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8 de marzo de 2011

Subsidio de desempleo para trabajadores del REASS

Los trabajadores eventuales agrarios de Andalucía y Extremadura tienen una cobertura especial por desempleo que contempla las siguientes ayudas:

En este artículo vamos a hablar de los beneficiarios y los requisitos que se han de cumplir para recibir el Subsidio de desempleo para trabajadores del REASS.

¿Qué requisitos debe cumplir?
  • Haber percibido el subsidio agrario de los 3 años anteriores a la fecha de la solicutd.
  • Si se tienen responsabilidades familiares, se pueden utilizar para completar las 35 jornadas (20 jornadas en 2020), las trabajadas en el PER/AEPSA.
  • Carecer en el momento de la solicitud y durante su percepción de rentas individuales de cualquier naturaleza que en cómputo anual no superen la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente, excluidas dos pagas extraordinarias (950€ mensuales en 2020).
  • Si se convive con otras personas mayores de 16 años en una misma unidad familiar, únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas cuando, además de no poseer rentas propias, la suma de las de todos los integrantes de aquélla sea inferior, en cómputo anual, al límite de acumulación de recursos siguiente:
    • Para unidades familiares de dos miembros, 2 veces el SMI.
    • Para unidades familiares de tres miembros, 2,75 veces el SMI.
    • Para unidades familiares de cuatro miembros, 3,50 veces el SMI.
    • Para unidades familiares de 5 o más miembros, 4 veces el SMI.
  • Estar inscrito en el centro del REASS y al corriente del pago del a cuota fija.
  • Inscribirse como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.

¿Cuál es la duración del subsidio?

Con carácter general, la duración del subsidio es de 180 días, y para los mayores de 52 años entre 300 y 360 días.

¿Cuál es la cuantía del subsidio?

  • La cuantía es el 80% del IPREM que se actualiza anualmente, para el 2020 es de 430,27 euros.
  • Además durante la percepción del subisido, el servicio de empleo cotiza por ti por la cuota fija del REASS.

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89 comments to Subsidio de desempleo para trabajadores del REASS

  • manuel

    BUENOS DÍAS, ANTES DE TODO GRACIAS POR LA ANTERIOR RESPUESTA.
    QUISIERA EXPONER MI SITUACIÓN: ESTOY COBRANDO EL SUBSIDIO PARA MAYORES DE 52, EL DÍA 16 DE JULIO TENDRÍA QUE SOLICITAR DE NUEVO, PERO COBRÉ EN MAYO 27900 €, AUNQUE EL IMPUESTO DE SUCESIONES SE TRAMITÓ EN MARZO, APARTE HAY EN LA HERENCIA EL 41 % DE LA MITAD DE LA CASA DE MIS PADRES CUYO VALOR EN EL IMPUESTO LE HAN DADO 34000 €, AHORA HA FALLECIDO MI MADRE 31 DE MAYO DE LA CUAL RECIBIRÉ EL 33% DE SU MITAD DE LA CASA SUPONGO QUE LE DARÁN EL MISMO VALOR, ME HAN DICHO QUE EL SUBSIDIO SE EXTINGUE CUANDO LO COMUNIQUE POR 1 AÑO, DESDE QUE SE ME ADJUDICÓ DICHA HERENCIA Y DEBO DEVOLVER DESDE MARZO EL DINERO PERCIBIDO, DESPUÉS CUANDO SE ME ADJUDIQUE LO DE MI MADRE QUE SERÁ CUANDO SE LIQUIDE EL IMPUESTO, DEBO COMUNICARLO, Y A PARTIR DE ESA FECHA TENDRÍA QUE PASAR 1 AÑO PARA PODER SOLICITARLO DE NUEVO. MI DUDA ES ¿ ES ESTO ASÍ ? Y ¿ TENGO QUE SOLICITAR EN JULIO O NO ?¿ NECESITARÉ PRESENTAR ALGÚN JORNAL DURANTE ESE PERIODO PARA QUE NO ME DEN DE BAJA EL SELLO DE LA SEGURIDAD SOCIAL? ¿Y PARA SOLICITAR DE NUEVO EL AÑO QUE VIENE NECESITARÉ PRESENTAR LOS 35 JORNALES? ROGARÍA ME LO ACLARASE POR FAVOR YA QUE MI SITUACIÓN ESTÁ MUY LIADA Y NO SÉ CÓMO ACTUAR UN SALUDO Y MUCHÍSIMAS GRACIAS

    • 1. Lo primero es comunicar dicha herencia, hazlo cuando antes. Porque si no se comunica la sanción es la suspensión definitiva de la ayuda.

