Compara tu inversión
¿Cuánto? 
¿Tiempo? 
Comparar
31 de mayo de 2011

Transferencia o cambio de titularidad vehículo: fallecimiento del titular

Indicamos los trámites necesarios a realizar en tráfico para llevar a cabo la transferencia, cambio de titular o poner a nuestro nombre un vehículo cuyo titular haya fallecido o las gestiones a realizar por parte de quién disponga del vehículo mientras se realiza la adjudicación del mismo a uno de sus herederos.

Transmisión provisional

La persona que tenga a su cargo la custodia y el uso del vehículo mientras se adjudica a uno de los herederos, deberá notificar tal circunstancia a la Jefatura de Tráfico, dentro de los 90 días siguientes a la defunción del titular del vehículo, presentando la siguiente documentación:.

Documentación:

1.- Solicitud en impreso modelo oficial que facilitarán las Jefaturas de Tráfico para la inscripción provisional a su nombre. Si el solicitante es menor de edad o incapacitado deberán constar en la solicitud, además, los datos y la firma de la persona que lo representa.

2.- Tasa por el importe legalmente establecido.

3.- Del nuevo titular será necesario presentar:

a) Personas Físicas

Original del documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular:

Nacionales:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor del interesado o Permiso o Licencia de Conducción.

Extranjeros:

  • Tarjeta de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o Pasaporte o Certificado de Nacionalidad si es ciudadano de un tercer país junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE)
  • Documento original que acredite su domicilio en España, si éste no figura en su documentación de identidad de extranjero (Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial).

b) Personas Jurídicas

  • Original de la Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (CIF).
  • Original del DNI, Pasaporte, Documento de identidad de extranjero del representante y NIE
  • Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad (modelo disponible en www.dgt.es).

c) Menores de edad o incapacitados

  • Además presentarán Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor u Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor.
  • Documento original que acredite el concepto por el que actúan. (Ej. Libro de familia, resolución judicial, etc.).

4.- Certificado de defunción del titular del vehículo, con fotocopia, o Libro de Familia donde conste el fallecimiento y fotocopia.

5.- Documento que acredite la custodia, posesión o uso del vehículo (folio rellenado por uno mismo declarando bajo juramento donde se indiquen los datos del solicitante y del titular fallecido del vehículo acreditando su custodia)

6.- Del vehículo.

  • Tarjeta de Inspección Técnica con reconocimiento en vigor, en el que se anotará la adjudicación provisional.
  • Permiso o Licencia de Circulación.

 

Transmisión definitiva

La persona que resulte adjudicataria definitiva del vehículo deberá solicitar de la Jefatura de Tráfico, en el plazo de 90 días contados desde la fecha del documento que le acredite como tal, la expedición a su nombre del nuevo permiso o licencia de circulación.

Documentación a presentar:

1.- Solicitud en impreso modelo oficial que facilitarán las Jefaturas de Tráfico para la inscripción del vehículo a nombre del heredero. Si el solicitante es menor de edad o incapacitado deberán constar en la solicitud, además, los datos y la firma de la persona que lo representa.

2.- Tasa por el importe legalmente establecido.

3.- Del nuevo titular será necesario presentar:

a) Personas Físicas

Original del documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular:

Nacionales:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor del interesado o Permiso o Licencia de Conducción.

Extranjeros:

  • Tarjeta de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o Pasaporte o Certificado de Nacionalidad si es ciudadano de un tercer país junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE)
  • Documento original que acredite su domicilio en España, si éste no figura en su documentación de identidad de extranjero (Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial).

b) Personas Jurídicas

  • Original de la Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (CIF).
  • Original del DNI, Pasaporte, Documento de identidad de extranjero del representante y NIE
  • Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad (modelo disponible en www.dgt.es).

c) Menores de edad o incapacitados

  • Además presentarán Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor u Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor.
  • Documento original que acredite el concepto por el que actúan. (Ej. Libro de familia, resolución judicial, etc.).

