Desde el 1 de enero de 2011, ya no es obligatorio presentar el recibo del Impuesto municipal de Circulación (IVTM) en Tráfico para realizar ningún trámite de compra, venta, transferencia o baja de ningún vehículo.
Así ya no tendremos que tener que buscarlo, o el inconveniente de que lo tenga el anterior propietario que nos vendió el coche, o la molestia de tener que solicitarlo de nuevo al Ayuntamiento.
Todos aquellos que hayan abonado el recibo del Impuesto de Circulación (IVTM – Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica), ya no tendrán la obligación tener que presentarlo en la Jefatura de Tráfico cuando vayan a realizar algún trámite relacionado con su vehículo
Esta nueva normativa se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en julio de 2010, fijándose así su entrada en vigor a partir del 1 de enero de 2011.
Y si no pagara el Impuesto de Circulación, ¿podré realizar los trámites igualmente?
No. En el caso de que en la base de datos figure que el Impuesto de Circulación del vehículo no ha sido abonado por su titular, le requerirán la presentación del recibo que justifique el pago del mismo.
¿Cómo controlarán quién ha pagado dicho Impuesto y quién no?
Para llevar a cabo esta medida, los ayuntamientos, al finalizar el periodo de recaudación del Impuesto de Circulación remitirán informáticamente cada año al Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico el listado de contribuyentes que no hayan abonado dicho impuesto, y se les exigirá únicamente a ellos la presentación del recibo justificante del pago cuando realicen trámites antes las jefaturas de Tráfico.
El antes y el después de la entrada en vigor de esta medida
Antes de la entrada en vigor de esta resolución, en las Jefaturas de Tráfico no se podía tramitar el cambio de titularidad de un vehículo o transferencia del mismo en el caso de una compra o venta, mientras el titular del mismo no acreditara el pago del Impuesto Municipal de Circulación correspondiente al periodo impositivo del año anterior al que se realizaba el trámite.
¿Por qué se ha llevado a cabo esta modificación?
El Ministerio del Interior asegura que esta nueva normativa supondrá un ahorro de 3 millones de fotocopias al año, ya que se presentaba el recibo en los 3 millones de cambios de titularidad que de media hay anualmente.
Se producirá también así ahorro de las jornadas correspondientes a los cerca 100 funcionarios de la Administración Central y Local, actualmente encargados de fiscalizar el cumplimiento del impuesto, y el ahorro aproximado de 22 millones de euros de los ciudadanos en jornadas laborales y costes de desplazamiento que suponía esa falta de interconexión entre las jefaturas y los ayuntamientos.
¿Qué opinas de esta modificación? ¿Crees que realmente generará tanto ahorro?
Envíanos tu opinión al respecto y otras posibles mejoras que tú propondrías en el apartado de Comentarios al final de la página.
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hola:
voy a transferir un coche que tiene el ultimo numero pagado pero los anteriores no lo se.¿si yo no le pido un historial del vehiculo a trafico,saldrá si tiene deuda? si la tiene y ni yo ni trafico lo sabemos¿se hara la transferencia?.
Me urge, gracias
Hola
Sí, pide el Historial a Tráfico. Si ahí figurara algún impuesto IVTM pendiente no se podrás transferir hasta que no se abone y se presente en Tráfico el recibo de haberlo pagado.
Antes de ir a Tráfico pide Cita Previa:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2014/12/02/como-solicitar-cita-previa-para-realizar-tramites-en-trafico/
Salu2
Me ceden un coche que tiene pagado el Impuesto de circulación del año actual 2015, pero no los de años anteriores.
¿Se puede realizar la Transferencia en Tráfico…? o habría de esperar a enero 2016 para realizarlo.
Gracias
Acude a Tráfico a solicitar el Historial de ese coche. Si figura algún impuesto de circulación impagado, no se podrá transferir mientras no se abonen los recibos de que han sido pagados.
Salu2
Hola,
Estoy a punto de transferir un vehículo que compré en noviembre de 2013 a un profesional VO. El ejercicio de 2014 dado los retrasos que tuvo en la gestión de cambio de titular le devengó a él porque está registrada la transmisión el 13 de enero de 2014 en Móstoles.
El ayto. de Las Rozas ya ha emitido el correspondiente recibo de 2015 a mi cargo. Si no está pagado el de 2014 ¿qué tengo que hacer? Está claro que debe pagarlo el profesional pero ¿tengo que perseguirle? El ayto. de Móstoles no va a emitir el recibo contra mi en ningún caso ¿no?
Hola
Debes lo primero acudir a Tráfico solicitando antes cita previa, y pedir el informe de ese vehículo.
En él figurará si hay algún impuesto de circulación pendiente de pago, y de ser así, no permitirán transferir hasta que se abone…
Tendrías en ese caso que ponerte en contacto con quién te lo vendió para que lo abone, o con su ayuntamiento para pagarlo tú en su nombre…
Salu2 y ya nos contarás.
Buenas tardes en agosto de 2014, solicite la devolucion parcial de la cuota satisfecha por impuesto sobre vehiculos de traccion mecanica por baja de un vehiculo. El vehiculo lo vendi en febrero de 2014, pero por ley yo estaba obligado al pago del impuesto, cosa que hice en mayo, el vehiculo tuvo un accidente y el propietario lo entrego en un desguace, que posteriormente lo utilizo para el plan prive, consegui del desguace el certificado de la baja del vehiculo,(29-05-14)
Con lo cual solicito la devolucion de la parte proporcional no satisfecha, correspondientes a partir del mes de junio.