      2. Si se comunica, la ayuda se suspende y después se reanuda.

      Según he leído la suspensión es sólo del mes de recepción de la herencia y se puede reanudar 1 mes después. Confirmalo en SEPE.

      Salu2.

    • Andres

      Hola manuel,lei tu pregunta sobre el subsidio y herencia de junio de 2016 y me gustaría saber que pasó al final con el subsidio pues yo dentro de un tiempo también heredare y cobro el subsidio de desempleo agrario ,próximamente de mas de 52 y quisiera saber como actua el inem.gracias

    • Lo más importante, comunícalo a SEPE. Obligatorio. Os pueden quitar la ayuda si no lo comunicáis.

  • paqui moreno

    a mi conyuge le han quitado un año.la herenci era mia pero ami me la suspendieron por un mes.a mi conuyuge un año por ¡renta agraria¡¡no entiendo por que..

    • Si no indica más, no te podemos decir.

      Existen diferentes motivos que puede motivar la suspensión de la ayuda de 1 mes o de 1 año. Depende de la gravedad de la infracción.

      Salu2.

  • Juan

    Voy a comprar unas tierras y me dicen en hacienda que para cobrar subvenciones tengo que darme de alta en agricultor activo.las rentas que me van a dar esas tierras son pequeñas y por el tema de rentas no hay problema.la duda es si es compatible cultivar esas tierras y recibir el subsidio agrario.llevo cobrandolo ya 20 años seguidos y tengo 51 años y me doleria perderlo por esas pequeñas rentas agrarias.en resumen la pregunta es:es compatible ser agricultor activo( que sería trabajar unos 30 días al año) y percibir el subsidio reass?

  • Gabriel

    Si no comunicas una herencia,un premio,o algo que se deba comunicar al sepe y que sea una infracción muy grave,dicen que te pueden EXTINGUIR el subsidio,esto que significa? Quitartelo por un año o en casos muy graves quitartelo para siempre,es decir,no poder solicitarlo nunca mas,aunque dentro de 2años por ejemplo cumplas los requisitos?

  • Gabriel

    No he entendido bien,quiere decir que si por ejemplo,estoy cobrando el subsidio agrario de 6 meses y voy por el segundo,me quitan estos 6 meses de subsidio solo y si cumplo condiciones dentro de 1año,puedo solicitar otro derecho a subsidio agrario,es decir pierdo ese subsidio que tenía aprobado de 6 meses,pero no pierdo el derecho de solicitar otro nuevo?

  • Gabriel

    Gracias por aclararlo,porque creia que la extinción del subsidio al que se refiere el sepe cuando cometes por tercera o cuarta vez una infracción era que ya no se podía solicitar nunca mas,aunque después se cumpla requisitos.es una sancion grave pero no tanto como creia

  • Yo misma

    Buenas, tengo una duda, me queda un año para poder solicitar el subsidio de los 52 años, ya tengo mis jornadas hechas pero ahora me ha salido trabajo en la rama general unas horas los fines de semana, mi pregunta es? Si acepto ese trabajo pierdo mi derecho a solicitar el subsidio de los 52 años del Reass? Me urge respuesta, gracias

  • PAQUI SANCHEZ

    COMPUTAN COMO RENTAS LAS PERCIBIDAS POR EL SOLICITANTE, LAS RECIBIDAS POR UNA IT, DERIVADA DE UNA ENFERMEDAD, Y QUE HA COBRADO COMO TRABAJADOR EVENTUAL DEL CAMPO.

  • Andres

    En el apartado de rentas de actividades agrarias que dice que se ponga el rendimiento neto reducido(ingresos menos gastos) que cantidad hay que poner,los rendimientos integros o los que resultan de aplicar los módulos,ya que yo tributo por módulos,por ejemplo,20000€ de venta de productos,al0’20 de módulos resultan 4000€

    • Entiendo que pagas el 0,20 de módulos, que es lo que ingresas a Hacienda.

      Vamos, que los 4.000€ son impuestos. Así, que debes de poner antes de impuestos.

      Salu2.

  • Andres

    No,el 0’20 esel módulo,o sea que si yo ingreso 20000€ de venta de aceituna,me aplican como gastos segun este módulo 16000€ y me quedan de ganancigananciaa neta 4000€ y sobre esos 4000€ me aplican la tarifa del IRPF.me explico,es como si tuviera unos ingresos de 20000€ por la venta de aceituna y unos gastos de 16000€,de abono,arar,recolectar….y no me hacen falta facturas,los gastos los pone hacienda segun el tipo de cultivo que se trate

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