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24 de agosto de 2011

Deducción por maternidad. Ayuda a la mujer trabajadora

Las mujeres trabajadoras dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad, con hijos menores de 3 años con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, tendrán derecho a las deducciones de maternidad de hasta en 1.200 euros anuales por cada uno de ellos.

¿Quiénes se pueden beneficiar de la deducción?

Se pueden beneficiar de la deducción las mujeres con hijos menores de tres años cuando:

  • Tengan derecho a la deducción del mínimo por descendiente por los hijos menores de tres años.
  • Realicen una actividad por cuenta propia o ajena.
  • Estén dadas de alta en el Régimen de la Seguridad Social o Mutualidad.
  • El padre o tutor cuando:
    • Haya fallecido la madre.
    • Ostente la guarda y custodia exclusiva.
    • Cumpla los requisitos del punto anterior.

¿Quiénes dan derecho a la deducción y desde cuándo?

Dan derecho a la deducción:

  • Los hijos naturales: desde el mes de su nacimiento hasta el mes anterior a que cumplan tres años.
  • Los hijos adoptados y los menores vinculados al contribuyente por razón de tutela o acogimiento:
    • Desde que se inscriba la adopción o acogimiento en el Registro Civil en los tres años posteriores.
    • Desde la resolución judicial o administrativa que declare la adopción o acogimiento hasta los tres años posteriores.

¿Cuál es la cuantía de la deducción?

La cuantía de la deducción son 1.200 euros como máximo por cada hijo que cumplas los requisitos anteriores, y limitado al importe de las cotizaciones y cuotas totales devengadas a la Seguridad Social y Mutualidades.

¿Cuánto tiempo tengo que cotizar para tener derecho a esta deducción?

Dependiendo del tipo de trabajo se requiere:

  • 15 días/mes de alta: Trabajadores con contrato de trabajo a jornada completa en el Régimen General o Regímenes especiales de la Minería del Carbón y de los trabajadores del Mar.
  • Todo el mes de alta: Trabajadores con contrato a tiempo parcial cuya jornada laboral suponga al menos la mitad de la jornada ordinaria y que se encuentre en cualquiera de los regímenes del punto anterior.
  • 10 jornadas reales/mes de alta: Trabajadores del Régimen Especial Agrario.
  • 15 días/mes de alta: Trabajadores de los Regímenes Especiales distintos de los citados anteriormente y mutualistas de las mutualidades alternativas a la Seguridad Social.

¿Qué ocurre si estoy en el paro?

Si una contribuyente con hijos menores de 3 años se ha quedado sin trabajo durante una parte del año fiscal no podrá solicitar la deducción por maternidad correspondiente a esos meses, ya que durante los mismos no cotizó a la Seguridad Social.

En definitiva, el tiempo que se está en el paro, no se tiene derecho a la parte proporcional de las ayudas de maternidad.

¿Tengo que saber algo más?

Si, aunque sea una deducción en el IRPF que se obtiene cuando hacemos la declaración de la renta (casillas 756 y siguientes), se puede pedir un anticipo de dicha ayuda en forma de mensualidades de 100 euros.

Este anticipo se realizar mediante el modelo 140 que hay que presentarlo en la Agencia Tributaria.

Si se solicita este anticipo, la cuantía recibida hay que hacerlo constar en la declaración de la renta del siguiente ejercicio.

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579 comments to Deducción por maternidad. Ayuda a la mujer trabajadora

  • Susana

    Tengo un niño de 17 meses . Durante los primeros 11 meses de vida de mi hijo he cobrado 100 euros al mes por la ayuda a la mujer trabajadora, pero en julio me quedé parada y la he perdido. Hay alguna forma de recuperla? ¿Cuantas horas son las mínimas exigibles para poder cobrar dicha ayuda? ¿Es cierto que si la madre no trabaja la puede solicitar el padre ? Espero contestación y muchísimas gracias.

