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28 de septiembre de 2011

Pensión de viudedad: derecho y cuantía

¿Quién tiene derecho a la pensión de viudaded?

La pensión de viudedad se concede con carácter vitalicio a quienes hayan tenido vínculo matrimonial o fuera pareja de hecho de un trabajador o pensionista fallecido.

¿Cuál es la cuantía de la pensión de viudedad?

La cuantía de la pensión de viudedad se fija en el 52% de la base reguladora del salario del trabajador o de la pensión de jubilación.

Aunque excepcionalmente y siempre que se cumplan una serie de requisitos, puede alcanzar el 70%.

¿Qué condiciones hay que cumplir para cobrar el 70%?

1.- El pensionista debe de tener cargas familiares, es decir, que conviva con hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o que los rendimientos de la unidad familiar, incluido el pensionista, no superen el 75% del salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias: 530,7€ mensuales (actualizado año 2017).

2.- La pensión de viudedad debe constituir la principal o única fuente de ingresos: la pensión constituye al menos el 50% del total de los ingresos del pensionista.

3.- Igualmente, los rendimientos anuales no superarán la cuantía resultante de sumar al límite que en cada ejercicio económico esté previsto para el reconocimiento de los complementos por mínimos de las pensiones contributivas, el importe anual que corresponda a la pensión mínima de viudedad con cargas familiares. A partir de 1-1-2009, el límite de ingresos es de 16.046,72 euros anuales (6.923,90 + 9.122,82).

¿Cuándo se abonan las pensiones?

La pensión se abona a los beneficiarios mensualmente, con 2 pagas extraordinarias al año, que se hacen efectivas con las mensualidades de junio y noviembre.

Salvo en los casos de accidente de trabajo y enfermedad profesional, en que están prorrateadas dentro de las doce mensualidades ordinarias.

¿Cuál es la Pensión mínima?

Se garantizan cuantías mínimas mensuales, según la edad y las cargas familiares del beneficiario.

Pensión por VIUDEDAD 2017

Cuantías Mensuales Cuantías Anuales
Con cargas familiares 737,54 10.325,55
Con 65 años o con discapacidad = >65% 637,69 8.927,66
Entre 60 y 64 años 596,49 8.350,83
Menor de 60 años 482,80 6.759,26

Esta cuantía se revaloriza anualmente.

¿Se cobra siempre la misma pensión?

No, La pensión, incluido el importe de la pensión mínima, se revaloriza al comienzo de cada año, de acuerdo con el Índice de Precios al Consumo previsto para dicho año.

¿Cómo tributan las pensiones de viudaded?

La pensión está sujeta a tributación en los términos establecidos en las normas reguladoras del Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) y sometida, en su caso, al sistema general de retenciones a cuenta del impuesto, con la siguiente excepción: estará exenta si deriva de actos de terrorismo.

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1.178 comments to Pensión de viudedad: derecho y cuantía

  • luisa

    y cuando se empezara a cobrar la nueva cuantia con la subida de la base de cotización

  • domingo ortega

    Hola mi madre cobra pension de viudedad de 639,30 en cuanto se le quedara a partir del próximo mes

    un saludo

    • Incremento del 1,6% general en las pensiones para este ejercicio, las pensiones mínimas y las no contributivas subirán un 3%.

      Como ya se subió el 0,25%, se incrementará hasta llegar esos porcentajes anteriores.

      Si está en el caso general, recibirá casi 9 euros más al mes.

      Salu2.

  • Detzi

    Buenos días a mi hermana le bajaron la pensión de viudedad a la mitad porque encontró un empleo, ahora ya no está trabajando. Ella puede aplicar para que se la suban otra vez ?

    • Lo que ocurre es que cobraría un complemento y se lo quitaron por tener ingresos.

      Si ha cambiado nuevamente la situación, puede volver a solicitarlo.

      Salu2.

  • PAULI

    He oido que para que te suban el 3% la pension de viudedad para mayores de 65 años tendria que ir a una oficina de la seguridad social y seria para mi madre ,pero que papeles deberia presentar gracias

  • Carlos Del Solo

    Tengo 71 años y he cotizado 48 años tengo la máxima pensión de la SS.
    La pregunta es: cuanto sería la pensión de viudedad que le quedaría a mi mujer de 73 años en el caso de yo fallecer y si influye las posibles rentas del capital.
    Saludos

  • Santiago

    Mi madre en la pensión de viudedad correspondiente al mes de Julio le pagaron 639,30 Euros y con la subida del (3% menos el 0,025%), se actualizo al 656,9 Euros656,90 Euros.

    Mi pregunta que al tener 84 años, le pertenece la subida de la actualización de la base reguladora.

    Y si le pertenece hay que hacer la reclamación.

    Gracias

    • Es automático. La subida de la base se aplica a todos.

      El problema es que su madre está cobrando la pensión mínima, eso puede significar que el 56% (con la subida) de la base reguladora sigue estando por debajo de la mínima y por eso le paga sólo la mínima.

      Salu2.

  • Antonia

    Mi pareja cobra la pensión máxima de jubilación. Mi pregunta es si en caso de fallecer y haberse divorciado dos veces, las ex mujeres cobrarian pension de viudedad o solamente yo que soy la pareja actual?

    Gracias.

  • Laura

    Buenas. Mi padre quedó viudo y él cobra una ayuda de 420 euros. Mi madre cobraba una pensión por enfermedad, vaya concretamente una pensión de incapacidad total.
    Mi pregunta es la siguiente: ¿ Le corresponderia pensión de viudedad? Mi madre tenia 15 años cotizados
    Además, en el supuesto caso que se la concedieran ¿Le quitarían su ayuda?

    • Yo creo que sí.

      Si tiene derecho a una pensión contributiva y no llegase al mínimo, puede solicitar el complemento a mínimo y cobrar la pensión mínima.

      La PNC lo dejará de cobrar.

      Salu2.

  • Santiago Andres Calderin

    Mi pregunta seria la siguiente:
    Mi madre tiene 85 años, cobra de pensión de viudedad 659,9 euros.
    Tiene la base de regulación al 56%
    Al subir la base de cotización al 60% a principio de este año 2019.
    Sigue cobrando lo mismo ó puede tener una subida.

    Gracias

    Gracias

    Santiago

    • No le afecta los cambios en la base de cotizaciones sobre las pensiones que ya recibe su madre.

      Lo que veo es que tiene un pensión baja, y podría no llegar a la pensión mínima, si fuera, así que solicite el complemento a mínimos.

      Que vaya a la Seguridad Social y pregunte.

      Salu2.

  • alvarok.k

    tengo 63 años estoy cobrando 820€ mesuales la SS:SS me dijo que no podía prejubilarme solo la jubilación por edad cumplida pues para SS:SS estoy de baja que me tenia que esperar, y mi señora cobraba 420 la paga de mayor de 55 hace unos dias y por desgracia a fallecido mi señora de muerte natural ¿tengo derecho a la paga de viudedad?

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