4.- Testamento acompañado del Certificado de Últimas Voluntades, Declaración de Herederos, o Cuaderno Particional, en el que conste la adjudicación del vehículo.

5.- Justificación del pago o exención del Impuesto sobre sucesiones y fotocopia.
La información y los impresos de este impuesto pueden obtenerse en las Delegaciones del órgano competente en materia de Hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente a su domicilio, o Delegación de la Agencia Tributaria, en el caso de Ceuta y Melilla.

6.- Permiso o licencia de circulación.

7.- Tarjeta de inspección técnica con reconocimiento en vigor o certificado de características.

6º Si se trata de un vehículo especial agrícola, documento acreditativo de baja y alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola.

 

Notas importante de conocer antes de trámitar la transferencia del vehículo:

1. Si el vehículo tiene una matrícula con siglas de otra provincia, y se solicita simultáneamente la transferencia y una nueva matrícula deberá aportar nueva Tarjeta de Inspección Técnica con sus copias, que se obtendrá previa inspección técnica del vehículo y abono de la tasa legalmente prevista.

2. La existencia de una orden de precinto inscrita en el Registro de Vehículos impide la expedición del permiso de circulación, por lo que ésta deberá cancelarse previamente.

3. Cualquier limitación de disposición que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles, deberá cancelarse previamente, salvo consentimiento expreso de la Financiera.

4. El impago de sanciones impuestas por infracciones de transportes que consten en el Registro de Vehículos, será un impedimento para el trámite, por lo que deberán abonarse previamente.

5. Cuando la documentación no sea presentada por el adquirente, la persona que lo representa deberá llevar:

  • Autorización del interesado para realizar el trámite.
  • Original de su propio DNI.

Artículos relacionados:

490 comments to Transferencia o cambio de titularidad vehículo: fallecimiento del titular

  • Juani

    Hola
    El cambio de titularidad de unos vehículos y una moto por herencia, pagan tasas? y si es así que importe es para el año 2015

  • PACO

    pudo transferir elvehiculo de mi marido fallecido directamente a mi ciñado el dni de mi marido esta en vigor y mis hijos no pueden conducir y el coche no lo queremos , es decir ir a trafico con el d n i de el su firma y el del compredor para ahorarme tanto papeleo de herederos etc pus en trafico no tienen conocimiento del fallecimiento

    • No. No puedes ahorrarte en papeleo (ya que eso significaría ahorrarte en impuestos, y ya sabes que eso no es posible..)

      Primero debe ponerse a nombre de quién haya quedado como heredero de ese vehículo tal como indicamos en el artículo superior, y después ya se podrían poner a nombre de tu cuñado.

      (aunque Tráfico no tenga constancia del fallecimiento, hace falta la firma del titular, y si la falsificais estaríais cometiendo delito..)

      Salu2

  • ALICIA

    BUENOS DÍAS:

    Mi hija ha recibido de herencia por el fallecimiento de su padre un vehículo, el cambio de nombre lo haré en cuanto disponga dela aceptación ya que es menor de edad, el problema es que el seguro del vehículo dice que no pueden asegurarme el coche porque el titular es una menor, tiene 4 años. No puede constar como propietaria del vehículo una menor, de momento sigue a nombre de su padre, pero claro tendré que darlo de baja y no sé que hacer. Todos los seguros me pondrán la misma pega ??

    gracias

    • Buenos días.

      El titular del vehículo puede ser perfectamente un menor (eso no significa por supuesto que sea ella quien tenga que conducir….!) Sólo que el vehículo es de su propiedad aunque conduzca otra persona.

      Habla con otra aseguradora que tenga más ganas de asegurar el coche y ganar un nuevo cliente..

      Salu2

  • jose luis Ruiz Caler

    Buenos días,

    Como puedo cambiar el nombre del vehiculo de mi padre que ha fallecido el di a06/06/2015 y que documentos tengo que llevar y tarifas?

