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25 de enero de 2011

Impuesto Circulación vehículos IVTM: ya no es obligatorio en Tráfico

Desde el 1 de enero de 2011, ya no es obligatorio presentar el recibo del Impuesto municipal de Circulación (IVTM) en Tráfico para realizar ningún trámite de compra, venta, transferencia o baja de ningún vehículo.

Así ya no tendremos que tener que buscarlo, o el inconveniente de que lo tenga el anterior propietario que nos vendió el coche, o la molestia de tener que solicitarlo de nuevo al Ayuntamiento.

Todos aquellos que hayan abonado el recibo del Impuesto de Circulación (IVTM – Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica), ya no tendrán la obligación tener que presentarlo en la Jefatura de Tráfico cuando vayan a realizar algún trámite relacionado con su vehículo

Esta nueva normativa se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en julio de 2010, fijándose así su entrada en vigor a partir del 1 de enero de 2011.

Y si no pagara el Impuesto de Circulación, ¿podré realizar los trámites igualmente?

No. En el caso de que en la base de datos figure que el Impuesto de Circulación del vehículo no ha sido abonado por su titular, le requerirán la presentación del recibo que justifique el pago del mismo.

¿Cómo controlarán quién ha pagado dicho Impuesto y quién no?

Para llevar a cabo esta medida, los ayuntamientos, al finalizar el periodo de recaudación del Impuesto de Circulación remitirán informáticamente cada año al Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico el listado de contribuyentes que no hayan abonado dicho impuesto, y se les exigirá únicamente a ellos la presentación del recibo justificante del pago cuando realicen trámites antes las jefaturas de Tráfico.

El antes y el después de la entrada en vigor de esta medida

Antes de la entrada en vigor de esta resolución, en las Jefaturas de Tráfico no se podía tramitar el cambio de titularidad de un vehículo o transferencia del mismo en el caso de una compra o venta, mientras el titular del mismo no acreditara el pago del Impuesto Municipal de Circulación correspondiente al periodo impositivo del año anterior al que se realizaba el trámite.

¿Por qué se ha llevado a cabo esta modificación?

El Ministerio del Interior asegura que esta nueva normativa supondrá un ahorro de 3 millones de fotocopias al año, ya que se presentaba el recibo en los 3 millones de cambios de titularidad que de media hay anualmente.

Se producirá también así ahorro de las jornadas correspondientes a los cerca 100 funcionarios de la Administración Central y Local, actualmente encargados de fiscalizar el cumplimiento del impuesto, y el ahorro aproximado de 22 millones de euros de los ciudadanos en jornadas laborales y costes de desplazamiento que suponía esa falta de interconexión entre las jefaturas y los ayuntamientos.

¿Qué opinas de esta modificación?    ¿Crees que realmente generará tanto ahorro?

Envíanos tu opinión al respecto y otras posibles mejoras que tú propondrías en el apartado de Comentarios al final de la página.

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148 comments to Impuesto Circulación vehículos IVTM: ya no es obligatorio en Tráfico

  • Mari Carmen Pérez

    Tengo un coche con 26 años,y este año me an mandado el impuesto de rodamiento. ¿Esto es válido o es un error? Gracias.

    • En algunos ayuntamientos cuando el coche tiene determinada antigüedad ya no hay que abonarlo.

      Al ser un impuesto municipal, la normativa varía de unas localidades a otras.

      Así que tienes que revisar las Ordenanzas municipales de tu municipio a ver qué indica respecto al IVTM (impuesto de vehículos tracción mecánica), a ver si estarías exento de pagarlo o no…

      Salu2

  • Maria Jesús Rodríguez

    Hola! No estoy segura d haber abonado el sello del coche correspondiente al año 2012. Como lo averiguo? En caso de no haberlo hecho como lo abono y donde? Gracias

    • Hola

      Debes consultarlo en el Ayuntamiento correspondiente a ese vehículo. Ellos te indicarán el telf de la oficina de recaudación que te confirmará si está o no abonado.

      Y si no lo estuvieran te remitirán el recibo para que lo pagues.

      Salu2

  • Lazaro

    HOLA

    HACE COMO 2 AÑOS ME PARO LA POLICÍA MUNICIPAL Y ME PIDIERON recibo del Impuesto municipal de Circulación (IVTM) .
    MI PREGUNTA ES.
    TENGO QUE TENER EN EL COCHE UNA COPIA DE recibo del Impuesto municipal de Circulación (IVTM) ? GRACIAS

    • Hola

      Y que te dijeron? No te pueden multar por no tenerlo.

      No es obligatorio llevar una copia del recibo del Impuesto municipal de circulación, ni para nada te pueden multar por no llevarlo.

      Lo único es que en algunos municipios te lo piden como medida de presión a los ciudadanos para que lo paguen, pero nada más. Si no lo llevas no pasa nada.

      Salu2!

  • Oscar

    Hola, gracias por la labor ante todo.
    ¿en trafico consta exactamente cada año de impuesto que deba el vehículo?
    ya que en el informe solo indica pendiente de pago IVTM
    He conseguido que el Organismo me facilite el pago de el último (2016)
    ¿Tengo alguna posibilidad de tranferirlo con este pagado como justificante? se seguro que debe mas, pero ya van por otra via que no tengo opción de seguir, aunque el vehiculo no tiene mas cargas que el IVTM según informe.
    Ya se que ahora todo esto es télematico, pero esto son detalles que no quedan claros y no entiendo que DGT me reclame algo que el ayuntamiento da por perdido…
    Yo soy el comprador y no hay ninguna mala fe en este asunto, solo solucionar el limbo de un clásico. Gracias de nuevo

    • Hola

      De nada para eso estamos 😉

      ¿Ya has solicitado el Informe del vehículo en Tráfico? Deberían indicar los años concretos que faltan de pago..

      Si no lo indica llama a la DGT a ver si te pueden facilitar ese dato. Sino te tocaría llamar al Ayuntamiento correspondiente para que te lo indiquen.

      – Por no perder tiempo, puedes intentar transferirlo presentando en Tráfico el recibo de pago del que has conseguido. A ver si hay suerte y no tiene más pendientes.. (lo único malo es que figuren más y te toque volver..)

      Lo mejor en estos casos es solicitar el Historial del coche antes de pagar nada al vendedor. Y así que el vendedor se haga cargo de esos impuestos pendientes, ya que son su responsabilidad. Lo malo es que frecuentemente confiando en el vendedor se solicita una vez pagado el coche.

      Salu2 y ya nos seguirás contando. Animo.

  • sebastian dieguez

    Es cierto que si no pago el impuesto municipal el ayuntamiento donde lo estoy pagando me puede mandar embargo por hacienda

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