Con fecha 10 de junio, me llega la resolucion denegandome lo solicitado por haber echo la trasferencia del vehiculo en febrero de 2014, e mirado los articulos que me indican de la ley reguladora de las hacienda y las ordenanzas fiscales del ayuntamiento y no veo en ninguna que por el echo de transferir el vehiculo, no tenga el derecho a la devolucion del impuesto que e pagado yo. Aporté el pago realizado y la baja definitiva en la dgt, que me facilito el desguace. ¿Es correcto esta resoluccion? ¿podria recurrir?
Buenas tardes
Puedes recurrir. Deben devolvértelo. Tienes todfa la razón, y aunque el vehículo se transfiriera no interfiere para que te tengan que devolver la parte que te corresponde..
Salu2, ánimo!
Me venden un coche que no paga impuesto de circulación por minusvalías y solo tiene fotocopia que lo justifica,y no el original.habrá algún problema a la hora de transferir a mi nombre? Gracias
Puede que haya problemas.
Para asegurarte vete a Tráfico y solicita el Historial del coche. Ahí figurará si tiene algún impuesto pendiente, en cuyo caso no se podrá transferir mientras no se abone.
Salu2
Hola queria saber donde puedo solicitar un duplicado del recibo pagado de itvm del 2014 ya que tengo que viajar y lo he extraviado.gracias
No te hace falta para viajar ni es obligatorio llevarlo en el coche.
Pero si aún así quieres un duplicado, puedes solicitarlo al servicio de recaudación del ayuntamiento donde figure el vehículo.
Salu2
hola quisera saber donde puedo pedir un impuesto de circulacion que tengo pendiente del año pasado para poder abonarlo y pasar la itv
un saludo y gracias
Hola
Llama a tu ayuntamiento correspondiente, donde esté censado el coche (es el que figura en la dirección que pone en el Permiso de circulación de tu vehículo). Allí te indicarán cómo conseguir un duplicado del recibo o te darán los datos para poder abonarlo.
Salu2
Hola,
Mi padre tenía una empresa que compró un coche en 1991.
La empresa está cerrada y mi padre falleció en abril.
El coche tiene pendientes los IVTM de varios años, pero no está embargado (aunque mi padre tiene varias deudas con Hacienda, y tenía las cuentas embargadas, al ser un coche viejo no nos lo embargan)
Mis hermanos y yo hemos renunciado a la herencia y queremos quitarnos el coche de encima, entre otras cosas, porque ya no es nuestro)
Si este coche ya no es nuestro (por la renuncia) hay alguna forma de darlo de baja o devolverlo a algun sitio?
gracias
Hola
Tendríais que hablar con algún desguace autorizado (no vale cualquier desguace).
Podéis ver los desguaces autorizados en vuestra ciudad en:
– http://www.dgt.es/es/seguridad-vial/centros-colaboradores/centros-tratamiento-vehiculos/
Consultar para que os pasen a recoger el vehículo y lo den de baja. Avisarles previamente de las condiciones (titular fallecido) para qué os comentan al respecto y cómo os tramitarían la baja en ese caso (la tramitan ellos directamente de forma telemática con la DGT)
Os tienen que entregar Certificado de destrucción o justificante de la baja en Tráfico.
Podéis comprobar en Tráfico después que el trámite ha quedado bien realizado solicitando el historial del vehículo.
*** Si lo tramitais antes de fin de año no se generará el Impuesto de circulación del año que viene.
Salu2
Hola, voy a comprar un coche a un particular. El origen del coche es francés y lo acaba de matricular en España… entonce, ¿no tendré que presentar el impuesto de circulación del año anterior? (ya que lo acaba de matricular por primera vez ahora en España). ¿Tengo que pedir el Frances o algo parecido?
Muchas gracias!
Hola
Si ya está matriculado en ESpaña, no tienes que presentar el recibo de ese impuesto ni solicitar nada de ese tema.
De todas formas, antes de realizarle el pago, asegúrate de la situación legal de ese coche. Acude a Tráfico pidiendo cita previa y solicita el historial de ese vehículo.
Ahí figurará si está bien matriculado, quién es el titular, si pesa algún embargo o impuesto pendiente, etc…
Te evitarás problemas.
Salu2!
Hola, compre un coche hace 4 meses a un «profesional de reventa» y al intentar hacer la transferencia a mi nombre hay pendientes de pago varios años del IMPUESTO MUNICIPAL-(IVTM) del anterior propietario. El vendedor me va dando largas y no abona los impuestos atrasados, por lo cual el vehiculo no se puede tramitar.
Me gustaria saber si hay en la DGT o algún otro Organismo la posibilidad de poner una denuncia o tengo que ir directamente al Juzgado a poner la denuncia.
De momento voy circulando con permisos provisionales de la gestoria, pero cuando tenga que pasar la ITV, ¿puedo tener problemas por no tener el permiso de circulación?
Un saludo…..
Hola
Para la ITV no te van a pedir nada respecto al IVTM (lo que mirar es sólo que el coche esté asegurado)
No podrás transferir mientras no se abonen los recibos pendientes que figuren en Tráfico (puedes solicitar historial en Tráfico donde figura cuáles exactamente están sin pagar)
En estos casos si el vendedor no accede a pagarlos,muchas veces es el comprador el que tiene que liquidarlos..
Antes de pagar un vehículo conviene asegurarse de que no hay problemas solicitando el historial en Tráfico.
Envíale un burofax al vendedor reclamándoselos, o an ver si así cede,.. o localiza al titular para hablar con él directamente y solucionarlo (ya que si circulas sin seguro por ejemplo la multa de 1.500€ le llegará al titular actual del coche, así que por el bien de ambos mejor transferir…)
Salu2 y ánimo. Ya nos contarás.