    • Buenos días

      Puedes ver la documentación que hace falta llevar a Tráfico para ponerlo a nombre del heredero en el artículo superior.

      Las tasas de transferencia son unos 50€ aprox. Tienes que pedir cita previa en Tráfico antes de ir.

      Salu2

  • Mikel

    Que tengo que hacer cuando el coche esta a nombre de mi suegro para ponerlo a mi nombrey no hizo ultimas voluntades?

    • Tenéis que ir al notario que tramitó la herencia, donde tendréis que solicitarle alguno de estos documentos donde se te adjudique a ti ese vehículo:

      Testamento acompañado del Certificado de Últimas Voluntades, Declaración de Herederos, o Cuaderno Particional, en el que conste la adjudicación del vehículo.

      El notario te realizará ese documento que tendreis que firmar y tendrás que presentarlo en Tráfico junto con la documentación que te indicamos en el artículo superior.

      Salu2

  • Lola

    Tengo un coche como propietaria mi madre que falleció en 2007. Murió sin testar y al haber deudas renunciamos a la herencia. Ya no queda ningún heredero, excepto yo.
    ¿Como puedo poner a mi nombre el coche?¿puedo conducirlo con el seguro a mi nombre?
    Gracias. Espero su contestación.

    • Para ponerlo a tu nombre Tráfico exige presentar alguno de los documentos siguientes:

      Testamento acompañado del Certificado de Últimas Voluntades, Declaración de Herederos, o Cuaderno Particional, en el que conste la adjudicación del vehículo.

      Aparte del resto de la documentación que indicamos en el artículo superior.

      Lo mejor es que acudas a un notario y él te preparará el documento que necesites para llevar a Tráfico.

      Puedes conducirlo con el seguro a tu nombre.

      Salu2

  • elena

    hola quisiera saver que documentos necesito para poner mi coche a nombre de un menor.saver si porque la madre tenga deudas le puedan reclamar al hijo el coche por ser menor gracias

  • Lucía

    Hola! Mi marido falleció hace años, sin testamento. Tenía un coche comprado muchos años antes de nuestro matrimonio, como yo no conduzco se lo quedó su hermano, pero no hicieron cambio de titular. Ahora no mantengo relación con él, pero a mi casa llegan sanciones actuales de tráfico a nombre de mi marido fallecido. ¿Qué debo hacer? ¿Puede exigirme algo tráfico cuando yo no he heredado nada de él?

    • Hola

      Debe realizarse el cambio de titular. Sino te seguirán llegando sus sanciones, el pago del impuesto de circulación etc.. (imaginamos que van a nombre de tu marido, no al tuyo..)

      Debes hablar con él y realizar el cambio de titular en Tráfico presentando la documentación que indicamos en el artículo superior.

      Tendreis que acudir a un notario, puesto que uno de los documentos a presentar es:

      4.- Testamento acompañado del Certificado de Últimas Voluntades, Declaración de Herederos, o Cuaderno Particional, en el que conste la adjudicación del vehículo.

      Salu2 y ánimo

  • Carlos

    Buenas tardes.
    Las gestiones para cambiar la titularidad del vehículo heredado se deben realizar en la Jef. Tráfico de la provincia del fallecido, o en la del que hereda (en mi caso son Jaén y Madrid).
    Muchas gracias.

  • pedro fernandez lopez

    mi madre murio,con el coche a su nombre,era lo que tenia,ahora los tres hermanos ,le cedemos el coche a mi hermana menor,hemos hecho todos los tramites, que nos dijeron,pagado impuesto de sucesion,etc.Mi pregunta es, Hay que pagar alguna tasa en Trafico?

Leave a Reply to Ana

Más consultas y respuestas sobre este tema en el FORO...

 

 

Puedes utilizar estas etiquetas HTML

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>