  • rebe

    hola,tengo un niño que hace 3 años en abril y estoy cobrando la ayuda me gustaria saber si esta ayuda se cobra justo hasta los 3 años o hasta el final de los 3 años?espero respuesta gracias y un saludo.

  • Anna

    Hola, tengo un niño de 18 meses he venido cobrando la ayuda anticipada de 100 euros hasta el pasado mes de septiembre, pues en la empresa por falta de liquidez pasaron a reducirme las horas de 25 a 15 semanales, lo único que pedí, es que me dejaran solicitarlo a mi como guarda legal y lo aceptaron. Mi pregunta es la siguiente, he perdido por completo la ayuda o cuando realice la declaración se me devolverá la parte proporcional de los meses que he trabajado 15 horas semanales.Gracias.

  • katty

    Hola, tengo 2 niñas menores de tres años una de 1 mes y otra de 1 1/2 pero trabajo en una ett 4 horss la jornada y 8 dias mas o menos al mes osea estaria cotizando 8*4=32 horas mensuales, ¿tendria derecho a la ayuda por madres trabajadoras?????? gracias saludos

  • Quela

    Hola, me gstaria saber cuando tengo que presentar la documentacion de baja por maternidad, estando de 23 semanas de embarazo?

  • Nati77

    Buenos días:

    Quisiera saber:

    – ¿Cuando se genera la deducción, al nacer el niño o al finalizar la baja por maternidad?
    – ¿Es aplicable en Bizkaia?

    Un saludo y gracias

  • joana

    estoy cobrando los 100 euros por madre y el mes de enero no le e cobrado y estamso ya en febrero puede ser que me lo hayan quitado y si es asi por que mi hijo tiene dos años y asta los 3 se supone que lo tenia que cobrar gracias

  • Vanesa

    Hola para coger esta ayuda yo trabajo pero llevó 10 días y lo de,1200 euros lo.puedo coge enteros en vez de 100 to los meses??? Y si después me kedara parada q pasaría graciaaaaas

  • maria jesus

    hola tengo un bebe de 5 meses, estoy trabajando y cobro 1100e,tengo derecho ha esta ayuda?luego hay que devolver algo?

    • Buenas tardes.

      Según lo que comentas, claro que tendrías derecho. En el artículo superior de todas formas puedes ver toda la información sobre quién se puede beneficiar y requisitos a cumplir.

      Realmente no es una ayuda, sino una deducción. Es decir, cada mes tendrás que pagar 100€ menos de impuestos IRPF en la nómina.

      También se puede aplicar en vez de mes a mes (cosa que te tendría que aplicar tu empresa), todo de golpe cuando hagas la declaración anual de la Renta incluyendo esta deducción (así no tienes que solicitar nada a tu empresa). De esta forma te descontarán 1.200€ del Impuesto de IRPF que te tocara pagar.

      Esperamos haberte aclarado.

      Salu2!

  • Inma

    Buenos días,
    he tenido un niño en Agosto de 2011, y ahora acabo de empezar a disfrutar una excedencia. Hasta ahora he percibido los 100€ mensuales de deducción y me gustaría saber si durante este período de excedencia, se tiene o no derecho a seguir percibiéndolos.
    Muchas gracias por anticipado.
    Un saludo.

    • Buenos días.

      Pues en principio entendemos que sí tendrías derecho ya que legalmente se indica que:

      Los dos primeros años del período de excedencia que los trabajadores, de acuerdo con el artículo 46.3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, disfruten en razón del cuidado de cada hijo o menor acogido, en los supuestos de acogimiento familiar permanente o preadoptivo, aunque éstos sean provisionales, tendrán la consideración de período de cotización efectiva a efectos de las correspondientes prestaciones de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad.

      No obstante, conviene que lo confirmes en la Seguridad Social por si acaso, y ya nos dirás a ver qué te dicen al respecto.

      Salu2

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