara a separarse, debe ceder la vivienda a su ex hasta que el niño sea mayor de edad? En caso afirmativo hay alguna manera de poder evitar que asi sea?

    • Si la vivienda es la vivienda familiar, ningún juez permite emancipar al menor de la vivienda familiar y si es su cónyuge el que consigue la custodia lo más lógico es que disfrute igualmente de la vivienda y es su hijo el que tenga que marcharse de dicha casa.

      Salu2.

  • Leila

    Mi pregunta es que estoy de pareja de hecho y la kiero anular ya que no kiero seguir con el y la otra pregunta es que tenemos una casa en común y un hijo de tres años y quisiera saber líen tiene el derecho de ambas cosas y que es lo que tengo k hacer, gracias ?

  • kamila

    somos pareja de hecho, tenemos dos hijas de 3 años y de 1 año. mi pareja dice que se puede casar unicamente si yo firmo papel de separacion de bienes. el tiene muchas cosas.: 5 coches, campo de olivos,2 casas. yo no tengo nada. pero si el fallese despues de casarse que pasa con migo si la casa era solo de el? sus hermanas me echa a la calle!
    ¿y si tenemos separacion de bienes y si yo compro una casa despues de casarse endonces esta casa es comun??

  • Enrique

    somos un matrimonio y tenemos un piso en gananciales y cada uno de nosotros trabaja por sucuenta, deseamos separacion de bienes de mutuo acuerdo que debemos hacer un saludo

  • Carolina

    Hola
    Me gustaría saber la diferencia entre separación y divorcio.
    Muchas gracias
    Carolina

    • Legal

      Separación:

      La sentencia de separación produce la suspensión de la vida común de los casados, cesando la posibilidad de vincular bienes del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica, pero el vínculo matrimonial no se rompe.

      Divorcio:

      Hay que tener en cuenta que, si el matrimonio se celebró por la Iglesia, ni la separación ni el divorcio permiten contraer un nuevo matrimonio por la Iglesia. Ello tan solo es posible si el tribunal eclesiástico competente, tras un proceso judicial, considera que concurren las causas para declarar nulo el matrimonio. Por lo tanto, el divorcio permite contraer nuevo matrimonio, pero no por la Iglesia.

      Con la separación cesan «algunos» deberes y presunciones legales, como el deber de guardarse fidelidad, el de vivir juntos y la presunción de paternidad respecto a los hijos concebidos por la esposa en el periodo en que la separación sea ya efectiva. Además, la separación, al suspender sólo ciertos deberes y presunciones matrimoniales, admite la reconciliación entre los cónyuges. Por el contrario, el divorcio, al extinguir el vínculo matrimonial, obligaría a los cónyuges a contraer nuevo matrimonio si deciden reconciliarse.

  • Raul

    Mi esposa y yo nos vamos a divorciar. El problema o duda qu eme surje es el siguiente: Ambos somos copropietarios de un piso y a su vez mi esposa es propietaria de un apartamento. Mi idea y la de ella es divorciarnos de mutuo acuerdo. De tal forma que yo seguiría pagando las dos hipotecas tanto del piso a medias como del piso propiedad de mi esposa y a cambio como «compensación» poner a mi nombre el apartamento de ella y poner el piso sólo a nombre de ella. De tal forma una vez hecha una valoración de ambos inmuebles y teniendo en cuenta lo que resta de hipoteca, ambos salir más o menos compensados. De ahí la duda, qué impuestos nos repercutirían por ello y cómo se declararía esta operación en Hacienda. Gracias de antemano

  • lolo

    hola soy lolo y me gustaria explicarles brebemente my caso
    tengo tres hijos de 9,6y2 añitos y la verdad es que de unos años hasta ahora nuestra relacion ha canviado mucho
    peleamos mucho y la verdad es que varias veces he pensado en seperarme perfosiempre miro a mis hijos y me hecho atras pero me doy cuenta de que vivimos una falsa
    peleamos muchisimo y mis hijos lo padecen y lo sufren he incluso casi siempre acabamos pagandolo con ellos
    me gustaria saber que debo hacer para diborciarme ?
    como quedaria mi situacion con respecto a mis hijos ?y si estando en el paro yo podria mantener todos los gastos exigidos despues del divorcio
    gracias

    • Hola.

      Es una decisión muy importante tanto para ti como para tu familia.

      Creemos que aunque esties pasando un mal momento, debeis intentar solucionarlo antes de ir a esa opción de divorcio.

      Quizás hayais entrado en una rutina y se haya perdido un poco de ilusión en la relación. Quizás hablando sobre el tema e intentando que haya más comunicación entre vosotros podais mejorar. O sino acudiendo a terapia familiar os puedan ayudar..

      Sobre el tema del divorcio, depende de si teneis separación de bienes, o gananciales.. Luego hay que llegar a un acuerdo sobre la custodia, sobre la vivienda común, abogados, discusiones sobre los bienes.. el coche.. etc…

      A ver si puedes buscar la forma de recuperar tu matrimonio y las ganas de seguir juntos por vosotros y vuestros niños..

      Salu2 y ánimo.

  • lolo

    decir que tenemos una hipoteca en comun y un prestamo gracias

  • lolo

    lo he intentado muchas veces y no se puede hacer nada y sobre todo por los niños
    bienes hay pocos
    una hipoteca comun
    y el coche ella no tiene carnet
    normalmente en esta ocasiones que suele pasar
    y lo de la custodia compartida lo podria tener?

    • En ese caso ya depende todo de si estais casados en bienes gananciales o en separación de bienes.

      Sobre la custodia será el juez quién deba decidir si no os ponéis de acuerdo entre ambos.

      Sentimos que no haya otra solución.

      Salu2

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