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4 de enero de 2012

Subida de impuesto sobre la renta de capital y el ahorro

Desde el 1 de enero de 2012 tenemos que pagar más impuestos por las rentas de capital o de ahorro hasta un 6% más en función del tramo de renta que obtengamos.

Entre las rentas de ahorro está incluido intereses de los depósitos bancarios, cuenta remuneradas, dividendos, además de ganancias patrimoniales: acciones, fondos, etc.

¿Qué tipo impositivo se aplicaba antes?

Hasta el 31 de diciembre los tipos impositivos eran:

  • 19% para las rentas de capital inferiores a 6.000€.
  • 21% para las rentas de capital que superar los 6.000€.

Estos tipos sólo ha estado vigente durante 2 año desde que ZP lo subiera allá en 2010 desde el tipo único del 18% que pagábamos hasta el 31 de diciembre de 2009.

¿Cuáles son los nuevos tipos impositivos?

El nuevo gobierno aplicará en los ejercicios 2012 y 2013 unos tipos temporales y superiores con el fin de reducir el déficit:

  • 21% para las rentas de capital inferiores a 6.000€.
  • 25% para las rentas de capital entre los 6.000 y 24.000€
  • 27% para las rentas de capital que supere los 24.000€.

¿Afectará sobre los productos contratados antes del 2012?

Sí, lo importante no es cuándo se ha contratado un producto, sino cuándo se paga el rendimiento de capital: pago de intereses, venta de acciones con plusvalía…

Es decir, afectará sobre todos los rendimientos de capital que se devenga o se pague entre el 2012 y el 2013.

¿Qué productos forman parte de la renta de capital y del ahorro?

  • Seguros.
  • Ganancias procedente de transmisiones patrimoniales: acciones, fondos …

¿Qué retenciones me aplicarán?

En los depósitos bancarios, dividendos y la venta de fondos de inversión se aplicará una retención del 21% siempre. Después en la declaración de la renta se ajustará los tipos, así como la exención de los primeros 1.500€ de los dividendos.

En cambio en la venta de acciones no se aplicará ninguna retención y hay que tributarlo en la declaración de la renta.

¿Cómo podemos evitar esta subida de impuestos?

  1. No vender fondos de inversión durante estos 2 años. Sí que podemos mover el dinero de un fondo a otro.
  2. No vender acciones con plusvalías durante estos 2 años, si no podemos compensarlo con pérdidas.
  3. Contratar depósitos con plazos superiores a 2 años y con pago de intereses a vencimiento.
  4. Si acabamos de contratar un depósito que no cumple las condiciones anteriores, quizás sea interesante cancelarlo y volver a contratar otro que sí que lo cumpla.
  5. Cobrar dividendos, si se permite, en forma de acción, de tal forma que la suma de todos los dividendos obtenidos anualmente no supere el máximo exento: 1.500€.

También os recuerdo que han subido los impuestos sobre la renta de trabajo y de actividades económicas.

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